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martes, 9 de febrero de 2010

Subvenciones a EE.LL. provincia Alicante para la realización y mejora de infraestructuras hidráulicas de abastecimiento y saneamiento.

Diputació Provincial d'Alacant. BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A FAVOR DE ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA DE ALICANTE PARA LA REALIZACIÓN Y MEJORA DE INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS DE ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO A EJECUTAR POR LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALICANTE
Primera.- Actividad objeto de la subvención.- Las presentes Bases tienen por objeto regular el procedimiento en régimen de concurrencia competitiva abierta, para la concesión, durante el año 2010, de subvenciones para la construcción de infraestructuras hidráulicas e instalaciones municipales de abastecimiento y saneamiento a ejecutar por la Excma. Diputación Provincial de Alicante.
En consecuencia, la actividad objeto de la subvención se refiere al primer establecimiento, reforma o gran reparación de infraestructuras hidráulicas de abastecimiento y saneamiento de competencia municipal.
Las solicitudes de subvención acogidas a la presente convocatoria, podrán ser imputadas de oficio a otras convocatorias del departamento de Ciclo Hídrico de la propia Diputación por razones técnicas debidamente justificadas o bien por las disponibilidades dinerarias existentes en las distintas partidas presupuestarias.
Aparte de los gastos de ejecución de obras e instalación de infraestructuras, serán subvencionables con cargo a la presente convocatoria:
a) En el caso de que la redacción del Proyecto la realicen los técnicos de Diputación, el Ente Provincial subvencionará íntegramente los honorarios de redacción del Estudio de Seguridad y Salud, el coste de los estudios de impacto ambiental, de la topografía y geotecnia, así como los honorarios de redacción de Proyectos de concesión de aguas para abastecimiento y, en su caso, los honorarios de redacción del Proyecto. Así mismo, en aquellos casos en el que el Proyecto presentado por la Entidad Local no se adecue a los requerimientos de Diputación, ésta asumirá el coste del Estudio de Seguridad y Salud.
b) La Excma. Diputación Provincial de Alicante subvencionará al 100% los gastos de las asistencias técnicas inherentes a la ejecución de las infraestructuras hidráulicas, tales como los honorarios de coordinación de seguridad y salud, y el coste de los ensayos de control de obra.
Cuando se proceda a la cesión de las infraestructuras hidráulicas a las Entidades beneficiarias, en la correspondiente acta de cesión figurará el coste total de la actuación, incluyendo en su caso, y con el debido desglose, los gastos de las asistencias técnicas anteriormente citadas.
Segunda.- Plazo de la convocatoria.- La presente convocatoria tiene carácter abierto. El plazo para la presentación de solicitudes se extenderá hasta el 31 de agosto de 2010.
Tercera.- Entidades beneficiarias. Ayuntamientos y Mancomunidades de municipios de la provincia de Alicante.
El presupuesto inicial de cada una de las actuaciones para las que se solicita la subvención no podrá ser inferior a 60.000 euros I.V.A. excluido, no obstante, dicho límite no se aplicará en las actuaciones referidas a obras e instalaciones de captación de aguas subterráneas, tratamiento de aguas, automatización y control de abastecimientos.
El porcentaje de la subvención respecto al coste total de la actividad se ajustará al siguiente baremo, considerando el número de habitantes de la Entidad Local solicitante para el ejercicio económico 2010:
- En municipios de hasta 2.000 habitantes, se concederá el 95% del coste total de la actividad.
- En municipios de 2.001 a 10.000 habitantes, se concederá el 80% del mismo.
- En municipios de 10.001 a 50.000 habitantes, se concederá el 65% del mismo.
- Y en municipios de más de 50.000 habitantes
el 50% del citado coste.
Cuando la Entidad solicitante de la subvención sea una Entidad Menor se considerará como criterio determinante del porcentaje el número de habitantes efectivos correspondientes a dicha Entidad Menor.
En aquellas solicitudes de actuaciones cuyo presupuesto inicial exceda de 100.000,00 euros (IVA incluido), el importe de la subvención será el resultado de aplicar a 100.000,00 euros el porcentaje correspondiente de acuerdo con el baremo señalado. En este caso, el porcentaje de subvención aprobado será el resultado de dividir el importe de la subvención concedida entre el presupuesto inicial de la actuación.

lunes, 1 de febrero de 2010

Subvenciones Ayuntamientos (prov. Alacant) para la Reparación de Infraestructuras e Instalaciones Hidraúlicas a ejecutar por los Municipios.

Diputació Provincial d'Alacant. Por Resolución del Ilmo. señor Presidente de la Corporación
número 20 de fecha catorce de enero de dos mil diez, se aprueba la convocatoria para la concesión en el ejercicio 2010 de subvenciones a favor de Ayuntamientos de la provincia de Alicante para la Reparación de Infraestructuras e Instalaciones Hidráulicas a ejecutar por los municipios y sus bases, cuyo tenor literal es el siguiente:
BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A FAVOR DE AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE ALICANTE PARA LA REPARACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS E INSTALACIONES HIDRÁULICAS A EJECUTAR POR LOS MUNICIPIOS
Primera.- Actividad objeto de la subvención.-
Las presentes Bases tienen por objeto regular el procedimiento en régimen de concurrencia competitiva abierta, para la concesión, durante el año 2010, de subvenciones destinadas a coadyuvar en la financiación de los gastos derivados de reparaciones de infraestructuras e instalaciones hidráulicas municipales de abastecimiento y saneamiento, que ejecuten los Ayuntamientos en el ejercicio de las competencias que les confieren los artículos 25 y 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Se entenderán por reparación las obras de reparación simple, conservación y mantenimiento definidas en el artículo 106 b) y c) de la ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Serán subvencionables las reparaciones a realizar durante la anualidad 2010 así como aquellas que se hubieran ejecutado por carácter de urgencia en la anualidad 2009, siempre y cuando éstas últimas se hubieran iniciado con posterioridad a la fecha de 15 de septiembre de 2009.
Las solicitudes de subvención acogidas a la presente convocatoria podrán ser imputadas de oficio a otras convocatorias del departamento de Ciclo Hídrico de la propia Diputación destinadas a obras de la misma naturaleza por razones técnicas debidamente justificadas o bien por las disponibilidades dinerarias existentes en las distintas partidas presupuestarias.
Segunda.- Plazo de la convocatoria.- La presente convocatoria tiene carácter abierto. El
plazo para la presentación de solicitudes se extenderá hasta el día 15 de septiembre de 2010
.
Tercera.- Entidades beneficiarias.- Ayuntamientos de la Provincia de Alicante.
Cuarta.- Importe de la subvención.- El porcentaje de la subvención respecto al presupuesto de la actividad se ajustará al siguiente baremo, considerando el número de habitantes de la Entidad Local solicitante para el ejercicio económico 2010:
- En municipios de hasta 2.000 habitantes, se concederá el 95% del presupuesto de la actividad.
- En municipios de 2.001 a 10.000 habitantes, se concederá el 80% del mismo.
- En municipios de 10.001 a 50.000 habitantes, se concederá el 65% del mismo.
- Y en municipios de más de 50.000 habitantes el 50% del citado presupuesto.
Cuando la Entidad solicitante de la subvención sea una Entidad Menor se considerará como criterio determinante del porcentaje el número de habitantes efectivos correspondientes a dicha Entidad Menor.
Quinta- Solicitudes.- 1- Las solicitudes, dirigidas al Ilmo. señor Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, suscritas por el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento del municipio solicitante, deberán ajustarse al modelo que se incluye como anexo I de estas Bases.
2.- Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General de la Diputación, sito en la calle Tucumán, 8 de Alicante, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38. 4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

martes, 29 de diciembre de 2009

ayudas a entes locales para la ejecución de obras en materia de abastecimiento de agua, saneamiento y defensa contra avenidas, así como otras actuacio

Conselleria de Medi Ambient, Aigua, Urbanisme i Habitatge. ORDRE de 15 de desembre de 2009, de la Conselleria de Medi Ambient, Aigua, Urbanisme i Habitatge, per la qual es convoquen per a l'exercici 2010 les ajudes a ens locals per a l'execució d'obres en matèria d'abastiment d'aigua, sanejament i defensa contra avingudes, com també altres actuacions relacionades amb aquestes obres. [2009/14892] (pdf 530KB) pàgina 46.984
ORDEN de 15 de diciembre de 2009, de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, por la que se convocan para el ejercicio 2010, las
ayudas a entes locales para la ejecución de obras en materia de abastecimiento de agua, saneamiento y defensa contra avenidas, así como otras actuaciones relacionadas con estas obras. [2009/14892]
Aprobación de la convocatoria y objeto de la subvención.- Aprobar la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el ejercicio 2010, cuyo objeto es la realización de obras de bajo presupuesto, no superior a 100.000 euros, en materia de abastecimiento de agua, saneamiento y defensa contra avenidas, así como otras actuaciones relacionadas con este tipo de obras, cuya iniciativa y ejecución corre a cargo de los entes locales del ámbito territorial de la Comunitat Valencia.
La presente convocatoria se regulará mediante las bases publicadas en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana nº 5775, anexo de la Orden de 22 de mayo de 2008 de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda.
Las obras subvencionadas deberán ser iniciadas dentro del año 2010, con posterioridad a la fecha de notificación de resolución definitiva de concesión.
Las obras que durante el año 2009 fueron declaradas de emergencia, dadas sus características, podrán haber sido iniciadas durante ese año, con posterioridad a dicha declaración. Se hará constar tal circunstancia en el impreso de solicitud, aportando también los documentos relacionados en el correspondiente apartado de la misma.
Presentación de solicitudes y documentación.- Las solicitudes se confeccionarán de acuerdo con el modelo de solicitud, aportando los documentos que en el mismo se relacionan, y serán dirigidas a la Dirección General del Agua; calle Francisco Cubells, nº 7, 46011– Valencia.
Las solicitudes se presentarán en los correspondientes registros generales de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda sitos en su sede central de la calle Francisco Cubells, nº 7, de Valencia y servicios territoriales de Castellón y Alicante, sitos respectivamente en la calle Hermanos Bou nº 47, y la avenida de Aguilera nº 1, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Tanto los impresos como la información sobre la Orden pueden obtenerse a través de la página web de la Generalitat, cuya dirección de internet es http://www.cma.gva.es/ en el enlace de Recursos hidráulicos, apartado Ayudas y subvenciones.
Plazo de presentación de solicitudes.- El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.[del 30 de diciembre de 2009 al 18 de Enero de 2010, a.i.]
Las obras que con posterioridad a esta fecha sean declaradas de emergencia, podrán ser solicitadas en la orden del año 2011, siempre que ésta así lo establezca y exista crédito adecuado y suficiente en los presupuestos del ejercicio correspondiente.

viernes, 17 de abril de 2009

Ayudas a la realización de actuaciones de la arquitectura del agua: la restauración y conservación de puentes, acueductos, fuentes, pozos de nieve y m

Conselleria de Cultura i Esport. ORDE de 13 de febrer de 2009, de la Conselleria de Cultura i Esport, per la qual es convoquen ajudes per a la realització d’actuacions de l’arquitectura de l’aigua, considerant com a tal la restauració i conservació de ponts, aqüeductes, fonts, pous de neu i molins hidràulics d’interés patrimonial de la Comunitat Valenciana. [2009/4141]
Conselleria de Cultura y Deporte. ORDEN de 13 de febrero de 2009 de la Conselleria de Cultura y Deporte por la que se convocan ayudas a la realización de actuaciones de la arquitectura del agua, entendiendo como tal la restauración y conservación de puentes, acueductos, fuentes, pozos de nieve y molinos hidráulicos de interés patrimonial de la Comunitat Valenciana. [2009/4141]

Se convocan ayudas para la realización de actuaciones de restauración y conservación de puentes, acueductos, fuentes, pozos de nieve y molinos hidráulicos de interés patrimonial de la Comunitat Valenciana y se aprueban las bases por las que se rige esta convocatoria, así como los anexos II, III, IV y V, relativos al modelo normalizado de solicitud, la memoria de la restauración, la declaración de no estar incurso en prohibición y el alta de terceros, respectivamente.
Objeto.- 1. El objeto de estas ayudas es cofinanciar las actuaciones de restauración y conservación de bienes inmuebles de interés patrimonial que formen parte del patrimonio definido como arquitectura del agua, considerando como tal los puentes, acueductos, fuentes, pozos de nieve, y molinos hidráulicos de interés patrimonial de la Comunitat Valenciana, dichas actuaciones deberán ser realizadas por ayuntamientos y entidades sin ánimo de lucro.
2. Solamente podrán ser objeto de estas ayudas las actuaciones tendentes a la restauración, reparación o conservación de elementos constructivos o estructurales que formen parte integrante o consustancial de los propios inmuebles adscribibles a la arquitectura del agua.
Beneficiarios.- Pueden optar a estas ayudas: Los ayuntamientos y entidades en general, sin ánimo de lucro.
Las solicitudes se formularán según el modelo del impreso normalizado que se adjunta a la presente como Anexo II y que figura en la dirección de internet http://www.cult.gva.es/dgpa/
El compromiso de los ayuntamientos o de las entidades sin ánimo de lucro, relativo a la cofinanciación absoluta e incondicional con fondos propios de un mínimo del 25% del coste total de la actuación propuesta.
Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.[del 18 d'abril al 18 de maig, a.i.]

martes, 17 de febrero de 2009

SUBVENCIONES A FAVOR DE AYUNTAMIENTOS (ALICANTE) PARA LA REPARACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS E INSTALACIONES HIDRÁULICAS A EJECUTAR POR LOS MUNICIPIOS.

Por su interés y posible efecto sobre el empleo local, reproducimos extracto de la siguiente SUBVENCIÓN:
BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A FAVOR DE AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE ALICANTE PARA LA REPARACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS E INSTALACIONES HIDRÁULICAS A EJECUTAR POR LOS MUNICIPIOS.
Procedimiento en régimen de concurrencia competitiva abierta, para la concesión, durante el año 2009, de subvenciones destinadas a coadyuvar en la financiación de los gastos derivados de reparaciones de infraestructuras e instalaciones hidráulicas municipales de abastecimiento y saneamiento, que ejecuten los Ayuntamientos en el ejercicio de las competencias que les confieren los artículos 25 y 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Se entenderán por reparación las obras de reparación simple, conservación y mantenimiento, las definidas en el artículo 106 b) y c) de la ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.