Mostrando entradas con la etiqueta Ingenierías. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Ingenierías. Mostrar todas las entradas

jueves, 21 de junio de 2018

Becas de Especialización en control analítico de productos objeto de comercio exterior. Secretaría de Estado de Comercio

BDNS(Identif.):403397
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Resultado de imagen de control analítico de calidad de productos agroalimentarios e industriales uePrimero. Beneficiarios. Ciudadanos de nacionalidad española, la de un Estado miembro de la Unión Europea o la de un país signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en posesión del título de Grado o Licenciado en Ciencias Químicas, Biológicas, Farmacia, Veterinaria, Física, Ingenierías o cualquier otra titulación universitaria superior relacionada con las ciencias experimentales.
Segundo. Objeto. La finalidad de las becas es promover la formación y el perfeccionamiento técnico-profesional de titulados universitarios superiores, en materia de control analítico de calidad de productos agroalimentarios e industriales, para facilitar así su incorporación al mercado laboral.
Tercero. Bases Reguladoras. La Orden EIC/328/2017, de 30 de marzo ("BOE" número 87, de 12 de abril) establece las bases reguladoras de la concesión de becas de especialización en control analítico de productos objeto de comercio exterior.
Las bases reguladoras se encuentran a su vez en la página web del Ministerio de Economía y Competitividad, Secretaría de Estado de Comercio, Área de Comercio Exterior, en la siguiente dirección: http://www.comercio.gob.es/es-ES/comercio-exterior/becas-y-premios/Paginas/becas-control.aspx
Cuarto: Cuantía. Las becas tendrán una duración máxima de dos años, a contar desde la incorporación de los becarios tras la notificación de la resolución de su concesión.
Cada beca estará dotada con una cantidad máxima de 14.819,52 euros anuales brutos, siendo la asignación mensual de 1.234,96 euros brutos.
Quinto. Plazo de Presentación de solicitudes. El plazo será de 15 días a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado.{del 22 de junio al *12  de julio de 2018, a.i.}
Sexto. Documentación de la que consta la solicitud.
Toda la información relativa a la documentación a aportar, se especifica la Resolución de junio de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se convocan becas de especialización en control analítico de productos objeto de comercio exterior, que se puede encontrar en en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, o en la siguiente dirección: http://www.comercio.gob.es/es-ES/comercio-exterior/becas-y-premios/Paginas/becas-control.aspx

miércoles, 29 de marzo de 2017

Bases: becas de formación para titulados universitarios, en materia de transparencia, derecho al acceso a la información y buen gobierno.

1. Objeto.
El objeto de estas bases reguladoras es la concesión de becas de formación práctica para titulados superiores en posesión de alguno de los títulos incluidos en las ramas de conocimiento de Ciencias Sociales y Jurídicas y de Ingenierías y Arquitectura, en régimen de concurrencia competitiva y conforme a los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación.
Las becas se concederán tras la oportuna convocatoria realizada de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El número de becas de cada convocatoria y las titulaciones requeridas dentro de las previstas en el apartado anterior, se establecerán en función de la disponibilidad presupuestaria del ejercicio correspondiente mediante resolución de la Presidenta del CTBG, publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) http://www.igae.pap.minhap.gob.es, y un extracto de la misma, en el «Boletín Oficial del Estado».
2. Características de las becas.
1. Las becas que se convoquen se desarrollarán dentro de un programa de formación práctica e integral sobre la transparencia de la actividad pública, la regulación y garantías del derecho de acceso a la información y obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos así como las consecuencias derivadas de su incumplimiento en el ámbito de las competencias del CTBG.
Las becas se desarrollarán en la sede del CTBG
2. El plan de formación incluirá:
a) Análisis de la elaboración y aplicación de la normativa.
b) Análisis general de estructuras y políticas.
c) Participación en sistemas de gestión, medición y control de indicadores de seguimiento y evaluación.
d) Elaboración de informes, de ámbito general o específico.
e) Participación en el diseño de actividades de difusión.
f) Seguimiento y análisis de la normativa de las comunidades autónomas.
e) Gestión y tratamiento de la información.
3. Al final del programa de formación, el CTBG proporcionará al interesado, previo informe del tutor de docencia, un certificado acreditativo de la formación práctica adquirida, a los efectos de su currículum vítae.
4. La concesión y disfrute de las becas, dado su carácter formativo, no supondrá vinculación laboral o funcionarial de ninguna clase entre el becario y el CTBG e implicará por parte de aquél la aceptación de lo dispuesto en estas bases y la respectiva convocatoria.
La cantidad que se abone a los becarios en ningún caso tendrá la consideración de salario o remuneración, sino de ayuda económica para formación, y no devengará derecho alguno a indemnización por finalización del programa de prácticas.
5. La participación en el programa de formación no supondrá en ningún caso mérito para el acceso a la Administración General del Estado ni para la adquisición de una relación laboral con ésta ni con ninguna entidad vinculada o dependiente de ella.
6. El tiempo de participación en los programas de formación no tendrá la consideración de servicios previos ni de servicios efectivos en las administraciones públicas, aunque las actividades incluidas en tales programas se desarrollen en administraciones, entidades u organismos públicos, o sean financiados por ellos, de acuerdo con la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública y el Real Decreto 1461/1982, de 25 de junio, que la desarrolla.
3. Requisitos de los beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las becas aquellas personas físicas con plena capacidad de obrar que reúnan las siguientes condiciones al día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
a) Poseer la nacionalidad española o la de un país miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, y ser residente en España.
b) Dominio del idioma español. Sólo requerirá de prueba documental en los casos en que se trate de candidatos no españoles y que lleven residiendo en España por un periodo inferior a dos años.
c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de entre los señalados en el artículo 1. Los títulos universitarios obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar homologados o reconocidos por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y producir plenos efectos jurídicos al día siguiente de la publicación de la convocatoria.
d) Conocimientos de inglés de nivel mínimo B2, acreditado mediante titulación oficial.
e) Manejo a nivel de usuario de los programas informáticos de tratamiento de texto, hoja de cálculo y presentaciones, así como de Internet.
f) Tener menos de 30 años.
g) Conocimientos específicos, (trabajos realizados, cursos, estudios y máster postgrado) que estén certificados en algunas de las áreas de conocimiento del artículo 2 de esta orden,
h) No incurrir en ninguna de las causas de prohibición previstas en artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.