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lunes, 12 de marzo de 2018

7 plazas del Cuerpo de profesores de enseñanza secundaria (0590), y 2 plazas del Cuerpo de profesores técnicos de formación profesional (0591). Personas con Discapacidad Intelectual. Consejería de Educación y Cultura del Principado de Asturias

De acuerdo con lo previsto en el artículo 9 del Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos de funcionarios docentes a los que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, aprobado por Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, resuelvo:
Anunciar que en el «Boletín Oficial del Principado» de Asturias de fecha 3 de marzo de 2018, se publica la Resolución de 28 de febrero de 2018, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se convoca procedimiento selectivo para ingreso en los cuerpos a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación para personas con discapacidad intelectual.
El número de plazas convocadas quedan distribuidas de la forma que se establece a continuación:
Códigos
Especialidad
Número
de plazas
Cuerpo
Espec.
Grupo A1. Cuerpo de profesores de enseñanza secundaria (0590)
0590
004
Lengua castellana y literatura.
1
0590
005
Geografía e historia.
1
0590
006
Matemáticas.
1
0590
007
Física y química.
1
0590
008
Biología y geología.
1
0590
010
Francés.
1
0590
011
Inglés.
1
Total
7
Grupo A2. Cuerpo de profesores técnicos de formación profesional (0591)
0591
206
Instalaciones electrotécnicas.
1
0591
209
Mantenimiento de vehículos.
1
Total
2
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias».{del 4 de marzo al 3 de abril de 2018, a.i.}
Las solicitudes, dirigidas a la persona titular de la Consejería competente en materia de Educación, podrán presentarse en la oficina de registro central e información del Principado de Asturias (calle Trece Rosas, n.º 2, planta plaza, 33005, Oviedo), sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.  https://www.educastur.es/consejeria

jueves, 29 de junio de 2017

bolsa de profesor/a de Educación Secundaria del Ámbito de Ciencias Sociales, Lenguas y Acceso a la Universidad con destino al centro de formación de personas adultas (C.F.P.A.) . Ajuntament de Monòvar/Monóver.(Vinalopó Mitjà-Alacant)

https://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/thumb/a/a3/Mon%C3%B3var-Mapa_del_Medio_Vinalop%C3%B3.svg/1024px-Mon%C3%B3var-Mapa_del_Medio_Vinalop%C3%B3.svg.pngAjuntament de Monòvar/Monóver. ANUNCIO APROBACIÓN BASES Y APERTURA PLAZO PRESENTACIÓN INSTANCIAS BOLSA TRABAJO PUESTO PROFESOR/RA CENTRO DE EDUCACIÓN PERMANENTE DE ADULTOS.    Por la Junta de Gobierno de este Ayuntamiento en sesión de fecha 16 de junio de 2017, se ha acordado la aprobación de las bases que regirán la convocatoria para formación de una bolsa de profesor/a de Educación Secundaria del Ámbito de Ciencias Sociales, Lenguas y Acceso a la Universidad con destino al centro de formación de personas adultas (C.F.P.A.) de este Ayuntamiento. El texto íntegro de las bases de referencia están publicados en el Tablón de Anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Monóvar. 
De conformidad con lo dispuesto en la bases cuarta de las bases de referencia, el plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en el proceso de selección de la bolsa antes reseñada será de DIEZ días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante{del 30 de junio al 10* de julio de 2017, a.i.} y en la página web del Ayuntamiento de Monóvar. www.monovar.es 
Los requisitos que deberán reunir los aspirantes para poder participar en las pruebas selectivas son los siguientes: 
a) Ser español/a, tener nacionalidad española y, de no ser así, se estará a lo dispuesto en el artículo 10.2 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros, y artículo 57 del EBEP así como en la legislación de desarrollo.  
b) Estar en posesión de la titulación que a continuación se expresa, o cumplidas las condiciones para obtenerla en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias:
 - Licenciatura o Grado Universitario en cualquiera de las siguientes especialidades: Filología, Traducción e Interpretación, Geografía, Historia, Humanidades, Sociología, Filosofía. 
- Título de Curso de Adaptación Pedagógica CAP o Máster en Formación de Profesorado de Educación Secundaria. 
- Título de Conocimiento de Valenciano, se acreditará con la posesión de las siguientes titulaciones o certificados:
 - Filología Catalana. 
- Mestre en Valencià. 
- Grau Superior homologado por la JQV. - Grau Mitjà homologado por la JQV, junto con el Certificado de haber obtenido la Capacitació en Valencià.  
c) Tener cumplidos dieciséis años, sin exceder de la edad máxima de jubilación forzosa. 
d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desempeño de las funciones del cargo. 
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de empleos públicos, en los términos del artículo 56.1.”d” del RD Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. 
f) No estar incurso en causa de incompatibilidad conforme a lo establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
En las instancias solicitando tomar parte en la presente convocatoria, los aspirantes manifestaran que reúnen todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos en la base tercera de la convocatoria, referidas a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias, y se dirigirán al señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Monóvar y se presentarán en el Registro de Entrada del Ayuntamiento o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los aspirantes con minusvalías deberán hacerlo constar en la solicitud, con el fin de hacer las adaptaciones de tiempo y de medios necesarios para garantizar la igualdad de oportunidades con el resto de participantes. 
Junto a la instancia deberá aportarse la siguiente documentación: 
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o carné de conducir 
- Titulación académica exigida. 
- Documentación acreditativa de los méritos alegados. 
Toda documentación aportada deberá presentarse en original o fotocopia compulsada. 
Todos aquellos méritos alegados y no acreditados documentalmente en el periodo previo al último día de presentación de instancias, no serán tenidos en cuenta. Todos los demás anuncios o publicaciones, que se citan en las presentes bases se referirán y publicarán en el tablón de Anuncios y en la web municipal de este Ayuntamiento.