martes, 11 de mayo de 2010

ayudas a la promoción del turismo cultural correspondientes al año 2010.

MINISTERIO DE CULTURA
Ayudas
Orden CUL/1205/2010, de 22 de abril, por la que se convocan las ayudas a la promoción del turismo cultural correspondientes al año 2010.
Primero.–Convocatoria de las ayudas para la promoción del turismo cultural correspondientes a 2010.

1. Objeto y finalidad.- Las ayudas tendrán como objeto la financiación de proyectos cuya finalidad sea el fomento y difusión internacional de los siguientes productos turísticos, siempre que éstos afecten, al menos, a dos Comunidades Autónomas:
– Museos. Las ayudas se destinarán a la financiación de proyectos que promocionen en el exterior redes de museos españoles como destino turístico.
– Festivales de teatro, música y danza. Las ayudas se destinarán a la financiación de proyectos de creación y promoción en el exterior de redes de festivales.
– Itinerarios culturales. Las ayudas se destinarán a proyectos de promoción en el exterior de las rutas históricas, las rutas temáticas y del Año Santo Xacobeo 2010.

2. Condiciones.- 2.1 Las actividades en las que se concreten los proyectos deberán desarrollarse entre el 1 de enero de 2010 y el 31 de diciembre de 2010.
2.2 El importe de estas ayudas sólo será aplicable a los gastos generados directamente en la realización de las actividades para las que se conceda la ayuda, con las especificaciones que determine la orden de concesión, no siendo subvencionables los siguientes gastos:
– Inversiones y adquisiciones de material, equipos o bienes de naturaleza inventariable que supongan un incremento de patrimonio para el beneficiario.
– De funcionamiento ordinario de las entidades concursantes.
– Manutención.
4. Beneficiarios.- 4.1 Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en la presente convocatoria las personas jurídicas, de nacionalidad española o de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
4.2 Quedan excluidas: las personas físicas, las Administraciones Públicas, sus organismos autónomos, y las Sociedades, Entidades Públicas Empresariales, Fundaciones y resto de entes del Sector Público.
4.3 En todo caso la entidad beneficiaria deberá reunir los siguientes requisitos:
a) Que carezca de fines de lucro.
b) Que acredite ante el órgano concedente su trayectoria dentro de la actividad para la que se solicita la ayuda, así como su capacidad y adecuación para la realización de la misma.
c) Deberá estar legalmente constituida a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y su objeto social o fines deberán amparar el desarrollo de actividades de turismo cultural.
5. Requisitos de las solicitudes .- 5.1 Las solicitudes, que se ajustarán al modelo que se publica como anexo I a la presente orden, se cumplimentarán en castellano, y deberán dirigirse a la Subdirección General de Cooperación Cultural con las Comunidades Autónomas, Ministerio de Cultura, Plaza del Rey 1, 1.ª planta, 28071-Madrid.
6. Forma de presentación de solicitudes.- 6.1 Los modelos de solicitudes podrán obtenerse en la página web del Ministerio de Cultura: ( http://www.mcu.es ).
6.2 Las solicitudes podrán presentarse:
a) A través del Registro Electrónico del Ministerio de Cultura:(http://www.mcu.es/registro )
b) En el Registro General del Ministerio de Cultura, Plaza del Rey 1, 28004 Madrid.
7. Plazo de presentación de solicitudes.- 7.1 El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales a partir del día siguiente a la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial del Estado.[del 12 de mayo al 10 de Junio de 2010, a.i.]

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