Anuncio del Ayuntamiento de Gandia sobre bases para la selección de seis subalternos de administración general mediante concurso-oposición libre.ANUNCIO
Por Resolución de 24 de octubre de 2018 del
Concejal de Gobierno Delegado del área de Administración, Modernización y
Gobierno Abierto del Ayuntamiento de Gandia, se han aprobado las bases
para la selección de seis subalternos de Administración General. De
conformidad con las referidas Bases, se procede a publicar la presente
convocatoria y las Bases en el Boletín Oficial de la provincia y
extracto de la convocatoria, en el Boletín Oficial del Estado.
El
plazo de presentación de solicitudes es de 20 días hábiles contados
desde el día siguiente a la publicación del
extracto de la presente
convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.BASES DEL PROCEDIMIENTO SELECTIVO PARA LA SELECCIÓN DE SEIS PLAZAS DE SUBALTERNO MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN.Base primera. Objeto de la convocatoria. Es
objeto de la presente convocatoria la selección en propiedad por el
procedimiento de
concurso-oposición libre de seis plazas de subalterno,
cubriéndose cinco de ellas por el turno libre y
una por el turno de
discapacidad intelectual vacantes en la plantilla de este Ayuntamiento y
que figuran incluidas en la Oferta de Empleo Público para el año 2017,
encuadradas en la escala de Administración General, clase Agrupaciones
profesionales, que se encuentran dotadas con las retribuciones
legalmente establecidas y correspondiente a su subgrupo de clasificación
según el art. 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015, de
30 de octubre (TRLEBEP).
Base tercera. Condiciones o requisitos que deben reunir o cumplir los aspirantes. Para
ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los
aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, referidos al día en
que finalice el plazo de admisión de solicitudes:1. Turno Libre:
a)
Tener la nacionalidad española o la de uno de los restantes Estados
miembros de la Unión Europea. Igualmente será de aplicación, cualquiera
que sea su nacionalidad, al cónyuge de los españoles y de los nacionales
de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén
separados de derecho y a sus descendientes y a los de su cónyuge siempre
que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o
mayores de dicha edad dependientes.
b) Poseer la capacidad funcional
para el desempeño de las tareas y funciones correspondientes a las
plazas objeto de la convocatoria.
c) Tener cumplidos dieciséis años, y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d)
Estar en posesión del título de
certificado de escolaridad o las
titulaciones equivalentes que correspondan, conforme al sistema vigente
de titulaciones cuando así quede acreditado por la Administración
Educativa competente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que
termine el plazo de presentación de solicitudes. En su caso, la
equivalencia deberá ser aportada por el personal aspirante mediante
certificación expedida al efecto por la Administración Educativa
competente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se
deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o
convalidación, en su caso.
e) No haber sido separado mediante
expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación
absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución
judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para
ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del
personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el
caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en
situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso
al empleo público.
f) Estar en posesión del
certificado de
"Coneixements Orals de Valencià" o Certificat A2 de la Junta
Qualificadora de Coneixements del Valencià.2. Turno para personas con discapacidad:a)
Tener la nacionalidad española o la de uno de los restantes Estados
miembros de la Unión Europea. Igualmente será de aplicación, cualquiera
que sea su nacionalidad, al cónyuge de los españoles y de los nacionales
de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén
separados de derecho y a sus descendientes y a los de su cónyuge siempre
que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o
mayores de dicha edad dependientes.
b) Poseer la capacidad funcional
para el desempeño de las tareas y funciones correspondientes a las
plazas objeto de la convocatoria.
c) Tener cumplidos dieciséis años, y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d)
Estar en posesión del título de
certificado de escolaridad o las
titulaciones equivalentes que correspondan, conforme al sistema vigente
de titulaciones cuando así quede acreditado por la Administración
Educativa competente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que
termine el plazo de presentación de solicitudes. En su caso, la
equivalencia deberá ser aportada por el personal aspirante mediante
certificación expedida al efecto por la Administración Educativa
competente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se
deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o
convalidación, en su caso.
e) No haber sido separado mediante
expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación
absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución
judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para
ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del
personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el
caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en
situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso
al empleo público.
f) Tener reconocido oficialmente un
grado de
discapacidad intelectual igual o superior al 33%, por el organismo
oficial competente.
g) Estar en posesión del
certificado de
"Coneixements Orals de Valencià" o Certificat A2 de la Junta
Qualificadora de Coneixements del Valencià.Base cuarta. Igualdad de condiciones. El
órgano de selección establecerá, para las personas con discapacidad que
así lo manifiesten en su solicitud de participación, las adaptaciones
posibles de tiempo y medios para la realización de las pruebas
selectivas. Para ello, deberán presentar certificación de la Conselleria
de Bienestar Social, u órgano competente de otras comunidades autónomas
o de la Administración del Estado, que acredite su condición de
discapacidad, así como la compatibilidad con el desempeño de las tareas y
funciones de la plaza objeto de la presente convocatoria.
A estos
efectos, de acuerdo con el art. 4.2 del Real Decreto Legislativo 1/2013,
de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión
social, tendrán la consideración de personas con discapacidad aquellas a
quienes se les haya reconocido un grado de minusvalía igual o superior
al 33 %. En todo caso, se considerarán afectados por la minusvalía en
grado igual o superior al 33% los pensionistas de la Seguridad Social
que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado
de total, absoluta o gran invalidez, y a los pensionistas de clases
pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por
incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
Base quinta. Solicitudes y admisión de aspirantes. En
las solicitudes para tomar parte en la presente oposición,, que deberán
estar debidamente cumplimentadas, según el turno por el que se desee
acceder, los aspirantes manifestarán que reúnen todas y cada una de las
condiciones y requisitos exigidos en la Base tercera y en su caso Base
cuarta, referidas a la fecha de terminación del plazo de presentación de
solicitudes, y serán dirigidas a la Alcaldía del Ayuntamiento de
Gandia,
debiendo presentarse en su
Registro General (Pl. de
l'Ajuntament, 1 de Gandia), o en los lugares que determina el art. 16 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas (Ley 39/2015), debidamente
reintegradas,
dentro del plazo de 20 días hábiles, contados a partir del
siguiente al de la publicación del
extracto de la convocatoria en el
Boletín Oficial del Estado. El modelo de solicitud para tomar parte
en las pruebas será el facilitado gratuitamente por el Ayuntamiento
(Oficina de Información Municipal, página web:
www.gandia.org).
Los
derechos de examen serán abonados por los aspirantes antes de presentar
la instancia, cuyo importe se fija en
15 €. El pago de los derechos de
examen se hará efectivo mediante la formalización de autoliquidación, a
través del modelo oficial que facilita el Ayuntamiento de Gandia y que
se encuentra en la página web del Ayuntamiento (
www.gandia.org) y su
ingreso en cualquiera de las entidades colaboradoras en la recaudación
municipal. En la instancia para participar en el proceso selectivo se
adjuntará copia del resguardo acreditativo del abono de las tasas.
Los
derechos de examen se devolverán a las personas que no sean admitidas
al procedimiento selectivo por falta de alguno de los requisitos
exigidos para tomar parte en él, así como aquellos que renuncian a
participar en el proceso de selección antes de la publicación de la
lista definitiva de admitidos y excluidos.
Turno para personas con
discapacidad: Asímismo, para el turno para personas con discapacidad, a
las instancias también deberá acompañarse la documentación acreditativa
del grado de discapacidad emitida por el organismo competente.