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viernes, 4 de mayo de 2012

Audiencia en el expediente de deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre en el tramo de costa de unos seis mil ochocientos (6.800) metros entre el barranco del Regatxo (excluido) y el límite con el T.M. de Jávea, en el T.M. de Dénia (Alicante).

SERVICIO DE COSTAS ALICANTE.
Audiencia en el expediente de deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre en el tramo de costa de unos seis mil ochocientos (6.800) metros entre el barranco del Regatxo (excluido) y el límite con el T.M. de Jávea, en el T.M. de Dénia (Alicante). página 4
Ref.: DES01/09/03/0006.
De conformidad con el artículo 84.1 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con fecha 30 de enero de 2012, la Dirección General de Sostenibilidad de la Costas y del Mar comunica lo siguiente:
«Examinado el expediente reseñado en el asunto, y a la vista de los cambios producidos en la delimitación provisional, ese Servicio de Costas deberá proceder a cumplimentar el trámite previsto en el artículo 84.1 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como a abrir un nuevo período de información pública y oficial, a los efectos previstos en el artículo 25 del Reglamento de Costas.
En el trámite de información oficial se deberá solicitar, expresamente, tanto al Ayuntamiento como a la Comunidad Autónoma, que complete los informes municipales de febrero y mayo de 2010, sobre el planeamiento vigente a la entrada en vigor de la Ley de Costas, en lo relativo a las áreas supuestamente consolidadas entre los vértices aproximados M-164 a M-182 y M-189 a M-204, aportando el estudio de consolidación por la edificación para esas zonas, ya que, de la documentación presentada hasta el momento, no se deduciría que se dan las circunstancias previstas en la Disposición Transitoria Tercera de la Ley de Costas para la reducción de la servidumbre.
Una vez cumplimentados dichos trámites, y transcurrido el plazo otorgado, deberán remitirse a este Centro Directivo, junto con la documentación que acredite la práctica de estas actuaciones, las alegaciones presentadas y los informes emitidos, o en su caso, certificación de que no se han producido»».
Se concede un plazo de UN MES para que dentro del mismo pueda examinar el expediente de referencia y presentar, también dentro de este mismo plazo, los escritos, documentos y pruebas que estime conveniente.{del 5 de mayo al 4 de junio de 2012,a.i.}
El expediente se hallará en la Subdirección General de Dominio Público Marítimo-Terrestre, de esta Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar (Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Plaza de San Juan de la Cruz, s/n). Una copia del expediente podrá ser examinada en el Servicio Periférico de Costas de este Ministerio en Alicante.
Lo que se comunica por si desea hacer uso de este trámite de vista o audiencia que se le concede.
El plazo antes indicado se contará a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio.[butlletí oficial de la província - alacant, 4 maig 2012 - n.º 84]
Lo que se hace público según establece el artículo 59.5 de la citada Ley 30/92, con el fin de que cualquier interesado pueda comparecer personalmente o por medio de representantes debidamente acreditados.
Alicante, a 12 de marzo de 2012.

lunes, 30 de agosto de 2010

Deslinde de Dptm en el tramo de costa entre el Barranco del Regatxo (excluido) -6.800 metros- y el límite con el TM de Jávea, en el TM de Dènia

SERVICIO DE COSTAS ALICANTE.
-DESLINDE DE DPMT EN EL TRAMO DE COSTA ENTRE EL BARRANCO DEL REGATXO (EXCLUIDO) Y EL LÍMITE CON EL TM DE JÁVEA, EN EL TM DE DÉNIA página 2

DESLINDE DE LOS BIENES DE DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO-TERRESTRE EN EL TRAMO DE COSTA DE UNOS SEIS MIL OCHOCIENTOS (6.800) METROS ENTRE EL BARRANCO DEL REGATXO (EXCLUIDO) Y EL LÍMITE CON EL T.M. DE JÁVEA, EN EL T.M. DE DÉNIA (ALICANTE)
Referencia: DES01/09/03/0006
Con fecha de 21 de diciembre de 2009, la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar, ha resuelto:
I) Autorizar el Servicio de Costas en Alicante la realización, de oficio, del expediente de deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costas de unos seis mil ochocientos (6.800) metros, comprendido entre el barranco de Regatxo (excluido) y el límite con el término municipal de Jávea, en el término municipal de Dénia (Alicante).
En cumplimiento de lo indicado, el Servicio Provincial de Costas en Alicante, con fecha 18 de agosto de 2010, ha dictado providencia de incoación del expediente de deslinde mencionado.
Esta providencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 12.5 de la Ley de Costas supone la suspensión del otorgamiento de concesiones y autorizaciones en el dominio público marítimo-terrestre y en la zona de servidumbre de protección hasta que se dicte resolución del expediente.
Lo que se hace público, para general conocimiento, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.2 del Reglamento de Costas, a los efectos de que en el plazo de un mes cualquier interesado pueda comparecer en el expediente, examinar los planos de delimitación provisional y formular las alegaciones que estime oportunas. Dichos planos se encuentran en las oficinas de este Servicio de Costas, plaza de la Montañeta número 9, de la ciudad de Alicante y pueden ser consultados en horario de oficina
Igualmente, a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se pone en conocimiento de los posibles interesados desconocidos o de¡ domicilio desconocido y de aquellos otros a los que no pueda notificarse personalmente, que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.3 del Reglamento General para el Desarrollo y Ejecución de la Ley de Costas, aprobado por Real Decreto 1112/1992 de 13 de septiembre, este Servicio va a proceder a mostrar sobre el terreno la delimitación provisional del dominio público marítimo-terrestre, mediante su apeo, en dos tramos diferentes:
- El día 14 de octubre de 2010 a las 10.00 horas el tramo comprendido entre el barranco del Regatxo (excluido) y el puerto (incluido)
- El día 15 de octubre de 2010 a las 10.00 horas el tramo comprendido entre el puerto (excluido) y el límite con el término municipal de Javea.
Los actos de apeo tendrán lugar en la sala de la Oficina de Portelles, situado en la calle Portelles número 4, en el término municipal de Dénia (Alicante).
A este acto, podrán asistir los interesados o representantes, personándose con la documentación que acredite su personalidad.

lunes, 18 de enero de 2010

AYUNTAMIENTO DÉNIA.-BASES SUBVENCIONES PARA PROGRAMAS Y ACTUACIONES EN EL ÁREA DE FIESTAS PARA 2010.

AYUNTAMIENTO DÉNIA.-BASES SUBVENCIONES PARA PROGRAMAS Y ACTUACIONES EN EL ÁREA DE FIESTAS PARA 2010. pàgina 14
La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 11 de noviembre de 2009, acordó aprobar las bases que han de regir la convocatoria pública para la concesión de subvenciones destinadas a programas y actuaciones en el Área de Fiestas para el ejercicio 2010, dirigidas a entidades y asociaciones sin ánimo de lucro que operen en el ámbito de las fiestas locales del municipio de Dénia, por lo que se procede a su publicación para general conocimiento.
Bases que han de regir en la convocatoria pública de subvenciones para programas y actuaciones en el área de fiestas para el ejercicio 2010.
Primera.- Objeto.- Es objeto de las presentes bases el regular el régimen de subvenciones en el Área de Fiestas a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, radicadas en Dénia, que
desarrollen proyectos de carácter festivo en el municipio.
Segunda.- Finalidad.- La presente convocatoria tiene como finalidad contribuir a la financiación de proyectos a las entidades y asociaciones que operan en el ámbito de las fiestas locales, y en especial a las actividades indicadas a continuación.
a) Certámenes literarios vinculados al aspecto de las fiestas.
b) Actuaciones de investigación, recuperación y difusión de los aspectos culturales e históricos de las fiestas.
c) Actividades dirigidas a la recuperación de la música tradicional valenciana vinculada a la fiesta tradicional o popular.
d) Exposición de obras artísticas, indumentaria, etc., que recojan los aspectos singulares de las fiestas tradicionales y populares.
e) Actividades teatrales o musicales vinculadas a las fiestas.
f) Actividades que fomenten la participación igualitaria de hombres y mujeres en actividades artísticas o culturales vinculadas a fiestas populares o tradicionales.
g) Cualquier otra actividad de contenido parecido a las anteriores o con carácter festivo que contribuya a difundir los aspectos de la fiesta.
h) Gastos corrientes generados por las actividades objeto del proyecto.
Tercera.- Requisitos.
- Podrán presentar solicitud de subvención en esta convocatoria las entidades que cumplan los siguientes requisitos:
a) Ser una asociación o entidad sin ánimo de lucro con implantación municipal que tenga carácter festivo.
b) Estar legalmente constituidas e inscritas tanto en el registro de asociaciones de la Comunidad Valenciana como en el registro municipal de asociaciones o al menos haber iniciado los trámites en los citados registros.
c) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y la Hacienda Local Municipal.
d) Haber justificado, en tiempo y forma las subvenciones concedidas en la anualidad 2009. A este efecto, se considera que cumplen el requisito, las entidades que hayan formalizado renuncia a la subvención concedida con anterioridad a la finalización del plazo establecido para la presentación de los justificantes.
e) No incurrir en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones que se determinan en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Cuarta.- Solicitudes, documentación y plazo de presentación.- Las asociaciones y entidades interesadas podrán dirigir sus peticiones a la Ilma. señora Alcaldesa Presidenta del Ayuntamiento de Dénia, a través del Registro General Municipal o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante la presentación de las solicitudes de subvención firmadas por el presidente de la entidad.
El plazo para solicitar las subvenciones será de treinta días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia.[del 19 de ENERO al 17 de FEBRERO de 2010, a.i.]

lunes, 21 de septiembre de 2009

DEs del feix-buc: Denia; Plenari Ordinari dijous 24 de Setembre

Des de l'Agrupació socialista deniera, ens inviten a participar en el Ple Ordinari de l'Ajuntament Dénia.
Fecha:
jueves, 24 de septiembre de 2009
Hora: 19:30 - 21:00
Lugar: SALÓ PLENARIS/SALÓN PLENOS
Calle: Plaça Constitució, nº 10
Ciudad/Pueblo: Denia, Spain

En aquest plenari ordinari es tractarà, entre altres assumptes, la Moció per tal d´instar la declaració de la zona Les Rotes-Montgó com a Patrimoni de la Humanitat de la UNESCO, en la seua categoria de bens naturals.
A més és el primer plenari després del periode d´alegacions del Concert Previ.
En este pleno ordinario se tratará, entre otros asuntos, la Moción para instar la declaración de la zona Les Rotes-Montgó como Patrimonio de la Humanidad de la UNESCO, en su categoría de bienes naturales.
Además es el primer pleno tras el periodo de alegaciones del Concierto Previo.

jueves, 17 de septiembre de 2009

Ayuntamiento de Dénia y Marina de Dénia, S.A: acuerdo para el otorgamiento de la presente addenda al convenio celebrado en fecha 12 de mayo de 2000.

AYUNTAMIENTO DE DÉNIA - ANUNCIO
Se hace público que de conformidad con lo acordado por el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el pasado 30 de julio de 2009, se ha firmado entre este Ayuntamiento y la mercantil «Marina de Dénia, S.A.», Adenda al Convenio suscrito 12 de mayo de 2000, cuyo texto dice:

I. «Que la entidad Marina de Dénia, S.A. es titular de la concesión que recae sobre el Puerto de Dénia – Dársena de Babor en virtud de la Resolución de Otorgamiento dictada por la Consellería de Obras Públicas, Urbanismo y Transporte (actualmente, Consellería de Infraestructuras y Transporte) de la Generalitat Valenciana en fecha 28 de enero de 1997.
II. Que en fecha 12 de mayo de 2000 se celebró un Convenio entre el Ayuntamiento de Dénia y Marina de Dénia, S.A. sobre la construcción y explotación de una zona portuaria deportiva en el Puerto Dénia en base a la propuesta de Convenio formulada por la mercantil en
fecha 21 de febrero de 2000 y el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de marzo de 2000.
III. Que, al objeto de complementar y desarrollar las disposiciones del Convenio anteriormente citada, el cual conserva plenamente su vigencia, y existiendo plena sintonía a los fines expuestos, las partes han alcanzado libremente un acuerdo para el otorgamiento de la presente addenda al convenio celebrado en fecha 12 de mayo de 2000 entre el Ayuntamiento de Dénia y Marina de Dénia, S.A., que se regirá por las siguientes Disposiciones :
Primera. Usos admitidos.- Se declaran como admitidos dentro de la Zona Náutico Deportiva de la que es titular la entidad Marina de Dénia, S.A. los usos reseñados en la Tabla Resumen del Convenio, pero se eliminan los porcentajes, que no tendrán carácter vinculante.
Segunda. Catálogo de usos prohibidos.- El catálogo de usos de ceñirá estrictamente a los definidos en el decreto 79/1989 de 30 de mayo, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se aprueba definitivamente el Plan de Puertos e Instalaciones Náutico-Deportivas de la Comunidad Valenciana y en concreto en sus artículos 17 y 18.
Tercera. Límite de construcción.- La construcción en la Zona Náutico-Deportiva se verá sometida a los límites impuestos por la concesión que rige la Zona Náutico-Deportiva Marina de Dénia, S.A.»

jueves, 2 de julio de 2009

Denia: subvencions destinades a la rehabilitació de façanes i cobertes d’edificis i vivendes en el Casc Històric Antic de Dénia per a l’exercici 2009.

AJUNTAMENT DE DÉNIA. Bases de la convocatòria per a la concessió de subvencions destinades a la rehabilitació de façanes i cobertes d’edificis i vivendes en el Casc Històric Antic de Dénia per a l’exercici 2009.
Objectius.- Les subvencions regulades en la present proposta de bases tenen com a objectiu concedir ajuts econòmics a fons perdut a atorgar per l’Excm. Ajuntament de Dénia a compte del pressupost del propi Ajuntament, partida número 432.780.00, amb una quantia de 150.000,00 € per a l’exercici 2009, mitjançant procediment de concurrència competitiva, amb l’objectiu de fomentar les actuacions de rehabilitació relacionades amb l’adequació de façanes i cobertes d’edificis de vivendes existents del casc històric del municipi de Dénia, per tal de fomentar:
1-. En general, l’embelliment, la recuperació i la millora dels edificis. Així com, la millora de la qualitat dels habitatges.
I així, fomentar la millora de les condicions de vida dels seus ocupants.
2-. El desenvolupament d’elements dinamitzadors de l’activitat social i econòmica del municipi de Dénia.
3-. La revalorització d’aquest espai urbà per a garantir llur ús i gaudi a tots els ciutadans.
Requisits dels beneficiaris. a). Podran sol·licitar aquestes subvencions les persones físiques o jurídiques, les agrupacions de persones físiques o jurídiques, públiques o privades, les comunitats de bens o altra unitat econòmica o patrimoni separat, que tot i no comptar amb personalitat jurídica, que promouen les obres i que acrediten, si s’escau, l’adopció dels acords necessaris que conforme a la legislació civil siguen exigibles per a la realització de les obres.
Sol·licituds.- L’interessat sol·licitarà la subvenció per mitjà de l’imprès de sol·licitud normalitzat, que s’adjuntarà a la convocatòria, el qual es presentarà al Registre General de l’Ajuntament de Dénia o per qualsevol dels mitjans reconeguts per la Llei de Procediment Administratiu Comú, en la forma i en els terminis contemplats en aquestes bases.