BDNS(Identif.):390724
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, del día 28 de febrero de 2018, por el que se aprueban las Bases de la Convocatoria de una Beca de Formación en Psicología cuyo texto es el siguiente:
“Primera.- Objeto. Constituye el objeto de la convocatoria la concesión, mediante convocatoria pública, de una Beca de formación en Psicología para Licenciados/Grados en dicha disciplina a realizar en el Centro Dr. Esquerdo de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, a fin de que tales titulados universitarios completen y/o perfeccionen su formación teórica mediante la realización de trabajos de investigación.
Segunda.- Requisitos de los aspirantes. La beca se adjudicará mediante concurrencia competitiva entre los diversos aspirantes a la misma pudiendo optar aquellas personas que reúnan, en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y residir en la provincia de Alicante con anterioridad a la fecha de publicación de las Bases en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, del día 28 de febrero de 2018, por el que se aprueban las Bases de la Convocatoria de una Beca de Formación en Psicología cuyo texto es el siguiente:
“Primera.- Objeto. Constituye el objeto de la convocatoria la concesión, mediante convocatoria pública, de una Beca de formación en Psicología para Licenciados/Grados en dicha disciplina a realizar en el Centro Dr. Esquerdo de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, a fin de que tales titulados universitarios completen y/o perfeccionen su formación teórica mediante la realización de trabajos de investigación.
Segunda.- Requisitos de los aspirantes. La beca se adjudicará mediante concurrencia competitiva entre los diversos aspirantes a la misma pudiendo optar aquellas personas que reúnan, en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y residir en la provincia de Alicante con anterioridad a la fecha de publicación de las Bases en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.).
Estar en posesión de la Licenciatura o del Grado en Psicología.
Haber finalizado los estudios con posterioridad al 31 de diciembre de 2012.
Encontrarse al corriente de sus obligaciones derivadas de cualquier ingreso de derecho público, respecto de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, notificadas con anterioridad al 31 de diciembre de 2017.
Estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Tercera.- Duración y dotación. La duración de la beca será de 6 meses, a contar desde la fecha de concesión de la misma. El período citado no podrá extenderse más allá del 31 de diciembre de 2018.
La dotación global de la beca es de cuatro mil ochocientos euros (4.800,00 euros) que se abonarán en mensualidades prorrateadas iguales y previo informe de aprovechamiento emitido por el/la Tutor/a del Centro Dr. Esquerdo practicándose las retenciones por IRPF que corresponda. El gasto mensual total que supone a la Corporación será de 800,00 € e incluye la Seguridad Social a cargo de la Diputación de Alicante, derivado de la aplicación del R.D. 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación. El/la beneficiario/a percibirá directamente por meses vencidos el importe mensual anterior, descontada la Seguridad Social a cargo de la Corporación. Además, serán de aplicación los descuentos correspondientes al IRPF y Seguridad Social a cargo del becario/a.
Haber finalizado los estudios con posterioridad al 31 de diciembre de 2012.
Encontrarse al corriente de sus obligaciones derivadas de cualquier ingreso de derecho público, respecto de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, notificadas con anterioridad al 31 de diciembre de 2017.
Estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Tercera.- Duración y dotación. La duración de la beca será de 6 meses, a contar desde la fecha de concesión de la misma. El período citado no podrá extenderse más allá del 31 de diciembre de 2018.
La dotación global de la beca es de cuatro mil ochocientos euros (4.800,00 euros) que se abonarán en mensualidades prorrateadas iguales y previo informe de aprovechamiento emitido por el/la Tutor/a del Centro Dr. Esquerdo practicándose las retenciones por IRPF que corresponda. El gasto mensual total que supone a la Corporación será de 800,00 € e incluye la Seguridad Social a cargo de la Diputación de Alicante, derivado de la aplicación del R.D. 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación. El/la beneficiario/a percibirá directamente por meses vencidos el importe mensual anterior, descontada la Seguridad Social a cargo de la Corporación. Además, serán de aplicación los descuentos correspondientes al IRPF y Seguridad Social a cargo del becario/a.
Cuarta.- Solicitudes. Las solicitudes se formularán conforme al modelo que figura como Anexo a estas Bases que estará disponible en la página web oficial de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, en la siguiente dirección: sede.diputacionalicante.es, se presentarán en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial en horario de oficina, de lunes a viernes (calle Tucumán nº 8, C.P. 03005 Alicante), por cualquiera de los procedimientos establecidos en el Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o a través de los medios telemáticos establecidos para ello en la sede electrónica de la Diputación, en la dirección, sede.diputacionalicante.es, en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la Convocatoria en el BOP [Alacant Nº 58 de 23/03/2018], por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, una vez que se haya presentado ante ésta el texto de la Convocatoria y la información requerida para su publicación. Si el último día fuese sábado, domingo o festivo, el plazo concluirá el siguiente día hábil.{del 24 de marzo al 17 de abril de 2018, a.i.} Deberán presentarse debidamente cumplimentadas en todos sus apartados y de forma verídica y completa.
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