martes, 17 de mayo de 2016

Ayudas de obras de mejora, ampliación o reforma en instalaciones deportivas de titularidad municipal. (Ayuntamientos y Entidades de ámbito territorial inferior al Municipio, de la Provincia de Alicante, con población inferior a 5.000 habitantes). Diputació d'Alacant.

BDNS(Identif.):306057
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index) y en la Sede Electrónica de la página web de la Diputación de Alicante (www.diputacionalicante.es):
Primero.- Beneficiarios: Podrán solicitar estas ayudas los Ayuntamientos y Entidades de ámbito territorial inferior al Municipio (EATIM), de la Provincia de Alicante, con población inferior a 5.000 habitantes.
Segundo.- Objeto: Es objeto de la presente Convocatoria la concesión en el ejercicio 2016, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva ordinaria, de ayudas económicas a los Ayuntamientos y Entidades de ámbito territorial inferior al Municipio, de la Provincia de Alicante, con población inferior a 5.000 habitantes, para la realización, durante la anualidad 2016 (entre el 1 de enero y hasta el 31 de octubre de 2016) , de obras de mejora, ampliación o reforma en instalaciones deportivas de titularidad municipal. Serán objeto de subvención las obras de mejora, ampliación o reforma en instalaciones deportivas de titularidad municipal pertenecientes a los Ayuntamientos y Entidades de ámbito territorial inferior al Municipio, de la Provincia de Alicante, menores de 5.000 habitantes, y cuyo importe sea inferior a 50.000 euros, IVA excluido.
Tercero.- Actuaciones subvencionables: Se entiende por obras de Mejora, aquellas actuaciones que al realizarlas no modifican la distribución y estructura de la instalación ya existente. Se entiende por Ampliación, aquellas actuaciones que se realizan para aumentar la superficie de distribución existente en la propia instalación, así como en vestuarios, gradas, etc.
Se entiende por Reforma, el conjunto de obras de ampliación, mejora, modernización, adaptación, adecuación o refuerzo de un bien inmueble ya existente.
Quedan excluidas de esta convocatoria las obras que tengan carácter de mantenimiento, conservación o reparación simple. Asimismo, no se contemplará en esta convocatoria el equipamiento de instalaciones deportivas.
Sexto.- Plazo de presentación de las solicitudes: En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el plazo de presentación de solicitudes será de TREINTA DÍAS NATURALES, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, una vez que se haya presentado ante ésta el texto de la convocatoria y la información requerida para su publicación.{del 17 de mayo al 15 de junio de 2016, a.i.}
Cada Ayuntamiento/EATIM podrá presentar UNA ÚNICA solicitud. Esta solicitud podrá englobar varias actuaciones (obras), siempre y cuando se desarrollen o afecten a la misma instalación deportiva.
El Área de Deportes pondrá a disposición de los interesados las Bases íntegras de la Convocatoria, junto con el modelo de instancia ANEXO I (solicitud), así como ANEXO II (documentación adjunta), en la sede electrónica de la página web de la Diputación Provincial de Alicante (www.diputacionalicante.es).

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