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martes, 19 de noviembre de 2019

1 Beca de formación en Arqueología-2020”, con destino al Vilamuseu. Ayuntamiento de Villajoyosa.

BDNS(Identif.):482076
ANUNCIO
Por la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento en sesión de fecha 14 de noviembre de 2019, se ha acordado la aprobación de las bases que regirán la concesión de una Beca de formación en Arqueología-2020” Expte. 13798/2019
El texto íntegro de las bases de referencia está publicado en el Tablón de Anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Villajoyosa.
De conformidad con lo dispuesto en la base séptima de las bases de referencia, el plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en el proceso de selección de la beca reseñada será de DIEZ días contados desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante [Nº 220 de 19/11/2019] a través de la Base Nacional de Subvenciones. {del 20 de noviembre al ... de 2019}
El formato de solicitud es el anexo I de las Bases que se podrá recoger de la oficina de información del Ayuntamiento o de la página Web municipal www.villajoyosa.com
El resto de anuncios relativos a este proceso se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Villajoyosa y en la Web municipal (www.villajoyosa.com)

lunes, 18 de noviembre de 2019

2 becas de formación en Comunicación Audiovisual. Anualidad 2020. Diputació d'Alacant.

BDNS(Identif.):482004
Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, adoptado en sesión ordinaria celebrada el día 23 de octubre de 2019, en virtud de las facultades que le fueron delegadas por Resolución el Ilmo. Sr. Presidente núm. 2.946, de 24 de julio de 2019 (BOP núm. 145, de fecha 1 de agosto de 2019), por el que se aprueban las Bases y Convocatoria pública anticipada para la concesión de dos becas de formación en Comunicación Audiovisual. Anualidad 2020.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index) y en la sede electrónica de la página web de la Diputación de Alicante (www.diputacionalicante.es):
Primero. Beneficiarios:
Podrán optar a la beca las personas que reúnan los siguientes requisitos en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes:
Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y residir en la provincia de Alicante con anterioridad a la fecha de publicación de las Bases en el Boletín Oficial de la Provincia.
Estar en posesión de los siguientes títulos: Grado o Licenciatura en Comunicación Audiovisual, o titulaciones equivalentes.
No haber transcurrido, en ningún caso, más de 5 años desde la obtención de la titulación exigida hasta la fecha de la convocatoria, lo que supone haber finalizado los estudios requeridos con posterioridad al 31 de diciembre de 2014. 
No haber disfrutado con anterioridad de la misma modalidad de beca que se solicita concedida por la Excma. Diputación Provincial de Alicante. Esta condición no se aplicará a aquellos becarios, suplentes de anualidades anteriores, que podrán concurrir a la presente convocatoria, que reúnan los requisitos, siempre que el periodo de la beca disfrutado sea inferior a un semestre.
Encontrarse al corriente de sus obligaciones devengadas con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOP, respecto de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, derivadas de cualquier ingreso de derecho público.
Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Segundo. Finalidad:
Constituye el objeto de la Convocatoria Anticipada la concesión de dos becas de formación en Comunicación Audiovisual, en las que se desarrollarán prácticas formativas relacionadas con la grabación y seguimiento institucional, documentales, spots promocionales y cualquier otro tipo de práctica relacionada con las nuevas tecnologías audiovisuales en el Departamento de Imagen y Promoción Institucional de la Excma. Diputación Provincial de Alicante.
Tercero. Bases Reguladoras y modelo de instancia:
Las Bases de la Convocatoria anticipada para la concesión de dos becas de formación en Comunicación Audiovisual, anualidad 2020, y modelo de instancia, publicadas en la sede electrónica de la página web de la Diputación de Alicante (www.diputacionalicante.es), tablón de edictos de la Diputación de Alicante y Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.
Cuarto. Importe:
La cuantía máxima de cada una de las becas concedidas será de 800 € brutos mensuales, incluyéndose en los mismos el importe total de los gastos de seguridad social que se derivan de la aplicación del real decreto 1493/2011, de 24 de Octubre, así como la retención de IRPF que corresponda.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia [Alacant Nº 219 de 18/11/2019] {del 19 de noviembre al 10 de diciembre de 2019, a.i.}, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans), una vez que se haya presentado ante ésta el texto de la Convocatoria y la información requerida para su publicación. Si el último día fuese inhábil, se entenderá que el plazo expira el primer día hábil siguiente. 
Los aspirantes, junto a la solicitud, presentarán relación detallada de los méritos que quieran alegar, según el modelo que acompaña a la solicitud (anexo: relación de méritos), así como la documentación relacionada en la Base 7.3 de la Convocatoria.

1 beca de formación para Licenciados/Grado en Documentación o en Información y Documentación, anualidad 2020,

Diputació d'Alacant. CONVOCATORIA PÚBLICA ANTICIPADA PARA LA CONCESIÓN DE UNA BECA DE FORMACIÓN PARA LICENCIADOS/GRADO EN DOCUMENTACIÓN O EN INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN. ANUALIDAD 2020
BDNS(Identif.):481955
Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, adoptado en sesión ordinaria celebrada el día 23 de octubre de 2019, en virtud de las facultades que le fueron delegadas por Resolución del Ilmo. Sr. Presidente núm. 2.946, de 24 de julio de 2019 (BOP núm. 145, de fecha 1 de agosto de 2019), por el que se aprueban las Bases y Convocatoria pública anticipada para la concesión de una beca de formación para Licenciados/Grado en Documentación o en Información y Documentación. Anualidad 2020.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index) y en la sede electrónica de la página web de la Diputación de Alicante (http://www.diputacionalicante.es")
Primero. Beneficiarios:
Podrán optar a la beca las personas que reúnan los siguientes requisitos en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes:
Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y residir en la provincia de Alicante, con anterioridad a la fecha de publicación de las Bases en el Boletín Oficial de la Provincia.
Estar en posesión de la Licenciatura o Grado en Documentación o en Información y Documentación. 
No haber transcurrido, en ningún caso, más de 5 años desde la obtención de la titulación exigida hasta la fecha de la convocatoria, lo que supone haber finalizado los estudios requeridos con posterioridad al 31 de diciembre de 2014.
No haber disfrutado con anterioridad de la misma modalidad de beca que se solicita, en Imagen y Promoción. Esta condición no se aplicará a aquellos becarios, suplentes de anualidades anteriores, que podrán concurrir a la presente convocatoria, que reúnan los requisitos, siempre que el periodo de la beca disfrutado sea inferior a un semestre.
Encontrarse al corriente de sus obligaciones devengadas con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOP, respecto de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, derivadas de cualquier ingreso de derecho público.
Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Segundo. Finalidad:
Constituye el objeto de la Convocatoria Anticipada la concesión de una beca de formación para Licenciados/Grados en Documentación o Información y Documentación, a fin de que tales titulados universitarios completen y perfeccionen su formación teórica, mediante la práctica formativa consistente en organización, identificación, catalogación y digitalización del banco de imágenes del Departamento de Imagen y Promoción Institucional de la Excma. Diputación Provincial de Alicante.
Tercero. Bases Reguladoras y modelo de instancia:
Las Bases de la Convocatoria anticipada para la concesión de una beca de formación para Licenciados/Grado en Documentación o en Información y Documentación, anualidad 2020, y modelo de instancia, publicadas en la sede electrónica de la página web de la Diputación de Alicante (www.diputacionalicante.es), en el tablón de edictos de la Diputación de Alicante  y en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.
Cuarto. Importe:
La cuantía máxima de cada beca concedida será de 800 € brutos mensuales, incluyéndose en los mismos el importe total de los gastos de seguridad social que se derivan de la aplicación del real decreto 1493/2011, de 24 de Octubre, así como la retención de IRPF que corresponda.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia [Alacant Nº 219 de 18/11/2019] {del 19 de noviembre al 10 de diciembre de 2019, a.i.}, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans), una  vez que se haya presentado ante ésta el texto de la Convocatoria y la información requerida para su publicación. Si el último día fuese inhábil, se entenderá que el plazo expira el primer día hábil siguiente.
Los aspirantes, junto a la solicitud, presentarán relación detallada de los méritos que quieran alegar, según el modelo que acompaña a la solicitud (anexo: relación de méritos), así como la documentación relacionada en la Base 7.3 de la Convocatoria.

sábado, 26 de octubre de 2019

1 beca Fundación María Cristina Masaveu Paterson - Museo Nacional del Prado de formación e investigación en el Museo Nacional del Prado

BDNS(Identif.):477832
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios Los requisitos exigidos para participar en esta convocatoria son los siguientes:
1. Tener la nacionalidad española o de algún otro Estado Miembro de la Unión Europea, en adelante UE, o de alguno de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo; ser residente en España en el momento de incorporarse a la beca; poseer un dominio del idioma español -hablado y escrito- que permita a los solicitantes desenvolverse satisfactoriamente en su entorno de trabajo.
2. Poseer la titulación exigida (de acuerdo con el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales):
Grado Universitario en Bellas Artes, Pedagogía, Educación Social, Psicología, Comunicación Audiovisual, Sociología, Información y Documentación, Periodismo, Antropología Social y Cultural, Desarrollo de videojuegos, Diseño, Filosofía, Historia, Historia del Arte, o similar. Los expedientes académicos con valoración media inferior a notable serán desestimados.
Los títulos extranjeros o los expedidos en centros españoles privados deberán estar homologados por el Ministerio de Cultura y Deporte en la fecha en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
3. Haber finalizado los estudios conducentes a la obtención del título exigido con posterioridad a enero de 2013.
4. Estar al corriente del cumplimiento en sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en los términos previstos en la normativa vigente, y no ser deudor por obligaciones de reintegro.
5. No haber sido beneficiario con anterioridad a esta convocatoria de una beca en el MNP (excluidas las becas otorgadas para la asistencia a cursos o seminarios Cátedra del Prado).
6. No podrán ser beneficiarios de la beca las personas en quien concurra cualquiera de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la LGS.
De conformidad con lo establecido en el artículo 69.1 de la LPACAP, el solicitante se compromete a mantener el cumplimiento de estos requisitos durante el periodo de tiempo inherente al disfrute de la beca, debiendo informar de cualquier variación en las circunstancias al Órgano de Instrucción.
Segundo. Objeto El objeto de la presente Resolución es la convocatoria de una beca del MNP que contribuya a la formación de investigadores y especialistas en la siguiente disciplina: Nuevas Tecnologías aplicadas a la Educación.
Tercero. Bases reguladoras. Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, (BOE de 13 de noviembre de 2010)
Cuarto. Cuantía y duración. Las becas tendrán una duración de doce meses (12) consecutivos. La cuantía de las becas se fija en 18.000 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes se presentarán, en el plazo de quince (15) días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. {del 27 de octubre al 18 de noviembre de 2019, a.i.}

jueves, 17 de octubre de 2019

una beca para la formación en proyectos editoriales y otra beca para proyectos de actividades públicas en el ámbito museístico, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía

BDNS(Identif.):477236
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):
Primero. Beneficiarios:
Cualquier persona que esté en posesión de los títulos académicos oficiales que se indican en cada una de las clases de beca o bien de títulos extranjeros equivalentes homologados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes. Los nacionales de Estados cuya lengua oficial no sea el español deberán acreditar documentalmente un perfecto dominio, hablado y escrito, de este idioma.
Segundo. Finalidad:
Las becas convocadas tendrán como finalidad la formación en la coordinación de proyectos editoriales en el Departamento de Actividades Editoriales, y coordinación de proyectos transversales en el Departamento de Actividades Públicas del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.
Tercero. Bases reguladoras:
Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos.
Cuarto. Importe y duración:
El importe de las dos becas asciende a 40.000 euros anuales. Las cuantía individual de cada beca es de 20.000 euros anuales. El periodo de disfrute de las becas será de doce meses.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto en el "Boletín Oficial del Estado". {del 18 de octubre al 8 de noviembre de 2019, a.i.}

viernes, 21 de junio de 2019

2 becas de formación en restauración de Bellas Artes y 1 beca de formación en Museografía.

Resultado de imagen de DOS BECAS DE FORMACIÓN EN RESTAURACIÓN DE BELLAS ARTES Y UNA BECA DE FORMACIÓN EN MUSEOGRAFÍA.Diputació d'Alacant. EXTRACTO DEL ACUERDO DE FECHA 19 DE JUNIO DE 2019 DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALICANTE POR LA QUE SE CONVOCAN, MEDIANTE CONVOCATORIA PÚBLICA, DOS BECAS DE FORMACIÓN EN RESTAURACIÓN DE BELLAS ARTES Y UNA BECA DE FORMACIÓN EN MUSEOGRAFÍA.
BDNS(Identif.):463080
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):
Primero. Beneficiarios:
Podrán acogerse a la convocatoria las personas que reúnan los requisitos establecidos en la Base Segunda de las que rigen la convocatoria. Entre otros los siguientes:
Tener nacionalidad española y residir en la provincia de Alicante con anterioridad a la fecha de publicación de estas Bases en el BOP.
Para las Becas de Formación en Restauración, estar en posesión del título de Grado en Conservación y Restauración de Bienes Culturales y para la Beca de Formación en Museografía estar en posesión del título de Grado en Historia del Arte.
Haber finalizado los estudios con posterioridad al 31 de diciembre de 2015.
Segundo. Objeto:
La concesión, mediante convocatoria pública, de dos becas de formación en restauración de Bellas Artes y una beca de formación en Museografía.
Tercero. Bases reguladoras: Bases Específicas incluidas en la convocatoria. 
Cuarto. Dotación de las Beca:
La beca está dotada con catorce mil cuatrocientos euros (14.400 euros).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Los interesados deberán presentar su solicitud en el modelo normalizado que se publicará junto con las bases de esta convocatoria en la sede electrónica de la Diputación Provincial (http://sede.diputacionalicante.es/), en el Registro General de la misma, calle Tucumán, nº 8, 03005 Alicante, o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el B.O. de la Provincia de Alicante. [Nº 118 de 21/06/2019]{del 22 de junio al 15 de julio de 2019, a.i.}

jueves, 9 de mayo de 2019

1 beca de formación en biblioteconomía y documentación relacionada con los fondos bibliográficos del Tribunal Constitucional.

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Becas. Resolución de 26 de abril de 2019, de la Secretaría General del Tribunal Constitucional, por la que se convoca beca de formación en biblioteconomía y documentación relacionada con los fondos bibliográficos del Tribunal Constitucional.
  • PDF (BOE-A-2019-6847 - 9 págs. - 236 KB)
  • Otros formatos 

  • El objeto de la convocatoria es la concesión de una beca para la realización de actividades de formación teórico-práctica en biblioteconomía y documentación relacionadas con la biblioteca del Tribunal Constitucional, en régimen de concurrencia competitiva y conforme a los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación, de acuerdo con las bases que figuran a continuación.

  • Primera. Objeto y condiciones.
  • 1. La beca tiene por objeto la formación teórico-práctica en tareas relacionadas con el estudio y tratamiento bibliográfico de las monografías y las publicaciones periódicas de la biblioteca del Tribunal Constitucional. Los estudios y trabajos realizados quedarán en propiedad del Tribunal.

  • 2. Se convoca una beca, que tendrá una duración de doce meses. La beca podrá ser prorrogada, si fuera conveniente para el programa de formación y previa aceptación del interesado, por un máximo de seis meses, con arreglo a las disponibilidades presupuestarias.

  • 3. La persona beneficiaria de la beca contará con el asesoramiento, orientación y dirección del letrado Jefe del Servicio de Biblioteca y Documentación del Tribunal, quien definirá las tareas a realizar conforme con el correspondiente plan de formación.

  • 4. El disfrute de esta beca no supondrá vinculación laboral o funcionarial alguna entre el becario y el Tribunal Constitucional. No es aplicable a esta beca el Estatuto del personal investigador en formación.

  • Segunda. Dotación de la beca.
  • La dotación de la beca será de 1.150 euros brutos mensuales (siendo 13.800 euros el importe del gasto a comprometer, imputable a la aplicación presupuestaria 487). El Tribunal Constitucional asegurará la cobertura para el becario por el tiempo de duración de la beca, en los términos previstos por la legislación vigente en materia de Seguridad Social.

  • Tercera. Requisitos de los beneficiarios.
  • 1. Para optar a esta beca se deberán reunir las condiciones siguientes:

  • a) Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos: licenciado, graduado, master o doctor en Biblioteconomía y Documentación o análoga, o bien un título de otro país que acredite una formación equivalente.

  • b) Haber finalizado los estudios para la obtención del título universitario indicado en el apartado anterior con posterioridad al 1 de enero de 2014.

  • c) No padecer enfermedad ni discapacidad que impidan la realización efectiva de las prácticas ni haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado o de cualquier entidad de carácter público. Las personas con discapacidad, con grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100 que lo soliciten, recibirán las adaptaciones y los ajustes razonables necesarios de tiempo y medios para la realización de las pruebas de acceso y, en su caso, de las actividades formativas, para asegurar su participación en condiciones de igualdad.

  • d) No hallarse incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

  • e) No haber sido beneficiario de una beca en el Tribunal Constitucional con el mismo objeto de las ahora convocadas. Se exceptúan aquellos supuestos en los que, por razones no imputables al beneficiario, solo hubiera podido disfrutar de la beca por tiempo inferior a seis meses.

  • 2. Serán méritos a valorar los establecidos en el punto 2 de la base sexta de la presente Resolución.

  • Cuarta. Requisitos de las solicitudes.
  • 1. Las solicitudes se ajustarán al modelo que se publica como anexo 1 a la presente resolución, que estará disponible en la dirección web www.tribunalconstitucional.es, y deberán dirigirse al secretario general del Tribunal Constitucional. Dichas solicitudes podrán presentarse en el Registro General del Tribunal Constitucional, calle Domenico Scarlatti, 6 (28003-Madrid), así como por cualquiera de los medios previstos en el 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de lo prevenido respecto de los registros electrónicos en su disposición final séptima.
  • ...

  • Quinta. Plazo de presentación.
  • 1. El plazo de presentación de las instancias será de un mes a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado». {del 10 de mayo al 10* de junio de 2019, a.i.}

  • martes, 2 de abril de 2019

    2 Becas de formación en Control Interno de la Gestión Económico-Financiera de las Entidades Locales para 2019, en la Intervención General de la Diputació d'Alacant.

    BDNS(Identif.):446502
     De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
    Primero. Beneficiarios:
    Las becas se adjudicarán mediante concurso entre los diversos aspirantes a la misma que reúnan los siguientes requisitos y los acrediten documentalmente:
    a)
    Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y residir en la Provincia de Alicante.
    b) Haber finalizado la licenciatura o grado en Ciencias Económicas y Empresariales, Licenciado en Ciencias Políticas y Económicas (sección economía), en Ciencias Políticas, Económicas y Comerciales (sección económicas y comerciales), en Ciencias Económicas y Comerciales, en Ciencias Económicas y Empresariales, en Economía, en Administración y Dirección de Empresas, en Ciencias Actuariales y Financieras y en Investigación y Técnicas de Mercado, sin que haya transcurrido en ningún caso más de 5 años desde la obtención del título exigido.
    Segundo. Objeto:
    La formación en el control interno de la gestión económico-financiera de las entidades locales. 
    Tercero. Bases reguladoras:
    Bases aprobadas el 20 de marzo de 2019 por la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Alicante por la que se habrá de regir la convocatoria para la concesión de dos becas de formación en Control Interno de la Gestión Económico-Financiera de las Entidades Locales para 2019.
    Cuarto. Cuantía:
    El gasto mensual total que supone a la Corporación, cada beca, será de 800,00 €, importe bruto que incluye el total de los gastos de Seguridad Social que se derivan de la aplicación del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, así como la retención de IRPF que corresponda.
    Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
    El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia [Alacant Nº 64 de 02/04/2019] {del 3 al 25 de abril de 2019, a.i.} que se realizará a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, una vez que la Excma. Diputación le haya comunicado el texto de la convocatoria y la información requerida para su publicación, tal y como dispone el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
     Si el último día fuera inhábil, se entenderá que el plazo expira el primer día hábil siguiente.
    El modelo de solicitud podrá descargarse de la página web de la Diputación Provincial de Alicante o recogerse en la Diputación Provincial de Alicante, en el Departamento de Intervención o en el Registro General. [ www.diputacionalicante.es     sede.diputacionalicante.es]
    Toda la documentación que se acompañe a la solicitud deberá presentarse en documentos originales o en fotocopias debidamente compulsadas. La documentación que no cumpla estos requisitos no será tenida en cuenta a la hora de baremar el expediente personal del solicitante.
    Si la solicitud no reúne los requisitos previstos en esta Base, se requerirá al interesado para que, en el plazo de 2 días hábiles, complete dicha documentación exigida. En caso de no ser así se considerará que desiste de su petición y ésta será archivada
    Sexto. Otros datos.
    El número de becas a conceder será de dos, con una duración de hasta seis meses que comprenderán del 1 de julio al 31 de diciembre de cada año convocado. En el caso de que el proceso de selección impidiese el inicio en la fecha indicada, el periodo de seis meses se reducirá al periodo comprendido entre la adjudicación y el 31 de diciembre de cada año convocado.

    miércoles, 20 de febrero de 2019

    1 beca "Our Many Europes" para la formación en documentación museística en el Área de Colecciones del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía

    BDNS(Identif.):440033.
    De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):
    Primero. Beneficiarios. Cualquier persona que esté en posesión de los títulos académicos oficiales que se indican en la beca o bien de títulos extranjeros equivalentes homologados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes. Los nacionales de Estados cuya lengua oficial no sea el español deberán acreditar documentalmente un perfecto dominio, hablado y escrito, de este idioma.
    Segundo. Objeto. Una beca para la formación en documentación museística en el Área de Colecciones del Museo.
    Tercero. Bases reguladoras. Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos.
    Cuarto. Cuantía y duración. El importe de la beca asciende a 20.000 euros anuales. El periodo de disfrute de la beca será de diez meses.
    Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el «Boletín Oficial del Estado». {del 21 de febrero al 13 de marzo de 2019, a.i.}  https://www.museoreinasofia.es

    miércoles, 14 de noviembre de 2018

    1 Beca de Formación en Informática, para 2019. Diputació d'Alacant.

    BDNS(Identif.):423219
    De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8a de la Ley 38/203, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuy texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
    Primero. Beneficiarios:
    Podrán optar a la beca las personas que reúnan los siguientes requisitos en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes:
    Tener nacionalidad española y residir en la provincia de Alicante, con anterioridad a la fecha de publicación de las Bases en el Boletín Oficial de la Provincia.
    Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos: Formación Profesional Grado Medio Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes, o Formación Profesional Grado Medio o Grado Superior en alguna de las ramas de Informática.
    No haber transcurrido más de 3 años desde la obtención de la titulación exigida.
    No haber disfrutado con anterioridad de similar beca a la que se solicita, concedida por la Excma. Diputación Provincial de Alicante.
    Encontrarse al corriente de sus obligaciones devengadas con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOP, respecto de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, derivadas de cualquier ingreso de derecho público.
    Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
    Segundo. Finalidad:
    Constituye el objeto de la Convocatoria Anticipada, la concesión de una beca de Formación en Informática, con destino a la Unidad de Informática de Presidencia del Servicio de Informática, dependiente del Área de Buen Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Alicante.
    Tercero. Bases reguladora y modelo de instancia:
    Las Bases por la que se habrá de regir la convocatoria para la concesión de una beca de formación en Informática para 2019 y modelo de instancia, publicadas en la sede electrónica (sede.diputacionalicante.es), tablón de edictos de la Diputación de Alicante y Boletín Oficial de la provincia de Alicante.
    Cuarto. Importe:
    La cuantía máxima de la beca concedida será de 600 € brutos mensuales, incluyéndose en los mismos el importe total de los gastos de seguridad social que se derivan de la aplicación del real decreto 1493/2011, de 24 de Octubre, así como la retención de IRPF que corresponda.
    Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
    El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. [Alacant Nº 217 de 14/11/2018 ] Si el último día fuera inhábil, se entenderá que el plazo se amplía hasta el primer día hábil siguiente. {del 15 de noviembre al 13 de diciembre de 2018, a.i.}
    El modelo de solicitud se acompañará de fotocopia del Documento Nacional de Identidad, certificado de empadronamiento que acredite la vecindad en algún municipio de la provincia de Alicante, más el anexo con la relación de méritos que el aspirante puede alegar y baremar.
    Los aspirantes, presentarán relación detallada de los méritos que quieran alegar, según modelo que acompaña a la solicitud, postergando la presentación de justificantes, originales o debidamente cotejados para la fase siguiente, una vez elaborada y publicada la relación previa de aspirantes por orden de puntuación.

    miércoles, 1 de agosto de 2018

    1 beca para la formación en comunicación y divulgación de la cultura científico-técnica en un centro de investigación dirigida a personas con titulación universitaria reciente de grado. Instituto de Astrofísica de Canarias (I.A.C.)

    BDNS(Identif.):410028
    De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
    Primero.-Beneficiarios, beneficiarias. Recién titulados o tituladas (curso 2016-2017 o posterior) de grado. Los estudios universitarios tendrán las siguientes características:
    Ámbito curricular del título académico: Ciencias de la Información y Comunicación (Preferentemente especializado en periodismo científico.
    Nivel del Título académico: Título con correspondencia a Nivel 2 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior. RD 967/2014, de 21 de noviembre.
    Segundo.-Objeto, finalidad y duración La presente Resolución tiene por objeto convocar, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, 1 ayuda para la formación de recién titulados o tituladas (curso 2016-2017 o posterior) de grado. Su finalidad es la de formar recién titulados o tituladas recientes de grado.
    Tercero.-Bases reguladoras ORDEN ECI/3260/2006, de 16 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas por el Consorcio Público Instituto de Astrofísica de Canarias, BOE núm. 253 de 23 de octubre de 2006.
    Cuarto.-Dotación de las becas. 1.-La dotación de las Becas de Verano es de 700 Euros brutos mensuales más una cantidad de ayuda para gastos de viaje que se abonará en un pago único cuya cuantía dependerá del lugar de residencia del beneficiario. El IAC proporcionará a los becarios seleccionados un seguro privado de enfermedad y accidente.
    2.- En el supuesto de que los becarios deban efectuar desplazamientos a los observatorios o a otros lugares convenientes para su formación, el IAC podrá abonarles otras ayudas complementarias en la cuantía que se determine, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, previa resolución del Director.
    3.- Los importes fijados son cantidades brutas (íntegros). Dichas cantidades estarán sujetas a la retención que proceda del I.R.P.F.
    Quinto.-Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de solicitudes será hasta el 16 de agosto de 2018 Las solicitudes se dirigirán al director del Consorcio Público Instituto de Astrofísica de Canarias y serán presentadas de cualquiera de las dos formas descritas en la correspondiente resolución.
    Sexto.-Otros datos
    a) Presentación de documentos e incorporación.
    Las personas seleccionadas se incorporarán en la primera quincena de octubre, en la fecha que figurará en la notificación individual que será remitida al adjudicatario/a.
    Las personas seleccionadas deberán presentar, con antelación suficiente a la fecha de incorporación los documentos originales, o fotocopias compulsadas, de todos los documentos presentados para su baremación para que puedan ser cotejados por el Órgano instructor y poder formalizar la correspondiente beca. Asimismo deberán aportar:
    Certificado académico original en el caso de no haberlo hecho en el momento de la presentación de solicitudes.
    A efectos de practicar la correspondiente retención del IRPF y para percibir la ayuda de gastos de viaje prevista en el punto primero de la base tercera, los candidatos seleccionados, no residentes en la isla de Tenerife, deberán presentar certificado de residencia en donde se haga constar su número de identificación.
    b) La Resolución completa, así como el resto de la información relevante del proceso estará publicada en http://www.iac.es/empleo, a partir del día siguiente de la publicación en el BOE de este extracto.

    lunes, 16 de abril de 2018

    1 beca para realizar un proyecto artístico en la "Casa Velázquez" de Madrid durante el curso 2018-2019. Ayuntamiento de Valencia

    Resultado de imagen de beca 'Casa Velázquez' para el curso académico 2018-2019.Anuncio del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre extracto del Acuerdo de 29 de marzo de 2018 de la Junta de Gobierno Local, por el que se aprueba la convocatoria de la beca 'Casa Velázquez' para el curso académico 2018-2019. BDNS (Identif.): 392548.
    ANUNCIO
    De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
    Primero. Beneficiarios:
    Podrán optar a esta beca las personas físicas mayores de edad que acrediten estar empadronadas, al menos, con año de antigüedad en un municipio de la Comunidad Valenciana y que no incurran en ninguna de las causas de prohibición para obtener la condición de personas beneficiarias que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    Segundo. Finalidad:
    El objeto de la presente convocatoria es la concesión de una beca para realizar un proyecto artístico en la "Casa Velázquez" de Madrid durante el curso 2018-2019. La finalidad es apoyar económicamente la formación de jóvenes artistas plásticos de la Comunidad Valenciana, en la Casa de Velázquez.
    Tercero. Bases reguladoras:
    Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de València y sus Organismos Públicos, aprobada inicialmente por acuerdo plenario de 28 de julio de 2016 (BOP 1-09-16), elevada a definitiva por Resolución de Alcaldía nº. Z-903, de fecha 19 de octubre de 2016 (BOP 2-11-16).
    Cuarto. Importe:
    El importe global máximo destinado a atender la beca a la que se refiere la presente convocatoria asciende a un total de 16.000 €.
    Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
    Treinta días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOP. {del 17 de abril al 16 de mayo de 2018, a.i.}

    viernes, 23 de marzo de 2018

    1 Beca de Formación en Psicología. Diputació d'Alacant.

    BDNS(Identif.):390724
    De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, del día 28 de febrero de 2018, por el que se aprueban las Bases de la Convocatoria de una Beca de Formación en Psicología cuyo texto es el siguiente:
    “Primera.- Objeto. Constituye el objeto de la convocatoria la concesión, mediante convocatoria pública, de una Beca de formación en Psicología para Licenciados/Grados en dicha disciplina a realizar en el Centro Dr. Esquerdo de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, a fin de que tales titulados universitarios completen y/o perfeccionen su formación teórica mediante la realización de trabajos de investigación.
    Segunda.- Requisitos de los aspirantes. La beca se adjudicará mediante concurrencia competitiva entre los diversos aspirantes a la misma pudiendo optar aquellas personas que reúnan, en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
    Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y residir en la provincia de Alicante con anterioridad a la fecha de publicación de las Bases en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.).
    Estar en posesión de la Licenciatura o del Grado en Psicología.
    Haber finalizado los estudios con posterioridad al 31 de diciembre de 2012.
    Encontrarse al corriente de sus obligaciones derivadas de cualquier ingreso de derecho público, respecto de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, notificadas con anterioridad al 31 de  diciembre de 2017.
    Estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
    Tercera.- Duración y dotación. La duración de la beca será de 6 meses, a contar desde la fecha de concesión de la misma. El período citado no podrá extenderse más allá del 31 de diciembre de 2018.
    La dotación global de la beca es de cuatro mil ochocientos euros (4.800,00 euros) que se abonarán en mensualidades prorrateadas iguales y previo informe de aprovechamiento emitido por el/la Tutor/a del Centro Dr. Esquerdo practicándose las retenciones por IRPF que corresponda. El gasto mensual total que supone a la Corporación será de 800,00 € e incluye la Seguridad Social a cargo de la Diputación de Alicante, derivado de la aplicación del R.D. 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación. El/la  beneficiario/a percibirá directamente por meses vencidos el importe mensual anterior, descontada la Seguridad Social a cargo de la Corporación. Además, serán de aplicación los descuentos correspondientes al IRPF y  Seguridad Social a cargo del becario/a.
    Cuarta.- Solicitudes. Las solicitudes se formularán conforme al modelo que figura como Anexo a estas Bases que estará disponible en la página web oficial de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, en la siguiente dirección: sede.diputacionalicante.es, se presentarán en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial en horario de oficina, de lunes a viernes (calle Tucumán nº 8, C.P. 03005 Alicante), por cualquiera de los procedimientos establecidos en el Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o a través de los medios telemáticos establecidos para ello en la sede electrónica de la Diputación, en la dirección, sede.diputacionalicante.es, en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la Convocatoria en el BOP [Alacant Nº 58 de 23/03/2018], por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, una vez que se haya presentado ante ésta el texto de la Convocatoria y la información requerida para su publicación. Si el último día fuese sábado, domingo o festivo, el plazo concluirá el siguiente día hábil.{del 24 de marzo al 17 de abril de 2018, a.i.} Deberán presentarse debidamente cumplimentadas en todos sus apartados y de forma verídica y completa.

    jueves, 23 de noviembre de 2017

    1 Beca de Formación en Museografía y Museología para Licenciados en Historia o Graduados en Historia, para 2018, en el Museo Arqueologico Municipal "Camilo Visedo Molto" de Alcoy.

    BDNS(Identif.):371990
    EXTRACTO DEL ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE FECHA 17 DE NOVIEMBRE DE 2017, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES DE LA CONVOCATORIA DE UNA BECA DE FORMACION EN MUSEOGRAFIA Y MUSEOLOGIA GRADUADOS EN HISTORIA PARA EL MUSEO ARQUEOLOGICO MUNICIPAL DE ALCOY CORRESPONDIENTE AL AÑO 2018.
    De conformidad con lo previsto en los articulos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
    Primero. Beneficiarios: 
    Licenciados en Historia o Graduados en Historia, residentes en el estado español que hayan terminado los estudios dentro de los tres cursos academicos inmediatamente anteriores al de la convocatoria de la beca (2014-2015; 2015-2016; 2016-2017).
    Segundo. Objeto:
    Convocar una beca de 12 meses, en regimen de concurrencia competitiva, destinada a la formacion de Licenciados en Historia o Graduados en Historia, para 2018, en el Museo Arqueologico Municipal "Camilo Visedo Molto" de Alcoy.
    Tercero. Bases reguladoras:
    De acuerdo con el articulo 17.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la presente convocatoria se rige por la Ordenanza Reguladora de la Adjudicacion de Becas de practicas para universitarios y estudiantes de Formacion Profesional en el Ayuntamiento de Alcoy, aprobada por el Pleno Municipal del Ayuntamiento de Alcoy en fecha 30 de septiembre de 2013, y publicada en el Boletin Oficial de la Provincia de Alicante numero 239, de fecha 17 de diciembre de 2013.
    Cuarto. Importe:
    La dotacion presupuestaria adscrita al pago de la beca es con cargo a la partida presupuestaria del Presupuesto Municipal de 2018 (05844.33361.48222).
    El importe de la Beca sera de 8.200,00 €., a razon de 683,33 € brutos cada mes.
    Quinto. Plazo y lugar de presentacion de las solicitudes:
    Las solicitudes se realizaran mediante una instancia dirigida al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, y se deberan presentar en el Registro de Entrada del Ayuntamiento (C/ San Lorenzo, 6 ? 03801 Alcoy, Alicante) o por cualquiera de los medios señalados en el articulo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,  del Procedimiento Administrativo Comun de las Administraciones Publicas, en el plazo de quince dias habiles contados a partir del  siguiente al de la publicacion de la convocatoria en el Boletin Oficial de la Provincia. [Alacant Nº 224 de 23/11/2017 ]

    jueves, 9 de noviembre de 2017

    1 beca de Formación en Informática, con destino a la Unidad de Informática de Presidencia del Servicio de Informática, dependiente del Área de Buen Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Alicante.

    BDNS(Identif.):369389
    De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8a de la Ley 38/203, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuy texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
    Primero. Beneficiarios:
    Podrán optar a la beca las personas que reúnan los siguientes requisitos en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes:
    Tener nacionalidad española y residir en la provincia de Alicante, con anterioridad a la fecha de publicación de las Bases en el Boletín Oficial de la Provincia.
    Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos: Formación Profesional Grado Medio Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes, o Formación Profesional Grado Medio o Grado Superior en alguna de las ramas de Informática.
    No haber transcurrido más de 3 años desde la obtención de la titulación exigida.
    No haber disfrutado con anterioridad de similar beca a la que se solicita, concedida por la Excma. Diputación Provincial de Alicante.
    Encontrarse al corriente de sus obligaciones devengadas con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOP, respecto de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, derivadas de cualquier ingreso de derecho público.
    Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
    Segundo. Finalidad:
    Constituye el objeto de la Convocatoria Anticipada, la concesión de una beca de Formación en Informática, con destino a la Unidad de Informática de Presidencia del Servicio de Informática, dependiente del Área de Buen Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Alicante.
    Tercero. Bases reguladora y modelo de instancia:
    Las Bases por la que se habrá de regir la convocatoria para la concesión de una beca de formación en Informática para 2017 y modelo de instancia, publicadas en la sede electrónica (sede.diputacionalicante.es), tablón de edictos de la Diputación de Alicante y Boletín Oficial de la provincia de Alicante.
    Cuarto. Importe:
    La cuantía máxima de la beca concedida será de 600 € brutos mensuales, incluyéndose en los mismos el importe total de los gastos de seguridad social que se derivan de la aplicación del real decreto 1493/2011, de 24 de Octubre, así como la retención de IRPF que corresponda.
    Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
    El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. [Alacant Nº 213 de 08/11/2017 ] Si el último día fuera inhábil, se entenderá que el plazo se amplía hasta el primer día hábil siguiente. {del 9 de noviembre al 7 de diciembre de 2017, a.i.}
    El modelo de solicitud se acompañará de fotocopia del Documento Nacional de Identidad, certificado de empadronamiento que acredite la vecindad en algún municipio de la provincia de Alicante, más el anexo con la relación de méritos que el aspirante puede alegar y baremar.
    Los aspirantes, presentarán relación detallada de los méritos que quieran alegar, según modelo que acompaña a la solicitud, postergando la presentación de justificantes, originales o debidamente cotejados para la fase siguiente, una vez elaborada y publicada la relación previa de aspirantes por orden de puntuación.