- Acuerdo de 21 de marzo de 2018, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convocan plazas de Magistrado suplente y de Juez sustituto, para el año judicial 2018/2019, en el ámbito de los Tribunales Superiores de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, Aragón, Principado de Asturias, Las Islas Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, Comunidad Foral de Navarra, País Vasco y La Rioja.
... convocar concurso público para cubrir las plazas de
Magistrado suplente y de Juez sustituto en el ámbito de los Tribunales
Superiores de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, Aragón, Principado
de Asturias, Les Islas Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla y León,
Castilla-La Mancha, Cataluña, Comunidad Valenciana, Extremadura,
Galicia, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, Comunidad Foral de
Navarra, País Vasco y La Rioja que se consideran de necesaria provisión
para el año judicial 2018/2019. El concurso se regirá por las siguientes
bases:
Primera. Las plazas a cubrir son las incluidas en anexo I.
Las plazas convocadas conjuntamente para varias demarcaciones
judiciales no podrán ser solicitadas separadamente sino agrupadamente
tal y como figuran en el anexo I.
Segunda. Sólo podrán tomar parte en el concurso quienes, a
la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes, reúnan
los requisitos siguientes:
– Ser español/a, mayor de edad y Licenciado/a
en Derecho o Graduado/a en Derecho, así como no estar incurso/a en causa
de incapacidad de las previstas en el artículo 303 de la Ley Orgánica
del Poder Judicial.
– Disponer de facilidad de desplazamiento al
municipio donde tenga su sede el órgano judicial para el que se pretende
el nombramiento.
Tercera. No podrán ser propuestos/as los que hayan
cumplido la edad de setenta años o la cumplan antes del comienzo del año
judicial a que se refiere la presente convocatoria.
Cuarta. Quienes deseen tomar parte en el presente
concurso público dirigirán sus solicitudes, según la plaza que se
pretenda, al Presidente del Tribunal Superior de Justicia respectivo,
bien directamente o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cuya vigencia deriva
de la previsión expresamente establecida al efecto en el apartado
segundo, in fine, de la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días naturales a contar
desde el siguiente al de publicación de la presente convocatoria en el
«Boletín Oficial del Estado».{del 27 de marzo al 15 de abril de 2018, a.i.} Las solicitudes que se presenten a través
de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para que el
funcionario correspondiente pueda estampar en ellas el sello de fechas
antes de certificarlas.
Quinta. A la solicitud se acompañarán fotocopias del
documento nacional de identidad, del título de Licenciado en Derecho o
de Graduado en Derecho o del justificante de pago del mismo, de la
certificación literal del expediente académico de la indicada
licenciatura o graduación, así como los documentos acreditativos de los
méritos alegados por el/la concursante en los términos señalados en la
base octava de la convocatoria.
Los/as que hubiesen sido nombrados/as Magistrados
suplentes y Jueces sustitutos dentro de los cuatro años precedentes a
fecha de esta convocatoria sólo estarán obligados a aportar aquella
documentación que sea acreditativa de los nuevos méritos que hubieran
contraído, salvo que la solicitud se dirigiera a distinto Tribunal
Superior de Justicia para el que fueron nombrados, en cuyo caso será de
aplicación lo señalado en el párrafo anterior.
Así mismo, los/as interesados/as acompañarán a su
instancia un certificado de antecedentes penales, salvo los/as que
ostenten la condición de funcionario público al servicio de las
distintas Administraciones Públicas.
Las solicitudes y documentos que las acompañen se presentarán por duplicado.
Sexta. Las solicitudes se ajustarán necesariamente al modelo incluido en el anexo II, no siendo admisibles en caso contrario.
ANEXO I ...
Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana
Magistrados suplentes:
Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana: Siete plazas (orden jurisdiccional social).
Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana: Dos plazas (orden jurisdiccional contencioso-administrativo).
Audiencia Provincial de Alicante: Cuatro plazas.
Audiencia Provincial de Castellón: Nueve plazas.
Audiencia Provincial de Valencia: Diez plazas.
Jueces sustitutos:
Alicante/Alacant, Alcoy/Alcoi, Benidorm, Denia,
Elche/Elx, Elda, Ibi, Novelda, Orihuela, San Vicente del Raspeig/Sant
Vicent del Raspeig, Torrevieja, Villajoyosa/Vila Joiosa, Villena
(Alicante): Dieciocho plazas.
Castellón de la Plana/Castello de la Plana, Nules, Segorbe, Villarreal/Vila-Real, Vinaròs (Castellón): Trece plazas.
Valencia, Alzira, Carlet, Catarroja, Gandia,
Llíria, Massamagrell, Mislata, Moncada, Ontinyent, Paterna, Picassent,
Quart de Poblet, Requena, Sagunto/Sagunt, Sueca, Torrent, Xàtiva
(Valencia): Treinta y cinco plazas.
...
Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia
Magistrados suplentes:
Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia: Dos plazas.
Audiencia Provincial de Murcia: Dos plazas.
Jueces sustitutos:
Murcia, Caravaca de la Cruz, Cartagena, Cieza, Jumilla, Lorca, Molina de Segura, Mula, San Javier, Totana, Yecla: Veinte plazas.
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