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sábado, 28 de abril de 2018

Subvenciones dinerarias para la elaboración/rectificación de Inventarios de Bienes y Derechos de las Entidades Locales de la provincia de Alicante con población a partir de 1.000 habitantes, para la anualidad 2018.

BDNS(Identif.):395615
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Ayuntamientos y Entidades cuya población esté comprendida entre los 1.000 y 20.000 habitantes de la provincia de Alicante.
Segundo. Objeto:
Subvenciones dinerarias para la elaboración/rectificación de Inventarios de Bienes y Derechos de las Entidades Locales de la provincia de Alicante con población a partir de 1.000 habitantes, para la anualidad 2018.
La subvención irá destinada a subvencionar los trabajos   realizados -con personal propio o mediante procedimiento de contratación- para la elaboración/rectificación de Inventarios de Bienes y derechos,  que se  justifiquen  antes del  21 de noviembre de 2018.
El importe a subvencionar sobre el coste total de los trabajos de inventario realizados  será de 6.000 euros por inventario y Entidad.
El inventario  se realizará conforme  a los criterios establecidos en el “Manual  para la realización de los trabajos de campo de Inventario y Valoración” elaborado en el ámbito de actuación de la Acción 7. Gestión Patrimonial, del Plan Moderniza 7.0 de la Diputación Provincial de Alicante,  y comportará los correspondientes cambios en la gestión económica de las entidades locales una vez completadas las actuaciones.
Tercero. Bases reguladoras:
Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Alicante (publicada en el BOP número 118, de 27 de mayo de 2005) y Bases Específicas incluidas en la convocatoria que podrán consultarse en la sede electrónica de su página web (http://sede.diputacionalicante.es/ ).
Cuarto. Importe:
La dotación económica prevista en el presupuesto de 2018 destinada a la financiación de la Convocatoria de que se trata asciende a 60.000 euros.
En este sentido, se fija una cuantía adicional máxima de 18.000 euros a la dotación prevista inicialmente en el presupuesto para la realización de los citados inventarios, de tal forma que se podrán ampliar hasta 3 el número de entidades beneficiarias de estas subvenciones dinerarias siempre de acuerdo a los criterios de selección establecidos en las Bases Primera y Sexta. La aplicación de esta cantidad adicional máxima a la concesión no requeriría nueva convocatoria, conforme a lo dispuesto en el art. 58.2 del citado Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la LGS, el plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP [Alacant Nº 79 de 26/04/2018] por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, una vez que se haya presentado ante ésta el texto de la convocatoria y la información requerida para su publicación. {del 27 de abril al 18 de mayo de 2018, a.i.}

viernes, 6 de abril de 2018

5 subvenciones en especie –no dinerarias- destinadas a financiar la elaboración/rectificación de Inventarios de bienes y derechos que conformen el patrimonio municipal a Ayuntamientos y Entidades de ámbito territorial inferior al municipal de la provincia de Alicante con población inferior a 1.000 habitantes. Diputació d'Alacant.

Diputació d'Alacant. RESOLUCIÓN Nº 38, DE 16 DE MARZO DE 2018, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA Y BASES DE SUBVENCIONES EN ESPECIE PARA LA ELABORACIÓN/RECTIFICACIÓN DE LOS INVENTARIOS DE BIENES Y DERECHOS DE LAS ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA DE ALICANTE CON POBLACIÓN INFERIOR A 1.000 HABITANTES. ANUALIDAD 2018
BDNS(Identif.):392534
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Ayuntamientos y Entidades de ámbito territorial inferior al municipal de la provincia de Alicante con población inferior a  1.000  habitantes, así como Mancomunidades y Consorcios integrados exclusivamente por Ayuntamientos cuya media aritmética del número de habitantes de los municipios integrantes de los mismos no supere los 1.000 habitantes.
Segundo. Objeto:
El objeto de las presentes Bases  es regular el procedimiento en régimen de concurrencia competitiva ordinaria para la concesión durante  el ejercicio  2018, de hasta 5 subvenciones  en especie –no dinerarias- destinadas a financiar  la elaboración/rectificación de Inventarios de bienes y derechos que conformen el patrimonio municipal a Ayuntamientos y Entidades de ámbito territorial inferior al municipal de la provincia de Alicante con población inferior a  1.000  habitantes, así como a  Mancomunidades y Consorcios integrados exclusivamente por Ayuntamientos, cuya media aritmética del número de habitantes de los municipios integrantes de los mismos no supere los 1.000 habitantes.
La subvención será de 4.400 euros por entidad e  inventario. El coste de la actividad asciende a 4.400 euros, que coincide con el importe de la subvención.
El inventario  se realizará conforme  a los criterios establecidos en el “Manual  para la realización de los trabajos de campo de Inventario y Valoración” elaborado en el ámbito de actuación de la Acción 7. Gestión Patrimonial, del Plan Moderniza 7.0 de la Diputación Provincial de Alicante,  y comportará los correspondientes cambios en la gestión económica de las entidades locales una vez completadas las actuaciones.
 Tercero. Bases reguladoras:
Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Alicante (publicada en el BOP número 118, de 27 de mayo de 2005) y Bases Específicas incluidas en la convocatoria que podrán consultarse en la sede electrónica de su página web (http://sede.diputacionalicante.es/).
Cuarto. Importe:
La dotación económica prevista en el presupuesto de 2018  destinada a la financiación de la Convocatoria de que se trata asciende a 22.000 euros.         
El crédito  inicialmente consignado en el presupuesto de 2018 podrá sufrir variaciones al alza, fijándose la cuantía adicional máxima en 17.600 euros,  que ampliarían hasta 4 el número de ayuntamientos beneficiarios de la subvención, siempre de acuerdo a los criterios de selección establecidos en la Base Sexta. La aplicación de esta cantidad adicional máxima a la concesión no requeriría nueva convocatoria, conforme a lo dispuesto en el art. 58.2 del citado Reglamento  de la Ley General de Subvenciones.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la LGS, el plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, una vez que se haya presentado ante ésta el texto de la convocatoria y la información requerida para su publicación. [BOP-Alacant Nº 66 de 06/04/2018 ] {del 7 al 27 de abril de 2018, a.i.}
Sexto. Otros requisitos:
Para ser beneficiarios de la actuación de esta Convocatoria los Ayuntamientos deberán reunir los siguientes requisitos:
•    
     Que a la fecha de finalización  del plazo de presentación de solicitudes hayan solicitado la adhesión a la Acción 7. Gestión Patrimonial del Plan de Modernización 7.0 de la Diputación de Alicante.
•         Que la cifra oficial de población sea inferior  a 1.000 habitantes.
•         No estar incurso en ninguna de las circunstancias que impiden tener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
•         No haber obtenido de la Diputación subvención para esta finalidad en anualidades anteriores.

lunes, 6 de marzo de 2017

Subvención en especie para la Elaboración/Rectificación de Inventarios de Bienes y Derechos, en Ayuntamientos y EATIM de población inferior a 1.000 hab. de la provincia de Alicante. Diputació d'Alacant.

BDNS(Identif.):334115 
De conformidad con lo previsto en los artículos 17. 3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se public a el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ): 
Primero. Beneficiarios: Ayuntamientos y Entidades de ámbito territorial inferior al municipal de la provincia de Alicante con población inferior a 1.000 habitantes, así como Mancomunidades y Consorcios integrados exclusivamente por Ayuntamientos cuya media aritmética del número de habitantes de los municipios integrantes de los mismos no supere los 1.000 habitantes. 
 Segundo. Objeto: El objeto de las presentes Bases es regular el procedimiento en régimen de concurrencia competitiva ordinaria para la concesión durante el ejercicio 2017, de hasta 7 subvenciones en especie –no dinerarias- destinadas a financiar la elaboración/rectificación de Inventarios de bienes y derechos que conformen el patrimonio municipal a Ayuntamientos y Entidades de ámbito territorial inferior al municipal de la provincia de Alicante con población inferior a 1.000 habitantes, así como a Mancomunidades y Consorcios integrados exclusivamente por Ayuntamientos, cuya media aritmética del número de habitantes de los municipios integrantes de los mismos no supere los 1.000 habitantes. 
 La subvención será de 4.400 euros por entidad e inventario. 
El coste de la actividad asciende a 4.400 euros, que coincide con el importe de la subvención. 
El inventario se realizará conforme a los criterios establecidos en el “Manual para la realización de los trabajos de campo de Inventario y Valoración” elaborado en el ámbito de actuación de la Acción 7. Gestión Patrimonial, del Plan Moderniza 7.0 de la Diputación Provincial de Alicante, y comportará los correspondientes cambios en la gestión económica de las entidades locales una vez completadas las actuaciones. 
Cuarto. Importe: La dotación económica prevista en el presupuesto de 2017 destinada a la financiación de la Convocatoria de que se trata asciende a 30.800 euros. 
El crédito inicialmente consignado en el presupuesto de 2017 podrá sufrir variaciones al alza, fijándose la cuantía adicional máxima en 17.600 euros, que ampliarían hasta 4 el número de ayuntamientos beneficiarios de la subvención, siempre de acuerdo a los criterios de selección establecidos en la Base Sexta. 
La aplicación de esta cantidad adicional máxima a la concesión no requeriría nueva convocatoria, conforme a lo dispuesto en el art. 58.2 del citado Reglamento de la Ley General de Subvenciones. 
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la LGS, el plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones,{del 7 al 27 de marzo de 2017, a.i.} una vez que se haya presentado ante ésta el texto de la convocatoria y la información requerida para su publicación.

martes, 12 de abril de 2016

Subvenciones dinerarias para la elaboración/rectificación de Inventarios de Bienes y Derechos de las Entidades Locales de la provincia de Alicante con población entre 1.000 y 20.000 habitantes, para la anualidad 2016.

... se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios: Ayuntamientos y Entidades cuya población esté comprendida entre los 1.000 y 20.000 habitantes de la provincia de Alicante, así como Mancomunidades y Consorcios integrados exclusivamente por Ayuntamientos cuya media aritmética del número de habitantes de los municipios integrantes de los mismos esté comprendida entre los 1.000 y 20.000 habitantes. 
Segundo. Objeto: Subvenciones dinerarias para la elaboración/rectificación de Inventarios de Bienes y Derechos de las Entidades Locales de la provincia de Alicante con población entre 1.000 y 20.000 habitantes, para la anualidad 2016. 
La subvención irá destinada a subvencionar los trabajos  realizados -con personal propio o mediante procedimiento de contratación- para la elaboración/rectificación de Inventarios de Bienes y derechos, que se justifiquen antes del 4 de noviembre de 2016. 
El importe a subvencionar sobre el coste total de los trabajos de inventario realizados será de 6.000 euros por inventario y Entidad.
El inventario se realizará conforme a los criterios establecidos en el “Manual para la realización de los trabajos de campo de Inventario y Valoración” elaborado en el ámbito de actuación de la Acción 7. Gestión Patrimonial, del Plan Moderniza 7.0 de la Diputación Provincial de Alicante, y comportará los correspondientes cambios en la gestión económica de las entidades locales una vez completadas las actuaciones.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la LGS, el plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP {del 13 al 27 de abril de 2016, a.i.} por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, una vez que se haya presentado ante esta el texto de la convocatoria y la información requerida para su publicación.

viernes, 26 de diciembre de 2014

subvenciones para la elaboración/rectificación de los Inventarios de bienes y Derechos de los municipios de la provincia de Alicante con una población de entre 1.000 y 20.000 habitante, anualidad 2015

... convocatoria anticipada de subvenciones para la elaboración/rectificación de los Inventarios de bienes y Derechos de los municipios de la provincia de Alicante con una población de entre 1.000 y 20.000 habitantes, anualidad 2015, con arreglo a las siguientes Bases:
“BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA ELABORACIÓN/RECTIFICACIÓN DE LOS INVENTARIOS DE BIENES Y DERECHOS DE LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE ALICANTE CON POBLACIÓN ENTRE 1.000 Y 20.000 HABITANTES. ANUALIDAD 2015. ACCIÓN NÚM. 7. PLAN MODERNIZA 7.0”.
Primera.- Objeto de la Convocatoria y dotación económica. Por acuerdo del Pleno de esta Corporación, de fecha 7 de noviembre de 2013, se modificó el Plan de Modernización de los Ayuntamientos de la Provincia de Alicante, introduciendo una nueva Acción, la número 7, de “Gestión Patrimonial” en la que la Diputación ofrece el módulo del Sistema de Gestión Patrimonial “GPA” integrado con la aplicación de gestión económico-contable “SICALWIN” que permite sistematizar la gestión patrimonial de las entidades locales definiendo y enlazando las relaciones contables entre el inventario y la contabilidad, de forma que se asegure la imagen fiel de la realidad patrimonial.
En el referido acuerdo plenario, se indica que le corresponde a la Diputación dotar a los municipios de la provincia de los medios para que dispongan de inventarios actualizados de los bienes y derechos municipales. Asimismo, dentro de los objetivos de la Acción 7 del Plan Moderniza 7.0, se recoge que la Diputación, en la medida en que lo permitan sus disponibilidades presupuestarias, facilitará a los Ayuntamientos la formación y actualización de sus inventarios promoviendo actuaciones y/o concediendo subvenciones para tal finalidad, y ello en ejercicio de la competencia de asistencia técnica y económica a los municipios, especialmente a los de menor capacidad económica y de gestión, establecida en el artículo 36.1.b) de la Ley de Bases de Régimen Local.
El objeto de las presentes Bases es regular el procedimiento en régimen de concurrencia competitiva ordinaria para la concesión durante el ejercicio 2015, de 31 subvenciones a través de la siguiente Línea de actuación:
Línea de subvención dineraria: destinada a subvencionar los trabajos que realicen los Ayuntamientos (con personal propio o mediante procedimiento de contratación) con población comprendida entre los 1.000 y 20.000 habitantes, para la elaboración/Rectificación de Inventarios de Bienes y derechos, que se justifiquen antes del 15 de octubre de 2015. El importe a subvencionar sobre el coste total de los trabajos de inventario realizados será de 4.400 euros por inventario y Ayuntamiento.
El inventario se realizará conforme a los criterios establecidos en el “Manual para la realización de los trabajos de campo de Inventario y Valoración” elaborado en el ámbito de actuación de la Acción 7. Gestión Patrimonial, del Plan Moderniza 7.0 de la Diputación Provincial de Alicante, y comportará los correspondientes cambios en la gestión económica de las entidades locales una vez completadas las actuaciones.
Con el fin de garantizar una aplicación homogénea del sistema de gestión patrimonial para los Ayuntamientos de la provincia adheridos a la Acción 7, serán requisitos necesarios para los Ayuntamientos beneficiarios de la Línea de Subvención Dineraria:
- que los Ayuntamientos beneficiarios que decidan realizar los trabajos objeto de la subvención a través de la tramitación del correspondiente expediente de contratación de servicios, incorporen en el pliego condiciones técnicas del servicio de que se trata las especificaciones indicadas en el Anexo II.
- que el equipo de trabajo de los Ayuntamientos beneficiarios de la citada Línea de subvención, formado o por personal del propio Ayuntamiento o de la empresa adjudicataria del servicio encargado de realizar los trabajos asista, antes del inicio de los mismos, a la/s sesión/es informativa/s, organizada/s por la Diputación sobre los criterios básicos de realización del Inventario establecidos en el “Manual para la realización de los trabajos de campo de Inventario y Valoración” y la carga inicial en el programa GPA.
La efectividad de la presente Convocatoria de tramitación anticipada y concurrencia competitiva para la que se prevé una dotación económica global estimada de 136.400 queda supeditada a la entrada en vigor del Presupuesto Provincial de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el art. 56 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El crédito que inicialmente se consigne en el presupuesto de 2015 podrá sufrir las variaciones al alza que pudieran producirse como consecuencia de posteriores modificaciones presupuestarias, que ampliarían el número de ayuntamientos beneficiarios de la subvención, siempre de acuerdo a los criterios de selección establecidos en la Base Sexta.
Asimismo, en el presupuesto de 2015 se podrán realizar redistribuciones dinerarias entre el crédito imputado a la aplicación correspondiente a esta línea de subvención dineraria y el imputado a la línea de subvención en especie que se establezca para la elaboración/rectificación de inventarios de bienes y derechos para Ayuntamientos de menos de 1.000 habitantes, y ello con el fin de poder ampliar el número de beneficiarios de las indicadas líneas de subvención.
Segunda. Plazo presentación de solicitudes. Los Ayuntamientos interesados podrán formular la pertinente solicitud de la inclusión en esta Convocatoria desde el día siguiente de la publicación de las Bases en el Boletín Oficial de la Provincia y hasta el 31 de enero de 2015.
Las subvenciones de que se trata serán compatibles con otras concedidas para la misma finalidad, siempre y cuando el conjunto de todas ellas no sobrepase el 100 por 100 del gasto. En el supuesto de que la subvención provincial concurriera con cualquier otra subvención, ayuda o ingreso público o privado, el importe de la subvención provincial nunca podrá superar, en concurrencia con dichos ingresos, el importe definitivo de la actuación, debiendo reducirse proporcionalmente, conforme resulte de la redistribución de la financiación total obtenida para el objeto de la subvención, en función del coste definitivo.