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jueves, 15 de junio de 2017

XXVIII Edición de Cursos de Verano de la UNED

http://www.unedmotril.org/wp-content/uploads/2017/05/logo_cursos_verano_2017_b.pngLa XXVIII Edición de Cursos de Verano de la UNED se celebrará entre los meses de junio y  de julio de 2017 en diversas sedes repartidas por todo el país. Se trata de una amplia programación basada en criterios de calidad, variedad, actualidad y novedad.
Dentro de la programación de Cursos de Verano de la UNED, la Fundación UNED configura una programación desde su capacidad para formar parte de los debates que hoy en día plantea la sociedad sobre diversos temas.
Presentamos la oferta de Cursos de Verano de la Fundación UNED para este año:










Para mayor información y matrícula puede ver el contenido de cada uno de ellos en nuestra web: www.fundacion.uned.es

O directamente en el siguiente enlace:


lunes, 28 de noviembre de 2016

bases reguladores per a la concessió de les beques per a l’alumnat que realitze estudis en els centres associats de la Universitat Nacional d’Educació a Distància a la Comunitat Valenciana.

http://www.ceice.gva.es/img/logo_largo.gifConselleria d’Educació, Investigació, Cultura i Esport. ORDRE 74/2016, de 23 de novembre, de la Conselleria d’Educació, Investigació, Cultura i Esport, per la qual s’estableixen les bases reguladores per a la concessió de les beques per a l’alumnat que realitze estudis en els centres associats de la Universitat Nacional d’Educació a Distància a la Comunitat Valenciana. [2016/9401] 
http://www.studyinspain.info/export/sites/studyinspain/.content/Imagenes/Logos/SedesFormacion/uned.jpg_924116256.jpgÍndex
Preàmbul
Títol I. Disposicions generals
Article 1. Objecte i finançament.
1. L’objecte d’aquesta ordre és establir les bases per les quals han de regir-se les convocatòries de beques dirigides a l’alumnat que cursa els seus estudis universitaris oficials de grau en els centres associats de la Universitat Nacional d’Educació a Distància (d’ara en avant UNED) situats a la Comunitat Valenciana.
2. Per a cada exercici pressupostari es convocaran aquelles ajudes incloses en els pressupostos de la Generalitat a càrrec de l’aplicació i programa pressupostari que s’indique en la corresponent convocatòria.
Article 2. Beneficiaris i estudis compresos.
1. Podrà sol·licitar beca l’alumnat que no haja complit 55 anys en la data de finalització del termini de presentació de les sol·licituds d’ajuda a l’estudi i que curse estudis universitaris en els centres associats de la UNED situats a la Comunitat Valenciana.
2. No s’inclou en aquesta ordre el curs d’accés a majors de 25 anys, ni exempcions ni ajudes per a la realització d’estudis de màster ni els corresponents al tercer cicle o doctorat, estudis d’especialització ni estudis conduents a l’obtenció de títols propis de la UNED.
Article 3. Naturalesa i quantia de la beca
Article 4. Criteris d’adjudicació
Títol II. Requisits
Capítol I. Requisits generals
Article 5. Requisits generals exigibles
Capítol II. Requisits econòmics
Article 6. Renda
Article 7. Membres computables
Article 8. Deduccions
Article 9. Llindars
Article 10. Patrimoni
Capítol III. Requisits acadèmics
Article 11. Crèdits matriculats
Article 12. Rendiment acadèmic
Article 13. Canvi d’estudis
Article 14. Situacions especials
Títol III. Regles de procediment
Article 15. Model de sol·licitud
Article 16. Lloc i termini de presentació de les sol·licituds
Article 17. Instrucció del procediment
Article 18. Proposta de concessió i denegació de beques
Article 19. Resolució
Títol IV. Del pagament i justificació de la subvenció
Article 20. Compensació a la UNED de l’exempció de la taxa
Article 21. Obligacions dels beneficiaris
Article 22. Circumstàncies que donen lloc a la modificació de la resolució
Article 23. Mètode de comprovació i pla de control
Article 24. Responsabilitat i règim sancionador
Article 25. Incompatibilitats
Article 26. Dades de caràcter personal
Disposició addicional
Única. Despesa pública
Disposicions finals
Primera. Facultat de desplegament
Segona. Entrada en vigor

lunes, 17 de octubre de 2016

se regulan las pruebas de acceso a la universidad de las personas mayores de 25 o de 45 años de edad, así como el acceso mediante acreditación de experiencia laboral o profesional, en el ámbito de la Universidad Nacional de Educación a Distancia

Orden ECD/1663/2016, de 11 de octubre, por la que se regulan las pruebas de acceso a la universidad de las personas mayores de 25 o de 45 años de edad, así como el acceso mediante acreditación de experiencia laboral o profesional, en el ámbito de la Universidad Nacional de Educación a Distancia.
1. Objeto. La presente orden tiene por objeto la regulación de las líneas generales de la metodología, el desarrollo, los contenidos y los criterios y fórmulas de valoración de los ejercicios que integran las pruebas de acceso a la universidad de las personas mayores de 25 años y de las personas mayores de 45 años, así como el procedimiento de acceso a la universidad mediante la acreditación de experiencia laboral o profesional, en el ámbito de la UNED.
Prueba de acceso a la UNED de las personas mayores de 25 años
2. Convocatoria. La UNED convocará anualmente la prueba de acceso a la universidad de las personas mayores de 25 años. Solo podrán concurrir a dicha prueba de acceso quienes cumplan o hayan cumplido los 25 años de edad en el año natural en que se celebre y no posean ninguna titulación académica que dé acceso a la universidad por otras vías.
3. Estructura de la prueba. 1. La prueba de acceso a la universidad de las personas mayores de 25 años será una prueba única que se estructurará en dos fases, una general y otra específica, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado. 2. La fase general de la prueba comprenderá tres ejercicios referidos a los siguientes ámbitos:
a) Comentario de texto o desarrollo de un tema general de actualidad.
b) Lengua castellana.
c) Lengua extranjera, a elegir entre alemán, francés, inglés, italiano y portugués.
3. La fase específica de la prueba se estructurará en cinco opciones vinculadas con las cinco ramas de conocimiento en torno a las cuales se organizan los títulos universitarios oficiales de Grado:
a) Opción A: Artes y Humanidades.
b) Opción B: Ciencias.
c) Opción C: Ciencias de la Salud.
d) Opción D: Ciencias Sociales y Jurídicas.
e) Opción E: Ingeniería y Arquitectura.
Prueba de acceso a la UNED de las personas mayores de 45 años
11. Convocatoria. La UNED convocará anualmente la prueba de acceso a la universidad de las personas mayores de 45 años. Solo podrán concurrir a dicha prueba de acceso quienes cumplan o hayan cumplido los 45 años de edad en el año natural en que se celebre y no posean ninguna titulación académica que de acceso a la universidad por otras vías.
Acceso a la UNED mediante la acreditación de experiencia laboral o profesional
18. Convocatoria. 1. La UNED convocará anualmente procedimientos de acceso a la universidad mediante la acreditación de experiencia laboral o profesional.
2. El candidato deberá seleccionar en su solicitud la enseñanza de Grado a las que desea acceder de entre las ofertadas por la UNED para esta vía de acceso.
3. Solo podrán acceder por esta vía quienes no posean ninguna titulación académica habilitante para acceder a la universidad por otras vías y cumplan o hayan cumplido los 40 años de edad en el año natural de comienzo del curso académico.
 

sábado, 18 de agosto de 2012

se fijan los precios públicos por los servicios académicos universitarios en la Universidad Nacional de Educación a Distancia para el curso 2012-2013

Para el establecimiento de los precios públicos por la prestación del servicio público de la educación superior en la UNED se ordenan las enseñanzas conducentes a la obtención de títulos oficiales en cuatro grupos:
En primer lugar, las enseñanzas de Licenciatura, Diplomatura e Ingeniería (en adelante, LDI) no renovadas, cuyos planes de estudio fueron aprobados por el entonces Ministerio de Educación y Ciencia.
En segundo lugar, las enseñanzas LDI renovadas, conducentes a la obtención de títulos universitarios oficiales establecidos por el Gobierno con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, cuyos planes de estudio fueron aprobados por la UNED y homologados por el Consejo de Coordinación Universitaria con arreglo a lo estipulado en el Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre, y siguientes y los estudios de Doctorado regulados en el Real Decreto 778/1998, de 30 de abril.
En tercer lugar, las enseñanzas de Grado reguladas en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre.
Y, por último, las enseñanzas de Máster Universitario y Doctorado, reguladas también por el citado Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre y por el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero.
En consonancia con la clasificación anterior, se toma en consideración como unidad básica de referencia, a los efectos de la fijación de precios públicos, el curso completo en los planes de estudios de las enseñanzas LDI no renovadas, el crédito para las enseñanzas LDI renovadas estructuradas en créditos y para los estudios de doctorado regulados en el Real Decreto 778/1998, de 30 de abril, y el crédito europeo (ECTS) para las enseñanzas de Grado, Máster y Doctorado a que se refieren los Reales Decretos 1393/2007, de 29 de octubre y 99/2011, de 28 de enero.
Para la determinación de los precios públicos de los grupos de enseñanzas referenciados para el curso académico 2012-2013 y en aplicación de lo dispuesto por el Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, se ha procedido a establecer el coste de la prestación del servicio, que varía en función del grado de experimentalidad o grupo de clasificación de la enseñanza de que se trate y en función de la vez de matriculación; es decir, de que se trate de primera, segunda, tercera o cuarta y sucesivas matrículas.
1. Objeto. La presente Orden tiene por objeto establecer los precios públicos por servicios académicos de la educación superior en la UNED en el curso 2012-2013, en las enseñanzas conducentes a la obtención de títulos oficiales. Estos precios serán abonados de acuerdo con las normas que se establecen en la presente Orden.
El importe de los precios por estudios conducentes a títulos o diplomas que no tengan carácter oficial será fijado por el Consejo Social de la UNED.
2. Precios públicos. 1. Para las enseñanzas LDI no renovadas, cuyos planes de estudio fueron aprobados por el entonces Ministerio de Educación y Ciencia, el importe del curso completo y de las asignaturas se calculará, dentro del grado de experimentalidad en que se encuentren las enseñanzas conducentes al título oficial que se pretende obtener.
El importe de cada asignatura será el resultado de multiplicar el importe del curso completo por el número de cursos de la carrera, dividido todo ello por el número de asignaturas necesario para terminar la carrera.
En la determinación del mencionado importe se tendrá en cuenta, asimismo, si se trata de primera, segunda, tercera, o cuarta y sucesivas matrículas, aplicándose los precios del anexo I y demás normas contenidas en la presente Orden.
Los estudiantes podrán matricularse por cursos completos o por asignaturas, con independencia del curso a que éstas correspondan.
En el caso de matrícula por materias, asignaturas o disciplinas se diferenciarán únicamente dos modalidades: Anual y cuatrimestral, según la clasificación establecida por la UNED en los respectivos planes de estudio. A estos efectos, una materia, asignatura o disciplina anual equivaldrá a dos asignaturas cuatrimestrales. El importe del precio a aplicar para las cuatrimestrales será la mitad del establecido para las anuales.
2. Para las enseñanzas LDI renovadas conducentes a la obtención de títulos establecidos por el Gobierno con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, cuyos planes de estudio han sido aprobados por la UNED y homologados por el Consejo de Coordinación Universitaria con arreglo a lo estipulado en el Real Decreto 1497/1987 de 27 de noviembre y siguientes, y para los estudios de Doctorado regulados por el Real Decreto 778/1998, de 30 de abril, el importe se calculará de conformidad con el número de créditos asignados a cada materia, asignatura o disciplina, dentro del grado de experimentalidad en que se encuentren las enseñanzas conducentes al título oficial que se pretende obtener.
En la determinación del mencionado importe se tendrá en cuenta, asimismo, si se trata de primera, segunda, tercera o cuarta y sucesivas matrículas, aplicándose los precios anexo II y demás normas contenidas en la presente Orden.
El importe de las asignaturas en que se matricula cada estudiante, independientemente de que estas constituyan o no curso completo, será el resultante de multiplicar el número de créditos de cada asignatura por el importe de los mismos, según se trate de asignaturas en primera, segunda, tercera, o cuarta y sucesivas matrículas y cuyo importe se halla reflejado en el anexo II de esta Orden.
Los estudiantes podrán matricularse, bien por curso completo, cuando el plan de estudios especifique la carga lectiva que corresponde a cada curso, o bien del número de materias, asignaturas o créditos que estimen conveniente.
Los créditos correspondientes a materias de libre configuración por el estudiante serán abonados con arreglo a la tarifa establecida para la titulación que se pretende obtener con independencia del Departamento en el que se cursen dichos créditos.
Los precios por servicios académicos para el Doctorado, según el Real Decreto 778/1998 de 30 de abril, serán los establecidos en el Anexo II de esta Orden.
3. Para las Enseñanzas estructuradas en créditos ECTS conducentes a la obtención de títulos de Grado establecidos conforme al Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, el importe de las materias o asignaturas se calculará de conformidad con el número de créditos asignados a cada una dentro del grupo en que se encuentren las enseñanzas conducentes al título de Grado.
El precio de la matrícula en las enseñanzas de Grado se establece teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 6, apartado cinco, punto 2 del Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo, que otorga una nueva redacción al artículo 81.3.b) de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades: los precios públicos cubren entre el 15 por 100 y el 25 por 100 de los costes en primera matrícula; entre el 30 por 100 y el 40 por 100 de los costes en segunda matrícula; entre el 65 por 100 y el 75 por 100 de los costes en la tercera matrícula; y entre el 90 por 100 y el 100 por 100 de los costes a partir de la cuarta matrícula.
Para la determinación del importe de los precios de las enseñanzas de Grado, el valor del crédito ECTS será el que figura en el anexo III de esta Orden.
4. En las enseñanzas de Máster Universitario, el valor del crédito ECTS será el que figura en el anexo IV de esta Orden.
El precio de la matrícula en las enseñanzas de Máster Universitario se establece teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 6, apartado cinco, punto 2 del Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo, que otorga una nueva redacción al artículo 81.3.b) de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades:
• En las enseñanzas de Máster que habiliten para el ejercicio de actividades profesionales reguladas en España, los precios públicos cubrirán entre el 15 por 100 y el 25 por 100 de los costes en primera matrícula; entre el 30 por 100 y el 40 por 100 de los costes en segunda matrícula; entre el 65 por 100 y el 75 por 100 de los costes en la tercera matrícula; y entre el 90 por 100 y el 100 por 100 de los costes a partir de la cuarta matrícula.
• En las enseñanzas de Máster que no habiliten para el ejercicio de actividades profesionales reguladas en España, los precios públicos cubrirán entre el 40 por 100 y el 50 por 100 de los costes en primera matrícula; y entre el 65 por 100 y el 75 por 100 de los costes a partir de la segunda matrícula.

miércoles, 18 de noviembre de 2009

ceder gratuitamente a la Excma. Diputación Provincial de Alicante con destino a la construcción de la nueva sede de la UNED de Dénia

AYUNTAMIENTO DE DÉNIA ANUNCIO
Titulo: cesión gratuita de bienes patrimoniales. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 110-1-f) del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, de 13 de junio de 1986, se somete a información pública el expediente que se tramita en este Ayuntamiento, para ceder gratuitamente a la Excma. Diputación Provincial de Alicante con destino a la construcción de la nueva sede de la UNED de Dénia, los bienes patrimoniales de esta entidad que a continuación se describen:
Situación:
partida Madrigueres Nord, 14 (en escritura partida Madrigueras) polígono 29 parcela 95 del Catastro antiguo en la actualidad parcela 73.
Naturaleza de dominio: patrimonial de propios.
Naturaleza del inmueble: urbana.
Superficie: 8.872 m2.
Linderos: norte: Teresa Font Morera sur Tierras de Maria del Carmen de Rojas Dasí, este camino y oeste Isabel Sendra.
Inscripción Registro de la Propiedad Número Uno: tomo 459, libro 261, folio 107, finca 18.199.
Durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, podrán presentarse en la Secretaria Municipal las reclamaciones y observaciones que se estimen procedentes.[del 19 de Noviembre al 7 de Diciembre, a.i.]

martes, 22 de septiembre de 2009

concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios. UNED.

Resolución de 24 de julio de 2009, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso las plazas que se relacionan en el Anexo I de esta Resolución, con arreglo a las siguientes
Bases:
Primera.–
Los presentes concursos se regirán por lo dispuesto en la LOU, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios, por el Reglamento de Concursos de Acceso a Cuerpos Docentes Universitarios de la UNED y, con carácter supletorio, se aplicará lo previsto en la legislación general de funcionarios civiles del Estado.
Segunda.–Para ser admitido a estos concursos han de reunirse los siguientes requisitos generales:
a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados en los que es de aplicación la libre circulación de trabajadores, así como sus cónyuges siempre que no estén separados de derecho, y los descendientes y los de sus cónyuges, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. En el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso selectivo deberá acreditarse la nacionalidad, así como, en su caso, el vínculo de parentesco y el de vivir a expensas, conforme a lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores. La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria se realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades competentes de su país de origen, traducidos al español, que será la lengua oficial en la que tendrá lugar el desarrollo de las pruebas.
b) Tener cumplidos los dieciséis años y no haber cumplido los setenta años de edad.
c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la Administración del Estado o de la Administración Autónoma, Institucional o Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.
d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a profesor de universidad.
Cuarta.–Quienes deseen tomar parte en los concursos de acceso remitirán la correspondiente solicitud al Rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, calle Bravo Murillo, 38, 28015 Madrid, por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por la Ley 4/1999, de 13 de enero (en lo sucesivo LRJ-PAC), en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de publicación de la presente convocatoria en el BOE.[del 23 de septiembre al 13 de octubre,a.i.].

Tablón de Anuncios de Secretaría General (calle Bravo Murillo, 38, Madrid) y en la dirección de Internet: www.uned.es/profesorado .
ANEXO I
109.01 Categoría de la plaza: Profesor Titular de Universidad. Área de conocimiento: Derecho Financiero y Tributario. Departamento: Derecho de la Empresa. Actividades docentes e investigadoras: «Derecho Financiero y Tributario I», «Derecho Financiero y Tributario II» y «Practicum en Derecho Financiero y Tributario», con la metodología de la enseñanza a distancia.
109.02 Categoría de la plaza: Profesor Titular de Universidad. Área de conocimiento: Lengua Española. Departamento: Lengua Española y Lingüística General. Actividad docente: «Enseñanza del Español como Segunda Lengua y como Lengua Extranjera» y «El Español en América. Variación y Variedad», con la metodología de la enseñanza a distancia. Líneas de investigación preferentes: «Enseñanza del español como segunda lengua y como lengua extranjera» y «El español en América».
109.03 Categoría de la plaza: Profesor Titular de Universidad. Área de conocimiento: Derecho Constitucional. Departamento: Derecho Político. Actividades docentes e investigadoras: «Derecho Constitucional II» y «Derecho Constitucional IV», con la metodología de la enseñanza a distancia.
109.04 Categoría de la plaza: Profesor Titular de Universidad. Área de conocimiento: Derecho Constitucional. Departamento: Derecho Político. Actividades docentes e investigadoras: «Derecho Constitucional II» y «Derecho Constitucional IV», con la metodología de la enseñanza a distancia.
109.05 Categoría de la plaza: Profesor Titular de Universidad. Área de conocimiento: Fundamentos de Análisis Económico. Departamento: Análisis Económico II. Actividades docentes e investigadoras: «Microeconomía I» y «Microeconomía II», con la metodología de la enseñanza a distancia.
109.06 Categoría de la plaza: Profesor Titular de Universidad. Área de conocimiento: Análisis Geográfico Regional. Departamento: Geografía. Actividad docente: «Geografía de España», con la metodología de la enseñanza a distancia. Líneas de investigación preferentes: «Vaciado industrial urbano», «Recursos y actividades turísticas» y «Turismo de patrimonio industrial».
109.07 Categoría de la plaza: Profesor Titular de Universidad. Área de conocimiento: Lógica y Filosofía de la Ciencia. Departamento: Lógica, Historia y Filosofía de la Ciencia. Actividades docentes e investigadoras: «Filosofía de las Ciencias Sociales», con la metodología de la enseñanza a distancia.
109.08 Categoría de la plaza: Profesor Titular de Universidad. Área de conocimiento: Filología Italiana. Departamento: Filologías Extranjeras y sus Lingüísticas. Actividad docente: «Segunda Lengua I: Italiano» (Diplomatura en Turismo) y «Segunda Lengua II: Italiano» (Diplomatura en Turismo), con la metodología de la enseñanza a distancia. Líneas de investigación preferentes: «Glotología y Lingüística», «Lingüística Italiana» y «Didáctica de las Lenguas Modernas: Italiano».
109.09 Categoría de la plaza: Catedrático de Universidad. Área de conocimiento: Física Aplicada. Departamento: Física Fundamental. Actividad docente: «Meteorología y climatología», con la metodología de la enseñanza a distancia. Línea de investigación preferente: «Hidrodinámica de cristales líquidos».
109.10 Categoría de la plaza: Catedrático de Universidad. Área de conocimiento: Física de la Materia Condensada. Departamento: Física Fundamental. Actividad docente: «Mecánica Cuántica (Física Cuántica)» y «Mecánica Cuántica I», con la metodología de la
enseñanza a distancia. Línea de investigación preferente: «Bases teóricas para el cálculo de la densidad electrónica: átomos, moléculas, sólidos».
109.11 Categoría de la plaza: Catedrático de Universidad. Área de conocimiento: Biología Celular. Departamento: Física Matemática y de Fluidos. Actividad docente: «Biología» y «Toxicología Ambiental y Salud Pública», con la metodología de la enseñanza a distancia. Línea de investigación preferente: «Citotoxicidad y biomarcadores moleculares».
109.12 Categoría de la plaza: Catedrático de Universidad. Área de conocimiento: Química Física. Departamento: Ciencias y Técnicas Físicoquímicas. Actividad docente: «Cálculo Numérico y Estadística Aplicada» (Grado de Química), «Química Física I» y «Química Física II> (Grado de Química), «Termodinámica Estadística y de no Equilibrio» (Posgrado de Química), «Métodos de Cálculo en Química Teórica» (Posgrado de Química), con la metodología de la enseñanza a distancia. Línea de investigación preferente: «Termodinámica estadística cuántica de materia condensada».
109.13 Categoría de la plaza: Catedrático de Universidad. Área de conocimiento: Química Orgánica. Departamento: Química Orgánica y Bio-Orgánica. Actividad docente: «Química Orgánica I» y « Química Orgánica II», con la metodología de la enseñanza a distancia. Línea de investigación preferente: «Química orgánica heterocíclica y química orgánica física».
109.14 Categoría de la plaza: Catedrático de Universidad. Área de conocimiento: Teoría e Historia de la Educación. Departamento: Teoría de la Educación y Pedagogía Social. Actividad docente: «Educación Ambiental», con la metodología de la enseñanza a distancia. Línea de investigación preferente: «Educación Ambiental para un Desarrollo Sostenible».
109.15 Categoría de la plaza: Catedrático de Universidad. Área de conocimiento: Filología Catalana. Departamento: Filología Clásica. Actividades docentes e investigadoras: «Lengua Moderna I: Lenguas Cooficiales: Catalán» y «Lengua Moderna II: Lenguas Cooficiales: Catalán», con la metodología de la enseñanza a distancia.
109.16 Categoría de la plaza: Catedrático de Universidad. Área de conocimiento: Filología Alemana. Departamento: Filologías Extranjeras y sus Lingüísticas. Actividad docente: «Lengua Extranjera: Lengua Alemana» (Filología Hispánica), con la metodología de la enseñanza a distancia. Línea de investigación preferente: «E-learning y Enseñanza de Lenguas Asistida por Ordenador (ELAO)».
109.17 Categoría de la plaza: Catedrático de Universidad. Área de conocimiento: Lengua Española. Departamento: Lengua Española y Lingüística General. Actividades docentes e investigadoras: «Morfología de la lengua española», con la metodología de la enseñanza a distancia.
109.18 Categoría de la plaza: Catedrático de Universidad. Área de conocimiento: Historia Contemporánea. Departamento: Historia contemporánea. Actividad docente: «Historia Contemporánea de España II (desde 1923)», con la metodología de la enseñanza a distancia. Línea de investigación preferente: «Relaciones Peninsulares: siglo XX».
109.19 Categoría de la plaza: Catedrático de Universidad. Área de conocimiento: Ingeniería Química. Departamento: Química aplicada a la ingeniería. Actividad docente: «Fundamentos Químicos de la Ingeniería (Ingeniería Superior e Ingeniería Técnica)», con la metodología de la enseñanza a distancia. Línea de investigación preferente: «Materiales polímeros».
109.20 Categoría de la plaza: Catedrático de Universidad. Área de conocimiento: Sociología. Departamento: Sociología I (Teoría, Metodología y Cambio Social). Actividades docentes e investigadoras: «Sociología de la Diversidad» y «Antropología de la Sexualidad», con la metodología de la enseñanza a distancia.
109.21 Categoría de la plaza: Catedrático de Universidad. Área de conocimiento: Ingeniería de Sistemas y Automática. Departamento: Informática y Automática. Actividades docentes e investigadoras: «Automática I», «Automática II» y «Sistemas Operativos», con la metodología de la enseñanza a distancia.

sábado, 12 de septiembre de 2009

precios públicos por los servicios académicos universitarios en la Universidad Nacional de Educación a Distancia para el curso 2009-2010.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN. Orden EDU/2392/2009, de 9 de septiembre, por la que se fijan los precios públicos por los servicios académicos universitarios en la Universidad Nacional de Educación a Distancia para el curso 2009-2010.
Objeto.- La presente Orden tiene por objeto establecer los precios públicos por servicios académicos de la educación superior en la UNED en el curso 2009-2010, en las enseñanzas
conducentes a la obtención de títulos oficiales. Estos precios serán abonados de acuerdo con las normas que se establecen en la presente Orden.
El importe de los precios por estudios conducentes a títulos o diplomas que no tengan carácter oficial será fijado por el Consejo Social de la UNED.

Artículo 2. Precios públicos.
Artículo 3. Limitación del derecho a examen y evaluación.
Artículo 4. Otros precios.
Artículo 5. Tarifas especiales.
Artículo 6. Exención de pagos por servicios académicos.
Artículo 7. Convalidación de estudios y reconocimiento de créditos.
Artículo 8. Forma de pago.
Artículo 9. Falta de pago.
Disposición final única. Entrada en vigor.
ANEXO I - De enseñanzas no renovadas (por cursos)
ANEXO II - De enseñanzas renovadas (por créditos)
ANEXO III - Grados (por créditos ECTS)
ANEXO IV - Másteres Universitarios
ANEXO V - Tarifas