Ministerio de Fomento. Extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, por la que se convocan ayudas para la formación en relación con el transporte por carretera para el año 2018.
BDNS(Identif.):390204
De conformidad con lo previsto en los artículos
17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ):
Primero. Beneficiarios. Asociaciones profesionales de transportistas o de
empresas de actividades auxiliares y complementarias del transporte por
carretera definidas en el artículo 1 de la Ley 16/1987, de 30 de julio,
de Ordenación de los Transportes Terrestres, con implantación, al
menos, en tres Comunidades Autónomas y, en los mismos términos, a
asociaciones profesionales de trabajadores. Otras entidades sin ánimo de
lucro, públicas o privadas, con vinculación acreditada al sector del
transporte terrestre.
Segundo. Objeto. Ayuda para la formación en relación con el transporte por carretera.
Tercero. Bases reguladoras. La Orden FOM/3591/2008, de 27 de noviembre («BOE»
de 11 de diciembre), modificada por la Orden FOM/2423/2013, de 18 de
diciembre («BOE» de 26 de diciembre) y la Orden FOM/64/2017, de 30 de
enero (B.O.E. de 2 de febrero) aprobó las bases reguladoras de estas
ayudas.
Cuarto. Cuantía.
Cuantía máxima: 3.842.000 euros, repartida entre todos los solicitantes que resulten beneficiarios.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Sexto. Otros datos. La solicitud debe realizarse a través de la sede
electrónica del Ministerio de Fomento, a la que debe acompañarse el
archivo Excel descargable en dicha sede, totalmente cumplimentado.
El pago podrá realizarse de forma inmediata a su
otorgamiento cuando se presente resguardo acreditativo de la
constitución de una garantía ante la Caja General de Depósitos a
disposición de la Dirección General de Transporte Terrestre por el
importe total de la subvención.
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