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miércoles, 22 de febrero de 2017

Ayudas para Obras de Mejora, Ampliación o Reforma en Instalaciones Deportivas, a Ayuntamientos/EATIM, con población inferior a 5.000 habirantes, de la provincia de Alicante. Diputació d'Alacant.

BDNS(Identif.):333065 
De conformidad con lo previsto en los artículos 17. 3 b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones 
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index) y en la Sede Electrónica de la página web de la Diputación de Alicante (www.diputacionalicante.es): 
Primero.- Beneficiarios: Podrán solicitar estas ayudas los Ayuntamientos con población inferior a 5.000 habitantes y Entidades de ámbito territorial inferior al Municipio (EATIM) de la Provincia de Alicante. 
Segundo.- Objeto: Es objeto de la presente Convocatoria la concesión en el ejercicio 2017, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva ordinaria , de ayudas económicas a los Ayuntamientos y Entidades de ámbito territorial inf erior al Municipio, de la Provincia de Alicante, con población inferior a 5.000 habitantes , para la realización, durante la anualidad 2017 (entre el 1 de enero y hasta el 1 de noviembre de 2017) , de obras de mejora, ampliación o reforma en instalaciones deportivas de titularidad municipal.  
Serán objeto de subvención las obras de mejora, ampliación o reforma en instalaciones deportivas de titularidad municipal  pertenecientes a los Ayuntamientos y Entidades de ámbito territorial inferior al Municipio, de la Provincia de Alicante, menores de 5.000 habitantes, y cuyo importe sea inf erior a 50.000,00 euros, IVA excluido. 
Tercero.- Actuaciones subvencionables: Se entiende por obras de Mejora, aquellas actuacion es que al realizarlas no modifican la distribución y estructura de la instalación ya existente. 
Se entiende por Ampliación, aquellas actuaciones que se realizan para aumentar la superficie de distribución existente en la propia i nstalación, así como en vestuarios, gradas, etc. 
Se entiende por Reforma, el conjunto de obras de am pliación, mejora, modernización, adaptación, adecuación o refuerzo de un bien inmueb le ya existente. 
Quedan excluidas de esta convocatoria las obras que tengan carácter de mantenimiento, conservación o reparación simple. Asimismo, no se contemplará en esta convocatoria el equipamiento de instalaciones deportivas. 
Quinto.- Cuantía: La dotación económica prevista de la Convocatoria a sciende a la cantidad de 620.000,00 euros, imputándose las ayudas que se concedan con cargo a la Aplicación 22.3411.7620100 del Presupuesto del ejercicio 2017. 
El importe máximo de la subvención no excederá de 25.000,00 euros por beneficiario. 
Sexto.- Plazo de presentación de las solicitudes: En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el plazo de presentación de solicitudes será de TREINTA DÍAS NATURALES, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia [Nº 37 de 22/02/2017] por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, una vez que se haya presentado ante ésta el texto de la convocatoria y la información requerida para su publicación. {del 23 de febrero al 24 de marzo de 2017, a.i.}
Cada Ayuntamiento/EATIM podrá presentar UNA ÚNICA solicitud. 
Esta solicitud podrá englobar varias actuaciones (obras), siempre y cuando se desarrollen o afecten a la misma instalación deportiva. 
El presupuesto global de todas estas actuaciones no podrá superar la cantidad de 50.000,00 euros (IVA excluido). 
El Área de Deportes pondrá a disposición de los interesados las Bases íntegras de la Convocatoria, junto con el modelo de instancia ANEXO I (solicitud), ANEXO II (documentación adjunta) y ANEXO III (Memoria explicativa), en la sede electrónica de la página web de la Diputación Provincial de Alicante (www.diputacionalicante.es). 

martes, 17 de mayo de 2016

Ayudas de obras de mejora, ampliación o reforma en instalaciones deportivas de titularidad municipal. (Ayuntamientos y Entidades de ámbito territorial inferior al Municipio, de la Provincia de Alicante, con población inferior a 5.000 habitantes). Diputació d'Alacant.

BDNS(Identif.):306057
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index) y en la Sede Electrónica de la página web de la Diputación de Alicante (www.diputacionalicante.es):
Primero.- Beneficiarios: Podrán solicitar estas ayudas los Ayuntamientos y Entidades de ámbito territorial inferior al Municipio (EATIM), de la Provincia de Alicante, con población inferior a 5.000 habitantes.
Segundo.- Objeto: Es objeto de la presente Convocatoria la concesión en el ejercicio 2016, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva ordinaria, de ayudas económicas a los Ayuntamientos y Entidades de ámbito territorial inferior al Municipio, de la Provincia de Alicante, con población inferior a 5.000 habitantes, para la realización, durante la anualidad 2016 (entre el 1 de enero y hasta el 31 de octubre de 2016) , de obras de mejora, ampliación o reforma en instalaciones deportivas de titularidad municipal. Serán objeto de subvención las obras de mejora, ampliación o reforma en instalaciones deportivas de titularidad municipal pertenecientes a los Ayuntamientos y Entidades de ámbito territorial inferior al Municipio, de la Provincia de Alicante, menores de 5.000 habitantes, y cuyo importe sea inferior a 50.000 euros, IVA excluido.
Tercero.- Actuaciones subvencionables: Se entiende por obras de Mejora, aquellas actuaciones que al realizarlas no modifican la distribución y estructura de la instalación ya existente. Se entiende por Ampliación, aquellas actuaciones que se realizan para aumentar la superficie de distribución existente en la propia instalación, así como en vestuarios, gradas, etc.
Se entiende por Reforma, el conjunto de obras de ampliación, mejora, modernización, adaptación, adecuación o refuerzo de un bien inmueble ya existente.
Quedan excluidas de esta convocatoria las obras que tengan carácter de mantenimiento, conservación o reparación simple. Asimismo, no se contemplará en esta convocatoria el equipamiento de instalaciones deportivas.
Sexto.- Plazo de presentación de las solicitudes: En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el plazo de presentación de solicitudes será de TREINTA DÍAS NATURALES, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, una vez que se haya presentado ante ésta el texto de la convocatoria y la información requerida para su publicación.{del 17 de mayo al 15 de junio de 2016, a.i.}
Cada Ayuntamiento/EATIM podrá presentar UNA ÚNICA solicitud. Esta solicitud podrá englobar varias actuaciones (obras), siempre y cuando se desarrollen o afecten a la misma instalación deportiva.
El Área de Deportes pondrá a disposición de los interesados las Bases íntegras de la Convocatoria, junto con el modelo de instancia ANEXO I (solicitud), así como ANEXO II (documentación adjunta), en la sede electrónica de la página web de la Diputación Provincial de Alicante (www.diputacionalicante.es).

miércoles, 22 de abril de 2009

Se convoca y regula el funcionamiento del programa experimental de ampliación del horario escolar durante el curso 2009/2010.

Conselleria d’Educació . RESOLUCIÓ de 6 d’abril de 2009, de la Direcció General d’Avaluació, Innovació i Qualitat Educativa i de la Formació Professional, per la que es convoca i regula el funcionament del programa experimental d’ampliació de l’horari escolar durant el curs 2009/2010. [2009/4256]
Conselleria de Educación. RESOLUCIÓN de 6 de abril de 2009, de la Dirección
General de Evaluación, Innovación y Calidad Educativa y de la Formación Profesional
, por la que se convoca y regula el funcionamiento del programa experimental de ampliación del horario escolar durante el curso 2009/2010. [2009/4256].
Objeto y ámbito de aplicación.- Convocar y regular el programa experimental de ampliación del horario escolar dirigido al alumnado de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Ciclos Formativos de Formación Profesional matriculados en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunitat Valenciana, que se realizará durante el curso 2009-2010 conforme a lo contemplado en la presente resolución.
Destinatarios.- 1. Podrán participar voluntariamente en el desarrollo de este programa los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunitat Valenciana.
2. Para el desarrollo de este programa experimental cada centro podrá suscribir, en el ámbito de sus competencias, acuerdos de colaboración con Administraciones Locales y otras entidades a fin de garantizar el logro de los objetivos del mismo.

Objetivos.- 1. El programa experimental de ampliación del horario escolar tiene como principal objetivo la mejora del éxito escolar del alumnado, tanto en la educación básica y obligatoria como en otras etapas no obligatorias.
2. Los objetivos específicos de este programa son los siguientes:
a) Dotar a los centros de una mayor autonomía organizativa para que puedan dar una respuesta más eficaz a las necesidades del alumnado y de sus familias.
b) Mejorar la calidad del servicio educativo a través de la optimización de los recursos, tanto humanos como materiales.
c) Dedicar el máximo tiempo posible, dentro del horario docente del profesorado, a la atención directa al alumnado.
d) Mejorar la atención al alumnado y especialmente la de aquel que precisa de un refuerzo debido a sus características individuales específicas.
e) Minimizar la alteración de la atención educativa ordinaria del alumnado que recibe refuerzos por diferentes causas.
f) Facilitar el desarrollo de metodologías innovadoras y la utilización de materiales didácticos y recursos educativos que permitan una atención individualizada y altamente motivadora.
g) Evaluar y detectar buenas prácticas educativas y organizativas que redunden en la mejora del éxito escolar del alumnado, para su posterior difusión y regulación.

El plazo de presentación de solicitudes de participación en el programa finaliza el día 15 de mayo de 2009.