Primero. Convocar a los aspirantes que deseen presentarse a
la segunda parte de las pruebas o pruebas específicas en los puertos de
Bilbao (una plaza), terminal marítima Alúmina Española en San Ciprián
(una plaza), Villagarcía y Ría de Arosa (una plaza), Huelva (una plaza),
Sagunto (una plaza), Valencia (dos plazas) y Santa Cruz de Tenerife
(una plaza), para el reconocimiento de la capacitación profesional para
prestar servicios portuarios de practicaje, y cumplan los requisitos
establecidos en la norma.
Segundo. Solicitudes. Los aspirantes deberán reunir los requisitos de
titulación y mando que se señalan en el artículo 10 de la Orden
FOM/2417/2007, de 25 de julio, y solicitar la admisión a las pruebas, en
instancia dirigida al Director General de la Marina Mercante, a la que
deberán unirse los siguientes documentos:
1. Certificación de la Capitanía Marítima,
Consulado del país de bandera del buque, u otro organismo público,
acreditativa de haber tenido el mando de buque de arqueo superior a
1.000 GT, al menos durante dos años (730 días) dentro de los últimos
diez años de actividad profesional que precedan inmediatamente a la
presente convocatoria.
2. Fotocopia de la tarjeta profesional de Capitán de la Marina Mercante.
3. Copia del resguardo de autoliquidación en
cualquier entidad colaboradora por importe de 44,85 euros de tasa por
puerto, impreso modelo 790, código 001 de derechos de examen, disponible
en Capitanías Marítimas o en la Dirección General de la Marina
Mercante, así como en cualquier otra dependencia administrativa.
4. Certificaciones de superación de las pruebas
físicas y reconocimiento médico inicial, descritas en los puntos octavo y
segundo, respectivamente, de la Resolución de 29 de julio de 1998, de
la Dirección General de la Marina Mercante (BOE número 194, de 14 de
agosto de 1998).
Tercero. Presentación de solicitudes. Podrán presentarse en la Dirección General de la
Marina Mercante, en cualquier Capitanía Marítima y sus correspondientes
distritos marítimos, o bien en los lugares indicados en el artículo 38.4
de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en
el «Boletín Oficial del Estado».{del 19 de mayo al 18 de junio de 2016, a.i.}
Cuarto. Al día siguiente, o el primer día hábil tras
haber finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección
General de la Marina Mercante publicará la lista provisional de los
solicitantes admitidos y de los excluidos, señalándose en su caso, las
causas de la exclusión, concediéndose un período de diez días naturales
para subsanación de errores existentes, al término de los cuales se
publicará la lista definitiva de admitidos y excluidos. Las citadas
listas se publicarán en los tablones de anuncios de la Dirección General
de la Marina Mercante y en las Capitanías Marítimas, junto con el lugar
y hora señalada para la realización del primer ejercicio de la segunda
parte de las pruebas, a realizar en cada puerto.
Quinto. Las pruebas se celebrarán en el mes de julio del
año 2016, en las fechas indicadas en la publicación de la lista
definitiva de admitidos y excluidos.
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