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viernes, 10 de noviembre de 2017

XXVI Curso de Posgrado de formación de Especialistas en Investigación Social aplicada y análisis de datos 2017-2018. Centro de Investigaciones Sociológicas -CIS-

BDNS(Identif.):369299
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index
Primero. Beneficiarios.
Requisitos de los solicitantes del Curso de Posgrado.
El curso está dirigido a licenciados o graduados con adecuada formación en ciencias sociales. La admisión requiere:
a) Tener nacionalidad española o ser nacional de algún Estado miembro de la Unión o de terceros países con residencia legal en España, mediante la aportación documento Nacional de Identidad (DNI), Número de Identidad de Extranjero (NIE) o Pasaporte, en el caso de no autorizar a la administración para su consulta u obtención, en los términos previstos en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. La no autorización se deberá reflejar en el formulario de solicitud.
b) Estar en posesión del título español de graduado o licenciado o titulaciones equivalentes expedidas por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior. En el caso de los títulos obtenidos conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior, será necesaria la previa homologación de sus títulos o reconocimiento del grado académico antes del día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Requisitos de los solicitantes de las ayudas de matrícula.
De acuerdo con lo establecido en la Orden PRA/1003/2017, de 13 octubre de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión por el Centro de Investigaciones Sociológicas de ayudas de matrícula para el Curso de Posgrado de Formación de Especialistas en Investigación Social Aplicada y Análisis de Datos del CIS (BOE núm. 251, de 18/10/2017), podrán ser beneficiarios de ayudas de matrícula para la realización del Curso de Posgrado, las personas físicas, con plena capacidad de obrar, que cumplan los siguientes requisitos:
a) Haber sido seleccionados para tomar parte en el "Curso de Posgrado de Formación de Especialistas en Investigación Social Aplicada y Análisis de Datos del CIS".
b) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. La presentación de las solicitudes conllevará la autorización de los solicitantes para que el órgano instructor compruebe de forma directa esta circunstancia. No obstante lo anterior, el solicitante podrá denegar expresamente dicho consentimiento, en cuyo caso deberá aportar las correspondientes certificaciones que acrediten el cumplimiento de este requisito. En todo caso, esta situación deberá quedar acreditada con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión de las ayudas.
c) No incurrir en alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El solicitante acreditará esta circunstancia en una declaración responsable que adjuntará a la solicitud, en el modelo que figurará como Anexo III de esta Convocatoria.
d) No padecer ninguna enfermedad, ni limitación física o psíquica, que le imposibilite para el cumplimiento de sus obligaciones como beneficiario de la ayuda recibida, que se acreditará mediante declaración responsable del Anexo III.
e) Presentar cumplimentada una declaración responsable de que no cuentan con otro tipo de beca o subvención simultánea, pública o privada, de similares características para la misma finalidad, de acuerdo al modelo del Anexo IV.
Segundo. Objeto
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, el XXVI Curso de Posgrado de Formación de Especialistas en Investigación Social Aplicada y Análisis de Datos 2017-2018, así como 10 ayudas de matrícula para los solicitantes admitidos en dicho curso, por importe de la mitad de la misma.
Tercero. Bases Reguladoras.
Orden PRA/1003/2017 de 13 de octubre de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión por el Centro de Investigaciones Sociológicas de ayudas de matrícula para el Curso de Posgrado de Formación de Especialistas en Investigación Social Aplicada y Análisis de Datos del CIS.
Cuarto. Cuantía.
a) El importe total de la matrícula, de acuerdo con la Resolución de 3 de octubre de 2017, de la Presidencia del Centro de Investigaciones Sociológicas, por la que se regulan los precios privados de determinados servicios prestados por el organismo (BOE Núm.247 de 13/10/2017) será de dos mil euros (2.000,00€).
b) El importe se abonará del modo siguiente: 50% la semana del comienzo del curso y 50% en la segunda quincena de diciembre de ese año. El ingreso se realizará mediante transferencia bancaria al Centro de Investigaciones Sociológicas a la cuenta de la entidad La Caixa con IBAN: ES46-2100-5731-74-0200142128, especificando claramente el nombre, apellidos, y DNI/NIE del alumno.
c) Los alumnos que hayan resultado adjudicatarios de una ayuda de matricula realizarán exclusivamente un primer pago del 50% del importe total, esto es, mil euros (1.000,00€) en la fecha y forma previstas para el resto de los alumnos. El disfrute de las ayudas de matricula conllevará todas las obligaciones detalladas en el artículo siguiente. En caso de incumplimiento perderán su condición de beneficiario y deberán abonar la totalidad de la matrícula.
d) El disfrute de estas ayudas de matrícula será incompatible con el de cualquier otra subvención pública o privada, becas o ayudas simultáneas de similares características. No podrán participar en el proceso de selección aquellos candidatos que hubieran recibido del CIS una ayuda de la misma modalidad en la convocatoria inmediatamente anterior.
e) Una vez efectuados los ingresos correspondientes, no se tendrá derecho a ningún tipo de devolución posterior, ni de acceso al sistema de ayudas. La matrícula del curso solamente da derecho a una única evaluación de cada materia (una convocatoria).
Quinto. Plazo de presentación de la solicitud.
El plazo de admisión de solicitudes finalizará transcurridos 5 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de este extracto de la Convocatoria en el BOE. {del 11 al 17 de noviembre de 2017, a.i.}
Sexto. Formalización de solicitudes
a) Los interesados que deseen solicitar su admisión en el Curso de Posgrado de Formación de Especialistas en Investigación Social Aplicada y Análisis de Datos del CIS deberán presentar una solicitud (Anexo I), dirigida al Sr. Presidente del CIS en el Registro General del Centro de Investigaciones Sociológicas (calle Montalbán, número 8. 28014 Madrid), por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, los interesados que posean un certificado de firma electrónica válida, podrán presentar las solicitudes a través del registro electrónico de la página web del Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales, utilizando para ello la aplicación informática disponible en las direcciones http://sedempr.gob.es y http://www.mpr.es, de acuerdo con lo establecido en la Orden PRE/1009/2010, de 23 de abril, por la que se regula el Registro Electrónico del Ministerio de la Presidencia. Para que se considere que la solicitud ha sido recibida en tiempo y forma será necesario contar con resguardo acreditativo de la presentación emitido por el Registro Electrónico.
La solicitud incluirá la siguiente documentación:
Certificación académica oficial en la que se especifiquen las calificaciones obtenidas en todas las materias correspondientes al título de graduado o licenciado.
Curriculum vitae del solicitante donde se especifiquen los siguientes puntos: Datos personales; Formación académica; Experiencia investigadora (cursos de doctorado, DEA, becas, etc.); Experiencia profesional; Publicaciones y participación en congresos; Conocimientos informáticos para el análisis de datos y Conocimiento de Idiomas. Se exigirá la acreditación documental de los méritos y cursos expuestos en el curriculum.
Una carta de presentación, de no más de 500 palabras, en la que se describa el aprovechamiento que se espera hacer del Curso de Posgrado.
Una fotografía de tamaño carnet.
b) Los interesados que deseen solicitar una ayuda de matrícula para la realización del mencionado Curso, deberán presentar adicionalmente a lo señalado en el apartado anterior, los Anexos II, III y IV debidamente cumplimentados.
c) Si las solicitudes presentaran errores subsanables, se requerirá al solicitante para que los subsane en el plazo máximo de diez días hábiles, con la advertencia de que, si no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Séptimo. Justificación de las ayudas.
a) El disfrute de las ayudas de matricula conllevará la obligación de completar con éxito los dos módulos del Curso de Posgrado y la obligación de obtención del diploma de acuerdo a lo establecido en el artículo 2.6 de la Resolución de la Convocatoria.
b) Asimismo, y de conformidad con lo establecido por el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los beneficiarios de las ayudas de matricula estarán obligados a:
Aceptar, desde la solicitud de la ayuda de matrícula, lo dispuesto en la Orden PRA/1003/2017, de 13 octubre de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión por el Centro de Investigaciones Sociológicas de ayudas de matrícula para el Curso de Posgrado de Formación de Especialistas en Investigación Social Aplicada y Análisis de Datos del CIS (BOE núm. 251, de 18/10/2017), y en la presente convocatoria.
Acreditar hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social en los términos previstos en el artículo 4.b) de la presente Convocatoria.
Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar en su caso por el órgano concedente, así como a cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando la información que sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
Comunicar al Centro de Investigaciones Sociológicas la obtención de cualquier otra subvención, ayuda o beca para la misma finalidad procedente de cualquier Administración, ente público nacional o internacional o entidades privadas, desde el momento en que se tenga conocimiento de ellas en los términos previstos en el artículo 4.e) de la Resolución de la Convocatoria.
Adoptar, en su caso, medidas de difusión y adecuada publicidad del CIS, como entidad financiadora de la ayuda de matrícula relativa al Curso de Posgrado.
Proceder al abono de la parte de la matricula subvencionada en el caso de que, por el procedimiento debido, el CIS estime que se han incumplido las obligaciones mencionadas en el apartado primero y segundo de este artículo.

martes, 17 de mayo de 2016

bolsas de trabajo de: socorristas, taquilleros, operarios y especialistas. Ayuntamiento de Sollana.(Ribera Baixa-València)

ANUNCIO
Mediante Resolución de la Alcaldía nº 220/2016, de 6 de mayo, se han aprobado las Bases específicas y la convocatoria para la selección de personal con el objeto de constituir varias bolsas de trabajo de: socorristas, taquilleros, operarios y especialistas para cubrir las necesidades de personal que puedan surgir en los servicios municipales del Ayuntamiento de Sollana.
Las bases específicas de cada una de las bolsas se encuentran a disposición de los interesados en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Sollana y en la página Web municipal, www.sollana.es.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.{del 17 al 26 de mayo de 2016, a.i.} Las instancias para tomar parte del proceso selectivo se encuentran como Anexos a las Bases.
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en cualquier caso en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Sollana y en la web municipal, www.sollana.es

miércoles, 17 de diciembre de 2014

Facultativos Técnicos de Patrimonio Cultural: Archivos, Bibliotecas, Conservación y Restauración de Bienes Culturales, Museos; y Facultativos Técnicos Especialistas: Biblioteconomía y Documentación


DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 
- RESOLUCIÓN de 24 de noviembre de 2014, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Funcionarios Técnicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Técnica Facultativa, Facultativos Técnicos de Patrimonio Cultural, Archivos.. 
1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 1 plaza del Cuerpo de Funcionarios Técnicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Técnica Facultativa, Facultativos Técnicos de Patrimonio Cultural, Archivos.

- RESOLUCIÓN de 24 de noviembre de 2014, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Funcionarios Técnicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Técnica Facultativa, Facultativos Técnicos de Patrimonio Cultural, Bibliotecas.. 
1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 1 plaza del Cuerpo de Funcionarios Técnicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Técnica Facultativa, Facultativos Técnicos de Patrimonio Cultural, Bibliotecas.

- RESOLUCIÓN de 24 de noviembre de 2014, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Funcionarios Técnicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Técnica Facultativa, Facultativos Técnicos de Patrimonio Cultural, Conservación y Restauración de Bienes Culturales.. 
1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 1 plaza del Cuerpo de Funcionarios Técnicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Técnica Facultativa, Facultativos Técnicos de Patrimonio Cultural, Conservación y Restauración de Bienes Culturales.
 
- RESOLUCIÓN de 24 de noviembre de 2014, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Funcionarios Técnicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Técnica Facultativa, Facultativos Técnicos de Patrimonio Cultural, Museos.. 
1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 1 plaza del Cuerpo de Funcionarios Técnicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Técnica Facultativa, Facultativos Técnicos de Patrimonio Cultural, Museos.

- RESOLUCIÓN de 24 de noviembre de 2014, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Funcionarios Técnicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Técnica Facultativa, Facultativos Técnicos Especialistas, Biblioteconomía y Documentación.. 
1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 3 plazas del Cuerpo de Funcionarios Técnicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Técnica Facultativa, Facultativos Técnicos Especialistas, Biblioteconomía y Documentación.
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1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura como anexo II a esta convocatoria.
1.5. El primer ejercicio de la oposición tendrá lugar a partir de los tres meses siguientes a la publicación de esta convocatoria.
1.6. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se fija como medio de comunicación de las publicaciones que se deriven de los actos integrantes del procedimiento selectivo, la exposición en los tablones de anuncios de las Oficinas del Servicio de Información y Documentación Administrativa del Gobierno de Aragón: en Huesca (Plaza de Cervantes, 1), en Teruel (Calle San Francisco,1), en Zaragoza (Edificio Pignatelli - Paseo María Agustín, 36 -), así como en las Oficinas Delegadas del Gobierno de Aragón en Alcañiz (Avda. Bartolomé Esteban, 58), Calatayud (Plaza de España, 1), Ejea de los Caballeros (Calle Mediavilla, 27), Jaca (Avda. Levante, 10), Tarazona (Avda. La Paz, 29), Calamocha (Calle Melchor de Luzón, 6), Fraga (Calle San Quintín, 1) y Barbastro (Calle Conde, s/n). Además, se publicarán en el "Boletín Oficial de Aragón", las resoluciones para las que así lo establecen expresamente las bases de esta convocatoria.
Asimismo toda la información del proceso estará disponible en la página web www.aragon.es/Temas/Empleo.
2. Requisitos de los candidatos. 2.1. Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea; o ser, cualquiera que sea su nacionalidad, cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes; o ser persona incluida en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos en el apartado 1 del artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas del Cuerpo al que se aspira.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión o en condiciones de obtener el Título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Grado o equivalente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite su homologación.
f) Haber abonado la correspondiente Tasa a que hace mención la base 3.5.
2.2. Todos los requisitos enumerados en esta Base deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en el momento de toma de posesión como funcionarios de carrera.
3. Solicitudes. 3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en la solicitud, según modelo aprobado por Orden de 19 de agosto de 2003 ("Boletín Oficial de Aragón", número 109, de 8 de septiembre de 2003), que será facilitada a través de Internet, cumplimentando el modelo 524 que aparece en la página web oficial del Gobierno de Aragón en la dirección www.aragon.es/Temas/Empleo.
3.2. Los aspirantes con discapacidad podrán hacerlo constar en el espacio correspondiente de la solicitud, indicando, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria, siempre que no quede desvirtuado el contenido de las pruebas, ni implique reducción ni menoscabo del nivel de suficiencia exigible.
3.3. La presentación de solicitudes se hará en los Registros Generales del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no siendo posible su presentación por medios telemáticos, y se dirigirán al Instituto Aragonés de Administración Pública, una vez debidamente cumplimentadas y diligenciadas con la recaudación de la Tasa.
En caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que aquélla sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada.
3.4. El plazo para presentar las solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria. Si el plazo finaliza en sábado, se entenderá prorrogado hasta el siguiente día hábil.{del 18 de diciembre de 2014 al 13 de enro de 2015, a.i.}  ...

martes, 15 de julio de 2014

9 becas para la formación de especialistas en cooperación internacional para el desarrollo. AECID

Primera. Objeto y finalidad.1. La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) convoca, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, hasta un máximo de 9 becas para la formación de especialistas en cooperación internacional para el desarrollo, con las características que se indican a continuación:
Modalidad de las becas . . . . .  Número de becas
Becas de Cooperación Internacional para el Desarrollo .................. 6
Becas de Cooperación Financiera para el Desarrollo .................... 2
Becas de Cooperación en Sectores de Agua y Saneamiento .............. 1
Los aspirantes podrán presentar solicitud para una sola de las modalidades de becas.
2. Las becas consistirán en el desarrollo de prácticas de formación que tendrán lugar en la sede de la AECID (Madrid).
Segunda. Duración de las becas. Las becas tendrán una duración de doce meses continuados, a partir de la fecha que fije la resolución de su concesión, y podrán ser prorrogadas hasta un máximo de doce meses más, en aquellos casos concretos en los que así sea determinado por la AECID.
Tercera. Financiación, cuantía y pago. 2. El importe de las becas se distribuirá en los siguientes conceptos:
a) Una asignación mensual de 1.100 euros, ...
Quinta. Requisitos de los solicitantes.Para poder ser beneficiarios de estas becas, los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos, el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
a) Poseer la nacionalidad española o ser ciudadano de algún Estado miembro de la Unión Europea. Los nacionales de otro país de la Unión Europea deben poseer un perfecto dominio del español, y residencia oficial en España.
b) No haber sido beneficiario de esta misma beca en ediciones anteriores.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las actividades formativas de la beca.
d) Estar en posesión del correspondiente título académico en función de la modalidad de beca concreta solicitada por cada aspirante:
Modalidad de las becas convocadas Titulación exigida
Cooperación Internacional para el Desarrollo. Cualquier titulación de Licenciatura, Ingeniería Superior, Arquitectura Superior o Grado.
Cooperación Financiera para el Desarrollo. Titulación superior en Ciencias Económicas, Administración y Dirección de Empresas, o afines.
Cooperación en Sectores de Agua y Saneamiento. Titulación superior en Ciencias Ambientales, Biológicas, Químicas o afines.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que acrediten el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
e) Haber finalizado los estudios conducentes a la obtención del correspondiente título necesariamente en el presente curso o dentro de los últimos tres cursos académicos inmediatamente anteriores al de publicación de la presente convocatoria.
f) Acreditar documentalmente la posesión de conocimiento de los idiomas inglés y francés, ambos al menos con el nivel B2 del marco común europeo de referencia para las lenguas. Los nacionales de países cuyo idioma oficial sea inglés o francés no deberán acreditar la posesión documental del nivel B2 en dicho idioma.
g) No encontrarse incurso en alguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
h) Hallarse al corriente, en su caso, de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social españolas.
i) Indicar una dirección de correo electrónico permanente, personal e intransferible a efectos de notificaciones.
Sexta. Presentación de solicitudes.1. De conformidad con lo previsto por la Orden AEC/2776/2011, de 7 de octubre, por la que se establece la obligatoriedad de las comunicaciones y notificaciones por medios electrónicos en los procedimientos de convocatoria de los programas de becas, proyectos de cooperación interuniversitaria e investigación científica y lectorados MAEC-AECID, la presentación de solicitudes se realizará obligatoriamente por vía electrónica en un plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 16 de julio al 1 de agosto de 2014, a.i.}
2. Las solicitudes se presentarán por los peticionarios cumplimentando el cuestionario que estará disponible en la sede electrónica de la AECID (www.aecid.gob.es) registrándose como usuarios en el apartado «convocatorias/becas de formación/trámites en línea», ...

lunes, 19 de mayo de 2014

2 Letrados, 17 Farmacéuticos, 9 Médicos, 1 Psiquiatra, 2 Rehabilitadores, 4 Inspectores Médicos,y 1 Médico de Atención Primaria. Gobierno de Aragón.


- RESOLUCIÓN de 28 de abril de 2014, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala de (2) Letrados de los Servicios Jurídicos.. Ver 



- RESOLUCIÓN de 28 de abril de 2014, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Facultativa Superior, (17) Farmacéuticos de Administración Sanitaria.. Ver 

- RESOLUCIÓN de 28 de abril de 2014, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Facultativa Superior, (9) Médicos de Administración Sanitaria.. Ver 

- RESOLUCIÓN de 28 de abril de 2014, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Sanitaria Superior, Especialistas de Área, (1) Psiquiatras.. Ver 

- RESOLUCIÓN de 28 de abril de 2014, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Sanitaria Superior, Especialistas de Área, (2) Rehabilitadores.. Ver 

- RESOLUCIÓN de 28 de abril de 2014, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Sanitaria Superior, (4) Inspectores Médicos.. Ver 

- RESOLUCIÓN de 28 de abril de 2014, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Sanitaria Superior, (1) Médicos de Atención Primaria.. Ver 
toda la información del proceso selectivo estará disponible en la página web www.aragon.es/Temas/Empleo.

viernes, 17 de mayo de 2013

164 plazas en diversas especialidades de la categoría de facultativo especialista de área del Servicio Gallego de Salud.

I. Normas generales. 1.1. Plazas. 1.1.1. Se convoca concurso-oposición para el ingreso en las especialidades de la categoría de facultativo/a especialista de área que se especifica en el anexo I de la presente resolución.
1.1.2. El número de plazas que se convoca en este proceso selectivo es el que se especifica, para cada una de las especialidades, en el citado anexo I, con expresión diferenciada de las plazas por su sistema de acceso.
1.2. Sistemas de acceso. Las personas interesadas podrán participar en este proceso selectivo por alguno de los siguientes sistemas de acceso: acceso libre, acceso de personas con discapacidad o promoción interna.
Los/las aspirantes solo podrán participar en uno de los turnos citados. Una vez finalizado el plazo de inscripción, no se permitirá ningún cambio en la modalidad de acceso.   ...
II. Requisitos.  Las personas interesadas en participar en este proceso deberán poseer en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta la toma de posesión como personal estatutario fijo del Servicio Gallego de Salud los siguientes requisitos:
2.1. Requisitos comunes para todos los turnos de acceso.
2.1.1. Nacionalidad:

a) Tener la nacionalidad española.
b) Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado en el que, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as.
c) También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de los/las españoles/españolas y de los/las nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y el de los/las nacionales de algún Estado al que, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as, siempre que no estén separados/as de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones podrán participar sus descendentes y los/las de su cónyuge siempre que no estén separados/as de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
2.1.2. Edad: haber cumplido los dieciséis años de edad y no exceder de la edad de jubilación forzosa legalmente vigente.
2.1.3. Capacidad funcional: poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.
2.1.4. Habilitación: no haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier servicio de salud o Administración pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni estar inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.
En caso de los/las nacionales de otro Estado, no encontrarse inhabilitado/a por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios públicos en un Estado miembro, ni ser separado/a, por sanción disciplinaria, de alguna de las administraciones o servicios públicos en los seis años anteriores a la convocatoria.
2.1.5. Titulación: estar en posesión de la titulación que, para cada una de las especialidades que se convocan, se especifica en el anexo I de esta resolución o estar en condiciones de obtenerla dentro del plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán poseer el documento que acredite fehacientemente su homologación o la credencial de reconocimiento del título a efectos profesionales, al amparo de lo dispuesto en el Real decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva comunitaria 2005/36/CE.
2.1.6. Abonar las tasas por derecho de examen, en su caso.
2.2. Requisitos específicos.
2.2.1. Personas con discapacidad.
Además de los requisitos anteriores, los/las aspirantes que se presenten por el turno de personas con discapacidad tendrán que tener reconocida la condición legal de persona con un grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento.   ...
2.3. Tasas.
2.3.1 Formalización del pago de las tasas: Por imperativo legal, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia y en la Ley 2/2013, de 27 de febrero, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2013, como requisito necesario para participar en el proceso selectivo deberá abonarse previamente en concepto de derechos de examen el importe de 40,74 € y, en su caso, los gastos de transferencia correspondientes, en cualquiera de las entidades financieras colaboradoras autorizadas para la recaudación de tasas y precios en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Para el ingreso de la tasa se empleará un impreso de autoliquidación como el señalado en el anexo VII. Tal impreso, así como los códigos para su formalización les serán facilitados a las personas interesadas en los servicios centrales y periféricos de la Consellería de Sanidad y del Servicio Gallego de Salud y estarán disponibles, asimismo, en la página web del Servicio Gallego de Salud. La no presentación de este impreso de autoliquidación -en el que deberá figurar la fecha y el sello de la entidad bancaria- junto con el formulario de inscripción en el proceso determinará la exclusión de la persona aspirante.
Podrá realizarse también el pago de la tasa por internet en las entidades financieras actualmente autorizadas. Para ello, deberán acceder a la oficina tributaria, a través de la oficina virtual en la página web del CIXTEC (www.cixtec.es) y pulsar el enlace Oficina Virtual- Tributaria (color azul), entrar a servicios de acceso libre y tasas, precios, multas y sanciones.
En este caso, una vez efectuado el pago de la tasa correspondiente, se imprimirá el justificante de haber abonado la tasa, que será el que se presente junto con la solicitud.
Asimismo, el/la solicitante podrá hacer efectivo el pago de la tasa desde Fides, habilitándose un enlace directo al sistema de pago electrónico de tasas de la Consellería de Hacienda.
2.4. Registro electrónico de los requisitos de participación. Las personas interesadas en participar en el proceso selectivo deberán declarar en el formulario electrónico de inscripción que reúnen todos los requisitos de participación exigidos en esta convocatoria según el turno de acceso por la que opten. Al formulario electrónico de inscripción se accederá a través de la página web del Servicio Gallego de Salud (www.sergas.es) en el apartado Fides/expedient-e/Sección de procesos/OPE.
2.5. Plazo y procedimiento de acreditación de los requisitos de participación. 2.5.1. Las personas aspirantes deberán presentar junto con la solicitud de participación, y dentro del plazo de presentación de instancias, la siguiente documentación:
1. Fotocopia del NIF/NIE/pasaporte/otros.
...
V. Solicitud. 5.1. Formulario de inscripción. 5.1.1. Las personas que deseen tomar parte en el proceso anexo VI, y que una vez formalizada electrónicamente deberán imprimir, firmar y presentar en los lugares y plazo indicados en los apartados 5.2 y 5.3, respectivamente.
selectivo deberán cubrir una única solicitud de participación por categoría/especialidad, en modelo normalizado, a través de la Oficina Virtual del Profesional (Fides/expedient-e/Sección de procesos/OPE), a la que se accederá siguiendo las instrucciones que se establecen en el
5.1.2. No se admitirán las solicitudes que contengan alguna enmienda, marca o tachadura en el formulario de participación o en cualquiera de los documentos acreditativos de los requisitos de participación.
Las modificaciones que, con carácter excepcional resulte necesario efectuar al/a la aspirante en alguno de los datos contenidos en la solicitud de participación impresa se realizarán mediante escrito dirigido a la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud y en el que se indicará con claridad la modificación que se pretende.
Tal solicitud de modificación deberá presentarse, junto con la instancia que modifica o copia de esta, a través del procedimiento y plazo previstos en la cláusula 5.2 y 5.3 de esta convocatoria.
Transcurrido el plazo para la presentación de solicitudes, no se admitirán las modificaciones de las solicitudes previamente presentadas.
5.1.3. Los/las aspirantes interesados/as en participar en varias especialidades de las ofertadas deberán utilizar una solicitud diferente para cada una de las especialidades a que se presenten. Igualmente, pagarán el importe de los derechos de examen correspondientes para cada una de las especialidades en un modelo de autoliquidación de tasas diferente.
5.1.4. Los/las aspirantes con discapacidad que lo precisen, opten o no opten por participar en el turno reservada de personas con discapacidad, deberán señalar en la solicitud las adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios, de conformidad con lo establecido en la base 1.3.
5.1.5. La consignación de datos falsos en la solicitud o en la documentación presentada por los/las aspirantes se sancionará con la anulación de la solicitud, sin perjuicio de las demás medidas legales que correspondan.
5.1.6. El domicilio que figure en las solicitudes se considerará como el único válido a los efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del aspirante tanto el error en su consignación como la comunicación al Servicio Gallego de Salud de cualquier cambio del mismo. Lo mismo será aplicable a los otros medios de comunicación posibles, como los teléfonos de contacto y el correo electrónico.
La Administración convocante podrá comunicar a través de Fides/expedient-e, de forma general o individualizadamente, cualquier novedad que se produzca en el desarrollo del proceso.
5.1.7. Junto con la solicitud de participación, la persona aspirante deberá adjuntar la documentación
exigida en la base 2.5, la justificación documental de todos los méritos previamente registrados en el expediente electrónico que no haya acreditado en los términos de la base 3.2 y, en su caso, la documentación acreditativa del conocimiento de la lengua gallega.
5.2. Lugar de presentación. Las solicitudes de participación en el concurso-oposición se dirigirán a la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud y podrán presentarse en el Registro General de los servicios centrales y periféricos de la Consellería de Sanidad y del Servicio Gallego de Salud, o a través de cualquiera de los procedimientos del artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en el número tres de esta base, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, que
las remitirán a continuación al organismo competente.
5.3. Plazo de presentación. El plazo para la presentación de las solicitudes de participación será de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.[DOG Núm. 91 Martes, 14 de mayo de 2013] {del 15 de mayo al 14 de junio de 2013, a.i.}  Página web del Servicio Gallego de Salud www.sergas.es.
Especialidad . . Grupo . . Acceso libre . . Promoción interna . . Reserva discapacidad . . Total . . Titulación
Alergología . . A1 . . 1 . . 1 . . 1 . . 3
Título universitario oficial de grado o licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en la especialidad de Alergología.
Análisis Clínicos . . A1 . . 3 . .  2 . .  1 . .  6 Cualquiera de los siguientes títulos:
-Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad de Análisis Clínicos o Bioquímica Clínica.
-Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Farmacia y título de farmacéutico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte,
en la especialidad de Análisis Clínicos o Bioquímica Clínica.
-Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Ciencias Químicas y acreditar su formación en la especialidad de Análisis Clínicos o Bioquímica Clínica mediante diploma expedido por la correspondiente escuela de especialización o formación completa como químico/a interno/a residente, realizado en centros acreditados o debidamente reconocidos, previa superación de la prueba nacional selectiva que establecen
las disposiciones vigentes.
-Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Ciencias Biológicas y acreditar su formación en la especialidad de Análisis Clínicos o Bioquímica Clínica mediante la formación completa como biólogo/a interno/a residente, realizada en centros acreditados o debidamente reconocidos, previa superación de la prueba nacional selectiva que establecen las disposiciones vigentes.
- Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Bioquímica y título de especialista expedido por el Ministerio de Educación Cultura y Deporte, en la Especialidad de Análisis Clínicos o Bioquímica Clínica.

Anatomía Patológica . . A1 . . 1 . . 1 . . 1 . .  3
Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad de Anatomía Patológica.
Anestesiología y Reanimación . . A1 . . 9 . . 3 . . - . . 12
Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad de Anestesiología y Reanimación.
Aparato Digestivo . . A1 . . 7 . .  2 . . -  . .   9
Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad de Aparato Digestivo.
Cardiología . . A1 . . 4 . . 1 . . - . . 5
Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad de cardiología.
Cirugía Oral y Maxilofacial . . A1. .  1 . . - . . - . .  1
Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad de Cirugía Oral y Maxilofacial.
Cirugía Ortopédica y Traumatología . . A1 . .  4 . . 2 . . - . .  6
Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad de Cirugía Ortopédica y Traumatología.
Cirugía Plástica, Estética y Reparadora . . A1. .  1 . . - . . - . .  1
Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad de Cirugía Plástica, Estética y Reparadora.
Cirugía Torácica A1 . .  1 . . - . . - . .   1
Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad de Cirugía Torácica.
Cirugía General y del Aparato Digestivo . . A1 . .  8 . .  2 . . - . .  10
Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad de Cirugía General y del Aparato Digestivo.
Dermatología Médico-Quirúrgica y Venereología . . A1 . . 2 . .  1 . . 1 . . 4
Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad de Dermatología Médico-Quirúrgica y Venereología.
Endocrinología y Nutrición . . A1 . . 2 . . - . . 1. .  3
Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad de Endocrinología y Nutrición.
Farmacia Hospitalaria . . A1 . .  1 . .  1 . .  1 . .  3
Cualquiera de los siguientes títulos:
-Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía y el título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad de Farmacia Hospitalaria.
-Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Farmacia y el título de farmacéutico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad de Farmacia Hospitalaria.

Hematología y Hemoterapia . .  A1 . . 4 . . 1 . . - . . 5
Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad de Hematología y Hemoterapia.
Medicina Física y Rehabilitación . . A1 . . 1 . . - . . - . .1
Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad de Medicina Física y Rehabilitación.
Medicina Intensiva . . A1 . . 3 . . 1 . . - . .  4
Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad de Medicina Intensiva.
Medicina Interna . . A1 . .  9 . . 3 . .  1 . .  13
Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en
la especialidad de Medicina Interna.

Microbiología y Parasitología . . A1 . .  1 . . - . . - . .  1
Cualquiera de los siguientes títulos:
-Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía, y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad de Microbiología y Parasitología.
-Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Biología, y título de especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad de Microbiología y Parasitología.
-Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Bioquímica, y título de especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad de Microbiología y Parasitología.
-Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Farmacia, y título de especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad de Microbiología y Parasitología.
-Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Química, y título de especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad de Microbiología y Parasitología.

Nefrología . . A1. .  4 . . 2 . . - . .  6
Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad de Nefrología.
Neurocirugía A. . 1 . . 1 . . 1 . . - . . 2
Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad de Neurocirugía.
Neurofisiología Clínica . . A1 . .  1 . . 1 . . - . .  2
Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad de Neurofisiología Clínica.
Neurología . . A1 . . 3 . . 1 . . - . . 4
Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad de Neurología.
Obstetricia y Ginecología . . A1 . . 7 . .  2 . . - . .  9
Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad de Obstetricia y Ginecología.
Oftalmología . . A1 . . 3 . . 1 . . - . . 4
Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad de Oftalmología.
Oncología Médica . . A1 . . 3 . . 1 . . - . . 4
Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad de Oncología Médica.
Oncología Radioterápica . . A1 . . 1 . . - . . - . .  1
Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad de Oncología Radioterápica.
Otorrinolaringología . . A1 . .  3 . .  1 . . - . .  4
Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad de Otorrinolaringología.
Pediatría y sus áreas específicas . . A1 . . 3 . .  2 . .  1 . .  6
Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad de Pediatría y sus áreas específicas.
Pneumología . . A1 . . 3 . . 1 . . - . .  4
Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía e título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación e Ciencia, en la especialidad de Pneumología.
Psiquiatría . . A1 . . 7 . . 2 . . - . . 9
Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad de Psiquiatría.
Radiodiagnóstico . . A1 . . 9 . .  4 . . 1 . .  14
Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad de Radiodiagnóstico.
Reumatología . . A1. .  1 . . - . . - . .1
Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía e título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad de Reumatoloxía.
Urología . . A1 . . 2 . . 1 . . - . .  3
Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad de Urología.

miércoles, 27 de julio de 2011

35 plazas de Facultativos Especialistas de Área en la Red Hospitalaria de la Defensa.

Orden SPI/2096/2011, de 5 de julio, por la que se convoca proceso selectivo para acceso a la condición de personal estatutario fijo, en plazas de la categoría de Facultativos Especialistas de Área en la Red Hospitalaria de la Defensa.
Bases
La presente convocatoria se publicará, entre otras, en la página web del Centro de Información Administrativa del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública www.060.es, en la del Ministerio de Defensa www.mde.es y en la del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad www.mspsi.gob.es.
Primera. Normativa aplicable. El proceso selectivo previsto en la presente Orden se regirá por las presentes bases, por la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, así como por la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud y por el Real/Decreto 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las instituciones sanitarias de la seguridad social, que resulta de aplicación con rango reglamentario y sin carácter básico.
Segunda. Descripción de las plazas. Se convocan treinta y cinco plazas: treinta y tres por el cupo general y dos por el cupo de reserva para discapacitados generales.
Las plazas que se convocan en las presentes pruebas selectivas quedan distribuidas según se indica en el Anexo I.
Tercera. Proceso selectivo.
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que figuran en el Anexo II.
Cuarta. Programas. Los programas que regirán las pruebas selectivas se detallan en el Anexo III de la presente convocatoria.
Quinta. Nombramiento de personal estatutario. Concluido el proceso selectivo los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán nombrados personal estatutario de los Servicios de Salud por el órgano competente, que se publicará en el BOE con indicación del destino adjudicado.
Sexta. Requisitos de los candidatos. Los aspirantes que participen en la presente convocatoria, deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión los siguientes requisitos generales de participación:
1. Nacionalidad.
1.1 Tener la nacionalidad española.
1.2 También podrán participar, como personal estatutario, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos con excepción de aquellos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas:
a) Los nacionales de los estados miembros de la Unión Europea.
b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Los aspirantes no residentes en España incluidos en el apartado b), así como los extranjeros incluidos en el apartado c), deberán acompañar a su solicitud, documento que acredite las condiciones que se alegan.
2. Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones que se derivan del nombramiento.
3. Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
4. Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado con carácter firme, para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.
En caso de los nacionales de otros Estados, no hallarse inhabilitado, por sanción o pena o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinario para el ejercicio profesional o para acceso a funciones o servicios públicos en su Estado ni haber sido separado por sanción disciplinaria, de alguna de sus Administraciones o servicios públicos.
5. Titulación: Poseer el título de especialista en la especialidad a la que se concurra, expedido por el órgano competente o estar en condiciones de obtenerla, habiendo finalizado la formación especializada exigida para su obtención, dentro del plazo de presentación de solicitudes.
Los aspirantes con titulación obtenida en el extranjero, deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario (Orden PRE/2061/2009, de 23 de julio que modifica la APU/3416/2007, de 14 de noviembre (BOE 284).
6. No poseer plaza en propiedad en la categoría/especialidad en la que participe, como personal estatutario fijo, cualquiera que sea su situación administrativa.
7. Tasas: Haber abonado las tasas de la presente convocatoria, salvo aquellos aspirantes que estén exentos legal o reglamentariamente, según se establece en la base octava de esta convocatoria.
Octava. Solicitudes. 1. Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790, que será facilitado gratuitamente en internet en la página web: www.060.es.
2. La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Ministerio de Defensa (Paseo de la Castellana, 109, Madrid) o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y se dirigirán a la Subsecretaría de Defensa (Subdirección General de Personal Civil).
...
3. El plazo para su presentación será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 28 de Julio al 16 de Agosto de 2011, a.i.}
4. Las solicitudes se cumplimentarán de acuerdo con las instrucciones que figuren en el Anexo IV de esta convocatoria.
5. El importe de la tasa por derechos de examen será, con carácter general, de 28,72 euros y para las familias numerosas de categoría general de 14,36 euros.
ANEXO I Distribución territorial de las plazas por Categorías/especialidades objeto de la presente convocatoria
Centro: Hospital Central de la Defensa
Categoría/Especialidad / Código / Localidad / Cupo general / Cupo discapacitados
F.E.A./Aparato Digestivo . / 1102 / Madrid / 1 / 0
F.E.A./Cardiología . / 1103 / Madrid / 3 / 0
F.E.A./Cirugía Gral. Y del Aparato Digestivo . / 1204 / Madrid / 1 / 0
F.E.A./Cirugía Oral y Maxilofacial . / 1205 / Madrid / 1 / 0
F.E.A./Cirugía Ortopédica y Traumatología . / 1206 / Madrid / 2 / 0
F.E.A./Cirugía Pediátrica . / 1207 / Madrid / 1 / 0
F.E.A./Inmunología . / 1306 / Madrid / 0 / 1
F.E.A./Medicina Interna . / 1109 / Madrid / 2 / 0
F.E.A./Med. Preventiva y Salud Pública . / 1313 / Madrid / 1 / 0
Medico de urgencias . / 1100 / Madrid / 5 / 0 F.E.A./Neumología . . ./ 1111 / Madrid / 1 / 0
F.E.A./Neurocirugía . / 1211 / Madrid / 1 / 0
F.E.A./Neurología . / 1112 / Madrid / 2 / 0
F.E.A./Obstetricia y Ginecología . / 1212 / Madrid / 1 / 0
F.E.A./Oncología Médica . / 1113 / Madrid / 2 / 0
F.E.A./Oncología Radioterápica . / 1114 / Madrid / 1 / 0
F.E.A./Radiodiagnóstico . / 1314 / Madrid / 2 / 0
F.E.A./Radiofísica Hospitalaria . / 1316 / Madrid / 0 / 1
Centro: Hospital General de la Defensa
F.E.A./Medicina Intensiva . / 1102 / Zaragoza / 4 / 0
F.E.A./Nefrología . / 1103 / Zaragoza / 2 / 0