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sábado, 26 de octubre de 2019

4 becas de formación e investigación (disciplinas: Edición, Comunicación, Exposiciones Temporales y Arquitectura), en el Museo Nacional del Prado

BDNS(Identif.):477820
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios Los requisitos exigidos para participar en esta convocatoria son los siguientes:
1. Tener la nacionalidad española o de algún otro Estado Miembro de la Unión Europea, en adelante UE, o de alguno de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo; ser residente en España en el momento de incorporarse a la beca; poseer un dominio del idioma español -hablado y escrito- que permita a los solicitantes desenvolverse satisfactoriamente en su entorno de trabajo.
2. Poseer la titulación exigida (de acuerdo con el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales):
. Edición: Cualquier grado universitario o equivalente del área de las Artes y las Humanidades, con la especialidad de Historia del Arte, Filosofía, Historia, Filología, Lingüística o Literatura. Los expedientes académicos con valoración media inferior a notable serán desestimados.
. Comunicación: Diplomatura, Grado, Máster o equivalentes en alguna de las siguientes especialidades: Dirección, montaje, sonido, dirección de fotografía; Dirección de Documental o Cine documental. Los expedientes académicos con valoración media inferior a notable serán desestimados. A este efecto, para la titulación de Máster, se valorará la nota media del Grado que diera acceso al mismo.
. Exposiciones Temporales: Grado universitario o equivalente en Arte. Los expedientes académicos con valoración media inferior a notable serán desestimados.
. Arquitectura: Licenciatura o Grado en Arquitectura.
Los títulos extranjeros o los expedidos en centros españoles privados deberán estar homologados por el Ministerio de Cultura y Deporte en la fecha en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
3. Haber finalizado los estudios conducentes a la obtención del título exigido con posterioridad a enero de 2013.
4. Estar al corriente del cumplimiento en sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en los términos previstos en la normativa vigente, y no ser deudor por obligaciones de reintegro.
5. No haber sido beneficiario con anterioridad a esta convocatoria de una beca en el MNP (excluidas las becas otorgadas para la asistencia a cursos o seminarios Cátedra del Prado).
6. No podrán ser beneficiarios de la beca las personas en quien concurra cualquiera de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la LGS.
De conformidad con lo establecido en el artículo 69.1 de la LPACAP, el solicitante se compromete a mantener el cumplimiento de estos requisitos durante el periodo de tiempo inherente al disfrute de la beca, debiendo informar de cualquier variación en las circunstancias al Órgano de Instrucción.
Segundo. Objeto El objeto de la presente Resolución es la convocatoria de cuatro (4) becas del MNP que contribuyan a la formación de investigadores y especialistas en las siguientes disciplinas: Edición, Comunicación, Exposiciones Temporales y Arquitectura.
Tercero. Bases reguladoras. Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, (BOE de 13 de noviembre de 2010)
Cuarto. Cuantía y duración. Cada una de las becas tendrá una duración de veinticuatro (24) meses consecutivos. La cuantía de las becas se fija en 36.000 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes se presentarán, en el plazo de quince (15) días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. {del 27 de octubre al 18 de noviembre de 2019, a.i.}

miércoles, 20 de marzo de 2019

5 plazas de Escala Técnica y Básica C1 y 1 Especialista de Laboratorio (C2), de la Universidad Miguel Hernández de Elche

Personal de administración y servicios

Resolución de 26 de febrero de 2019, de la Universidad Miguel Hernández de Elche, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso a la Escala Técnica Básica de Laboratorios (Subgrupo C1)
Primera. Normas generales. 1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza vacante, de la Escala Técnica Básica de Laboratorios, con denominación Especialista Técnico de Laboratorio, grupo C, subgrupo C1 por el sistema general de turno libre.

Resolución de 26 de febrero de 2019, de la Universidad Miguel Hernández de Elche, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso a la Escala Técnica Básica de Informática (Subgrupo C1). 
Primera. Normas generales. 1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza vacante, de la Escala Técnica Básica de Informática, con denominación Especialista Técnico Informático, grupo C, subgrupo C1 por el sistema general de turno libre.

Resolución de 26 de febrero de 2019, de la Universidad Miguel Hernández de Elche, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso a la Escala Técnica Básica de Comunicación (Subgrupo C1). 
Primera. Normas generales. 1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir UNA plaza vacante, de la Escala Técnica Básica de Comunicación, con denominación Especialista Técnico de Comunicación, grupo C, subgrupo C1 por el sistema general de turno libre.

Resolución de 26 de febrero de 2019, de la Universidad Miguel Hernández de Elche, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso a la Escala Técnica Especialista (Subgrupo C1). 
Primera. Normas generales 1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza vacante, de la Escala Técnica Especialista, con denominación Especialista Técnico de Taller, grupo C, subgrupo C1 por el sistema general de turno libre.

Resolución de 26 de febrero de 2019, de la Universidad Miguel Hernández de Elche, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso a la Escala Técnica Especialista (Subgrupo C1). 
Primera. Normas Generales.1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza vacante, de la Escala Técnica Especialista, con denominación Especialista Técnico de Infraestructuras, grupo C, subgrupo C1 por el sistema general de turno libre.

Resolución de 1 de marzo de 2019, de la Universidad Miguel Hernández de Elche, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso a la Escala Auxiliar Técnica y de Laboratorios (Subgrupo C2). 
Primera. Normas generales. 1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza vacante, de la Escala Auxiliar Técnica y de Laboratorios, con denominación Especialista de Laboratorio, grupo C, subgrupo C2 por el sistema general de turno libre.
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Tercera. Solicitudes. 3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas, deberán completar el formulario que encontrarán en la página web del Servicio de Personal de Administración y Servicios http://serviciopas.umh.es y seguir las instrucciones para obtener la solicitud de participación. Una vez finalizada dicha solicitud, deberá imprimirse la misma y presentarla en los términos descritos en el siguiente párrafo.
La cumplimentación de dicho formulario sin su presentación en la Universidad, en los términos descritos a continuación, carece de eficacia a todos los efectos.
La solicitud de participación se dirigirá al Rector de la Universidad Miguel Hernández de Elche y se presentará en el Registro General de la Universidad y en los Registros Auxiliares de los Centros de Gestión de Campus, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» {del 21 de marzo al 17 de abril de 2019, a.i.}. Se podrán emplear los cauces establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en virtud de lo dispuesto en la disposición derogatoria única, apartado 2, último párrafo de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes presentadas en las oficinas de correos se presentarán en sobre abierto para que el empleado estampe el sello de fechas en la parte superior izquierda de las mismas, debiendo figurar con claridad el nombre de la oficina y la fecha, y se remitirán a la siguiente dirección: Universidad Miguel Hernández de Elche, Registro General, Edificio Rectorado y Consejo Social, Avda. de la Universidad, s/n, 03202, Elche, Alicante.

viernes, 21 de diciembre de 2018

1 beca intramural para Licenciado/a en Periodismo, Comunicación, Marketing o Publicidad y Relaciones Públicas. Organización Nacional de Trasplantes -ONT-

BDNS(Identif.):429600.
Primero. Beneficiarios:
Españoles o de un Estado miembro de la Unión Europea, residentes en España, o nacional de algún Estado con Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, que estén en posesión del título de licenciado/a, o de grado en su caso, en Periodismo, Comunicación, Marketing, o Publicidad y Relaciones Públicas y que hayan finalizado los estudios correspondientes a dicho título en el año 2012 o posterior.
Segundo. Objeto:
Convocar proceso selectivo para la concesión de una beca intramural para licenciado/a en Periodismo, Comunicación, Marketing, o Publicidad y Relaciones Públicas, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva.
Tercero. Bases Reguladoras:
Orden SCO/4133/2004, de 3 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión por el Centro Nacional de Trasplantes y Medicina Regenerativa, de diversas modalidades de becas y ayudas formativas. (BOE núm. 302, de 16 de diciembre de 2004).
Cuarto. Cuantía:
El importe correspondiente a una anualidad de la beca convocada asciende a 16.257,72 euros. La cuantía de la beca queda establecida en 1.354,81 euros mensuales íntegros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes finalizará transcurridos quince días hábiles contados a partir del siguiente a la fecha de publicación de este extracto en el B.O.E. {del 22 de diciembre de 2018 al 16 de enero de 2019, a.i.}   www.ont.es

jueves, 22 de febrero de 2018

23 plazas de Técnico/a de los siguientes Perfiles: 10 Económico, 8 Jurídico, 2 Energía, 1 Telecomunicación, 1 Tecnologías de la Información, y 1 Comunicación. Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC)

Con la finalidad de atender las necesidades de personal de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), se convoca proceso selectivo que tiene por objeto cubrir 23 plazas de las previstas en el Real Decreto 702/2017, de 7 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2017.
La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres, y lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan para la Igualdad de mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus organismos públicos.
Las bases de la convocatoria se publicarán en la página web de la CNMC (www.cnmc.es), en el Registro General de las sedes de la CNMC y en el punto de acceso general www.administracion.gob.es.
Las plazas objeto de la presente convocatoria son las siguientes:
N.º plazas
Grupo profesional
Salario bruto anual
Euros
Perfil
Especialidad
10
Técnico
27.079,96
Económico
8
Técnico
27.079,96
Jurídico
2
Técnico
27.079,96
Científico-técnico
Energía.
1
Técnico
27.079,96
Científico-técnico
Telecomunicación.
1
Técnico
27.079,96
Científico-técnico
Tecnologías de la Información.
1
Técnico
27.079,96
Comunicación
El plazo de presentación de solicitudes finalizará al mes de la publicación de esta convocatoria en el BOE.{del 23 de febrero al 22 de marzo de 2018, a.i.}
Resultado de imagen de Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia

jueves, 20 de abril de 2017

bolsa de trabajo de profesores del Centro Docente de “Formación de Personas Adultas de Sant Joan d’Alacant. Ajuntament de Sant Joan d'Alacant.

BASES QUE REGIRÁN LA CONVOCATORIA PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE PROFESORES DEL CENTRO DOCENTE “FORMACIÓN DE PERSONAS ADULTAS DE SANT JOAN D ́ALACANT”. 
ANTECEDENTES 
PRIMERO: Finalización por agotamiento del tiempo máximo de vigencia de la anterior Bolsa de Trabajo con idéntico fin. (Resoluciones de la Concejalía delegada de Régimen Interior, números 461 y 466, de 22 y 25 de febrero de 2013, respectivamente). 
SEGUNDO: Resolución de la Concejalía delegada de Régimen Interior de necesidades urgentes nº 0199, de 26 de enero de 2017, donde se estima de carácter prioritario y se considera necesidad urgente e inaplazable el Programa de Formación de Personas Adultas. Y la categoría profesional de profesor en concordancia con lo anteriormente expuesto por ser servicio esencial para el funcionamiento normal de la actividad pública en cuestión. 
BASES.  
Primera.- Objeto de la Convocatoria. La constitución, mediante concurso oposición, de bolsa de trabajo de funcionarios interinos por programas como profesores del Centro de Formación de Personas Adultas(en adelante FPA,estando el Maestro/a Diplomado en Profesorado de EGB o Maestro de Primera Enseñanza asimilado al Grupo A2, y el resto asimilado al Grupo de Cotización A1, para cubrir las necesidades de nombramientos por programas que surjan.  
Se formará una única Bolsa, con cuatro especialidades: 
A. Maestro/a Diplomado/a en Profesorado de EGB o Maestro/a de Primera Enseñanza. (el tiempo de prestación de servicios será de 25h/semanales). 
B. Profesor/a del ámbito de Ciencias Sociales. (el tiempo de prestación de servicios será de 18h/semanales). 
C. Profesor/a del ámbito Científico-Tecnológico (el tiempo de prestación de servicios será de 18h/semanales). 
D. Profesor/a del ámbito de Comunicación. (el tiempo de prestación de servicios será de 26 horas/ semanales). 
En este apartado D) se formará una única relación de bolsa con dos modalidades (Castellano-Valenciano y Castellano-Lengua Extranjera).
Los aspirantes serán admitidos sólo con tener la titulación exigible a una de las dos modalidades.
No obstante lo anterior, de producirse llamamiento para aspirante que no tenga la titulación exigida para esa modalidad, se llamará al siguiente pero manteniendo su lugar en la bolsa.
Los nombramientos que se efectúen estarán sometidos a la normativa sobre Incompatibilidades para el desempeño de actividades públicas y privadas del personal al servicio de la Administración, Ley 53/1984 y Reglamento 598/1985, de 30 de abril sobre Incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Pública.
La dedicación, jornada y horario se concretarán, según los casos, en los nombramientos interinos que, eventualmente, se formalicen en atención a las necesidades que hayan de ser cubiertas.
Tercera.- Requisitos de los aspirantes. Para poder participar en las pruebas que se convocan los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos en la fecha de finalización del plazo de admisión de solicitudes, de acuerdo con el artículo 56 del RDLeg. 5/2015, de 30 de octubre texto refundido del EBEP.  
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del RDLeg. 5/2015, de 30 de octubre texto refundido del EBEP.  
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. 
c) Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.  
d) Estar en posesión de la titulación requerida para cada módulo según anexo I de las presentes Bases o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias. 
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de empleos públicos en los términos del artículo 56. d) del RDLeg. 5/2015, de 30 de octubre texto refundido del EBEP. 
Cuarta.- Solicitudes. En las instancias solicitando tomar parte en la presente convocatoria, los aspirantes manifestarán que reúnen todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos en la base tercera de la convocatoria, referidas a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias, y se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Sant Joan d ́Alacant, presentándose en el Registro de Entrada del Ayuntamiento o por cualquier otro sistema de los previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las instancias se deberán ajustar al modelo que se incluye como Anexo II de estas Bases y en la misma se deberá especificar el módulo de especialidad al que se aspira. 
Dichas instancias irán acompañadas del Proyecto Educativo exigido para la Formación de Personas Adultas. Dicho proyecto no podrá superar una extensión de 5 folios y se referirá al funcionamiento del centro, análisis de la realidad, necesidades educativas y líneas metodológicas a desarrollar a lo largo del curso. 
Igualmente se deberá adjuntar la acreditación de estar en posesión de los méritos que, en su caso, se aleguen mediante originales o fotocopias compulsadas. 
El Tribunal no tendrá en cuenta aquellos méritos que no sean acreditados documentalmente.  
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación del correspondiente edicto en el BOP de la provincia.[BOP-Alacant Nº 75 de 20/04/2017] {del 21 de abril al 2* de mayo de 2017, a.i.}
http://www.santjoandalacant.es/files/LogoSede-web-2.jpgDicho edicto se publicará igualmente en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, tanto en la SEDE ELECTRÓNICA de la página web municipal como en el tablón físico. [https://santjoandalacant.sedelectronica.es]
Los aspirantes con alguna discapacidad deberán hacerlo constar en la solicitud, con el fin de hacer las adaptaciones de tiempo y medios necesarios para garantizar la igualdad de oportunidades con el resto de los participantes. 
ANEXO I 
a. Los aspirantes que opten a la Bolsa de Trabajo de Maestro/a, diplomado en profesorado de EGB, deberán poseer el Título de Maestro, Diplomado en Profesorado de EGB o Maestro de Primera enseñanza y, además, poseer el Certificado de Capacitación para la enseñanza en Valenciano/ o El Diploma de Mestre en Valencià.  
b. Para impartir todos los módulos del campo de conocimiento o ámbito de experiencia en Ciencias Sociales, se requiere cualquier licenciatura o titulación universitaria de las establecidas para el área de Ciencias Sociales (Geografía e Historia), establecidas en el anexo I del Real Decreto 860/2010 de 2 de julio. 
c. Para impartir el campo de conocimiento o ámbito de experiencia Científico-Tecnológico, se requiere cualquier licenciatura o titulación universitaria de las establecidas para las áreas de Matemáticas, Ciencias de la Naturaleza o Tecnología establecidas en el anexo I del Real Decreto 860/2010 de 2 de julio. 
d. Para impartir los módulos del campo de conocimiento o ámbito de experiencia Comunicación, se requiere poseer cualquier licenciatura o titulación universitaria de las establecidas para el área de Lenguas en el anexo I del Real Decreto 860/2010 de 2 de julio, y además poseer el Diploma de Mestre de Valencià o ser Licenciado/a en Filología Hispánica, Sección de Lingüística Valenciana o equivalente.

martes, 5 de mayo de 2015

ayudas para 2015, del Programa de Comunicación (para la ciudadanía española en el exterior y los retornados)

1. Convocatoria y normativa de aplicación. 1. Mediante la presente Resolución, la Dirección General de Migraciones convoca para 2015 las ayudas del Programa de Comunicación de la Orden ESS/1613/2012, de 19 de julio. 
2. Objeto. Las ayudas que se convocan por la presente Resolución tienen por objeto:
1. La realización de acciones en el ámbito de la comunicación dirigida a la ciudadanía española en el exterior a través de medios escritos o audiovisuales, tales como prensa, radio, cine, televisión e Internet.
2. La realización de acciones referidas a la distribución de publicaciones periódicas especializadas de prensa escrita entre los centros y asociaciones de españoles en el exterior.
4. Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones empresas privadas españolas, personas físicas y entidades radicadas en el exterior, entre cuyos fines se encuentren las actividades objeto de este programa, según la distribución presupuestaria prevista en el artículo 3 de esta Resolución.
8. Solicitud, memorias, documentación y subsanación de errores. 1. Las solicitudes de ayudas se formalizarán en el modelo normalizado de solicitud que figura como anexo I a esta Resolución de convocatoria, debiendo relacionarse en el mismo todos los proyectos para los que una misma persona o entidad solicita subvención.
2. Las solicitudes de ayudas podrán presentarse en cualquiera de los registros u oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y, en todo caso:
a) En el exterior, en las Consejerías de Empleo y Seguridad Social, en las Secciones de Empleo y Seguridad Social de las Oficinas Consulares, así como en los Consulados o Secciones Consulares de las Embajadas correspondientes al domicilio o residencia del peticionario de la ayuda.
b) En España, en las Áreas Funcionales o Dependencias Provinciales de Trabajo e Inmigración, respectivamente, correspondientes al domicilio del solicitante o, en su caso, en las Direcciones Insulares, y en la Dirección General de Migraciones.
3. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta Resolución de convocatoria. {del 6 al 25 de mayo de 2015, a.i.}

sábado, 17 de enero de 2015

22 becas de investigación y especialización ( titulados universitarios)para el periodo 2015/2016: a) Biblioteconomía y documentación. b) Exhibición y difusión de fondos museísticos. c) Gestión cultural. d) Comunicación. e) Informática. Biblioteca Nacional de España

La Biblioteca Nacional de España tiene como misión reunir, preservar y difundir el patrimonio bibliográfico, artístico, musical, audiovisual y digital producido en España y el generado sobre la cultura española. Para la consecución de estos fines, la Biblioteca, consciente de la importancia de la formación de jóvenes profesionales como pilar fundamental para el desarrollo en el ámbito bibliotecario, ha aprobado un programa de ayudas destinadas a la formación, la especialización, el perfeccionamiento y la investigación destinadas a titulados universitarios.
El objetivo de estas becas es fomentar y mejorar el conocimiento sobre las colecciones, los procesos bibliotecarios, los servicios que se prestan a los usuarios y otras actividades propias de la función que debe cumplir la Biblioteca Nacional de España (en adelante BNE), de acuerdo a las siguientes
Bases
1. Finalidades y condiciones. 1.1 El objeto de esta resolución es convocar, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, 22 becas destinadas a los titulados universitarios que posteriormente se indicará.
Las 22 becas se clasifican en nueve tipos y a cada uno de estos tipos se les exige, además de los requisitos generales, unos requisitos específicos. Las 22 becas serán otorgadas a los solicitantes que obtengan mayor puntuación dentro de cada uno de los nueve tipos referidos.
1.2 Las becas tendrán la finalidad de formar especialistas en:
a) Biblioteconomía y documentación.
b) Exhibición y difusión de fondos museísticos.
c) Gestión cultural.
d) Comunicación.
e) Informática.
1.3 Los beneficiarios contarán con la orientación, formación y seguimiento de un tutor perteneciente al área correspondiente de la institución. Se entregará un diploma a los becarios que hayan cumplido el periodo íntegro de formación desde su incorporación hasta la fecha de finalización del mismo.
1.4 Estas becas son incompatibles, durante la vigencia de las mismas, con el disfrute de cualquier otra beca de formación.
1.5 La concesión y disfrute de estas becas no supone establecimiento de relación contractual o estatutaria alguna, ni supondrá vinculación laboral o funcionarial entre el becario y la BNE.
2. Duración. La concesión de las becas quedará condicionada a la existencia de crédito suficiente.
Todas las becas tendrán una duración máxima de 12 meses naturales.
3. Requisitos de los solicitantes
a) Poseer la nacionalidad española o nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea. En este último caso se deberá poseer un conocimiento alto del idioma español.
b) Poseer alguna de las titulaciones universitarias, de grado o licenciatura o diplomatura exigidas en cada una de las modalidades del anexo I (de acuerdo con el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales), expedida por universidades españolas, que se indica en cada clase de beca, o bien de títulos extranjeros equivalentes homologados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
c) Haber terminado los estudios conducentes a la obtención del título de grado, licenciado o diplomado en el curso 2009-2010 o con posterioridad.
d) No haber disfrutado de esta beca en convocatorias anteriores.
e) Estar en posesión de los conocimientos especificados para cada beca (anexo I).
f) No padecer enfermedad que impida el desarrollo de las actividades y obligaciones objeto de la beca.
g) No encontrarse incurso en alguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
4. Solicitudes. 4.1 Las solicitudes se ajustarán al modelo que se publica en la presente resolución (anexo II).  ...
5. Presentación de solicitudes. Las solicitudes, acompañadas de la documentación correspondiente, se presentarán en el Registro General de la BNE, en el Paseo de Recoletos, 20, 28001 Madrid, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La solicitud también podrá presentarse electrónicamente, a través del registro electrónico de la BNE (https://sede.bne.gob.es), siempre que se posea un sistema de firma electrónica con plena validez. Este registro estará disponible a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y hasta las 24:00 horas (hora local) del último día de presentación. En esta misma página se recoge la información necesaria para completar la solicitud.
En caso de enviarse por correo postal, el envío deberá ser certificado, se hará en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada antes de su certificación, para garantizar que la fecha de remisión es anterior al cierre de la convocatoria. Deberán ir dirigidas a la Dirección de la Biblioteca Nacional de España, paseo de Recoletos, 20,
28071 Madrid.
6. Plazo de presentación de solicitudes, subsanación y cumplimiento de trámites. 6.1 El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado.{del 18 de enero al 4 de febrero de 2015, a.i.}.
ANEXO I
Becas convocadas
1. Tres becas de formación en la Dirección Cultural
Objeto: Formación de carácter práctico en las funciones relacionadas con actos culturales y el Museo de la BNE.
1. Requisitos de titulación: Licenciatura o grado en el ámbito de las humanidades, las bellas artes o las ciencias sociales.
2. Conocimientos específicos: Conocimientos específicos relacionados con la gestión cultural o la museología.
2. Una beca de formación en el Área de Publicaciones y Extensión Bibliotecaria.
Objeto: Formación en las funciones relacionadas con los procesos de edición
1. Requisitos de titulación: Cualquier licenciatura o grado.
2. Conocimientos específicos: Conocimientos de herramientas de edición y diseño digital.
3. Seis becas de formación en los Departamentos de Proceso Técnico, Reserva Impresa y Referencia
Objeto: Formación de carácter práctico en el ámbito del proceso técnico documental y en el ámbito de la bibliografía.
1. Requisitos de titulación: Licenciado en Documentación, Grado en Información y Documentación, Diplomado en Biblioteconomía y Documentación o cualquier otra licenciatura o grado.
2. Conocimientos específicos: Acreditar, en el caso de otro título universitario, formación teórica o práctica en proceso técnico documental y/o la información bibliográfica.
4. Dos becas de coordinación-formación en el Departamento de Bellas Artes y Cartografía
Objeto: Formación en la coordinación del fondo fotográfico de la guerra civil española.
1. Requisitos de titulación: Licenciado en Documentación, Grado en Información y Documentación, Diplomado en Biblioteconomía y Documentación o cualquier otra licenciatura o grado en el ámbito de las humanidades.
2. Conocimientos específicos: Formación en descripción de fondos fotográficos.
5. Dos Becas de investigación en el Departamento de Música y Audiovisuales
Objeto: Análisis documental de documentos musicales impresos, sonoros y audiovisuales.
1. Requisitos de titulación: Licenciado en Documentación, Grado en Información y Documentación, Diplomado en Biblioteconomía y Documentación, grado en Musicología o cualquier otra licenciatura o grado en el ámbito de las humanidades y las ciencias sociales.
6. Una beca de formación en el Departamento de Manuscritos, Incunables y Raros
Objeto: Formación en la organización de archivos.
1. Requisitos de titulación: Licenciado en Documentación, Grado en Información y Documentación, Diplomado en Biblioteconomía y Documentación o licenciatura o grado en Filología Hispánica.
7. Una beca de formación en el Departamento de Adquisiciones e Incremento de Patrimonio
Objeto: Formación en la descripción de colecciones personales, conjuntos de materiales bibliográficos y documentales y valoración de los mismos.
1. Requisitos de titulación: Licenciado en Documentación, Grado en Información y Documentación, Diplomado en Biblioteconomía y Documentación o cualquier otra licenciatura o grado en el ámbito de las humanidades.
2. Conocimientos específicos: Acreditar, en el caso de otro título universitario, formación teórica o práctica en procesos documentales de descripción de colecciones bibliográficas y documentales.
8. Cinco becas de formación en el Servicio de Desarrollos Informáticos (2) y en la Dirección de Biblioteca Digital y Sistemas de Información (3)
Objeto: Formación en el desarrollo de aplicaciones en el ámbito bibliotecario y de la administración electrónica.
1. Requisitos de titulación: Ingeniero Superior, Ingeniero Técnico o Grado en Informática.
2. Conocimientos específicos de algunas de las siguientes tecnologías:
Lenguaje de programación Java y plataforma J2EE (Apache, JBoss/Tomcat, Struts, JSF).
Lenguajes de marcas (XML, HTML), de formato (CSS) y de script (JavaScript).
Consulta base de datos Oracle 11g y servicios web.
Programación de scripts bajo Linux, Perl y tratamiento de metadatos mediante XML y XSLT.
Conocimientos de Lucene/SOLR y/o OpenCMs y/o Alfresco.
9. Una beca en la Unidad de Comunicación de la BNE
Objeto: Formación en la elaboración de noticias y reportajes, así como en la grabación, realización y edición de vídeos.
1. Requisitos de titulación: Licenciatura o grado en el ámbito de las ciencias de la información y la comunicación.
2. Conocimientos específicos de guion, edición y realización de audiovisuales.

martes, 25 de noviembre de 2014

6 becas de formación en materia de Periodismo y Comunicación con destino en la Dirección de Comunicación del Gobierno de Aragón para el año 2015..

Primero.- Objeto y régimen jurídico aplicable. 1. El objeto de esta orden es la convocatoria en régimen de concurrencia competitiva de seis becas de formación en materia de Periodismo y Comunicación, con destino en la Dirección de Comunicación del Departamento de Presidencia y Justicia.
5. La actividad formativa de los becarios se enmarca en un Plan de Formación teórico y práctico que comprende los conocimientos y habilidades que el becario deberá adquirir durante el periodo de disfrute de la beca, orientados a ampliar su formación y a facilitar la integración en el mercado laboral. En la página web del Gobierno de Aragón, dirección electrónica: www.aragon.es, aparece publicado el Plan de Formación que corresponde a las becas objeto de esta convocatoria.
Segundo.- Dotación y financiación de las becas. 1. Las becas estarán dotadas con una cuantía de diez mil euros anuales cada una, que se devengarán por meses vencidos. A dicho importe se le deducirán las retenciones fiscales y de seguridad social que correspondan.
Tercero.- Periodo de disfrute. 1. El periodo de disfrute de las becas se extenderá desde el 1 de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2015, sin posibilidad de prórroga.
2. En el caso de que la aceptación se produjera con posterioridad al 1 de enero, las becas durarán desde el día siguiente al de la aceptación hasta el 31 de diciembre de 2015.
Cuarto.- Beneficiarios.
1. Podrán participar en la convocatoria objeto de la presente orden aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos previstos en el artículo 2 del Decreto 24/2013, de 6 de marzo:
a) Poseer la nacionalidad española o la de algún otro Estado miembro de la Unión Europea.
b) Haber nacido en la Comunidad Autónoma de Aragón o llevar residiendo seis meses en ella a la fecha del fin del plazo de presentación de solicitudes.
c) Haber obtenido un título de grado o licenciatura, conforme a la anterior ordenación de enseñanzas universitarias, en Ciencias de la Información, Periodismo o Comunicación Audiovisual. El título deberá ser oficial en todo el territorio nacional o, en el caso de haberse obtenido con arreglo a enseñanzas oficiales en el extranjero, deberá estar homologado a un título oficial español.
d) No haber disfrutado con anterioridad de una beca con el mismo objeto financiada por el Gobierno de Aragón, por un plazo superior a seis meses.
e) No estar incurso en ninguna de las exclusiones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
f) No haber transcurrido más de cinco años entre la obtención de la titulación universitaria indicada en la letra c) del presente apartado y el comienzo del plazo de presentación de solicitudes.
2. Los requisitos enumerados en el apartado anterior deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 1.f) del presente artículo.
Quinto.- Presentación de solicitudes. 1. Los aspirantes deberán presentar en el plazo de quince días hábiles desde la publicación de la convocatoria{del 26 de noviembre al 15 de diciembre de 2014, a.i.} la siguiente documentación prevista en el artículo 4 del Decreto 24/2013, de 6 de marzo:
a) Instancia de solicitud en la que se indique la beca solicitada y se manifieste expresamente la aceptación de las bases y el baremo de la convocatoria, dirigida al Consejero de Presidencia y Justicia.
b) Relación de documentación aportada junto con la solicitud.
c) Relación de los méritos que se alegan.
d) Currículum vitae redactado en español.
e) Fotocopia simple del documento nacional de identidad (o documento oficial acreditativo de la personalidad: pasaporte, carné de conducir, etc.)
f) Fotocopia simple del certificado oficial del expediente académico con las calificaciones de todas las materias de cada curso.
g) Fotocopia simple de los resultados finales de los estudios y cursos realizados relacionados con el objeto o finalidad de la beca.
h) Fotocopia simple de los documentos justificativos de otros méritos alegados.
i) Certificado de empadronamiento en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón o documento acreditativo de haber nacido en Aragón.
2. Asimismo, los impresos de solicitud deberán venir acompañados de un ensayo elaborado por el aspirante sobre un tema de actualidad relacionado con el periodismo, los medios de comunicación o la actividad informativa de las Administraciones Públicas, con una extensión mínima de 2.500 palabras y máxima de 3.500 palabras.
3. Las solicitudes se presentarán, junto con la documentación complementaria, en el Registro General del Gobierno de Aragón (Edificio Pignatelli, Paseo de María Agustín, 36, Zaragoza), en cualquiera de las unidades de registro de documentos del Gobierno de Aragón o por cualquier otro procedimiento de los previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Se podrá utilizar el modelo de solicitud establecido en el anexo de la presente orden y, en su caso, en el Catálogo de modelos normalizados de solicitudes y comunicaciones dirigidas a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, que figura en la sede electrónica del Gobierno de Aragón.

lunes, 22 de septiembre de 2014

XXVII edición de los Premios Alimentos de España a la «Industria Alimentaria», «Restauración», «Producción Ecológica», «Comunicación» «Internacionalización Alimentaria», «Producción de la Pesca y de la Acuicultura» y «Premio Extraordinario Alimentos de España», correspondientes al año 2014.

Objeto. La presente orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la XXVII edición de los Premios Alimentos de España a la «Industria Alimentaria», «Restauración», «Producción Ecológica», «Comunicación» «Internacionalización Alimentaria», «Producción de la Pesca y de la Acuicultura» y «Premio Extraordinario Alimentos de España», correspondientes al año 2014.

Solicitud, forma y plazo de presentación. 1. Cada concursante deberá cumplimentar la correspondiente solicitud y la declaración de no haber sido sancionado por infracción de la legislación en materia de agricultura, alimentación y medio ambiente, con la totalidad de los datos que en ellas se requieren, según los modelos que se adjuntan como anexos I y II. Ambos anexos se acompañarán de una memoria que recoja las actuaciones más destacadas por las que se desea optar al premio y el material documental que se estime oportuno, de acuerdo con lo especificado en el anexo IV. La documentación se deberá aportar en soporte digital: la memoria y los elementos divulgativos en pdf y los elementos audiovisuales en los formatos soportados por Windows Media Player: MPG o AVI. El tamaño máximo de cada fichero no deberá superar los 300 Mb.
2. Además de lo anterior, se deberá presentar la documentación adicional para los siguientes premios:
a) Premio Alimentos de España a la Producción Ecológica. Los candidatos a este premio deberán presentar un certificado emitido por el órgano de control competente en el que se acredite que las entidades están inscritas según el Reglamento (CE) n.º 834/2007 del Consejo, de 28 de junio de 2007.
b) Premio Extraordinario Alimentos de España. La propuesta de candidaturas a este premio corresponde a la Presidencia del Jurado. Los candidatos deberán aceptar dicha propuesta cuando les sea comunicada y presentar cumplimentados los anexos I, II y III.
3. La solicitudes, junto con la documentación señalada en los párrafos anteriores, se dirigirán a la Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y se presentarán en el Registro General del Departamento, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
4. Las solicitudes se presentarán desde el día siguiente al de la publicación de esta orden hasta el 30 de octubre, incluido éste. Se hará constar en el exterior del envío: Premios Alimentos de España, año 2014.

sábado, 21 de junio de 2014

1 Beca de Formación en materia de comunicación, con destino al Departamento de Documentación y Difusión. Diputació d'Alacant.

Convocatoria de una Beca de Formación en materia de comunicación, con destino al Departamento de Documentación y Difusión, según Convenio de colaboración entre la Excma. Diputación Provincial de Alicante y Colegio Oficial de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias de Alicante, aprobado en sesión ordinaria de la Junta de gobierno de fecha 12 de junio de 2014.
BASES DE LA CONVOCATORIA - CLAÚSULAS
PRIMERA.- Es objeto del presente Convenio la colaboración de la Excma. Diputación Provincial de Alicante en el Fondo de Becas del Colegio de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias, para su programa de promoción y apoyo a los colegiados o inscritos del citado Colegio Oficial, recientemente egresados de la Universidad, sean licenciados o con título de grado, del área de Humanidades, a fin de que completen y perfeccionen su formación mediante la práctica de tareas relacionadas con la organización, archivo e inventario de fondos documentales, en el Área de Imagen y Promoción Institucional, y dentro del campo de la imagen y comunicación.
SEGUNDA.- La Diputación de Alicante se compromete a hacer una aportación económica para el ejercicio de 2014 de cuatro mil ochocientos euros (4.800 euros) que se imputará al presupuesto de gastos vigente en el ejercicio presupuestario. La Beca comprenderá un periodo de seis meses, del 1 de julio a 31 de diciembre de 2014, sin posibilidad de prórroga.
El importe de la beca se abonará directamente al beneficiario por meses vencidos a razón de 800,00 euros al mes previo informe del tutor, asignado por el Área de Imagen y Promoción Institucional de acuerdo con lo establecido en el punto 6º de las Bases de la cláusula Tercera del Convenio, de haber realizado satisfactoriamente las tareas y prácticas encomendadas.
En la dotación global indicada estará incluida la cotización a la Seguridad Social a cargo de la Diputación de Alicante.
TERCERA.- La Convocatoria, a efectuar por el Colegio Oficial de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias, para la concesión de una beca de formación en el Departamento de Documentación, se ajustará a las siguientes bases mínimas:
1ª: El número de becas a conceder será de una, con una duración de seis meses, sin posibilidad de prórroga.
El gasto mensual total será de 800,00 euros e incluye la Seguridad Social a cargo de la Diputación de Alicante, derivado de la aplicación del Real Decreto 1493/2011 de 24 de octubre.
El beneficiario percibirá directamente por meses vencidos el importe mensual anterior, descontada la Seguridad Social a cargo de la Corporación
Además, serán de aplicación los descuentos correspondientes al IRPF y a la Seguridad Social a cargo del becario.
El becario podrá disfrutar de un día laboral de descanso por cada mes dedicado, al objeto de poder realizar asuntos personales. Dicho disfrute podrá ser acumulado o fraccionado a petición de la persona interesada y siempre con el consentimiento del tutor asignado.
Así mismo, el becario podrá usar las instalaciones y los servicios según las respectivas normas reguladoras.
2ª.- Las dependencias donde desarrollará el becario sus prácticas serán las del Departamento de Documentación, sitas en la Avenida de la Estación, 6 de Alicante.
3ª.- La beca objeto del presente Convenio se adjudicará mediante concurso entre los diversos aspirantes a la misma que reúnan los siguientes requisitos y los acrediten documentalmente:
a) Ser español y residir en la provincia de Alicante
b) Haber finalizado la licenciatura, diplomatura o título de grado en el área de Humanidades con posterioridad al 1 de enero de 2011.
c) Estar colegiado o inscrito al menos antes de finalizar el plazo para presentar la solicitud de la beca en el Colegio Oficial de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias de Alicante.
.- Las solicitudes serán dirigidas al Colegio Oficial de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias de Alicante, y se presentarán, en plazo hábil, en la sede del mismo, sito en la Avda. de Salamanca, 7, Alicante, de lunes a viernes, en horario de 11.00 a 13.00 y 16.30 a 18.30 horas. Tales solicitudes podrán recogerse en la propia sede del Colegio o en la web www.cdlalicante.org
a) El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.{del 21 de junio al 3* de julio de 2014, a.i.}  Si el último día fuera inhábil, se entenderá que el plazo expira el primer día hábil siguiente. No obstante, se dará noticia de la convocatoria, con expresión de la apertura del plazo y de su término, mediante anuncios que se insertarán en los tablones del Colegio Oficial, de la Universidad de Alicante, de la Universidad Miguel Hernández, y de la Diputación Provincial.