Orden AAA/760/2016, de 17 de mayo, por la que se convoca proceso selectivo
para ingreso por el sistema general de acceso libre y por promoción interna,
en el Cuerpo de Observadores de Meteorología del Estado.
Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la
presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de
14 de noviembre («BOE» del 27), modificadas por Orden PRE/2061/2009 de
23 de julio («BOE» del 30).
Bases específicas
La presente convocatoria, se publicará, entre otras, en las páginas web: www.magrama.gob.es y www.administracion.gob.es
1. Descripción de las plazas. Se convoca proceso selectivo para cubrir 40
plazas del Cuerpo de Observadores de Meteorología del Estado, Código
1429 por el sistema general de acceso libre y 40 plazas por el sistema
de promoción interna.
Del total de plazas convocadas, se reservarán 2
por el sistema general de acceso libre y 2 por el sistema de promoción
interna, para quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad
igual o superior al 33%.
Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva
para personas con discapacidad, los aspirantes con dicha condición que
hayan superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo, y
siendo su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del
sistema de acceso general, estos serán incluidos por su orden de
puntuación en el sistema de acceso general.
Las plazas reservadas para personas con
discapacidad que queden desiertas en el proceso de acceso libre no se
acumularán a las del turno general.
En el proceso de promoción interna, las plazas
reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas se
acumularán a las del turno general.
En el caso de que las plazas convocadas por el
sistema de promoción interna quedaran vacantes no podrán acumularse a
las de la convocatoria de acceso libre, según lo establecido en el
artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial
del Estado» de 15 de abril), dado el carácter independiente de ambos
procesos.
Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos convocatorias.
2. Proceso selectivo. El proceso selectivo se realizará mediante el
sistema de oposición para los aspirantes que se presenten por el turno
de acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición para los
aspirantes que se presenten por el turno de promoción interna, con las
valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo
I.
La fase de oposición tendrá una duración máxima
de 12 meses y el primer ejercicio se celebrará en un plazo máximo de 4
meses contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el
«Boletín Oficial del Estado».
Este proceso incluirá también la superación de un
curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los
aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados
funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
3. Programa. El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.
4. Titulación. Estar en posesión del título de Bachiller o
Técnico. Asimismo se estará a lo establecido en la Orden EDU/1603/2009,
de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos
de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados
en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el
extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente
credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a los
aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación
profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las
Disposiciones de Derecho Comunitario.
6. Solicitudes. 6.1 Quienes deseen participar en estas pruebas
selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que
será facilitado gratuitamente en Internet en la página web
www.administracion.gob.es (Empleo público y becas; Inscripción en
pruebas selectivas; Rellenar e imprimir el formulario de solicitud).
6.2 La presentación de la solicitud se realizará
en el plazo de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al
de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial
del Estado»{del 20 de mayo al 8 de junio de 2016, a.i.}, por cualquiera de los medios siguientes:
a) Los interesados podrán realizar el registro
electrónico de su solicitud y el pago telemático de las tasas a través
de Internet en el portal del ciudadano www.administracion.gob.es (Empleo
público y becas; Inscripción en pruebas selectivas; Rellenar, pagar y
presentar a través de internet) o en el portal del Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas www.minhap.gob.es (Servicios–Empleo
Público– Inscripción en pruebas selectivas).
El tratamiento de la información por medios
telemáticos tendrá en cuenta lo establecido en la Ley 15/1999, de 13 de
diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
En aquellos casos que deba presentarse
documentación adicional junto con la solicitud de participación
telemática, de conformidad con lo previsto en las bases específicas,
esta podrá adjuntarse en la solicitud telemática o podrá ser aportada
presencialmente en los lugares previstos en la letra siguiente.
El ingreso del importe se realizará en los
términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, del
Ministro de Hacienda, por la que se establecen los supuestos y
condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que
constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus
Organismos Públicos, así como en sus resoluciones de desarrollo.
b) Igualmente, podrán presentarse las solicitudes
en soporte papel, debiendo rellenar previamente el formulario 790, a
través del punto de acceso general
http://administracion.gob.es/PAG/modelo790.
Una vez cumplimentados en la citada página todos
los datos de dicho formulario, deberán pulsar en la parte inferior del
mismo sobre la opción «generar solicitud». De esta manera, se generará
el documento que, al imprimirlo a continuación en soporte papel,
constará de tres copias («ejemplar para la Administración», «ejemplar
para el interesado» y «ejemplar para la entidad colaboradora»).
Para efectuar el pago de la tasa, se presentará
el original de la solicitud impresa (los tres ejemplares), cumplimentado
en la forma descrita, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa
de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la
recaudación tributaria.
En la solicitud deberá constar que se ha
realizado dicho ingreso mediante validación de la entidad colaboradora a
través de certificación mecánica o, en su defecto, de sello y firma
autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Una vez efectuado el ingreso de la tasa por
derechos de examen, habrá que presentar el formulario de solicitud en
los Registros Generales del Ministerio de Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente, (Paseo Infanta Isabel, 1, Madrid y Plaza de San Juan de
la Cruz, s/n, Madrid), así como en los registros de las Delegaciones y
Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado,
sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden
APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases
comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en
cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán
cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares
españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante
bancario de haber ingresado los derechos de examen:
– Directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria.
– Mediante transferencia desde cualquier entidad
bancaria extranjera (aquellas «cuyo código IBAN no empiece por ES), a la
cuenta corriente número 0182-2370-49-0200203962 (código Iban: ES06,
código Bic: BBVAESMMXXX) del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de
«Tesoro Público Derechos de examen».
6.3 La solicitud se dirigirá al Subsecretario
del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. La no
presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del
aspirante.
6.4 Los aspirantes que tengan la condición de
personal laboral fijo deberán aportar, junto con la solicitud,
certificado de la unidad de personal competente en el que se
especifiquen las funciones desarrolladas, a efectos de verificar que
cumplen con el requisito de la base 5 párrafo 2.º
6.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia