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sábado, 16 de febrero de 2019

Bolsa de Empleo de Auxiliares de Servicios (Peones y Sepultureros) y Oficiales de 2ª Polivalentes del Ayuntamiento de Aldaia.

Edicto del Ayuntamiento de Aldaia sobre rectificación de las bases de la convocatoria para la creación de una bolsa de empleo de auxiliares de servicios (peones y sepultureros) y oficiales de 2ª polivalentes.
EDICTO
El Ayuntamiento de Aldaia ha aprobado por Resolución de Alcaldía nº 2018/3647, de fecha 20 de noviembre de 2018, la Rectificación de las Bases de la convocatoria para la creación de una Bolsa de Empleo de Auxiliares de Servicios (Peones y Sepultureros) y Oficiales de 2ª Polivalentes del Ayuntamiento de Aldaia.
El plazo de presentación de instancias será de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia. {del 16 de febrero al 15 de marzo de 2019, a.i.}
No obstante, las personas aspirantes que ya hayan presentado solicitudes de participación en el proceso selectivo regulado por las Bolsa de Empleo de Auxiliares de Servicios (Peones y Sepultureros) y Oficiales de 2ª Polivalentes del Ayuntamiento de Aldaia (aprobadas por Resolución de Alcaldía nº 2018/2734, de 20 de agosto) en el periodo de tiempo comprendido entre el 6 de septiembre y el de 3 de octubre (ambos incluidos) no tendrán que presentar nueva solicitud dado que se tendrán en cuenta las solicitudes presentadas en su momento, sin perjuicio de la posibilidad de que disponen de presentar los documentos acreditativos de nuevos méritos obtenidos hasta la finalización del nuevo periodo de presentación de solicitudes. Todo ello sin perjuicio de su posterior admisión o exclusión en el momento en que se apruebe la lista de aspirantes admitidos/as y excluidos/as al presente proceso selectivo.
Las nuevas bases específicas se encuentran expuestas en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, sito en la Plaza Constitución, 10 de Aldaia y en la página web del Ayuntamiento. www.aldaia.es

viernes, 20 de julio de 2012

Peones de la brigada de obras y servicios varios. Bolsa de trabajo temporal. Ajuntament d'Orpesa de Mar / Oropesa de Mar. (Plana Alta-Castelló)

OROPESA DEL MAR/ORPESA
El Ayuntamiento de Oropesa del Mar ha efectuado convocatoria, por concurso-oposición, para la provisión en régimen de derecho laboral temporal, para que preste sus servicios al amparo del art. 2 del RD 2720/1998, de 18 de diciembre, por el que se desarrolla el art. 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada las siguientes plazas:
Peones de la brigada de obras y servicios varios.
Las bases para participar en la convocatoria se encuentran publicadas en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, y se pueden consultar en la página web municipal.  
http://www.oropesadelmar.es/empleopublico.php
El plazo para presentar instancias es de diez días naturales contados desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. [BOP-CS 86 - 19 de julio de 2012] {del 20 al 29 de julio de 2012,a.i.}
**extracto bases:
SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Para poder participar en las pruebas selectivas de esta convocatoria es necesario que los aspirantes reúnan los siguientes requisitos referidos al día en que finalice el plazo de presentación de instancias:
a) Ser español o nacional de uno de los estados miembros de la Unión Europea o extranjero residente en España en las condiciones recogidas en el artículo 10 de la L.O. 4/2000, de 11 de enero, modificada por L.O. 8/2000, de 22 de diciembre.
b)Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas, no estando incurso en causa de incapacidad, con arreglo a la legislación vigente, y no padeciendo enfermedad o defecto físico o psíquico que impida o sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones y tareas inherentes al puesto de peón de brigada de obras y servicios varios.
c)Tener cumplidos 16 años de edad, y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
d)Estar en posesión del certificado de escolaridad o equivalente o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha en la que termine el plazo de presentación de instancias. Las titulaciones obtenidas en el extranjero deberán justificarse con la pertinente documentación que acredite su homologación.
e)No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario, de cualquier administración o empleo publico, ni hallarse inhabilitado o inhabilitada penalmente para el ejercicio de funciones publicas.
TERCERA.- PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS. 1. Participantes: Las instancias para tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán al Señor Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, utilizándose el modelo de instancia que figura como Anexo I.
En las instancias para tomar parte en esta convocatoria, los aspirantes deberán manifestar que reúne todos y cada uno de los requisitos que se exigen en estas Bases.
A las instancias se acompañará:
a) Fotocopia compulsada del DNI en vigor o documento acreditativo de la personalidad del solicitante.
b) Informe de vida laboral del solicitante, actualizado a fecha de presentación de las solicitudes, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
c) Fotocopia compulsada de la titulación exigida en la convocatoria.
Además de ello se acompañará para la valoración de méritos aquella documentación que sirva para acreditar los extremos a baremar.
a) Fotocopia compulsada o copia original de los títulos de formación.
b) Fotocopia compulsada o copia original de los diplomas de cursos realizados.
c) Copias compulsadas de los certificados de empresa.
d) Cualquier documento que el aspirante considere necesario para acreditar méritos baremables.
e) Fotocopia compulsada o copia original del DARDE (tarjeta demandante de empleo y/o certificado en el que figure el tiempo como desempleado)*
2. Lugar: Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de 9:00 a 14:00 horas o por alguno de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999.
3. Plazo: El plazo de presentación de instancias será de diez días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación en extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Provincia de Castellón. [BOP-CS 86 - 19 de julio de 2012] {del 20 al 29 de julio de 2012,a.i.}

martes, 5 de junio de 2012

bolsa de peones para la limpieza y mantenimiento de piscinas municipales del ayuntamiento de Alcala de Xivert (Baix Maestrat-Castelló)

Ajuntament d' Alcalà de Xivert (Baix Maestrat-Castelló)  . Bases para la creación de una bolsa de peones para la limpieza y mantenimiento de piscinas municipales del ayuntamiento de Alcala de Xivert
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de la presente convocatoria la selección mediante concurso-oposición para creación de una bolsa de peones para la limpieza y mantenimiento de piscinas municipales, para su contratación laboral temporal, a los efectos de paliar en la medida de lo posible la consecuencia de la actual crisis en lo que afecta a los desempleados, que van a poder tener de este modo, una posibilidad de incorporarse al mercado de trabajo, y en su caso, obtener un contrato temporal que facilite y mejore su situación laboral y económica.
Los trabajos a realizar serán los propios a las plazas convocadas y de apoyo a la brigada de obras municipal en sus diversas tareas, bajo la supervisión y órdenes del responsable de la misma.
Al tratarse de una bolsa de trabajo para la contratación de personal laboral temporal, serán llamados en el orden del listado de la bolsa, decayendo en su derecho aquél llamado que no comparece. A los aspirantes propuestos se les ofrecerá contratos de duración determinada a tiempo completo o a tiempo parcial, según las necesidades.
SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Para poder participar en las pruebas selectivas de esta convocatoria es necesario que los aspirantes reúnan los siguientes requisitos, referidos al día en que finalice el plazo de presentación de instancias:
- Tener la nacionalidad española o la de alguno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras, en los términos previstos en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
No obstante, en las convocatorias de ingreso o de provisión de los puestos de trabajo que impliquen el ejercicio de potestades públicas o la responsabilidad en la salvaguarda de los intereses de la entidad local o de las administraciones públicas, se hará constar que estos puestos de trabajo quedan reservados al personal funcionario de nacionalidad española.
- Tener cumplidos los dieciséis años.
- No exceder, en su caso de la edad máxima de jubilación forzosa, salvo que por Ley se establezca otra edad máxima.
- Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
- En el supuesto de convocatoria de plazas de carácter laboral, podrán acceder a las mismas los extranjeros, de conformidad con la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y el art. 54 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana.
- Estar en posesión del certificado de escolaridad o equivalente o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha en la que termine el plazo de presentación de instancias.
- Estar desempleado o ser demandante de empleo registrado en el Servicio Valenciano de Empleo (SERVEF), a fecha anterior a la aprobación de estas bases.
- Estar empadronado en el municipio de Alcalà de Xivert a fecha anterior a la aprobación de estas bases.
TERCERA.- PRESENTACION DE INSTANCIAS.
1. Participantes: Las instancias para tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, según modelo que figura en el Anexo I. Deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos que se exigen en estas Bases.
2. En las instancias se acompañará:
a. Fotocopia compulsada del D.N.I. en vigor o documento acreditativo de la personalidad del solicitante.
b. Fotocopia compulsada de la titulación exigida en la convocatoria.
c. Certificado de estar desempleado a fecha anterior a la aprobación de estas bases.
d. Certificado de convivencia.
Para la valoración de méritos se acompañará aquella documentación que sirva para acreditar los extremos a baremar:
a) Certificado de minusvalía.
b) Titulación académica superior a la exigida en la convocatoria.
3. Lugar: Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de 9:00 a 14:00 horas o por alguno de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999.
4. Plazo: 5 días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. [BOP 66 - 2 de junio de 2012] {del 3 al 7 de junio de 2012,a.i.}de Castellón.
CUARTA.- PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA. Las bases de la presente convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón, en el Tablón de edictos del Ayuntamiento y en la página web municipal, mientras que los demás anuncios referentes al proceso de la misma se publicarán en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.  www.alcaladexivert.es

lunes, 31 de mayo de 2010

13 plazas: 5 Peones especialistas, 1 Limpiadora, 2 Conserjes, 1 Oficial-electricist. Ayuntamiento de Canet d´En Berenguer (Camp de Morvedre-València),

Resolución de 5 de mayo de 2010, del Ayuntamiento de Canet d´En Berenguer (Camp de Morvedre-València), referente a la convocatoria para proveer varias plazas.
Por resolución de la Concejalía de Personal se ha dispuesto la continuación de los trámites del proceso selectivo referente a la convocatoria para la provisión de las plazas laborales, mediante concurso-oposición y por turno libre, que a continuación de detallan:
Encargado de Jardinería (una plaza).
Encargado de Limpieza (una plaza).
Oficial Electricista (una plaza).
Monitor-Socorrista (dos plazas).
Conserjes Piscina (dos plazas).
Limpiadora (una plaza).
Peones especialistas (cinco plazas).
El plazo de presentación de instancias será de veinte días hábiles a partir de la publicación de este anuncio. {del 1 al 23 de Junio de 2010, a.i.}. Las bases de la convocatoria están publicadas íntegramente en el «Boletín Oficial de la Provincia de Valencia» número 103, de 3 de mayo de 2010.

jueves, 6 de mayo de 2010

1 Conserje, 2 Auxiliar Administrativo, 7 Peones, 4 Oficiales 1ª. (interinos). Ajuntament de La Nucía (Marina Baixa-Alacant)

Ayuntamiento de La Nucía (Marina Baixa-Alacant)
Web municipal:
Butlletí Provincial d'Alacant n. 84, de 6 de maig.
-BASES PARA 1 PLAZA DE CONSERJE página 65
-BASES PARA 2 PLAZAS DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO LABORAL
página 68
-BASES GENERALES PARA LA CONVOCATORIA DE 7 PLAZAS DE PEÓN, LABORAL TEMPORAL
página 71
-BASES GENERALES PARA LA CONVOCATORIA DE 4 PLAZAS DE OFICIALES 1ª LABORAL TEMPORAL página 74

EDICTO
Se hace público para general conocimiento que la Junta de Gobierno Local del día 25 de marzo de 2010, aprobó las bases para la convocatoria de una plaza de Conserje, como personal Funcionario Interino, con destino a los Servicios Administrativos de este Ayuntamiento y de acuerdo con la Oferta de Empleo Público 2010.
Las solicitudes para tomar parte en las pruebas se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, o en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/19923, de 26 de noviembre, sobre el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el plazo de veinte (20) días naturales contados desde el siguiente al de la inserción del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.
El pago de las tasas correspondientes deberá realizarse en la siguiente cuenta bancaria: Entidad: 3045 – Oficina: 0002 – D.C.: 51 – Cuenta número: 1661961126; y serán de 30 € según la Ordenanza Fiscal correspondiente.
Las bases de la convocatoria se adjuntan a continuación:
- BASES GENERALES PARA LA CONVOCATORIA DE CONSERJE FUNCIONARIO INTERINO, EN EL AYUNTAMIENTO DE LA NUCÍA.
Base 1ª Objeto.- Estas bases tienen por objeto establecer las normas que han de regir el proceso de selección para cubrir una plaza vacante de Conserje de la plantilla de personal funcionario de esta Entidad Local, con carácter de interinidad y que está incluida en la Oferta de Empleo Publico del año 2010, plaza número 1079.
Estas plazas tienen las siguientes características:
- Grupo: AP; Clasificación: Administración General; Subescala: Subalterna; Clase: Funcionario Interino; Número de vacantes: Una; Denominación: Conserje; Adscripción: Educación.
El sistema selectivo es el de oposición.
Base 3ª Requisitos de los aspirantes.- 3.1- Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir, en cualquier caso, los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por Ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del Certificado de escolaridad o equivalente.
4.2 Plazo de presentación. El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.[del 7 al 26 de Mayo de 2010, a.i.]

EDICTO
Se hace público para general conocimiento que la Junta de Gobierno Local del día 25 de marzo de 2010, aprobó las bases para la convocatoria de dos plazas de Auxiliar Administrativo, como personal Laboral Temporal, con destino a los Servicios Administrativos de este Ayuntamiento y de acuerdo con la Oferta de Empleo Público 2010.
Las solicitudes para tomar parte en las pruebas se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, o en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/19923, de 26 de noviembre, sobre el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el plazo de diez (10) días naturales contados desde el siguiente al de la inserción del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.
El pago de las tasas correspondientes deberá realizarse en la siguiente cuenta bancaria: Entidad: 3045 – Oficina: 0002 – D.C.: 51 – Cuenta número: 1661961126; y serán de 40 € según la Ordenanza Fiscal correspondiente.
Las bases de la convocatoria se adjuntan a continuación:
- BASES GENERALES PARA LA CONVOCATORIA DE DOS PLAZAS DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO, LABORAL TEMPORAL
Base 1ª Objeto. El objeto de las presentes bases es la contratación de 2 plazas de Auxiliar, mediante oposición, en régimen laboral temporal, incluidas la Oferta de Empleo 2010.
Esta plaza tiene las siguientes características:
- Grupo: C2; Clasificación: Administración General; Subescala: Auxiliar; Clase: Laboral Temporal; Denominación: Auxiliar Administrativo; Adscripción: Cultura y Urbanismo; Plazas vacantes: dos; Plazas número 436 y 1015.
Base 2ª Modalidad de contrato.- La modalidad del contrato es: Contrato de trabajo por obra o servicio determinado, regulada por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y el Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores.
El carácter del contrato es laboral temporal. La duración del contrato se regulará en la formalización del mismo, sin que pueda superar los dos años. El periodo de prueba será de 2 meses.
La contratación se acomodará, en todo caso, a las exigencias que demanden los servicios municipales.
Base 3ª Requisitos de los aspirantes. 3.1- Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir, en cualquier caso, los siguientes requisitos:
a) Tener capacidad para ser contratado, conforme al Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.
b) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por Ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
Base 4ª Solicitudes.- 4.1 Forma. Una vez aprobada la convocatoria por la Junta de Gobierno Local, se publicará anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de La Nucía, conteniendo el anuncio dicha convocatoria y las bases que la han de regir.
Las solicitudes para tomar parte en estas pruebas selectivas se dirigirán al señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de La Nucía, pudiendo utilizarse el modelo normalizado de instancia que se facilitará el Registro de Entradas de este Ayuntamiento (plaza Mayor, 1) o en la Extensión Administrativa (calle Barbados número 1).
Cuando el proceso selectivo incluya una fase de concurso, los candidatos que aleguen méritos deberán aportar los documentos (copias simples) que sirvan de prueba para la justificación de aquellos. No serán tenidos en cuenta méritos que no sean alegados y aquellos de los que no se adjunte la correspondiente acreditación a la solicitud.
4.2 Plazo de presentación.- El plazo de presentación de las solicitudes será de 10
días naturales
, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. [del 7 al 17 de Mayo de 2010, a.i.]

EDICTO
Se hace público para general conocimiento que la Junta de Gobierno Local del día 7 de abril de 2010, aprobó las bases para la convocatoria de 7 plazas de Peón y 4 de Oficial de 1ª, como personal Laboral Temporal, con destino a diferentes Servicios en este Ayuntamiento y de acuerdo con la Oferta de Empleo Público 2010.
Las solicitudes para tomar parte en las pruebas se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, o en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/19923, de 26 de noviembre, sobre el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el plazo de diez (10) días naturales contados desde el siguiente al de la inserción del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.
El pago de las tasas correspondientes deberá realizarse en la siguiente cuenta bancaria: Entidad: 3045 – Oficina: 0002 – D.C.: 51 – Cuenta número: 1661961126; y serán de 30 € según la Ordenanza Fiscal correspondiente.
Las bases de la convocatoria se adjuntan a continuación:
- BASES GENERALES PARA LA CONVOCATORIA DE SIETE PLAZAS DE PEÓN, LABORAL TEMPORAL
Base 1ª Objeto.

1.1.- El objeto de las presentes bases es la contratación de 7 plazas de peón, en régimen laboral temporal, vacantes en la Plantilla de personal y correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2010.
Estas plazas tienen las siguientes características:
- Grupo: AP; Clasificación: Escala Administración General; Subescala: Subalterna; Clase: Laboral Temporal; Denominación: Peón; Adscripción: Urbanismo y Arquitectura y Jardinería; número de plaza: 249, 295, 427, 428, 441, 449 y 175.
Base 2ª Modalidad de contrato.- La modalidad del contrato es: Contrato de trabajo por obra o servicio determinado, regulada por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y el Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores.
El carácter del contrato es laboral temporal. La duración del contrato se regulará en la formalización del mismo, sin que pueda superar los dos años. El periodo de prueba será de 2 meses.
La contratación se acomodará, en todo caso, a las exigencias que demanden los servicios municipales.
La prestación de servicios se realizará de conformidad con la jornada y horarios establecidos para cada uno de los servicios donde podrá adscribirse a las personas a contratar, pudiendo prestarse en sábados, domingos y festivos, con los descansos legalmente establecidos.
Base 3ª Requisitos de los aspirantes. 3.1- Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir, en cualquier caso, los siguientes requisitos:
a) Tener capacidad para ser contratado, conforme al Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.
b) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por Ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
e) Poseer la titulación exigida. (Certificado de Escolaridad)
3.2- Todos los requisitos establecidos en el punto anterior deberán ser reunidos por el aspirante el día en que finalice el plazo de presentación de instancias de la correspondiente convocatoria y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta la formalización del contrato laboral temporal.
Base 4ª Solicitudes.- 4.1 Forma.- Una vez aprobada la convocatoria por la Junta de Gobierno Local, se publicará anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de edictos del Ayuntamiento, conteniendo el anuncio dicha convocatoria y las bases que la han de regir.
Las solicitudes para tomar parte en estas pruebas selectivas se dirigirán al señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de La Nucía, pudiendo utilizarse el modelo normalizado de instancia que se facilitará el Registro de Entradas de este Ayuntamiento.
Cuando el proceso selectivo incluya una fase de concurso, los candidatos que aleguen méritos deberán aportar los documentos (copias simples) que sirvan de prueba para la justificación de aquellos. No serán tenidos en cuenta méritos que no sean alegados y aquellos de los que no se adjunte la correspondiente acreditación a la solicitud.
4.2 Plazo de presentación.- El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. [del 7 al 17 de Mayo de 2010, a.i.]

- BASES GENERALES PARA LA CONVOCATORIA DE CUATRO PLAZAS DE OFICIAL 1ª, LABORAL TEMPORAL
Base 1ª Objeto. 1.1.- El objeto de las presentes bases es la contratación de 4 plazas de Oficial 1ª, en régimen laboral temporal, vacantes en la Plantilla de personal y correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2010.
Estas plazas tienen las siguientes características:
- Grupo: AP; Clasificación: Escala Administración General; Subescala: Subalterna; Clase: Laboral Temporal; Denominación: Oficial 1ª; Adscripción: Urbanismo y Arquitectura; plazas número: 83, 189, 190 y 437.
Base 2ª Modalidad de contrato.-
La modalidad del contrato es: Contrato de trabajo por obra o servicio determinado, regulada por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y el Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores.
El carácter del contrato es laboral temporal. La duración del contrato se regulará en la formalización del mismo, sin que pueda superar los dos años. El periodo de prueba será de 2 meses.
La contratación se acomodará, en todo caso, a las exigencias que demanden los servicios municipales. La prestación de servicios se realizará de conformidad con la jornada y horarios establecidos para cada uno de los servicios donde podrá adscribirse a las personas a contratar, pudiendo prestarse en sábados, domingos y festivos, con los descansos legalmente establecidos.
Base 3ª Requisitos de los aspirantes. 3.1- Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir, en cualquier caso, los siguientes requisitos:
a) Tener capacidad para ser contratado, conforme al Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.
b) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por Ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
e) Poseer la titulación exigida.
Base 4ª Solicitudes. 4.1 Forma. Una vez aprobada la convocatoria por la Junta de Gobierno Local, se publicará anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de edictos del Ayuntamiento, conteniendo el anuncio dicha convocatoria y las bases que la han de regir.
Las solicitudes para tomar parte en estas pruebas selectivas se dirigirán al señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de La Nucía, pudiendo utilizarse el modelo normalizado de instancia que se facilitará el Registro de Entradas de este Ayuntamiento.
Cuando el proceso selectivo incluya una fase de concurso, los candidatos que aleguen méritos deberán aportar los documentos (copias simples) que sirvan de prueba para la justificación de aquellos. No serán tenidos en cuenta méritos que no sean alegados y aquellos de los que no se adjunte la correspondiente acreditación a la solicitud.
4.2 Plazo de presentación. El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. [del 7 al 17 de Mayo de 2010, a.i.]
4.3 Lugar de presentación.- El impreso de solicitud, debidamente cumplimentado, se presentará en el Registro General del Ayuntamiento de La Nucía o en la forma que determine el artículo 38 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común.
En la instancia bastará que el aspirante manifieste que reúne las condiciones exigidas en la Base 3ª de la presente convocatoria, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, además deberá ir acompañada inexcusablemente de la siguiente documentación:
a- Fotocopia del DNI o documento equivalente a efectos
de esta convocatoria.
b- Fotocopia del Certificado de escolaridad o equivalente.
c- Currículum Vitae.
d- Documentos acreditativos de los méritos y circunstancias alegados.
e- Justificante del pago de los derechos de examen, y que deberá ingresarse en la siguiente cuenta bancaria de Caixa Altea: Entidad: 3045 Oficina: 0002 Dígito Control: 51 Cta. número: 1661961126
El importe de los derechos de examen asciende a la cantidad de treinta euros (30 €). El importe sólo será devuelto cuando el aspirante no fuera admitido por falta de los requisitos exigidos para tomar parte en la pruebas. El impago de los derechos de examen dará lugar a la exclusión del aspirante.