jueves, 7 de mayo de 2009

Ayudas dirigidas a la elaboración e implantación de Planes de Igualdad en empresas de la Comunitat Valenciana.

Conselleria de Benestar Social . ORDRE de 4 de maig de 2009, de la Conselleria de Benestar Social, per la qual es regulen i es convoquen ajudes dirigides a l’elaboració i implantació de plans d’igualtat en empreses de la Comunitat Valenciana. [2009/4960]
Conselleria de Bienestar Social. ORDEN de 4 de mayo de 2009, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regulan y convocan ayudas dirigidas a la elaboración e implantación de Planes de Igualdad en empresas de la Comunitat Valenciana. [2009/4960
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Objeto y ámbito.- 1. Es objeto de la presente orden la convocatoria de ayudas para aquellas empresas privadas de la Comunitat Valenciana que cuenten con menos de 250 trabajadores/as, no estén constituidas con capital público y voluntariamente elaboren o implanten Planes de Igualdad en su organización para fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, mediante la contratación temporal a tiempo parcial de agentes de igualdad en el ejercicio 2009.
La elaboración de Planes de Igualdad deberá hacerse conforme a lo dispuesto en el Decreto 133/2007, de 27 de julio, del Consell, sobre condiciones y requisitos para el visado de los Planes de Igualdad de las Empresas de la Comunitat Valenciana.
La implantación de los planes se refiere a aquellos que hayan sido visados por la Dirección General de la Mujer y por la Igualdad, conforme a lo establecido en el citado Decreto 133/2007.
2. Se entiende por Plan de Igualdad el conjunto ordenado de medidas adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.
3. La contratación deberá realizarse con agentes de igualdad, entendiendo por tales aquellas personas profesionales con master homologado, que diseñen, implementen y evalúen políticas de igualdad entre mujeres y hombres, y asesoren en la puesta en funcionamientode proyectos para la integración de la perspectiva de género en programas, instituciones y empresas.
Entidades beneficiarias.- 1. Podrán concurrir a la presente convocatoria aquellas empresas privadas de menos de 250 trabajadoras/es, cualesquiera que sea su forma jurídica, que desarrollen su actividad en centros de trabajo ubicados en la Comunitat Valenciana siempre que, además, reúnan los requisitos y las condiciones que se establecen en la presente orden.
Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente a la publicación de esta orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, hasta el 15 de junio de 2009.

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