Ayuntamiento de Elda. BASES ESPECÍFICAS PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO PARA CUBRIR PLAZAS DE OPERARIO DE INSTALACIONES MUNICIPALES
PRIMERA.- Objeto. 1.-Es objeto de las presentes Bases regular la constitución y funcionamiento de una Bolsa de Trabajo para la selección de personal funcionario, con carácter interino, para ocupar plazas de OPERARIO DE INSTALACIONES MUNICIPALES, encuadrados en la Escala de Administración Especial, B) Subescala de Servicios Especiales, c) Clase Personal de Oficio, Grupo AGP, dada la urgente necesidad de provisión de las mismas, ya que no existe bolsa de trabajo en vigor, tanto de la Plantilla del Ayuntamiento de Elda como de sus Organismo Autónomos (IDELSA, IMSSE, URLE). 2.- El sistema de selección de los aspirantes será el de oposición.
SEGUNDA.- Requisitos de los aspirantes. Para ser admitido en las pruebas objeto de este proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los requisitos que figuran en las Bases Generales que han de regir las convocatorias de las pruebas selectivas para la provisión de plazas de personal, vacantes en la plantilla de este Ayuntamiento, y deberán cumplirse en el último día de plazo de la presentación de solicitudes y mantenerlos en el momento de su posible nombramiento.
TERCERA.- Instancias y admisión de aspirantes. Las instancias para tomar parte en la presente convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Elda, en horario de atención al público, o de las forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 y se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Elda, solicitando su admisión a la misma, con manifestación expresa de que se reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la Base Segunda y aceptan en todos sus términos las presentes Bases. Las solicitudes deberán ajustarse al modelo oficial que será facilitado por el Ayuntamiento.
SEGUNDA.- Requisitos de los aspirantes. Para ser admitido en las pruebas objeto de este proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los requisitos que figuran en las Bases Generales que han de regir las convocatorias de las pruebas selectivas para la provisión de plazas de personal, vacantes en la plantilla de este Ayuntamiento, y deberán cumplirse en el último día de plazo de la presentación de solicitudes y mantenerlos en el momento de su posible nombramiento.
TERCERA.- Instancias y admisión de aspirantes. Las instancias para tomar parte en la presente convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Elda, en horario de atención al público, o de las forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 y se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Elda, solicitando su admisión a la misma, con manifestación expresa de que se reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la Base Segunda y aceptan en todos sus términos las presentes Bases. Las solicitudes deberán ajustarse al modelo oficial que será facilitado por el Ayuntamiento.
La presentación de instancias deberá efectuarse durante un plazo de diez (10) días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación, en extracto, de estas Bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante. {del 28 de mayo al 6 de junio de 2016, a.i.}
Los solicitantes manifestarán en la instancia que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en la base segunda, referidas a la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
Finalizado el plazo de presentación de instancias se hará público en el Tablón de Edictos y página web de este Ayuntamiento la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, concediéndose un plazo de diez días hábiles para presentar reclamaciones o subsanar deficiencias. Transcurrido el plazo sin que se formulen reclamaciones se entenderán definitivas dichas listas, resolviéndose las reclamaciones presentadas . - www.elda.es
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