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martes, 24 de febrero de 2015

4 Becas a profesores españoles de francés de un centro público universitario o a estudiantes españoles de Tercer Ciclo de francés que deseen ir ( 1 mes) a Francia, en el marco de un proyecto de investigación o de preparación de una tesis doctoral. Embajada de Francia.

La Embajada de Francia, en cumplimiento del artículo 19 del acta de la XI sesión de la Comisión Mixta franco-española de 23 de junio de 1994, ofrece al Ministerio de Educación español cuatro becas de investigación de un mes de duración durante el año 2015.
En consecuencia, esta Secretaría de Estado ha resuelto hacer pública dicha oferta, que estará sujeta a las siguientes condiciones:
Primera. Estas becas se destinarán a profesores españoles de francés de un centro público universitario o a estudiantes españoles de Tercer Ciclo de francés que deseen ir a Francia, en el marco de un proyecto de investigación o de preparación de una tesis doctoral, en los campos siguientes:
Lingüística o literatura francesa.
Didáctica de francés como lengua extranjera.
Traducción o terminología (francés/español).
Francés sobre objetivos específicos.
Segunda. Los candidatos deberán cumplir los requisitos siguientes:
Haber emprendido ya investigaciones en las áreas citadas anteriormente.
Ser licenciado en Filología Moderna (sección de francés), en Filología Románica, en Literatura Francesa o equivalente.
No haber disfrutado de este tipo de beca durante los tres últimos años.
Tercera. Las becas se solicitarán en los formularios que al efecto serán proporcionados por el Servicio Cultural de la Embajada de Francia en Madrid (BCLE), calle Marqués de la Ensenada, 10, 28004 Madrid y, una vez cumplimentados, se enviará un ejemplar a dicha Embajada y otro a la Subdirección General de Promoción Exterior Educativa del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, paseo del Prado, 28, 5.ª planta, 28071 Madrid.
Cuarta. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 29 de marzo de 2015.

jueves, 13 de mayo de 2010

becas para la preparación de oposiciones para el ingreso en las Carreras Judicial y Fiscal y en los Cuerpos de Secretarios Judiciales, Abogados del Es

MINISTERIO DE JUSTICIA
Becas
Resolución de 28 de abril de 2010, del Centro de Estudios Jurídicos, por la que se convocan becas para la preparación de oposiciones para el ingreso en las Carreras Judicial y Fiscal y en los Cuerpos de Secretarios Judiciales, Abogados del Estado, Médicos Forenses y Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses en el año 2010.
PDF (BOE-A-2010-7676 - 10 págs. - 286 KB)
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Objeto.–La presente Resolución tiene por objeto la convocatoria de subvenciones para contribuir en los gastos ocasionados a los opositores por la preparación de procesos selectivos para el ingreso en la Carrera Judicial o Fiscal o en los Cuerpos de Secretarios Judiciales, Abogados del Estado, Médicos Forenses o Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. Únicamente los procesos selectivos de ámbito estatal del Cuerpo de Médicos Forenses quedarán comprendidos en el objeto de estas becas.
a) Estas subvenciones, destinadas a opositores que cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras y en esta convocatoria, consistirán en becas cuya concesión se efectuará en régimen de concurrencia competitiva.
b) Las becas se solicitarán en el plazo establecido en el apartado Quinto, punto 4º, de esta convocatoria, se abonarán en forma de pago único anual y no serán renovables automáticamente, sino que, en caso de que los beneficiarios de las becas de esta convocatoria quieran seguir percibiéndolas, deberán solicitarlas en los siguientes ejercicios, hasta los tres años consecutivos de tope máximo para ser beneficiarios de estas becas, previsto en el artículo 2 apartado 3.º, de las bases reguladoras.
c) Se reservará un porcentaje del 5% de estas becas para personas con discapacidad. Si estas becas reservadas se declarasen desiertas se acumularán a las restantes.
Financiación, dotación global y cuantía de las becas.-1. Estas becas se financiarán con cargo al Presupuesto de gastos del Centro de Estudios Jurídicos correspondiente al ejercicio del año 2010.
2. La dotación global de las becas objeto de la presente convocatoria se distribuye con arreglo a los siguientes grupos de procesos selectivos:
a) Para opositores a la Carrera Judicial o Fiscal: 444.440 €, «Becas para la preparación de oposiciones de las Carreras Judicial y Fiscal».
b)
Para opositores al Cuerpo de Secretarios Judiciales: 268.000 €, «Becas para la preparación de oposiciones al Cuerpo de Secretarios Judiciales».
c) Para opositores al Cuerpo de Abogados del Estado: 100.000 €, «Becas para la preparación de oposiciones al Cuerpo de Abogados del Estado».
d)
Para opositores a los Cuerpos de Médicos Forenses y Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y de Ciencias Forenses: 57.000 €, «Becas para la preparación de oposiciones al Cuerpo de Médicos Forenses y Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses».
3.
Cada beca está dotada con 3.000 €, abonable directamente a cada beneficiario mediante transferencia bancaria.
4. En el caso de que la dotación global presupuestaria prevista para uno de los cuatro grupos de procesos selectivos que se establecen en el punto 2.º de este apartado no permitiera atender la totalidad de las solicitudes de becas correspondientes a ese grupo de procesos selectivos, la convocatoria se resolverá de acuerdo con los criterios de valoración del artículo 5 de la Orden JUS/1020/2010, de 15 de abril.
Requisitos de los beneficiarios.–Para ser beneficiario de las becas objeto de la presente convocatoria, será imprescindible reunir los siguientes requisitos en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
a) Reunir los requisitos exigidos en la última convocatoria de acceso a la Carrera o Cuerpo correspondiente, según la beca que se solicite.
b) No incurrir en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y cumplir los requisitos establecidos en el artículo 14 de esta Ley.
c) No estar disfrutando de ayudas o subvenciones para el mismo objeto de entes públicos ni privados.
d) Contar con la dirección de un centro especializado o un preparador para orientar el proceso de preparación. A estos efectos, se considerará centro especializado aquél que sea reconocido como tal por el Centro de Estudios Jurídicos, y preparador al juez, fiscal, secretario judicial, médico forense o facultativo del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses o, en su caso, jurista o facultativo cuya idoneidad sea reconocida por el Centro de Estudios Jurídicos.
e) Acreditar un máximo de renta del solicitante o, en su caso, de los familiares de los que dependa económicamente, de 50.000 € anuales, en concepto de base imponible general del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio fiscal anterior a esta convocatoria.
f) Certificado de empadronamiento a efectos de acreditación de miembros de la unidad familiar y para su valoración en la comprobación de los requisitos máximos de renta por solicitante.
g) Acreditar un expediente académico con una puntuación media mínima de 1.70 puntos sobre 4, en la licenciatura o grado exigido para el proceso selectivo a la Carrera o Cuerpo para cuya preparación se solicite la beca.

Solicitudes.-1. La presentación de la solicitud supone la aceptación expresa e incondicionada de las bases reguladoras para la concesión de estas becas, así como de los requisitos, condiciones y obligaciones contenidos en esta convocatoria.
2. Las solicitudes de estas becas sólo se formalizarán en el impreso oficial que se acompaña como anexo 1 a la presente Resolución, disponible en la página web del Organismo (www.cej.justicia.es ), dirigiéndolas a la Directora del Centro de Estudios Jurídicos.
3. Las solicitudes sólo podrán presentarse a través de registros oficiales, como el Registro General del Centro de Estudios Jurídicos (c/ Juan del Rosal, n.º 2, Ciudad Universitaria, 28071 Madrid).
4. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles
a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado. [del 14 de Mayo al 5 de Junio de 2010, a.i.]