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sábado, 28 de septiembre de 2019

Premio "Clara Campoamor" para las tesis doctorales en Humanidades, Ciencias Jurídicas o Ciencias Sociales que versen sobre aspectos relacionados con la igualdad.

BDNS(Identif.):474115
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en la web del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (www.cepc.gob.es).
Primero. Beneficiarios:
Autores de tesis doctorales en Humanidades, Ciencias Jurídicas o Ciencias Sociales que versen sobre aspectos relacionados con igualdad, presentadas para la obtención del grado de doctor entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018, leídas y calificadas con Sobresaliente Cum Laude en las universidades españolas o su equivalente de máxima calificación en las universidades extranjeras.
Segundo. Objeto:
Premio a la mejor tesis a juicio del Jurado, en Derecho Constitucional, presentada entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018, leída y calificada con la máxima calificación. Las tesis en cualquiera de las lenguas oficiales españolas o en lengua inglesa, serán originales e inéditas y no deberán haber sido galardonadas con anterioridad con premios que impliquen compromiso de cesión de derechos de autor.
Tercero. Bases reguladoras:
Orden PRA/868/2017, de 5 de septiembre (BOE nº 220, de 12 de septiembre), por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de premios por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, modificada por la Orden PCI/391/2019, de 25 de marzo (BOE nº 81, de 4 abril).
Cuarto. Cuantía:
El premio está dotado con tres mil euros (3.000 €).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 31 de octubre de 2019 a las 14:00 horas (huso horario español).
Sexto. Otros datos:
Lugar de presentación de solicitudes:
Las obras se presentarán en el Registro General del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Plaza de la Marina Española 9, Madrid 28013, o por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La documentación a aportar y otra información de interés se encuentra reflejada en la convocatoria.

jueves, 29 de junio de 2017

bolsa de profesor/a de Educación Secundaria del Ámbito de Ciencias Sociales, Lenguas y Acceso a la Universidad con destino al centro de formación de personas adultas (C.F.P.A.) . Ajuntament de Monòvar/Monóver.(Vinalopó Mitjà-Alacant)

https://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/thumb/a/a3/Mon%C3%B3var-Mapa_del_Medio_Vinalop%C3%B3.svg/1024px-Mon%C3%B3var-Mapa_del_Medio_Vinalop%C3%B3.svg.pngAjuntament de Monòvar/Monóver. ANUNCIO APROBACIÓN BASES Y APERTURA PLAZO PRESENTACIÓN INSTANCIAS BOLSA TRABAJO PUESTO PROFESOR/RA CENTRO DE EDUCACIÓN PERMANENTE DE ADULTOS.    Por la Junta de Gobierno de este Ayuntamiento en sesión de fecha 16 de junio de 2017, se ha acordado la aprobación de las bases que regirán la convocatoria para formación de una bolsa de profesor/a de Educación Secundaria del Ámbito de Ciencias Sociales, Lenguas y Acceso a la Universidad con destino al centro de formación de personas adultas (C.F.P.A.) de este Ayuntamiento. El texto íntegro de las bases de referencia están publicados en el Tablón de Anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Monóvar. 
De conformidad con lo dispuesto en la bases cuarta de las bases de referencia, el plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en el proceso de selección de la bolsa antes reseñada será de DIEZ días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante{del 30 de junio al 10* de julio de 2017, a.i.} y en la página web del Ayuntamiento de Monóvar. www.monovar.es 
Los requisitos que deberán reunir los aspirantes para poder participar en las pruebas selectivas son los siguientes: 
a) Ser español/a, tener nacionalidad española y, de no ser así, se estará a lo dispuesto en el artículo 10.2 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros, y artículo 57 del EBEP así como en la legislación de desarrollo.  
b) Estar en posesión de la titulación que a continuación se expresa, o cumplidas las condiciones para obtenerla en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias:
 - Licenciatura o Grado Universitario en cualquiera de las siguientes especialidades: Filología, Traducción e Interpretación, Geografía, Historia, Humanidades, Sociología, Filosofía. 
- Título de Curso de Adaptación Pedagógica CAP o Máster en Formación de Profesorado de Educación Secundaria. 
- Título de Conocimiento de Valenciano, se acreditará con la posesión de las siguientes titulaciones o certificados:
 - Filología Catalana. 
- Mestre en Valencià. 
- Grau Superior homologado por la JQV. - Grau Mitjà homologado por la JQV, junto con el Certificado de haber obtenido la Capacitació en Valencià.  
c) Tener cumplidos dieciséis años, sin exceder de la edad máxima de jubilación forzosa. 
d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desempeño de las funciones del cargo. 
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de empleos públicos, en los términos del artículo 56.1.”d” del RD Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. 
f) No estar incurso en causa de incompatibilidad conforme a lo establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
En las instancias solicitando tomar parte en la presente convocatoria, los aspirantes manifestaran que reúnen todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos en la base tercera de la convocatoria, referidas a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias, y se dirigirán al señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Monóvar y se presentarán en el Registro de Entrada del Ayuntamiento o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los aspirantes con minusvalías deberán hacerlo constar en la solicitud, con el fin de hacer las adaptaciones de tiempo y de medios necesarios para garantizar la igualdad de oportunidades con el resto de participantes. 
Junto a la instancia deberá aportarse la siguiente documentación: 
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o carné de conducir 
- Titulación académica exigida. 
- Documentación acreditativa de los méritos alegados. 
Toda documentación aportada deberá presentarse en original o fotocopia compulsada. 
Todos aquellos méritos alegados y no acreditados documentalmente en el periodo previo al último día de presentación de instancias, no serán tenidos en cuenta. Todos los demás anuncios o publicaciones, que se citan en las presentes bases se referirán y publicarán en el tablón de Anuncios y en la web municipal de este Ayuntamiento.

jueves, 20 de abril de 2017

bolsa de trabajo de profesores del Centro Docente de “Formación de Personas Adultas de Sant Joan d’Alacant. Ajuntament de Sant Joan d'Alacant.

BASES QUE REGIRÁN LA CONVOCATORIA PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE PROFESORES DEL CENTRO DOCENTE “FORMACIÓN DE PERSONAS ADULTAS DE SANT JOAN D ́ALACANT”. 
ANTECEDENTES 
PRIMERO: Finalización por agotamiento del tiempo máximo de vigencia de la anterior Bolsa de Trabajo con idéntico fin. (Resoluciones de la Concejalía delegada de Régimen Interior, números 461 y 466, de 22 y 25 de febrero de 2013, respectivamente). 
SEGUNDO: Resolución de la Concejalía delegada de Régimen Interior de necesidades urgentes nº 0199, de 26 de enero de 2017, donde se estima de carácter prioritario y se considera necesidad urgente e inaplazable el Programa de Formación de Personas Adultas. Y la categoría profesional de profesor en concordancia con lo anteriormente expuesto por ser servicio esencial para el funcionamiento normal de la actividad pública en cuestión. 
BASES.  
Primera.- Objeto de la Convocatoria. La constitución, mediante concurso oposición, de bolsa de trabajo de funcionarios interinos por programas como profesores del Centro de Formación de Personas Adultas(en adelante FPA,estando el Maestro/a Diplomado en Profesorado de EGB o Maestro de Primera Enseñanza asimilado al Grupo A2, y el resto asimilado al Grupo de Cotización A1, para cubrir las necesidades de nombramientos por programas que surjan.  
Se formará una única Bolsa, con cuatro especialidades: 
A. Maestro/a Diplomado/a en Profesorado de EGB o Maestro/a de Primera Enseñanza. (el tiempo de prestación de servicios será de 25h/semanales). 
B. Profesor/a del ámbito de Ciencias Sociales. (el tiempo de prestación de servicios será de 18h/semanales). 
C. Profesor/a del ámbito Científico-Tecnológico (el tiempo de prestación de servicios será de 18h/semanales). 
D. Profesor/a del ámbito de Comunicación. (el tiempo de prestación de servicios será de 26 horas/ semanales). 
En este apartado D) se formará una única relación de bolsa con dos modalidades (Castellano-Valenciano y Castellano-Lengua Extranjera).
Los aspirantes serán admitidos sólo con tener la titulación exigible a una de las dos modalidades.
No obstante lo anterior, de producirse llamamiento para aspirante que no tenga la titulación exigida para esa modalidad, se llamará al siguiente pero manteniendo su lugar en la bolsa.
Los nombramientos que se efectúen estarán sometidos a la normativa sobre Incompatibilidades para el desempeño de actividades públicas y privadas del personal al servicio de la Administración, Ley 53/1984 y Reglamento 598/1985, de 30 de abril sobre Incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Pública.
La dedicación, jornada y horario se concretarán, según los casos, en los nombramientos interinos que, eventualmente, se formalicen en atención a las necesidades que hayan de ser cubiertas.
Tercera.- Requisitos de los aspirantes. Para poder participar en las pruebas que se convocan los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos en la fecha de finalización del plazo de admisión de solicitudes, de acuerdo con el artículo 56 del RDLeg. 5/2015, de 30 de octubre texto refundido del EBEP.  
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del RDLeg. 5/2015, de 30 de octubre texto refundido del EBEP.  
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. 
c) Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.  
d) Estar en posesión de la titulación requerida para cada módulo según anexo I de las presentes Bases o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias. 
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de empleos públicos en los términos del artículo 56. d) del RDLeg. 5/2015, de 30 de octubre texto refundido del EBEP. 
Cuarta.- Solicitudes. En las instancias solicitando tomar parte en la presente convocatoria, los aspirantes manifestarán que reúnen todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos en la base tercera de la convocatoria, referidas a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias, y se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Sant Joan d ́Alacant, presentándose en el Registro de Entrada del Ayuntamiento o por cualquier otro sistema de los previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las instancias se deberán ajustar al modelo que se incluye como Anexo II de estas Bases y en la misma se deberá especificar el módulo de especialidad al que se aspira. 
Dichas instancias irán acompañadas del Proyecto Educativo exigido para la Formación de Personas Adultas. Dicho proyecto no podrá superar una extensión de 5 folios y se referirá al funcionamiento del centro, análisis de la realidad, necesidades educativas y líneas metodológicas a desarrollar a lo largo del curso. 
Igualmente se deberá adjuntar la acreditación de estar en posesión de los méritos que, en su caso, se aleguen mediante originales o fotocopias compulsadas. 
El Tribunal no tendrá en cuenta aquellos méritos que no sean acreditados documentalmente.  
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación del correspondiente edicto en el BOP de la provincia.[BOP-Alacant Nº 75 de 20/04/2017] {del 21 de abril al 2* de mayo de 2017, a.i.}
http://www.santjoandalacant.es/files/LogoSede-web-2.jpgDicho edicto se publicará igualmente en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, tanto en la SEDE ELECTRÓNICA de la página web municipal como en el tablón físico. [https://santjoandalacant.sedelectronica.es]
Los aspirantes con alguna discapacidad deberán hacerlo constar en la solicitud, con el fin de hacer las adaptaciones de tiempo y medios necesarios para garantizar la igualdad de oportunidades con el resto de los participantes. 
ANEXO I 
a. Los aspirantes que opten a la Bolsa de Trabajo de Maestro/a, diplomado en profesorado de EGB, deberán poseer el Título de Maestro, Diplomado en Profesorado de EGB o Maestro de Primera enseñanza y, además, poseer el Certificado de Capacitación para la enseñanza en Valenciano/ o El Diploma de Mestre en Valencià.  
b. Para impartir todos los módulos del campo de conocimiento o ámbito de experiencia en Ciencias Sociales, se requiere cualquier licenciatura o titulación universitaria de las establecidas para el área de Ciencias Sociales (Geografía e Historia), establecidas en el anexo I del Real Decreto 860/2010 de 2 de julio. 
c. Para impartir el campo de conocimiento o ámbito de experiencia Científico-Tecnológico, se requiere cualquier licenciatura o titulación universitaria de las establecidas para las áreas de Matemáticas, Ciencias de la Naturaleza o Tecnología establecidas en el anexo I del Real Decreto 860/2010 de 2 de julio. 
d. Para impartir los módulos del campo de conocimiento o ámbito de experiencia Comunicación, se requiere poseer cualquier licenciatura o titulación universitaria de las establecidas para el área de Lenguas en el anexo I del Real Decreto 860/2010 de 2 de julio, y además poseer el Diploma de Mestre de Valencià o ser Licenciado/a en Filología Hispánica, Sección de Lingüística Valenciana o equivalente.

martes, 8 de diciembre de 2015

10 becas para la realización de estudios de Máster en Universidades de EE.UU. Esta convocatoria propone crear las condiciones y facilitar los medios para impulsar la realización de programas de Máster en Universidades de Estados Unidos de América por graduados y licenciados en titulaciones de Artes, Humanidades y Ciencias Sociales en el marco del programa de becas MECD-Fulbright.

 1. Objeto. 1. Por la presente resolución se convoca, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de becas para la realización de estudios de Máster en Universidades de EE.UU. Esta convocatoria propone crear las condiciones y facilitar los medios para impulsar la realización de programas de Máster en Universidades de Estados Unidos de América por graduados y licenciados en titulaciones de Artes, Humanidades y Ciencias Sociales en el marco del programa de becas MECD-Fulbright.
2. Quedan excluidos de esta convocatoria los programas de MBA (Masters in Business Administration), Derecho y Periodismo.
 2. Número y dotación. 1. Por la presente convocatoria podrán concederse hasta un máximo de 10 becas.
2. Las becas incluirán:
a) Una dotación mensual de 1.800,00 euros, financiada con cargo al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
b) Una cantidad en concepto de matrícula o tasas académicas por importe máximo de 15.000,00 euros, cuando proceda, que la Comisión Fulbright se encargará de abonar directamente a la Universidad de destino, financiada con cargo al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
c) 1.500,00 euros para gastos de viaje de ida y vuelta, financiada con cargo a la Comisión Fulbright.
d) Seguro de accidentes corporales y de asistencia sanitaria - excluida la obstetricia y la odontología - que el Programa Fulbright ofrece a sus becarios.
 3. Características y duración de las becas. 1. Las becas tienen como fin la realización de un programa de Master en Artes, Humanidades o Ciencias Sociales en una universidad de EE.UU. La concesión de la beca quedará supeditada a la acreditación previa de la carta de admisión en la universidad de destino.   ...
 4. Beneficiarios. Requisitos de los solicitantes. 1. Los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones recogidas en la Orden de bases reguladoras y en la presente convocatoria, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. No podrán obtener la condición de beneficiario las personas en quienes concurra algunas de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la citada Ley General de Subvenciones.
3. Para participar en este programa, los solicitantes deberán reunir todos y cada uno de los siguientes requisitos, los cuales deberán mantenerse hasta la realización de la beca, así como durante el disfrute de la misma.
3.1 Requisitos que deben cumplirse y acreditarse, en los casos que corresponda, en la fecha final del plazo de presentación de solicitudes:
a) Nacionalidad: Poseer nacionalidad española o de cualquier país de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con residencia en España.
b) Estudios realizados: Los solicitantes deberán ser graduados o licenciados en titulaciones de Artes, Humanidades y Ciencias Sociales y haber concluido sus estudios con posterioridad al 1 de enero de 2012. Los estudiantes que estén finalizando la licenciatura o los estudios de grado en el curso 2015-2016, no podrán participar en la convocatoria. En caso de que el solicitante posea más de una titulación que le permita concurrir a la convocatoria, a efectos del cumplimiento de este requisito, solo se tendrá en cuenta la titulación más antigua que posea.
c) Créditos superados y Nota media mínima del expediente académico: Para concurrir a la convocatoria los solicitantes deberán haber cursado grados con un mínimo de 240 créditos y acreditar una nota media del expediente académico en la escala 0-10, igual o superior a 7 puntos. El cálculo de la nota media se efectuará de conformidad con las instrucciones del Anexo I.
d) No haber disfrutado becas para la realización de estudios de Máster en el extranjero por un período superior a 12 meses.
e) No haber obtenido ninguna titulación superior en EE.UU., ni estar realizando estudios de postgrado o proyectos de investigación predoctoral en EE.UU.
f) No haber finalizado ningún doctorado.
g) No haber disfrutado una beca Fulbright de ampliación de estudios de posgrado.
h) Excelente conocimiento del idioma inglés.
3.2 Requisitos que deben cumplir y acreditar los candidatos seleccionados para participar en la segunda fase de selección, la entrevista personal: Poseer buenas referencias académicas o profesionales, que deberán ser acreditadas en cartas emitidas por los profesores, investigadores o profesionales correspondientes.
3.3 Requisitos que deben cumplir y acreditar los candidatos seleccionados en la segunda fase de selección, con carácter previo a la concesión de la beca: Estar admitidos en una universidad de EE.UU. para realizar un programa de Master acorde con la memoria de estudios presentada.
Los solicitantes deben iniciar el proceso de solicitud de admisión en las universidades de Estados Unidos que prefieran con la antelación necesaria para poder presentar la carta de admisión requerida en el artículo 5.6. Cada universidad establece su propio plazo de admisión que es rígido y requiere tiempo de preparación. Deben estar en contacto directo con los centros para informarse de los requisitos y de la documentación que deben aportar. Además, deben presentar directamente la solicitud completa de la universidad en el plazo señalado. Si requieren información de cómo pueden realizar estas gestiones, pueden consultar con la Asesoría Académica de la Comisión Fulbright http://www.fulbright.es/ver/formulario-informacion
5. Formalización de las solicitudes, plazo de presentación y documentación a presentar. 1. Las solicitudes se formalizarán a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, https://sede.educacion.gob.es, accediendo al apartado «Trámites y Servicios».
2. El plazo de presentación de las solicitudes será desde el 14 de diciembre de 2015 hasta las 14:00 horas (horario peninsular) del 12 de enero de 2016, ambos inclusive.

martes, 3 de febrero de 2015

Ayudas a la Investigación (en Ciencias Sociales y Humanidades). Instituto Alicantino de Cultura Juan Gil-Albert .

Instituto Alicantino de Cultura Juan Gil-Albert .
CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA INVESTIGACIÓN 2015
CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA INVESTIGACIÓN 2015
El Instituto Alicantino de Cultura Juan Gil-Albert, con el objeto de contribuir al desarrollo de la investigación en Ciencias Sociales y Humanidades en la provincia de Alicante y de apoyar las experiencias complementarias a la formación docente y al desarrollo de actitudes investigadoras, convoca Ayudas a la Investigación con arreglo a las siguientes bases generales y específicas de cada modalidad, aprobadas por la Junta Rectora del Organismo en sesión de 15 de enero de 2015:
Bases generales :

Primera. Podrá concurrir cualquier persona o grupos de personas que deseen llevar a cabo un proyecto de investigación, si bien, en este último supuesto, el grupo designará a uno de sus componentes como representante del mismo ante el Instituto Alicantino de Cultura Juan Gil-Albert.

En ningún caso, individualmente o formando parte de un equipo, se podrá optar a más de una modalidad de Ayudas a la Investigación. Su incumplimiento conllevará la desestimación de la totalidad de las solicitudes presentadas. Serán desestimadas las solicitudes que no se ajusten a las condiciones expresas de cada modalidad, en cuyas bases específicas se determina las personas y grupos que pueden presentarse.
Segunda. Los proyectos deben ser originales e inéditos.

Tercera. Los interesados enviarán sus solicitudes por duplicado al Instituto Alicantino de Cultura Juan Gil-Albert. El plazo para su presentación finalizará el 27 de Febrero de 2015. Las peticiones se formalizarán necesariamente en los impresos de cada modalidad, cuyos modelos se encontrarán a disposición de los interesados en la Secretaría del citado Instituto y en la página web http://www.iacjuangilalbert.com

La solicitud incluirá el currículum vitae y la certificación académica oficial compulsada de la persona (o, en su caso, de cada uno de los miembros del grupo que soliciten la Ayuda) y la memoria técnica del proyecto que deberá incluir: título,introducción (finalidad del proyecto, antecedentes, estado actual de conocimientos y bibliografía), objetivos (hipótesis de partida y objetivos concretos), metodología y plan de trabajo (actividades o tareas y planificación temporal)y presupuesto ajustado y detallado del proyecto. Cuando se precise la utilización de equipos instrumentales u otras instalaciones complejas, se deberá especificar el centro, laboratorio, etc., en donde se llevarán a cabo, aportando además la autorización escrita del responsable de dichas instalaciones para su utilización por la persona o grupo que solicita la Ayuda.
Todas las solicitudes de cualquier modalidad deberán presentar un informe del director del trabajo o de la Tesis Doctoral donde se haga constar que la investigación está iniciada y que reúne las condiciones de plazo para su finalización.
La documentación será presentada en la Secretaría del Instituto Alicantino de Cultura Juan Gil-Albert, Diputación Provincial, calle San Fernando, 44, 03001 Alicanteo enviada por correo certificado dentro del plazo previsto, que se justificará con el matasellos impreso de la oficina de correos.
Se entenderá que los solicitantes reúnen los requisitos exigidos en la convocatoria cuando acrediten que los cumplen el día en que finaliza el plazo para la presentación de sus solicitudes.

domingo, 21 de diciembre de 2014

10 becas para la realización de estudios de Máster en Artes, Humanidades y Ciencias Sociales en Universidades de Estados Unidos de América para el curso 2015-2016.

... Mediante esta actuación prevista para los titulados y graduados en Artes, Humanidades y Ciencias Sociales, se pretende fomentar la realización de estudios de Máster en estos ámbitos del conocimiento, con el fin de ampliar la base formativa de los graduados de nuestro sistema universitario, así como de garantizar una presencia efectiva de estudiantes españoles en este tipo de enseñanzas en las Universidades de Estados Unidos de América.
... convocatoria.
Sumario:
Artículo 1. Objeto. 1. Por la presente resolución se convoca, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de becas para la realización de estudios de Máster en Universidades de Estados Unidos (EE.UU). Esta convocatoria propone crear las condiciones y facilitar los medios para impulsar la realización de programas de Máster en Universidades de Estados Unidos de América por graduados y licenciados en titulaciones de Artes, Humanidades y Ciencias Sociales en el marco del programa de becas MECD-Fulbright.
2. Quedan excluidos de esta convocatoria los programas de MBA (Masters in Business Administration), Derecho y Periodismo.
Artículo 2. Número y dotación de las becas. 1. Por la presente convocatoria podrán concederse hasta un máximo de 10 becas.
2. Las becas incluirán:
a) Una dotación mensual de 1.500,00 euros, financiada con cargo al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
b) Una cantidad en concepto de matrícula o tasas académicas por importe máximo de 10.000,00 euros, cuando proceda, que la Comisión Fulbright se encargará de abonar directamente a la Universidad de destino, financiada con cargo al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
c) 1.250,00 euros para gastos de viaje de ida y vuelta, financiada con cargo a la Comisión Fulbright.
d) Seguro de accidentes corporales y de asistencia sanitaria –excluida la obstetricia y la odontología– que el Programa Fulbright ofrece a sus becarios.
Artículo 3. Características y duración de las becas. 1. Las becas tienen como fin la realización de un programa de Master en Artes, Humanidades o Ciencias Sociales en una universidad de EE.UU. La concesión de la beca quedará supeditada a la acreditación previa de la carta de admisión en la universidad de destino.
2. Los becarios deberán dedicarse en exclusiva al programa de estudios para el que se les haya concedido la beca, pudiendo compatibilizarlo con la colaboración en los departamentos de la universidad receptora. El disfrute de las becas es incompatible con la percepción de cualquier otra beca, ayuda o retribución de cualquier índole, durante el período de vigencia de las mismas, salvo las posibles compensaciones derivadas de su colaboración como lectores, ayudantes de conversación o similares, en la universidad de destino. En aquellos casos en que el programa de Master requiera la realización de prácticas remuneradas, el becario deberá solicitar, a través de la Comisión Fulbright, la compatibilidad con sus estudios. En función de la cuantía a percibir la Dirección General de Política Universitaria procederá a autorizar la compatibilidad total o parcial con la dotación mensual de la beca, pudiendo minorarse la asignación de esta última durante el período de prácticas.
3. La gestión de este programa de becas se realiza por la Dirección General de Política Universitaria en colaboración con la Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España y Estados Unidos (Comisión Fulbright), de conformidad con los términos recogidos en el convenio de colaboración firmado entre ambas instituciones.
Esta Comisión participará en la selección de los becarios, así como en el seguimiento del desarrollo de sus estudios durante el período de disfrute de las becas.
4. La duración de las becas será de doce meses, prorrogable por otro período máximo de doce meses. La solicitud de renovación de las becas concedidas al amparo de esta convocatoria se formalizará en los términos y plazos establecidos en el artículo 12.
5. La fecha de inicio de las becas será fijada por la Comisión Fulbright en función de la programación de las universidades receptoras y de los cursos de orientación preacadémica.
Artículo 4. Beneficiarios. Requisitos de los solicitantes. 1. Los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones recogidas en la Orden de bases reguladoras y en la presente convocatoria, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
2. No podrán obtener la condición de beneficiario las personas en quienes concurra algunas de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la citada Ley General de Subvenciones.
3. Para participar en este programa, los solicitantes deberán reunir todos y cada uno de los siguientes requisitos, los cuales deberán mantenerse hasta la realización de la beca así como durante el disfrute de la misma.
3.1 Requisitos que deben cumplirse y acreditarse, en los casos que corresponda, en la fecha final del plazo de presentación de solicitudes:
a) Nacionalidad. Poseer nacionalidad española o de cualquier país de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con residencia en España.
b) Estudios realizados. Los solicitantes deberán ser graduados o licenciados en titulaciones de Artes, Humanidades y Ciencias Sociales y haber concluido sus estudios con posterioridad al 1 de enero de 2011. Los estudiantes que estén finalizando la licenciatura o los estudios de grado en el curso 2014-2015, no podrán participar en la convocatoria. En caso de que el solicitante posea más de una titulación que le permita concurrir a la convocatoria, a efectos del cumplimiento de este requisito, sólo se tendrá en cuenta la titulación más antigua que posea.
c) Créditos superados y nota media mínima del expediente académico. Para concurrir a la convocatoria los solicitantes deberán haber cursado grados con un mínimo de 240 créditos y acreditar una nota media del expediente académico en la escala 0-10, igual o superior a 7 puntos. El cálculo de la nota media se efectuará de conformidad con las instrucciones del Anexo I.
d) No haber disfrutado becas para la realización de estudios de Máster en el extranjero por un período superior a 12 meses.
e) No haber obtenido ninguna titulación superior en EE.UU., ni estar realizando estudios de postgrado o proyectos de investigación predoctoral en EE.UU.
f) No haber finalizado ningún doctorado.
g) No haber disfrutado una beca Fulbright de ampliación de estudios de posgrado.
h) Excelente conocimiento del idioma inglés.
3.2 Requisitos que deben cumplir y acreditar los candidatos seleccionados para participar en la segunda fase de selección, la entrevista personal:
Poseer buenas referencias académicas o profesionales, que deberán ser acreditadas en cartas emitidas por los profesores, investigadores o profesionales correspondientes.
3.3 Requisitos que deben cumplir y acreditar los candidatos seleccionados en la segunda fase de selección, con carácter previo a la concesión de la beca:
Estar admitidos en una universidad de EE.UU. para realizar un programa de Master acorde con la memoria de estudios presentada.
Los solicitantes deben iniciar el proceso de solicitud de admisión en las universidades de Estados Unidos que prefieran con la antelación necesaria para poder presentar la carta de admisión requerida en el artículo 5.6. Cada universidad establece su propio plazo de admisión que es rígido y requiere tiempo de preparación. Deben estar en contacto directo con los centros para informarse de los requisitos y de la documentación que deben aportar. Además, deben presentar directamente la solicitud completa de la universidad en el plazo señalado. Si requieren información de cómo pueden realizar estas gestiones, pueden consultar con la Asesoría Académica de la Comisión Fulbright http://www.fulbright.es/ver/formulario-informacion.
Artículo 5. Formalización de las solicitudes, plazo de presentación y documentación a presentar. 1. Las solicitudes se formalizarán a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, https://sede.educacion.gob.es, accediendo al apartado «Trámites y Servicios».
2. El plazo de presentación de las solicitudes será desde el 20 de enero de 2015 hasta las 14,00 horas (horario peninsular) del 9 de febrero de 2015, ambos inclusive. ...
Artículo 6. Participación y colaboración de la Comisión Fulbright en la presentación de las solicitudes y gestión del Programa.
Artículo 7. Práctica de las notificaciones.
Artículo 8. Subsanación de solicitudes.
Artículo 9. Instrucción y evaluación de las solicitudes.
Artículo 10. Selección de candidatos.
Artículo 11. Resolución de concesión.
Artículo 12. Renovación de las becas.
Artículo 13. Pago de las becas.
Artículo 14. Obligaciones de la Comisión Fulbright y justificación de las subvenciones.
Artículo 15. Obligaciones de los becarios.
Artículo 16. Seguimiento y control.
Artículo 17. Incumplimientos.
Articulo 18. Financiación.
Articulo 19. Normativa aplicable.
Disposición adicional. Recursos contra la convocatoria.
Disposición final primera. Habilitación competencial.
Disposición final segunda. Entrada en vigor

lunes, 5 de mayo de 2014

1 premio para Tesis Doctorales cuyo contenido, desde la rama de conocimiento de las Ciencias Sociales y Jurídicas, aborde las tendencias de reforma en la Administración pública en cualquiera de los ámbitos propios de dicha rama de conocimiento. Instituto Nacional de Administración Pública. INAP

Primero. Objeto. Se convoca, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, un premio para tesis doctorales cuyo contenido, desde la rama de conocimiento de las Ciencias Sociales y Jurídicas, aborde las tendencias de reforma en la Administración pública en cualquiera de los ámbitos propios de dicha rama de conocimiento.
Segundo. Requisitos. 1. Podrán concurrir a la convocatoria de este premio las personas de nacionalidad española o de algún Estado miembro de la Unión Europea que hayan defendido la tesis doctoral entre el 1 de enero de 2013 y el 30 de junio de 2014 y hayan recibido la mención de «cum laude» en cualquier universidad española.
2. No podrán obtener la condición de beneficiarios quienes se encuentren incursos en alguna de las causas enumeradas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y, en particular, quienes no estén al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
3. Las tesis doctorales deberán estar escritas en español y ser inéditas hasta el momento de la publicación del fallo del jurado. Se considerará incumplido este requisito cuando la tesis haya sido reproducida de forma múltiple en cualquier formato de impresión o medio audiovisual, o haya resultado premiada por alguna Administración pública o cualquier entidad de carácter público o privado. Los solicitantes deberán comunicar al INAP la publicación de la tesis o la concesión de un premio tan pronto como tengan conocimiento de ello.
Cuarto. Lugar y plazo de presentación de solicitudes. 1. Las solicitudes, acompañadas de la documentación correspondiente y dirigidas al Director del INAP, podrán presentarse:
a) De forma electrónica a través de la Sede Electrónica del INAP, disponible en la dirección http://sede.inap.gob.es/, para lo que será necesario disponer del DNI electrónico o cualquier otro certificado electrónico reconocido admitido por las Administraciones públicas. En todo caso, deberá remitirse en papel la documentación a la que se refiere el apartado quinto.b).
b) De forma presencial en el Registro General del INAP, calle Atocha, 106, 28012, Madrid.
c) Dirigidas a dicho Registro General por cualquiera de las vías previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. El plazo de presentación de las solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado» hasta el 8 de julio, ambos inclusive.
3. El INAP facilitará información sobre esta convocatoria en los números de teléfono: 91 273 92 42 / 92 43, en la dirección de correo electrónico centroestudios@inap.es y a través de su página web y/o Sede Electrónica.