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jueves, 7 de noviembre de 2019

1 puesto de Secretaría-Intervención -en interinidad-, en el Ayuntamiento de Ricote (Murcia)

Resultat d'imatges de ricote localizacion mapaAyuntamiento de Ricote (Murcia). Anuncio de bolsa de trabajo para puesto de Secretaría-Intervención.
Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía n.º 154/2019 de fecha 24/10/2019, las bases y la convocatoria para la provisión, en régimen de interinidad, del puesto de Secretaría-Intervención, reservado a habilitado de carácter nacional, mediante sistema de concurso-oposición, para la formación de una bolsa de trabajo para posibles sustituciones del puesto de Secretaría-Intervención en este Ayuntamiento, se abre el plazo de presentación de solicitudes que será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en Boletín Oficial de la Región de Murcia. Bases para confeccionar una bolsa para posibles sustituciones del puesto de Secretaría-Intervención en el Ayuntamiento de Ricote (Murcia) mediante el procedimiento de concurso-oposición
1. Objeto de la convocatoria. 1.1. Las presentes bases tienen por objeto la regulación del concurso-oposición para la formación de una bolsa para posibles sustituciones del puesto de Secretaría-Intervención en este Ayuntamiento, cuando no fuese posible su provisión por funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en caso de vacante, o no encontrarse desempeñado efectivamente por su titular, por encontrarse en alguna de las circunstancias siguientes: Comisión de servicios; Suspensión por un periodo superior a un mes; Excedencia por cuidado de familiares; Excedencia por violencia de género; Incapacidad temporal por periodo superior a un mes y Otros supuestos de ausencia por periodo superior a un mes. 
1.2. Las retribuciones serán las correspondientes al grupo A, subgrupo A1/A2, con el nivel de complemento de destino y demás retribuciones complementarias que estén determinadas en la respectiva relación de puestos de trabajo y se hallen consignadas en el presupuesto municipal. 
2. Condiciones de los aspirantes
2.1. Nacionalidad: Tener la nacionalidad española, conforme a lo establecido en el Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo. 
2.2. Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas inherentes al puesto convocado. 
2.3. Edad: Tener cumplidos 16 años y no exceder del límite establecido en las disposiciones legales vigentes para la jubilación forzosa. 
2.4. Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los organismos constituciones o estatuarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a la escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. 
2.5. Titulación: Estar en posesión del título universitario de Grado (artículo 18 R.D. 128/18).
4. Solicitudes. 4.1. Las instancias solicitando tomar parte en este proceso selectivo, en la que los aspirantes manifestarán que reúnen todas las condiciones exigidas en la base segunda, se dirigirán al Sr. Alcalde y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Ricote, durante el plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en Boletín Oficial de la Región de Murcia. 
4.2. Las instancias deberán de ir acompañadas de la siguiente documentación: 
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad. 
- Fotocopia de la titulación exigida. 
- Fotocopias de la documentación acreditativa de los méritos alegados por los aspirantes.

miércoles, 6 de noviembre de 2019

borsa de treball temporal per a la provisió interina del lloc de treball de secretaría-intervenció. Ajuntament de Xeresa (La Safor--València)

Resultat d'imatges de xeresacomarcaAnunci de l'Ajuntament de Xeresa sobre convocatòria pública, i de les seues bases reguladores, per a la constitucó d'una borsa de treball temporal per a la provisió interina del lloc de treball de secretaría-intervenció.
ANUNCIO
Per mitjà del present es fa públic, que mitjançant Resolució d'Alcaldia nº 2019-1254, de data 24/10/2019, s'ha resolt aprovar la convocatòria pública per a la constitució d'una borsa de treball temporal per a la provisió interina del lloc de treball de Secretaria-Intervenció de l'Ajuntament de Xeresa.
Així mateix, en dita Resolució s'han aprovat les bases reguladores de la referida convocatòria, les quals es transcriuen íntegrament en l'Annex I del present anunci.
La data de l'anunci al Butlletí de la Província de València determinarà l'inici del termin per a la presentació d'instàncies dels interessats. En conseqüència, el primer dia hàbil següent al de publicació en el BOP del present anunci començarà a computar el termini de 15 dies hàbils per a la presentació de sol·licituds. {del 7 al 27 de novembre de 2019, a.i.}
...
ANNEX I
BASES DE LA CONVOCATÒRIA

"BASES REGULADORAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN Y CREACIÓN DE BOLSA PARA POSIBLES NOMBRAMIENTOS INTERINOS COMO SECRETARÍO/INTERVENTOR DEL AYUNTAMIENTO DE XERESA
1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y NORMATIVA1.1 Es objeto de esta convocatoria es la creación de una bolsa para posibles nombramientos con carácter interino, del puesto de trabajo de secretaría-intervención del Ayuntamiento de Xeresa, mediante el sistema de concurso-oposición, para formular propuesta de nombramiento a la Dirección General de Administración Local de la Generalitat Valenciana.
De acuerdo con el artículo 2 del Decreto 154/2016, de 21 de octubre, del Consell, por el que se regula el procedimiento de selección de funcionarios interinos y se crean las bolsas de trabajo para la provisión interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario con habilitación de carácter nacional, este Ayuntamiento puede proponer, respetando los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, el nombramiento como funcionario interino de una persona que esté en posesión de la titulación exigida para el acceso a la subescala y categoría de la plaza de secretaría-intervención que hay vacante en su plantilla.
1.2 Características de la plaza: funcionario de la escalera de habilitación estatal, subescala de secretaría-intervención, grupo A, subgrupo A1. Las tareas básicas a realizar serán el ejercicio de las funciones públicas necesarias de secretaría-intervención que comprende la fe pública y el asesoramiento legal y preceptivo, y también las funciones de intervención y de control y fiscalización interna de la gestión económica y financiera.
1.3 Duración: el funcionario nombrado con carácter interino cesará por cualquiera de las causas previstas en el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público (en adelante TREBEP), y en todo caso, al tomar posesión como funcionario de la corporación el funcionario de carrera de la escala de habilitación nacional, subescala de secretaría intervención, que haya sido nombrado por la resolución correspondiente o que se encuentre en situación de comisión de servicios.
1.4 En todo aquello que no prevean las presentes bases se atenderá a lo que disponga el TREBEP, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del sector público, y otras normas aplicables.
2.- REQUISITOS PARA PARTICIPARa) Tener la nacionalidad española.
b) Haber cumplido los 16 años de edad y no exceder de la edad máxima para la jubilación forzosa.
c) Tener la capacidad funcional necesaria para el desarrollo de estas tareas.
d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
e) Estar en posesión, o en condición de tenerla antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, del título universitario de grado, o equivalente (art. 18 RD 128/2018).
f) Estar en posesión del certificado acreditativo de conocimientos de nivel medio de valenciano, expedido por la Junta Calificadora de Conocimientos del Valenciano
3.- LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN3.1 Las instancias para tomar parte en esta convocatoria, en la que los aspirantes tendrán que declarar bajo su responsabilidad que reúnen todas las condiciones exigidas en la base segunda, se dirigirán a la Alcaldesa del Ayuntamiento de Xeresa, y se presentarán al Registro general del Ayuntamiento en horario de atención al público, en formato digital por el registro electrónico (www.Xeresa.es), o por cualquiera de las formas que determina el artículo 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas, dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de la última publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la provincia de Valencia. {del 7 al 27 de novembre de 2019, a.i.} Si el último día del plazo fuera inhábil, se prorrogará el plazo hasta el primer día hábil siguiente. Si se presentan por correo se tiene que informar al Ayuntamiento de la remisión postal de la instancia, antes de que acabe el plazo de presentaciones de las instancias.
3.2 No se fijan derechos de examen.
3.3 Documentación a presentar:1. Instancia dirigida a la Alcaldía
2. Fotocopia compulsada, o copia auténtica digitalizada, del DNI
3. Fotocopia compulsada, o copia auténtica digitalizada, de la titulación requerida
4. Fotocopia compulsada, o copia auténtica digitalizada, de los documentos acreditativos de los méritos alegados
5. Curriculum académico y profesional

lunes, 7 de octubre de 2019

1 Secretaría-Intervención, del Ayuntamiento de Vallanca (Racó d'Ademús-València)

Resultado de imagen de comarca vallancaEdicto del Ayuntamiento de Vallanca sobre convocatoria para la selección de funcionario interino para el puesto de secretaría-intervención.
EDICTO
Por Resolución de Alcaldía nº 142/2019, de 18 de julio, se ha aprobado la convocatoria del procedimiento selectivo de funcionario interino, para el puesto de Secretaría-Intervención, mediante sistema de oposición.
Igualmente se han aprobado las bases reguladoras de dicho procedimiento selectivo, que se encuentran publicadas en la página web del Ayuntamiento de Vallanca (www.vallanca.es) y Tablón electrónico.
De acuerdo con la Base tercera, el plazo para la presentación de instancias de admisión al proceso selectivo es de 10 días hábiles a contar desde el siguiente al de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia. {del 8 al 22 de octubre de 2019, a.i.}
Lo que se hace público para conocimiento de los interesados.

lunes, 1 de abril de 2019

45 plazas Subescala de Intervención-Tesorería, categoría de entrada. 200 plazas Subescala de Secretaría-Intervención. 33 plazas Subescala de Secretaría, categoría de entrada.

Resultado de imagen de Funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacionalFuncionarios de administración local con habilitación de carácter nacional
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Orden TFP/373/2019, de 26 de marzo, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso libre a la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría de entrada, de la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. 
3. Descripción de las plazas. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 45 plazas de acceso libre de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría-Intervención***. [ = probable error que deberá subsanarse]*** [Intervención-Tesorería, categoría de entrada Del total de plazas convocadas, dos quedan reservadas para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad general con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
7. Requisitos de los aspirantes. 7.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
1.º Nacionalidad: Tener la nacionalidad española conforme a lo establecido en el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre el acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.
2.º Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones que se deriven del puesto por desempeñar.
3.º Edad: Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad máxima de jubilación forzosa.
4.º Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los organismos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a la Escala de funcionarios administración local con habilitación de carácter nacional.
5.º Titulación: Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias: Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado, según lo previsto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, para el ingreso en los cuerpos o escalas clasificados en el subgrupo A1.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.
Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
7.2 Los requisitos establecidos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.
7.3 Los funcionarios españoles de organismos internacionales podrán acceder al empleo público siempre que posean la titulación requerida y superen los correspondientes procesos selectivos.
La exención de la realización de pruebas encaminadas a acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen deberá solicitarse con anterioridad al último día del plazo de presentación de solicitudes para participar en el cuerpo o escala y acompañará una acreditación de las convocatorias, programas y pruebas superadas, así como una certificación expedida por el organismo internacional correspondiente de haber superado aquéllas. A estos efectos, se tendrá en cuenta lo establecido en el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero.
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Orden TFP/374/2019, de 26 de marzo, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso libre a la Subescala de Secretaría-Intervención de la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. 
3. Descripción de las plazas. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 200 plazas de acceso libre de funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría-Intervención. Del total de plazas convocadas, 10 quedan reservadas para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad general con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
7. Requisitos de los aspirantes. 7.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
1.º Nacionalidad: tener la nacionalidad española conforme a lo establecido en el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre el acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.
2.º Capacidad: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones que se deriven del puesto por desempeñar.
3.º Edad: tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad máxima de jubilación forzosa.
4.º Habilitación: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los organismos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a la Escala de funcionarios Administración local con habilitación de carácter nacional.
5.º Titulación: estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias: Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado, según lo previsto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, para el ingreso en los cuerpos o escalas clasificados en el subgrupo A1.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.
Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
7.2 Los requisitos establecidos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.
7.3 Los funcionarios españoles de organismos internacionales podrán acceder al empleo público siempre que posean la titulación requerida y superen los correspondientes procesos selectivos.
La exención de la realización de pruebas encaminadas a acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen deberá solicitarse con anterioridad al último día del plazo de presentación de solicitudes para participar en el cuerpo o escala y acompañará una acreditación de las convocatorias, programas y pruebas superadas, así como una certificación expedida por el organismo internacional correspondiente de haber superado aquéllas. A estos efectos, se tendrá en cuenta lo establecido en el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero.
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Orden TFP/375/2019, de 26 de marzo, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso libre a la Subescala de Secretaría, categoría de entrada, de la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional
3. Descripción de las plazas. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 33 plazas de acceso libre de funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría, categoría de entrada. Del total de plazas convocadas, 2 quedan reservadas para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad general con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
7. Requisitos de los aspirantes. 7.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
1.º Nacionalidad: tener la nacionalidad española conforme a lo establecido en el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre el acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.
2.º Capacidad: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones que se deriven del puesto por desempeñar.
3.º Edad: tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad máxima de jubilación forzosa.
4.º Habilitación: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los organismos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a la Escala de funcionarios Administración local con habilitación de carácter nacional.
5.º Titulación: estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias: Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado, según lo previsto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, para el ingreso en los cuerpos o escalas clasificados en el subgrupo A1.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.
Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
7.2 Los requisitos establecidos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.
7.3 Los funcionarios españoles de organismos internacionales podrán acceder al empleo público siempre que posean la titulación requerida y superen los correspondientes procesos selectivos.
La exención de la realización de pruebas encaminadas a acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen deberá solicitarse con anterioridad al último día del plazo de presentación de solicitudes para participar en el cuerpo o escala y acompañará una acreditación de las convocatorias, programas y pruebas superadas, así como una certificación expedida por el organismo internacional correspondiente de haber superado aquéllas. A estos efectos, se tendrá en cuenta lo establecido en el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero.
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9. Solicitudes. 9.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar electrónicamente el modelo oficial de solicitud (modelo 790), al que se accede a través del Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips).
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo III. Estas instrucciones podrán ser complementadas y actualizadas en la sede electrónica del Instituto Nacional de Administración Pública. (https://sede.inap.gob.es/)
9.2 Una vez cumplimentada, la solicitud tendrá que ser presentada en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».BOE» núm. 78, de 1 de abril de 2019] - {del 2 de abril al 3 de mayo de 2019, a.i.}
11. Relaciones con el ciudadano. La presente convocatoria, así como los actos que se deriven de su ejecución se publicará en el Portal de Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/) y en la sede electrónica del Instituto Nacional de Administración Pública (https://sede.inap.gob.es/).
Los interesados podrán acceder a información que contenga datos de carácter personal a través de la sede electrónica del Instituto Nacional de Administración Pública (https://sede.inap.gob.es/).
En todo caso, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los medios de notificación y publicidad previstos en estas bases.

jueves, 28 de febrero de 2019

ampliación de la lista de espera regional para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionario/as de administración local con habilitación de carácter nacional, subescala de Secretaría-Intervención, mediante nombramiento interino, en entidades locales de Castilla-La Mancha.

Bases:
1. Normas generales. 1. Se convoca proceso selectivo para la ampliación de la lista de espera regional de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionario/as de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala de Secretaría-Intervención, mediante nombramiento interino en Entidades Locales de Castilla-La Mancha, por el procedimiento de concurso - oposición. Se podrá ofertar a las personas integrantes de la bolsa puestos de trabajo de distinta subescala, siempre que cuenten con la titulación necesaria para ocupar la plaza ofertada, no siendo motivo de exclusión de la misma si no aceptaran el ofrecimiento de estos puestos. 
3. Todos los actos de desarrollo del proceso selectivo se harán públicos en el Portal de Empleo Público de la página Web de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha: http://empleopublico.castillalamancha.es, y en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es), en el apartado de publicaciones.
Las personas participantes podrán también recabar información marcando el número de teléfono 012 si se llama desde alguna localidad de Castilla-La Mancha o bien marcando el teléfono 925/274552 para todo el territorio español. También se podrá hacer por correo electrónico, a través de la dirección electrónica oposiciones.ear@jccm.es. Esta información adicional tendrá un valor orientativo y no será vinculante para la Administración de la Junta de Comunidades ni generará derechos para sus destinatarios, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Decreto 69/2012, de 29 de marzo, por el que se regulan las actuaciones de calidad de los servicios públicos en la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha.
4. La Dirección General de la Función Pública, a través de la Escuela de Administración Regional, prestará apoyo material y técnico a la Viceconsejería de Administración Local y Coordinación Administrativa en la gestión del proceso selectivo.
2. Requisitos de las personas participantes en el proceso selectivo.
1.
Para ser admitidas al proceso selectivo las personas que concurran al mismo deberán reunir los siguientes requisitos, que deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de las solicitudes y mantenerse durante todo el tiempo que permanezca incluida en la bolsa.
a) Nacionalidad: Tener la nacionalidad española o encontrarse dentro de las previsiones de los apartados 1, 2, y 3 del artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. 
b) Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas que se deriven del puesto a desempeñar. 
c) Edad: Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad máxima de jubilación forzosa. 
d) Habilitación: No haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los organismos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a la escala de funcionario/as de Administración Local con habilitación de carácter nacional. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. 
e) Titulación: Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias: Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado, según lo previsto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, para el ingreso en los Cuerpos o Escalas clasificados en el subgrupo A1. Las personas participantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los/las aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
3. Solicitudes.
1.
La solicitud de participación en el proceso selectivo estará disponible en la Web de Empleo Público de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha:
 http://empleopublico.castillalamancha.es. Quienes deseen participar deberán hacer efectiva la tasa por derechos de examen, cuyo hecho imponible lo constituye la presentación de la solicitud para participar en la convocatoria.
2. Quien desee participar en el proceso convocado podrá acceder a la solicitud mediante una aplicación que le permitirá registrarse como usuario y obtener una contraseña.
Las solicitudes se presentarán preferentemente por vía telemática.
a) Solicitud telemática.
El acceso a la solicitud telemática permitirá la descarga e impresión de un documento que contendrá los datos de la solicitud así como el número de registro correspondiente y de transacción telemática de pago, para el caso de que se abonen los derechos de examen de forma telemática; este documento servirá, a todos los efectos, como justificante de su presentación. 
b) Solicitud cumplimentada por medios informáticos que es firmada y registrada de modo presencial. Quienes opten por la cumplimentación y presentación de la solicitud en papel, deben cumplimentar e imprimir por duplicado el documento de solicitud de participación que se encuentra disponible en los lugares previstos en la base 3.1. En este caso, una vez cumplimentada y firmada por la persona interesada, se presentará en las oficinas de información y registro de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, además de en cualquiera de los registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el/la empleado/a de correos antes de ser certificadas.
3. Las personas participantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes. Cualquier corrección o modificación que se desee realizar una vez presentada la solicitud, deberá efectuarse en el plazo de presentación de las mismas, mediante escrito dirigido a la Escuela de Administración Regional, Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, Avda. de Portugal, 11, 45071 Toledo.
El domicilio que figure en la solicitud se considerará el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva de la persona aspirante tanto los errores en la consignación del mismo, como la falta de comunicación de cualquier cambio de domicilio.   ...
4. Plazo de presentación de las solicitudes. Las solicitudes de participación deberán presentarse en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.{del 1 al 22 de marzo de 2019, a.i.} De acuerdo con el artículo 30.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se excluirán del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.

miércoles, 24 de octubre de 2018

1 puesto de Secretaría-intervención (interinidad) del Ayuntamiento de Bigastro.(Baix Segura-Alacant)

Resultado de imagen de bigastro comarcaAjuntament de Bigastro. CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN URGENTE CON CARÁCTER INTERINO DEL PUESTO DE SECRETARÍA-INTERVENCIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE BIGASTRO
Por Resolución de Alcaldía de fecha 16 de octubre de 2018, se aprobaron las Bases y convocatoria para la provisión urgente con carácter interino del puesto de Secretaría-intervención del Ayuntamiento de Bigastro.
Las bases reguladoras que regirán la convocatoria y los modelos de instancia están disponibles en la web del Ayuntamiento de Bigastro, www.bigastro.es.
El plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en las pruebas selectivas será de 5 días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación del Anuncio de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.[Nº 203 de 24/10/2018] {del 25 al 31 de octubre de 2018, a.i.}
Los aspirantes serán convocados mediante anuncio expuesto en el Tablón de Anuncios de la Corporación y en la página web, para la realización de las pruebas selectivas en llamamiento único, siendo excluidos de este proceso quienes así no lo hicieran.
Lo que se hace público para general conocimiento de todos los interesados.

viernes, 7 de septiembre de 2018

1 puesto de Secretaría-Intervención -interinidad-, mediante sistema de oposición. Ayuntamiento de Vallanca (Racó d'Ademús-València)

Resultado de imagen de vallanca comarcaAnuncio del Ayuntamiento de Vallanca sobre convocatoria para la selección de funcionario interino para el puesto de Secretaría-Intervención.
ANUNCIO
Por Resolución de Alcaldía nº 109/2018, de 26 de julio, se ha aprobado la convocatoria del procedimiento selectivo de funcionario interino, para el puesto de Secretaría-Intervención, mediante sistema de oposición.
Igualmente se han aprobado las bases reguladoras de dicho procedimiento selectivo, que se encuentran publicadas en la página web del Ayuntamiento de Vallanca (www.vallanca.es) y Tablón electrónico.
De acuerdo con la Base tercera, el plazo para la presentación de instancias de admisión al proceso selectivo es de 5 días hábiles a contar desde el siguiente al de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia. {del 8 al 14 de septiembre de 2018, a.i.}
Lo que se hace público para conocimiento de los interesados.

viernes, 24 de agosto de 2018

1 puesto de Secretario/a-Interventor/a (A1) -interinidad-, del Ayuntamiento de Ayora (València)

Resultado de imagen de ayora comarca- Edicto del Ayuntamiento de Ayora sobre aprobación de las bases para la constitución de una bolsa de trabajo de secretaría-intervención con carácter interino.
EDICTO
En cumplimiento de lo acordado en el Decreto de Alcaldía n.º 99, de fecha 13 de agosto de 2018, se publica las bases aprobadas para la constitución de una bolsa de trabajo para el puesto se Secretaría-Intervención con carácter interino.
Habiéndose aprobado probado por Resolución de Alcadía n.º 99/2018, de fecha 13 de agosto, las bases para la constitución de una bolsa de trabajo para el puesto de Secretaría-Intervención con carácter interino, se abre un plazo de presentación de solicitudes de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación del este anuncio.
Se adjuntas las bases reguladoras que regirán la convocatoria:
"BASES REGULADORAS DE LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO PARA LA PROVISIÓN CON CARÁCTER INTERINO DEL PUESTO DE SECRETARIO INTERVENTOR DEL AYUNTAMIENTO DE AYORA.
Estando vacante el puesto de Secretario/a-Interventor/a del Ayuntamiento de Ayora, cuya cobertura resulta necesaria y urgente, y que no ha sido posible proveerla por funcionarios con Habilitación de Carácter nacional por los procedimientos de nombramiento provisional, acumulación o comisión de servicios, es por lo que se precisa cubrir dicho puesto con carácter interino, al amparo de lo dispuesto en el artículo 92. bis. Apartado 7 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en el artículo 53 del Real Decreto 128/2018, de 6 de marzo por el que se regula el régimen jurídico de los funcionario de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, en el Decreto 32/2013, d e8 de febrero, del Consell, por el que se regula el régimen jurídico del personal funcionario con habilitación de carácter estatal en el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana y tendido a lo que dispone el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado público, y teniendo en cuenta el Decreto 154/2016, de 21de octubre, por el cual se regula el procedimiento de selección de funcionarios interinos, y se crean las bolsas de trabajo para la provisión interina de puesto de trabajo reservados a personal funcionario con habilitación de carácter nacional.
1.- Objeto de la Convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria la constitución de una bolsa de trabajo, de forma urgente, mediante el sistema de concurso, para la provisión con carácter interino, en caso de vacante, hasta que se cubra con carácter definitivo por funcionario de carrera, el puesto de Secretaría-Intervención de este Ayuntamiento, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Características del puesto de trabajo: Grupo: A1. Nivel: 30.
2.-. Condiciones de admisión de aspirantes. Para formar parte en la selección será necesario que los aspirantes reúnan y acompañen, el día en el que finalice el plazo de presentación de las solicitudes, los siguientes requisitos:
a)
Tener la nacionalidad española.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciocho años y no exceder, en su caso, de la máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
e) Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos: Licenciado en Derecho, en Ciencias Políticas, en Sociología, en Administración y Dirección de Empresas, en Economía, en Ciencias Actuariales y Financieras, o los correspondientes grados.
En todo caso la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente.
En el mismo sentido habrán de acreditarse las correspondientes homologaciones de la Administración Española competente respecto de las titulaciones expedidas en el extranjero. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho de la Unión Europea.
3.- Forma y plazos de Presentación de Instancias. Las instancias, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, según el modelo que figura en el Anexo II, se presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento (https://ayora.sedelectronica.es) o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en un plazo de 5 días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia {del 25 al 31 de agosto de 2018, a.i.}, así como la documentación acreditativa de los méritos que se aleguen. En caso de que la instancia se presente en un organismo distinto al Ayuntamiento de Ayora, deberán remitir aviso dirigido a este Ayuntamiento de tal circunstancia mediante fax (961890002) o correo electrónico (secretaria@ayora.es).
La participación en el proceso selectivo implica la aceptación de las bases por las que se regula.
Las presentes bases se expondrán en el Tablón Edictal del Ayuntamiento (https://ayora.sedelectronica.es) y en la web municipal: http://www.ayora.es
Los sucesivos anuncios únicamente se publicarán por medio del Tablón de Anuncios Electrónico y web municipal.
A la instancia se acompañará:
Una fotocopia del NIF.
Una fotocopia del título académico acreditativo del requisito del apartado e) de la segunda de estas bases,
Fotocopia de los títulos o certificados que se aporten para la fase de concurso según el Anexo I.
Todos los méritos deberán acreditarse mediante fotocopias de los documentos originales, sin necesidad de estar compulsados en el momento de la solicitud. El aspirante que se proponga para su nombramiento, aportará en el plazo de cinco días naturales los originales de los documentos presentados.
La experiencia profesional se acreditará mediante certificado emitido por el órgano competente, especificando la naturaleza jurídica de la relación, el grupo, escala o categoría profesional, el tiempo y porcentaje de la jornada.
La acreditación de los cursos de formación, se acreditará mediante la presentación del certificado correspondiente en el que conste la entidad organizadora del curso, el contenido del mismo y las horas de formación.

viernes, 16 de febrero de 2018

1 puesto de Secretaría-Intervención, -interinidad-, del Ayuntamiento de Ademuz (València)

Por Resolución de Alcaldía nº 32/2018, de 9 de febrero, se ha aprobado la convocatoria del procedimiento selectivo de funcionario interino, para el puesto de Secretaría-Intervención, mediante sistema de oposición. Igualmente se han aprobado las bases reguladoras de dicho procedimiento selectivo, que se encuentran publicadas en la página web del Ayuntamiento de Ademuz (www.ademuz.es) y Tablón electrónico.
De acuerdo con la Base tercera, el plazo para la presentación de instancias de admisión al proceso selectivo es de 5 días hábiles a contar desde el siguiente al de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia. {del 17 al 23 de febrero de 2018, a.i.}
Lo que se hace público para conocimiento de los interesados.

sábado, 20 de enero de 2018

Bolsa de Trabajo para la provisión, mediante nombramiento interino, de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de entidades locales aragonesas

1. Normas generales. 1.1. Se efectúa convocatoria para la ampliación de la actual Bolsa de Interinos aprobada por Resolución de la Dirección General de Administración Local, de 24 de agosto de 2017, con el fin de ampliar la relación de personas que desean trabajar como funcionarios interinos en los puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional de las Entidades locales aragonesas, integrándose en la Bolsa de interinos correspondiente a cada una de las siguientes subescalas:
a) Secretaría-Intervención.
b) Intervención-Tesorería.
c) Secretaría.
1.2. El proceso selectivo para la ampliación se realizará por el sistema de concurso-oposición.
1.3. La presente ampliación se formará con los aspirantes que alcancen la puntuación mínima exigida para cada una de las subescalas, pudiéndose optar por figurar en una o en varias de las tres bolsas.
2. Requisitos de los aspirantes.
2.1. Requisitos generales. Para ser admitidos a la presente ampliación los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, que deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de las solicitudes y mantenerse durante todo el tiempo que se esté incluido en la Bolsa de interinos.
- Tener la nacionalidad española conforme a lo establecido en el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.
- No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible para el desempeño de funciones públicas.
- No exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionarios, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
Los requisitos establecidos en esta base deberán mantenerse en el momento de la toma de posesión en caso de obtenerse un nombramiento como funcionario interino, en cuyo caso deberá, además, acreditar ante la Corporación, con carácter previo, que no está incurso en causas de incompatibilidad para el ejercicio de la función pública, de conformidad con la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidad del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
2.2. Requisitos específicos. Los candidatos deberán poseer, o estar en condiciones de obtener a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, la siguiente titulación:
a) Para la Subescala de Secretaría-Intervención:
Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos: Licenciado en Derecho, Licenciado en Ciencias Políticas y de la Administración, Licenciado en Sociología, Licenciado en Administración y Dirección de Empresas, Licenciado en Economía, Licenciado en Ciencias Actuariales y Financieras o el título de Grado correspondiente.
b) Para la Subescala de Intervención-Tesorería:
Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos: Licenciado en Derecho, Licenciado en Ciencias Políticas y de la Administración, Licenciado en Sociología, Licenciado en Administración y Dirección de Empresas, Licenciado en Economía, Licenciado en Ciencias Actuariales y Financieras o el título de Grado correspondiente.
c) Para la Subescala de Secretaría:
Estar en posesión de alguno de los títulos académicos siguientes: Licenciado en Derecho, Licenciado en Ciencias Políticas y de la Administración, Licenciado en Sociología o el título de Grado correspondiente".
3. Solicitudes. 3.1. Todas aquéllas personas que, reuniendo los requisitos establecidos en la Base 2 de la presente orden, deseen formar parte de la Bolsa de interinos que se amplia, deberán presentar la correspondiente solicitud, según el modelo que se publica como anexo, en los Registros Generales de la Diputación General de Aragón o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Director General de Administración Local.
3.2. A las solicitudes se acompañará una fotocopia del D.N.I. del aspirante y de la documentación acreditativa de los méritos alegados:
a) Titulación, mediante fotocopia de la titulación académica exigida en la convocatoria, o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios necesarios para la obtención del título.
b) Los Cursos de formación y perfeccionamiento, mediante fotocopia de los títulos expedidos por los Centros correspondientes que acrediten la realización de dichos cursos o certificación del órgano competente en materia de formación.
c) La superación de ejercicios de la oposición de acceso a la Escala de Funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, mediante certificado de la Secretaría correspondiente o mediante declaración jurada del aspirante, que serán sometidas a posterior comprobación por parte de la Dirección General de Administración Local.
d) La experiencia en puestos de trabajo de funcionarios con habilitación de carácter nacional se acreditará mediante certificación expedida por la Entidad Local del tiempo de servicios.
3.3. No será necesario que aquellos aspirantes que hubiesen participado en la convocatoria efectuada por el Consejero de Presidencia mediante Orden PRE/423/2017, de 23 de marzo, remitan, junto a su solicitud, la documentación relacionada en el apartado anterior.
3.4. El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente ampliación en el "Boletín Oficial de Aragón". {del 16 al 30 de enero de 2018, a.i.}.
7. Funcionamiento de la Bolsa de interinos. 7.1. Producida una vacante en un puesto de las Subescalas de Secretaría-Intervención o de Secretaría e Intervención-Tesorería, la Corporación local, en el plazo de siete días naturales desde que se produzca aquélla, dirigirá a la Dirección General competente en materia de régimen local una petición solicitando nombramiento provisional, en comisión de servicios o por acumulación a favor de funcionario con habilitación de carácter nacional, quien lo comunicará inmediatamente a los Colegios Provinciales de Secretarios, Interventores y Tesoreros mediante correo electrónico y procederá a su publicación en la dirección web http://servicios.aragon.es/portalAALL/home.do. Pasados cinco días sin que se produzca ningún tipo de solicitud, considerándose como plazo final las 14 horas del último día, se entenderá que ningún funcionario con habilitación de carácter nacional se encuentra interesado en ocupar dicho puesto y se podrá solicitar el nombramiento de funcionario interino a través del Servicio de Remisión de Documentos disponible en la dirección web http://localidad.aragon.es.
7.2. La Dirección General de Administración Local contactará por vía telefónica con los aspirantes que figuren en situación de "disponible" en los tres primeros puestos de la Bolsa, según el orden de puntuación para que manifiesten a través de correo electrónico (bolsainterinoslocal@aragon.es) en el plazo de veinticuatro horas su interés en optar al puesto, si no se obtuviese tal número se completará con los siguientes hasta conseguir a tres interesados, trasladándose los datos de los que hayan aceptado al Presidente de la Corporación Local para que, en la forma que estime procedente, realice la selección definitiva y formule la correspondiente propuesta de nombramiento a la Dirección General.
No obstante, cuando así se solicite por la Corporación correspondiente, se enviará exclusivamente como aspirante propuesto para la vacante al de mayor puntuación en ese momento siempre que haya manifestado su interés a optar por el puesto.
Junto a la propuesta de nombramiento, el Presidente de la Corporación Local deberá enviar debidamente cumplimentada una ficha de control de los aspirantes que han participado en el proceso de selección.