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martes, 9 de marzo de 2010

ayudas para la conservación del patrimonio cinematográfico.

MINISTERIO DE CULTURA. Ayudas
Resolución de 23 de febrero de 2010, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se convocan para el año 2010 ayudas para la conservación del patrimonio cinematográfico.
PDF (BOE-A-2010-3979 - 13 págs. - 373 KB)
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Objeto y condiciones.- 1. Se convocan para el año 2010, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas para la conservación del patrimonio cinematográfico, destinadas a subvencionar hasta el 50 por 100 del coste de la realización de las duplicaciones de las obras cinematográficas y audiovisuales precisas para garantizar su preservación, mediante alguna de las siguientes opciones:
a) La obtención de un conjunto de duplicado positivo y duplicado negativo (interpositivo e internegativo) desde los negativos originales, además de la obtención de un segundo negativo de sonido.
b) La obtención de un segundo intermediate negativo o tres duplicados de separación en blanco y negro desde el master digital de imagen, además de la obtención de un segundo negativo de sonido. En este segundo caso, podrá considerarse como elemento de preservación de imagen la realización de un interpositivo, siempre que se justifique su calidad a partir de una prueba de imagen de internegativo y copia, de unos cuarenta metros y no coincidiendo con los títulos de crédito.
c) La obtención de un duplicado del master digital sobre el que se plantea la conservación íntegra de la obra, si no existiera un soporte fotoquímico.
2. Las obras cinematográficas y audiovisuales objeto de la preservación deberán disponer del certificado de nacionalidad española y de la resolución de calificación por grupos de edad expedidos con anterioridad a la fecha límite para la presentación de las solicitudes.
Cuantía.- 2. La cuantía de cada ayuda no podrá superar el 50 por 100 del coste de realización de los duplicados que se citan en el apartado primero, con el límite máximo de 75.000 euros.
Beneficiarios.- 1. Podrán optar a estas ayudas los productores o propietarios de las obras cinematográficas y audiovisuales y de su soporte original que cumplan los requisitos generales para obtener la condición de beneficiario establecidos en el artículo 13 de la Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre, y se comprometan a no exportar dicho soporte original durante un periodo mínimo de diez años. Cuando sean varios los productores o propietarios, el compromiso se efectuará de forma solidaria.
2. No podrán optar a las ayudas quienes se encuentren afectados por alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Solicitudes. Presentación y plazo.- 1. La solicitud y el formulario que forma parte integrante de la misma se presentarán a través del Registro electrónico del Ministerio de Cultura, conforme a los requisitos que lo rigen (http://www.mcu.es/registro/ ).
2. En caso de no utilizar el mencionado sistema de presentación, la solicitud y el formulario, en el modelo oficial publicado como anexo de esta resolución, podrán presentarse en el Registro General del Ministerio de Cultura, Plaza del Rey nº 1, 28071 Madrid, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3. El plazo para la presentación de solicitudes comprenderá desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado» hasta el día 15 de abril de 2010, ambos inclusive.

domingo, 3 de enero de 2010

Becas para ciudadanos españoles e iberoamericanos para ampliación de estudios artísticos en la Academia de España en Roma

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN. 21139. Resolución de 21 de diciembre de 2009, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se aprueba la convocatoria de becas para ciudadanos españoles e iberoamericanos para ampliación de estudios artísticos en la Academia de España en Roma, en colaboración con la Fundación Rafael del Pino, curso académico 2010-2011.
Objeto.– La convocatoria presente tiene por objeto financiar, en concepto de subvención, el coste que implica la estancia en la Academia de España en Roma de creadores, investigadores, restauradores españoles e iberoamericanos para la realización de estudios, o desarrollo de proyectos en la misma.
Duración y distribución de las becas. Instituciones patrocinadoras y especialidades.– La duración de las becas será del 1 de octubre de 2010 al 30 de junio de 2011, por trimestres naturales acumulables.
Por parte del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación (MAEC) y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) se concederán becas para las siguientes especialidades
Artes visuales:
Escultura.
Pintura.
Videocreación.
Grabado.
Otros.
Arquitectura.
Fotografía.
Música y musicología.
Artes escénicas.
Cine.
Creación y crítica literaria.
Estética y museología.
Teoría, análisis, y crítica de las Bellas Artes.

En colaboración con la Fundación Rafael del Pino, se concederán becas en la especialidad de Arquitectura en Restauración del Patrimonio Artístico y Cultural.
Requisitos.- 1. Ser ciudadano español e iberoamericano titulado universitario superior o artista y creador de demostrable trayectoria, sin límite de edad, en áreas afines a cada una de las especialidades mencionadas anteriormente.
2. Los solicitantes con doble nacionalidad deberán elegir la nacionalidad con la que desean cumplimentar el formulario de solicitud de beca y, en consecuencia, aportar los datos de identificación correspondientes a la misma.
En caso de los solicitantes procedentes de un país miembro de la Unión Europea deben poseer perfecto dominio del español y residencia oficial y cotidiana demostrable en España, en el momento de solicitar la beca.
3. Solicitud de una sola beca por persona y convocatoria.
4. No haber sido beneficiario de ningún programa de la Convocatoria de Becas MAEC-AECID, de 6 o más meses, ni de la Fundación Carolina, en los últimos tres años.
5. Estar en posesión de pasaporte nacional con validez mínima de 6 meses en el momento de incorporarse a la Academia de España en Roma, para los solicitantes iberoamericanos, o del DNI, para los españoles.
6. No encontrarse incurso en alguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE de 18-11-2003 España), lo que se acreditará mediante presentación de Declaración Responsable según el modelo recogido en el anexo II de la presente convocatoria. Se excluye, sin embargo, la prohibición recogida en el apartado f) de la Ley 38/2003, tal y como se establece en la base tercera de la Orden de bases de 11 de abril de 2005, que regula la presente convocatoria.
7. Indicar una dirección de correo electrónico permanente, personal e intransferible a efectos de notificaciones.
8. Rellenar en buena y debida forma, el correspondiente formulario de solicitud de beca.

Presentación de solicitudes y plazos.– La solicitud de beca tendrá que ser cumplimentada debida y enteramente en español por los peticionarios en el formulario correspondiente por vía telemática, conformado en www.aecid.es/becas , de forma completa y verídica, quedando ulterior y automáticamente eliminadas aquellas solicitudes que aleguen datos no contrastables o falsos, así como las no presentadas vía telemática.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 15 de enero al 12 de febrero de 2010.
Los solicitantes de beca deberán presentar la documentación exigida en el Registro General de la AECID (avenida Reyes Católicos, 4, 28040 Madrid). La presentación de documentación también se podrá realizar alternativamente en los registros de los organismos administrativos relacionados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Dotación.–Las condiciones económicas de la presente convocatoria son las siguientes:
Dotación mensual: 1.200 euros mensuales.
Alojamiento en la Academia de España en Roma, sin manutención.
Ayuda de viaje: Reembolso único para ayuda de viaje por importe de 700 euros.
Seguros: Asistencia médica primaria, no farmacéutica, y seguro de accidentes.