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martes, 3 de diciembre de 2019

3 plazas de Arquitecto Técnico, 3+1 plazas de Auxiliar de Biblioteca, 2 plazas de Ayudante Técnico Sanitario, 2 plazas de Delineante, 3 plazas de Trabajador/a Social, 4 plazas de Educador/a Social, 2 plazas de Educador/a, 1 de ITOP, 1 plaza de I.T.Industrial, 1 plaza de Médico, 1 plaza de TAG, 9+1+2 plazas de Ordenanza, 1 plaza de Conserje, 1 plaza de T.M. de Educación y Cultura, del Ayuntamiento de Murcia.

En el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» número 268, de 20 de noviembre de 2019, se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para proveer:

Tres plazas de Arquitecto Técnico, pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala Técnica y clase Técnico Medio, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre.

Tres plazas de Auxiliar de Biblioteca, pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales y clase Cometidos Especiales, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre.

Una plaza de Auxiliar de Biblioteca, perteneciente a la escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales y clase Cometidos Especiales, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno de reserva de discapacitados.

Dos plazas de Ayudante Técnico Sanitario, pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala Técnica y clase Técnico Medio, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre.

Dos plazas de Delineante, pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala Técnica y clase Técnico Auxiliar, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre.

Tres plazas de Diplomado en Trabajo Social, pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala Técnica y clase Técnico Medio, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre.

Dos plazas de Educador, pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales y clase Cometidos Especiales, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre.

Cuatro plazas de Educador Social, pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala Técnica y clase Técnico Medio, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre.

Una plaza de Ingeniero Técnico en Obras Públicas, perteneciente a la escala de Administración Especial, subescala Técnica y clase Técnico Medio, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre.

Una plaza de Ingeniero Técnico Industrial, perteneciente a la escala de Administración Especial, subescala Técnica y clase Técnico Medio, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre.

Una plaza de Médico, perteneciente a la escala de Administración Especial, subescala Técnica y clase Técnico Superior, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre.

Una plaza de Técnico de Administración General, perteneciente a la escala de Administración General, subescala Técnica, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre.

Tres plazas de Técnico Medio de Educación y Cultura, pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala Técnica y clase Técnico Medio, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre.

Nueve plazas de Ordenanza, pertenecientes a la escala de Administración General, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre.

Una plaza de Ordenanza, perteneciente a la escala de Administración General, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno de reserva de discapacitados.

Una plaza de Asesor Jurídico de la plantilla de personal laboral fijo, a cubrir por el sistema de concurso-oposición, en turno libre.

Una plaza de Conserje de Colegio de la plantilla de personal laboral fijo, a cubrir por el sistema de concurso-oposición, en turno libre.

Una plaza de Ordenanza de la plantilla de personal laboral fijo, a cubrir por el sistema de concurso-oposición, en turno libre.

Una plaza de Ordenanza de la plantilla de personal laboral fijo, a cubrir por el sistema de concurso-oposición, en turno de reserva de discapacidad intelectual.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado». {del 30 de noviembre al 19 de diciembre de 2019, a.i.}

Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en la forma prevista en las propias bases.  https://www.murcia.es

jueves, 28 de noviembre de 2019

1 plaza de Conserje (AP) del Colegio Público Segaria, del Ayuntamiento de El Verger (Alicante)

En el «Boletín Oficial de la Provincia de Alicante» número 209, de 4 de noviembre de 2019, se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para proveer:
Una plaza de Conserje Colegio Público Segaria, perteneciente a la escala de Administración General, subescala Conserje, grupo AP, mediante el sistema de oposición, en turno libre.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 29 de noviemvbre al 30 de diciembre de 2019, a.i.}
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en el «Boletín Oficial de la Provincia de Alicante», y en la sede electrónica del Ayuntamiento de El Verger y, en su caso, en el tablón de anuncios, para mayor difusión. www.elverger.es   https://elverger.sedelectronica.es

viernes, 22 de noviembre de 2019

Bases: 1 Técnico de igualdad (A2), 3+1 Conductor/a (C2), 2 Chófer (C2), 14+1 Peón limpieza/residuos (AP), 1+1 Conseje (AP), . Ayuntamiento de Jumilla

La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión del 30 de octubre acordó aprobar las bases de la convocatoria para la provisión mediante Concurso-Oposición por promoción libre de las siguientes plazas encuadradas en la plantilla de funcionarios de carrera y personal laboral fijo del Excmo. Ayuntamiento de Jumilla y pertenecientes a la ejecución de la Oferta de Empleo de los años 2018-2019: 
La convocatoria tal y como se señala en las bases será publicada en el BOE. 
Bases reguladoras para la provisión en propiedad mediante los sistemas de concurso-oposición en turno libre y discapacidad, de diversas plazas incluidas en las ofertas de empleo 2018 y 2019 vacantes en la plantilla de personal funcionario y laboral fijo del Ayuntamiento de Jumilla 
El artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, dispone que la selección de todo el personal, sea funcionario o laboral debe realizarse de acuerdo con la oferta de empleo público, mediante convocatoria pública y a través del sistema de concurso-oposición por turno libre, en los que se garanticen los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad. 
Bases:
1.- Objeto. Las presentes bases tienen por objeto regir la convocatoria de las pruebas selectivas para la provisión en propiedad, mediante el sistema de concurso-oposición, turno libre / discapacidad, de las siguientes plazas vacantes en la plantilla del Excmo. Ayuntamiento de Jumilla, incluidas en la oferta de empleo público de 2018 y 2019 aprobadas por acuerdo de Junta de Gobierno de fecha 13 de agosto del 2018 y de 30 de septiembre del 2019, publicadas en el BORM de 31 de agosto del 2018 y la referente a la convocatoria del 2019, el día 28 de octubre, cuyas características son las siguientes: N.º - Denominación OE Escala Subescala Clase Gr/Sub 
1 - Técnico de igualdad 2018 Admón. Especial Técnica Media A2 
1 - Conductor 2018 Admón. Especial Serv. Espec Oficios C2 
3 - Conductor 2019 Admón. Especial Serv. Espec Oficios C2 
2 - Chofer 2018 Admón. Especial Serv. Espec Oficios C2 
1 - Peón limpieza/residuos 2018 Personal laboral Serv. Espec Oficios AP 
14 - Peón limpieza/residuos 2019 Personal laboral Serv. Espec Oficios AP 
1 - Conserje 2018 Admón. General Subalterno AP 
1 - Conserje 2019 Admón. General Subalterno AP 
2.- Publicaciones. Las presentes bases se publicarán íntegramente en el BORM.
El anuncio de la convocatoria se publicará en el BOE. La composición del Tribunal, la determinación de la fecha y lugar de celebración del primer ejercicio, así como la relación de aspirantes admitidos y excluidos, y el plazo para formular alegaciones, escritos de recusación o abstención de los miembros del Tribunal y solicitudes de subsanación de errores o defectos, se hará pública en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página WEB municipal (www.jumilla.org). Las restantes comunicaciones correspondientes al desarrollo del proceso selectivo y los anuncios de celebración del resto de ejercicios se harán públicos en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y página web municipal. 
3.- Requisitos de los aspirantes. Todos los requisitos establecidos en esta base deberán de poseerse por los aspirantes en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante todo el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera. 
GENERALES: 
- Tener la nacionalidad española, o ser nacional de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, en los términos previstos en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. 
- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones y tareas derivadas del puesto a desempeñar. 
- Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad máxima de jubilación forzosa. 
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los organismos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. 
ESPECIFICOS: 
Categoría: Agente de Igualdad. Grupo A2. 
- Estar en posesión del título de Grado o titulación equivalente en áreas de Ciencias, Ciencias Sociales y Jurídicas, Ciencias de la Salud y Artes y Humanidades y en todo caso poseer al menos un Master en Igualdad. 
CATEGORIA: Chofer. Grupo C2 
- Estar en posesión de la titulación en ESO o equivalente y homologación o convalidación, en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero 
- Poseer el carnet de conducir B 
CATEGORIA; Conductor. Grupo C2 
- Estar en posesión de la titulación en ESO o equivalente y homologación o convalidación, en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero 
- Poseer el carnet de conducir C + E 
- Poseer el carnet de conducir D. 
- Poseer el CAP (certificado de aptitud profesional en transporte de mercancías y viajeros). 
CATEGORIA: Peón de Limpieza y recogida de residuos. Grupo AP. 
· Estar en posesión de la titulación del Certificado de Escolaridad o equivalente y homologación o convalidación, en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero 
· Poseer el carnet de conducir B 
CATEGORIA: Conserje. Grupo AP. 
·  Estar en posesión de la titulación del Certificado de Escolaridad o equivalente y homologación o convalidación, en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero 
· Tener la condición de discapacitado acreditada al menos el 33%. 
4.- Presentación de instancias. 4.1. Las solicitudes deberán cumplimentarse en el modelo oficial, que será facilitado gratuitamente en las Oficinas de Registro e Información al ciudadano del Ayuntamiento de Jumilla o a través de Internet, en la Web municipal del Ayuntamiento de Jumilla (www.jumilla.org). 
4.2 Se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, o lugares habilitados de conformidad con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y dentro del plazo de 20 días NATURALES a contar desde el siguiente al del anuncio de la convocatoria en el BOE

miércoles, 20 de noviembre de 2019

Bases: - (3) Arquitecto Técnico - (1) Asesor Jurídico - (4) Auxiliar de Biblioteca - (2) Ayudante Técnico Sanitario - (1) Conserje de Colegio - (2) Delineante - (3) Diplomado en Trabajo Social - (2) Educador de EE.II - (4) Educador Social - (1) Ingeniero Técnico en Obras Públicas - (1) Ingeniero Técnico Industrial - (1) Médico - (10+2) Ordenanza - (1) Técnico de Administración General - (3) Técnico Medio en Educación y Cultura. Ayuntamiento de Murcia.

Ayuntamiento de Murcia. Requisitos, temarios y pruebas de acceso de las diversas convocatorias de plazas correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2016, del Ayuntamiento de Murcia, así como de las restringidas a la promoción interna.
Primero.- Aprobar las convocatorias de los procesos selectivos correspondientes a las plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público 2016, de turno libre y de promoción interna, publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de 19 de diciembre de 2016, 6 de febrero de 2017 y 17 de febrero de 2017. 
Segundo.- Aprobar las Bases Específicas donde se establecen los requisitos, temarios y pruebas de acceso de las convocatorias de plazas de la Oferta de Empleo Público de 2016, del turno libre, que seguidamente se indican y que figuran como Anexo I e inseparable del presente acuerdo. 
- Arquitecto Técnico 
- Asesor Jurídico 
- Auxiliar de Biblioteca 
- Ayudante Técnico Sanitario 
- Conserje de Colegio 
- Delineante 
- Diplomado en Trabajo Social 
- Educador de EE.II - Educador Social 
- Ingeniero Técnico en Obras Públicas 
- Ingeniero Técnico Industrial 
- Médico 
- Ordenanza 
- Técnico de Administración General 
- Técnico Medio en Educación y Cultura
Cuarto.- La apertura del plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en las convocatorias relacionadas en el Anexo I será de 20 días naturales a contar desde la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
ANEXO I
Requisitos, temarios y pruebas de acceso de las convocatorias de plazas de la Oferta de Empleo Público de 2016, del turno libre, del Excmo. Ayuntamiento de Murcia.

1.- PLAZAS Y REQUISITOS DE ACCESO 
...
2.- TEMARIOS CONVOCATORIAS 
...

lunes, 4 de noviembre de 2019

1 plaza de Conserje (AP). Bases. Ajuntament del Verger.

ANUNCIO 
Habiéndose aprobado por Junta de Gobierno Local celebrada el pasado 1 de Octubre de 2019, las bases y la convocatoria para cubrir la plaza de conserje del Colegio Público Segaria de El Verger, mediante sistema de oposición libre, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
 Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:
  BASES GENERALES DE LA CONVOCATORIA
  PRIMERA. Objeto de la Convocatoria  Es objeto de las presentes bases la provisión en propiedad de la plaza que se incluye en la Oferta Pública de Empleo correspondiente al ejercicio del año 2018, aprobada por Resolución de Alcaldía n.º 2018-0162, de fecha 11/05/2018 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 94, de fecha 18/05/2018, cuyas características son: 
— Grupo: AP; Escala: Administración General; Denominación: Conserje Colegio Público Segaria; Número de vacantes: 1. Naturaleza: funcionario.
 El sistema selectivo elegido es el de oposición libre.
SEGUNDA. Publicidad de la Convocatoria y sus Bases La convocatoria se anunciará en el Boletín Oficial de la Provincia, en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://elverger.sedelectronica.es], insertándose extracto de la misma en el Boletín Oficial del Estado.
Los resultados de cada uno de los ejercicios, los sucesivos llamamientos y convocatorias, y en definitiva cualquier decisión que adopte el Tribunal de selección y que deba conocer el personal aspirante hasta la finalización de las pruebas selectivas, se expondrán en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://elverger.sedelectronica.es], bastando dicha exposición, en la fecha en que se inicie, como notificación a todos los efectos.
  TERCERA. Condiciones de Admisión de Aspirantes Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario reunir los requisitos establecidos en el artículo 56 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en el artículo 53 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana:
a. Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b. Haber cumplido dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa o de aquélla otra que pueda establecerse por ley.
c. Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.
d. No haber sido separada o separado, o haberse revocado su nombramiento como personal funcionario interino, con carácter firme mediante procedimiento disciplinario de ninguna administración pública u órgano constitucional o estatutario, ni hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de cualesquiera funciones públicas o de aquellas propias del cuerpo, agrupación profesional o escala objeto de la convocatoria. En el caso del personal laboral, no hallarse inhabilitado por sentencia firme o como consecuencia de haber sido despedido disciplinariamente de forma procedente, para ejercer funciones similares a las propias del grupo profesional a la que se pretende acceder. Tratándose de personas nacionales de otros Estados, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en los mismos términos en su Estado el acceso al empleo público.
e. Poseer la titulación exigida. Título de Graduado Escolar o equivalente o título superior.

jueves, 31 de octubre de 2019

1 plaza de Conserje de Administración General, como funcionario interino, adscrita al Departamento de Cultura, del Ayuntamiento de Torrevieja.

... las bases y convocatoria de pruebas selectivas para cubrir una plaza de Conserje de Administración General adscrita al Departamento de Cultura, como funcionario interino, vacante en la plantilla de personal de este Ayuntamiento como consecuencia del pase a la situación de Servicios Especiales del funcionario titular, y por el periodo de tiempo hasta la reincorporación de éste a su puesto de trabajo, de fecha 20 de septiembre de 2019, transcribiéndose a continuación las bases íntegras:  
“BASES Y CONVOCATORIA DE PRUEBAS SELECTIVAS PARA CUBRIR, COMO FUNCIONARIO INTERINO, UNA PLAZA DE CONSERJE DE ADMINISTRACIÓN GENERAL ADSCRITA AL DEPARTAMENTO DE CULTURA, VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL DE ESTE AYUNTAMIENTO COMO CONSECUENCIA DEL PASE A LA SITUACIÓN DE SERVICIOS ESPECIALES DEL FUNCIONARIO TITULAR, Y POR EL PERÍODO DE TIEMPO HASTA LA REINCORPORACIÓN DEL MISMO A SU PUESTO DE TRABAJO.
1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA 1.1. El objeto de la presente convocatoria es para cubrir una plaza de Conserje de Administración General adscrita al Departamento de Cultura, como funcionario interino, vacante en la plantilla de personal de este Ayuntamiento como consecuencia del pase a la situación de Servicios Especiales del funcionario titular, y por el periodo de tiempo hasta la reincorporación de éste a su puesto de trabajo, siendo la denominación de esta plaza la siguiente: 
PUESTO  - -  Nº PLAZA
S6-TRO3  - -   5044

 1.2. Esta plaza está clasificada en la Escala de Administración General, Subescala Subalterna, Grupo OAP, de acuerdo con la titulación exigida para su ingreso.
 Está dotada con las retribuciones básicas establecidas para el Grupo OAP, y las complementarias que correspondan de conformidad con la legislación vigente y acuerdos municipales.
 1.3. La provisión de esta plaza se efectuará mediante el sistema selectivo de oposición libre.
2. CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES. 2.1. Para tomar parte en esta convocatoria, los aspirantes, deberán reunir los siguientes requisitos:
a)
Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del EBEP. 
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.  
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público. 
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.  
e) Estar en posesión del Certificado de Escolaridad, o equivalente. La equivalencia deberá ser reconocida como tal por la administración competente en cada caso concreto y debidamente acreditada en tal sentido por los aspirantes. 
f) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.
 2.2. Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea podrán acceder, como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos, con excepción de aquellos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses del Estado o de las Administraciones Públicas.
 A tal efecto, los órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas determinarán las agrupaciones de funcionarios contempladas en el artículo 76 a las que no puedan acceder los nacionales de otros Estados.
 Las previsiones del apartado anterior serán de aplicación, cualquiera que sea su nacionalidad, al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y a sus descendientes y a los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
 El acceso al empleo público como personal funcionario, se extenderá igualmente a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internaciones celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos en el apartado 1 de este artículo.
 Los extranjeros a los que se refieren los apartados anteriores, así como los extranjeros con residencia legal en España podrán acceder a las Administraciones Públicas, como personal laboral, en igualdad de condiciones que los españoles.
 Sólo por ley de las Cortes Generales o de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas podrá eximirse del requisito de la nacionalidad por razones de interés general para el acceso a la condición de personal funcionario. 
2.3. Todas las condiciones enumeradas deberán cumplirse por los aspirantes el último día en que finalice el plazo de presentación de instancias, excepción hecha de las detalladas en la letra d) y f) de la base 2.1, que habrán de referirse al momento de terminación de las pruebas selectivas con la publicación de la lista de aprobados.
3. INSTANCIAS. 3.1. Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas convocadas se dirigirán al señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, sin que sea necesario el abono de ningún tipo de tasa para participar en estas pruebas selectivas.
3.2. Se presentarán dentro del plazo de ocho días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante [Nº 208 de 31/10/2019] {del 1 al 13 de noviembre de 2019, a.i.}, en el Registro General de este Ayuntamiento, o en la forma que determina el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3.3. Los solicitantes manifestarán en sus instancias que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base 2, referidas a la fecha en que termine el plazo de presentación de las mismas y que se comprometen a prestar el juramento o promesa prevenido en el R.D. 707/1.979. 

lunes, 2 de septiembre de 2019

5 plazas de Conserje -interinidad-, adscritas al Departamento de Educación del Ayuntamiento de Torrevieja

 bases y convocatoria de pruebas selectivas para cubrir, como funcionarios interinos, y por el período de tiempo hasta su provisión en propiedad, cinco plazas de Conserje de Administración General, adscritas al Departamento de Educación, vacantes en la plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento de fecha 1 de agosto de 2019, transcribiéndose a continuación las bases íntegras:
“BASES Y CONVOCATORIA DE PRUEBAS SELECTIVAS PARA CUBRIR, COMO FUNCIONARIOS INTERINOS, CINCO PLAZAS DE CONSERJE DE ADMINISTRACIÓN GENERAL ADSCRITAS AL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, VACANTES EN LA PLANTILLA DE PERSONAL DE ESTE AYUNTAMIENTO, Y POR EL PERÍODO DE TIEMPO HASTA SU PROVISIÓN EN PROPIEDAD.
1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA  1.1. El objeto de la presente convocatoria es la provisión de cinco plazas de Conserje de Administración General adscritas al Departamento de Educación, vacantes en la plantilla de personal de este Ayuntamiento, como funcionarios interinos, y por el período de tiempo hasta su provisión en propiedad, siendo la denominación de estas plazas la siguiente: 
PUESTO Nº PLAZA
S8-4 5248 
S8-4 5249 
S8-4 5250 
S8-4 5251 
S8-4 5252
1.2. Estas plazas están clasificadas en la Escala de Administración General, Subescala Subalterna, Grupo OAP, de acuerdo con la titulación exigida para su ingreso.
Están dotadas con las retribuciones básicas establecidas para el Grupo OAP, y las complementarias que correspondan de conformidad con la legislación vigente y acuerdos municipales.
1.3. La provisión de estas cinco plazas se efectuará mediante el sistema selectivo de oposición libre.
2. CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES. 2.1. Para tomar parte en esta convocatoria, los aspirantes, deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del EBEP. 
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.  
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público. 
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. 
e) Estar en posesión del Certificado de Escolaridad, o equivalente. La equivalencia deberá ser reconocida como tal por la administración competente en cada caso concreto y debidamente acreditada en tal sentido por los aspirantes.
f) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. 
2.2. Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea podrán acceder, como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos, con excepción de aquellos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses del Estado o de las Administraciones Públicas. 
 A tal efecto, los órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas determinarán las agrupaciones de funcionarios contempladas en el artículo 76 a las que no puedan acceder los nacionales de otros Estados.
Las previsiones del apartado anterior serán de aplicación, cualquiera que sea su nacionalidad, al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y a sus descendientes y a los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. 
El acceso al empleo público como personal funcionario, se extenderá igualmente a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internaciones celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos en el apartado 1 de este artículo.
 Los extranjeros a los que se refieren los apartados anteriores, así como los extranjeros con residencia legal en España podrán acceder a las Administraciones Públicas, como personal laboral, en igualdad de condiciones que los españoles. 
Sólo por ley de las Cortes Generales o de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas podrá eximirse del requisito de la nacionalidad por razones de interés general para el acceso a la condición de personal funcionario. 
2.3. Todas las condiciones enumeradas deberán cumplirse por los aspirantes el último día en que finalice el plazo de presentación de instancias, excepción hecha de las detalladas en la letra d) y f) de la base 2.1, que habrán de referirse al momento de terminación de las pruebas selectivas con la publicación de la lista de aprobados. 
3. INSTANCIAS. 3.1. Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas convocadas se dirigirán al señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, sin que sea necesario el abono de ningún tipo de tasa para participar en estas pruebas selectivas.
3.2. Se presentarán dentro del plazo de ocho días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante [Nº 166 de 02/09/2019] {del 3 al 12 de septiembre de 2019, a.i.}, en el Registro General de este Ayuntamiento, o en la forma que determina el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3.3. Los solicitantes manifestarán en sus instancias que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base 2, referidas a la fecha en que termine el plazo de presentación de las mismas y que se comprometen a prestar el juramento o promesa prevenido en el R.D. 707/1.979. 

lunes, 26 de agosto de 2019

1 plaza de Auxiliar Técnico de Biblioteca (C2), y 1 plaza de Conserje (AP), del Ayuntamiento de Canovelles (Barcelona)

En el «Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona» CVE 2019026118, de fecha 23 de julio de 2019, se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para la cobertura definitiva de:
Una plaza de Auxiliar Técnico de Biblioteca de la plantilla de personal laboral, grupo de clasificación C, subgrupo C2, mediante el sistema de concurso oposición libre.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado». {del 27 de agsoto al 16* de septiembre de 2019, a.i.}
Los anuncios relativos a la lista de aspirantes admitidos y excluidos, de conformidad con las bases, se publicarán en el «Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya», en el tablón de anuncios de la corporación y en la web municipal www.canovelles.cat.
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en el tablón de anuncios de la corporación y en la web municipal www.canovelles.cat.

En el «Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona» CVE 2019026116, de fecha 23 de julio de 2019, se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para la cobertura definitiva de:
Una plaza de Conserje de la plantilla de personal laboral, grupo de clasificación AP, mediante el sistema de concurso oposición libre.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado». {del 27 de agsoto al 16* de septiembre de 2019, a.i.}
Los anuncios relativos a la lista de aspirantes admitidos y excluidos, de conformidad con las bases, se publicarán en el «Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya», en el tablón de anuncios de la corporación y en la web municipal www.canovelles.cat.
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en el tablón de anuncios de la corporación y en la web municipal www.canovelles.cat.

sábado, 17 de agosto de 2019

1 plaza de Conserje, del Ayuntamiento de Molina de Segura (Murcia)

En el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» número 182, de 8 de agosto de 2019, se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para proveer:
Una plaza de Conserje, perteneciente a la escala de Administración General, subescala Subalterna, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado». {del 18 de agosto al 6 de septiembre de 2019, a.i.}
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en «Boletín Oficial de la Región de Murcia», en el Tablón de Edictos y en la página web de este Ayuntamiento.  www.molinadesegura.es/

viernes, 19 de julio de 2019

1 plaza de Conserje con diversidad intelectual, del Ayuntamiento de Albal (Horta Sud-Valencia)

En el «Boletín Oficial de la Provincia de Valencia» número 126, de 3 de julio de 2019, se publicaron íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para la provisión en propiedad de una plaza de Conserje con diversidad intelectual, perteneciente a la plantilla de laboral fijo, mediante concurso oposición, turno libre.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial del Estado». {del 19 de julio al 16 de agosto de 2019, a.i.}
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en tablón de anuncios y/o en la página web de la corporación. https://www.albal.es

domingo, 14 de julio de 2019

bolsa de trabajo de funcionario interino de Conserje de Centro Cultural. -concurso de méritos.- Instituto Municipal de Cultura y Juventud de Burjassot

SEGUNDO.- Aprobar las bases del proceso selectivo para la constitución urgente de una bolsa de trabajo funcionario interino para cubrir las vacantes y sustituciones transitorias de los puestos de conserje del centro cultural en la plantilla IMCJB que se detallan:
<PRIMERA.- Objeto de la convocatoria:
1.1. El objeto de las presentes Bases es la creación, por razones de necesidad y urgencia, de una bolsa de trabajo para cubrir las vacante y sustituciones transitorias de los puestos de Conserje de Centro Cultural del Instituto Municipal de Cultura y Juventud de Burjassot (en adelante, IMCJB) a través de un nombramiento de funcionario interino de conformidad con lo establecido en el artículo 10.1.apartados a) y b) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante, TRLEBEP).
1.2. Las plazas objeto de la convocatoria pertenecen al Grupo E, de los establecidos en el artículo 76 del TRLEBEP, en relación con su Disposición Transitoria Tercera, y está encuadradas en la escala de Administración General, subescala Subalterna, de la plantilla del IMCJB.
1.3. Las funciones de Conserje de Centro Cultural vienen establecidas en la Relación de Puestos de Trabajo (BOP- 192 de 15 de agosto de 2011) del MCJB y son las siguientes:
1. Apertura y cierre de los Centros Culturales del Instituto.
2. Recogida y entrega de correspondencia a correos y a organismos oficiales. Reparto de notificaciones.
3. Atención e información al público.
4. Vigilancia, control y mantenimiento de Instalaciones.
5. Tareas subalternas relacionadas con las actividades de los centros culturales y juveniles.
6. Funciones de operador de cine cuando sea necesario, de acuerdo con la formación específica.
7. Cobro de las Tasas y Precios públicos del Instituto.
8. Realizar cualquier otra tarea de su puesto de trabajo.
9. Asumirá por designación de la Dirección del IMCJB la realización, y gestión de las tareas específicas que se deriven de los proyectos de trabajo que desarrolle el IMCJB dentro de las características y conocimientos profesionales de su puesto de trabajo.
1.4. La bolsa de trabajo que se genere con la presente convocatoria tendrá la vigencia necesaria para atender las sustituciones mientras esté vacante el puesto de trabajo.
1.5. El proceso de selección se realizará mediante concurso de méritos.
SEGUNDA.- Requisitos de los aspirantes.
2.1. Para ser admitidos al proceso selectivo los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a)
Tener nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, en el supuesto de acceso al empleo público de nacionales de otros estados.
b) Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del Graduado Escolar o nivel equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
f) Certificado negativo de delitos de naturaleza sexual expedido por el Ministerio de Justicia.
2.2. Para ser admitido al proceso selectivo bastará con que los aspirantes manifiesten en su solicitud que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base 2.1, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
El cumplimiento del resto de requisitos será acreditado posteriormente mediante la presentación de los documentos correspondientes en la forma prevista en la base Octava. Estos requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, mantenerse durante todo el proceso de selección y se acreditará su cumplimiento como requisito previo imprescindible para poder ser nombrado, en su caso, funcionario interino.
2.3. Respecto a la igualdad de condiciones de los aspirantes. De conformidad con lo establecido en el artículo 55. 2 y 3 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana, las personas con discapacidad podrán participar en los procedimientos selectivos en igualdad de condiciones que el resto de las y los aspirantes, siempre y cuando puedan acreditar el grado de discapacidad, así como la compatibilidad con el desempeño de las funciones y tareas genéricas consustanciales a las mismas.
La administración, cuando sea necesario, adoptará medidas adecuadas en el procedimiento selectivo que garanticen la participación de las y los aspirantes con discapacidades en condiciones de igualdad mediante las adaptaciones y ajustes razonables de tiempo y medios.
TERCERA.- Solicitudes y plazo de presentación.
3.1.
Los interesados en formar parte de la bolsa de trabajo lo solicitarán mediante el modelo oficial que se inserta como ANEXO I.
3.2. El modelo de solicitud con su copia, debidamente cumplimentado, junto con el sobre cerrado con la documentación que acredite los méritos a valorar que consta en el Anexo II, se presentarán en el registro de entrada del IMCJB, Calle Mariana Pineda, 93-95, CP 46100-Burjassot, o en cualquiera de los lugares y formas establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones.
Públicas. En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de Correos, se hará en sobre abierto en cuyo interior se introducirá el sobre cerrado con los méritos y el impreso de solicitud que será fechado y sellado por el funcionario de Correos antes de certificar el envío.
3.3. El plazo de presentación de solicitudes y de la documentación con los méritos alegados a los que se hace referencia en la base Sexta y en el Anexo II, será de diez días naturales a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia Valencia. {del 13 al 22 de julio de 2019, a.i.} La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la inadmisión del aspirante al proceso selectivo.
3.4. Todos los anuncios posteriores se publicarán en el Tablón de Anuncios y en la Sede Electrónica http://sede.imcjb.net.

sábado, 16 de febrero de 2019

Bolsa de Empleo de Auxiliares de Servicios (Conserjes, Celadores y Notificadores) del Ayuntamiento de Aldaia

Edicto del Ayuntamiento de Aldaia sobre rectificación de las bases de la convocatoria para la creación de una bolsa de empleo de auxiliares de servicios (conserjes, celadores y notificadores).
EDICTO
El Ayuntamiento de Aldaia ha aprobado por Resolución de Alcaldía nº 2018/3646, de fecha 19 de noviembre de 2018, la Rectificación de las Bases de la convocatoria para la creación de una Bolsa de Empleo de Auxiliares de Servicios (Conserjes, Celadores y Notificadores) del Ayuntamiento de Aldaia.
El plazo de presentación de instancias será de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia. {del 16 de febrero al 15 de marzo de 2019, a.i.}
No obstante, las personas aspirantes que ya hayan presentado solicitudes de participación en el proceso selectivo regulado por las Bases de la convocatoria para la creación de una Bolsa de Empleo de Auxiliares de Servicios (Conserjes, Celadores y Notificadores) del Ayuntamiento de Aldaia (aprobadas por Resolución de Alcaldía nº 2018/2736, de 20 de agosto) en el periodo de tiempo comprendido entre el 6 de septiembre y el de 3 de octubre (ambos incluidos) no tendrán que presentar nueva solicitud dado que se tendrán en cuenta las solicitudes presentadas en su momento, sin perjuicio de la posibilidad de que disponen de presentar los documentos acreditativos de nuevos méritos obtenidos hasta la finalización del nuevo periodo de presentación de solicitudes. Todo ello sin perjuicio de su posterior admisión o exclusión en el momento en que se apruebe la lista de aspirantes admitidos/as y excluidos/as al presente proceso selectivo.
Las nuevas bases específicas se encuentran expuestas en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, sito en la Plaza Constitución, 10 de Aldaia y en la página web del Ayuntamiento. www.aldaia.es