Mostrando entradas con la etiqueta aval. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta aval. Mostrar todas las entradas

domingo, 27 de mayo de 2012

bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones estatales para facilitar el acceso a la financiación con objeto de paliar los daños producidos en el sector agrario por la sequía y otras causas extraordinarias.

1. Objeto. Mediante esta orden se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de subvenciones estatales destinadas a:
a) Facilitar que los titulares de los préstamos concedidos al amparo del Real Decreto 613/2001, de 8 de junio, para la mejora y modernización de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias y del Real Decreto 204/1996, de 9 de febrero, por el que se dictan normas relativas a la modernización de las explotaciones agrarias, acuerden con las entidades financieras una carencia de hasta dos años de duración en la amortización de los citados préstamos. El coste financiero de la carencia podrá ser sufragado por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, en los términos previstos en el capítulo I.
b) Sufragar el coste de los avales concedidos por SAECA, necesarios para la obtención de préstamos de entidades financieras en las condiciones y términos regulados en el capítulo II.
c) Facilitar que, en los términos regulados en el capítulo III y de manera voluntaria, los prestatarios de créditos financieros concedidos al amparo de la Orden ARM/572/2010, de 10 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas a los titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas para facilitar el acceso a la financiación, acuerden con las entidades financieras prolongar en un año, que será de carencia, el periodo de amortización de los préstamos suscritos, a cuyo efecto la subvención tendrá por objeto sufragar el incremento del coste de los avales concedidos por SAECA derivados de dicha operación.
CAPÍTULO I - Subvenciones para la financiación de la carencia especial para los titulares de los préstamos suscritos al amparo del Real Decreto 613/2001, de 8 de junio, y del Real Decreto 204/1996, de 9 de febrero.
9.1. La presentación de la solicitud de ayuda deberá tener lugar en el momento de presentación de la solicitud del aval ante SAECA, a cuyo efecto la suscripción del aval llevará incorporada en una casilla la solicitud de concesión de la ayuda dirigida al Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
CAPÍTULO II - Subvenciones en forma de bonificación de costes de los avales a nuevos préstamos.
9.5. El periodo de presentación de solicitudes de las ayudas correspondientes a este capítulo, finalizará en un plazo de tres meses contados a partir de la entrada en vigor de esta orden.{del 26 de mayo al 25 de agosto de 2012, a.i.}
CAPÍTULO III -  Subvenciones por ampliación del periodo de amortización de los préstamos suscritos al amparo de la Orden ARM/572/2010, de 10 de marzo
13.1. La presentación de la solicitud de subvención deberá tener lugar en el momento de presentación de la solicitud del aval ante SAECA, a cuyo efecto la suscripción del aval ante SAECA llevará incorporada en una casilla la solicitud de concesión de la ayuda dirigida al Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

miércoles, 29 de julio de 2009

Plan de Acción Concertada de los Países de la Zona Euro, el plazo de presentación de las solicitudes de avales con cargo al P.G.E. para 2009 y el mode

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Resolución de 24 de julio de 2009, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se establece, de acuerdo con el artículo 5 de la Orden EHA/3364/2008, de 21 de noviembre, por la que se desarrolla el artículo 1 del Real Decreto-ley 7/2008, de 13 de octubre, de medidas urgentes en materia económico-financiera en relación con el Plan de Acción Concertada de los Países de la Zona Euro, el plazo de presentación de las solicitudes de avales con cargo al Presupuesto General del Estado para 2009 y el modelo de solicitud.
Plazo para la presentación de las solicitudes de avales.–El plazo para la presentación de las solicitudes de avales con cargo a los Presupuestos Generales del Estado para 2009 comenzará el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado» y finalizará el 8 de septiembre de 2009.
Modelo de solicitud de aval.–Las solicitudes de aval que se presenten al amparo del artículo 5 de la Orden EHA/3364/2008, de 21 de noviembre, por la que se desarrolla el artículo 1 del Real Decreto-ley 7/2008, de 13 de octubre, de medidas urgentes en materia económico-financiera en relación con el Plan de Acción Concertada de los Países de la Zona Euro, deberán ajustarse al siguiente modelo:

D/d.ª XXXXXXX (Identificación de la persona que va a solicitar el aval en nombre de la entidad y que presenta la solicitud bien en nombre de una entidad o bien en representación de un grupo consolidable o una agrupación), con poder bastante al efecto, otorgado con fecha XXXX y que adjunto junto con copia compulsada del DNI, declaro conocer los requisitos para la concesión de avales recogidos en la Orden EHA/3364/2008, de 21 de noviembre, por la que se desarrolla el artículo 1 del Real Decreto-ley 7/2008, de 13 de octubre, de medidas urgentes en materia económico-financiera en relación con el Plan de Acción Concertada de los Países de la Zona Euro, y acepto las condiciones establecidas en la misma. Asimismo, declaro que la entidad por mí representada cumple con los requisitos establecidos en la citada Orden y demás normativa que sea de aplicación.
En consecuencia solicito aval del Estado por (elegir la opción que se considere más adecuada):
a) El importe máximo que corresponda a la entidad por mí representada.
b) Un importe de XXXXX (expresar el importe en millones de euros sin decimales).
A estos efectos aporto la siguiente información:

1. Datos identificativos de la entidad que presenta la solicitud.
1.1 Nombre:
1.2 Domicilio Social:
1.3 CIF:
1.4 Calificación crediticia de la entidad:
1.5 Designación de personas y dirección a efectos de notificaciones:
1.6 Teléfono y persona de contacto:
1.7 Dirección de correo electrónico persona de contacto:.......
1.8 La solicitud se presenta (citar la opción que corresponda):
a) En nombre de una entidad de crédito.
b) En representación de un grupo consolidable.
c) En representación de una agrupación.
d) Amparándose en el supuesto del párrafo segundo del artículo 2.3 de la Orden EHA/3364/2008, de 21 de noviembre.
1.9 En caso de que la solicitud se presente en representación de un grupo consolidable o de una agrupación, indíquese entidades incluidas así como domicilio social y calificación crediticia de las mismas:
1.10 En caso de que se dé el supuesto previsto en el artículo 2.5 de la Orden EHA/3364/2008, de 21 de noviembre, indíquese nombre, calificación crediticia y domicilio social de la entidad o entidades que acumulan su cuota a la de la entidad solicitante:

2. Datos relativos a la cuota de mercado de la entidad:
2.1 Declaro que la cuota de mercado de NOMBRE (de la entidad, grupo consolidable o agrupación) es XXXXX, expresado en miles de euros, (en caso de grupo consolidable o agrupación se indicará la cuota total) y se corresponde con el epígrafe 2.4. Préstamos y créditos. Otros sectores correspondiente a residentes en
España del estado UEM 1 del Boletín Estadístico del Banco de España, referida a mayo de 2009.
2.2 En el caso de grupos consolidables o agrupaciones el desglose de las cuotas individuales, expresadas en miles de euros, de las entidades que lo integran a los efectos de la mencionada solicitud es:.......
2.3 En el supuesto previsto en el artículo 2.5 de la Orden EHA/3364/2008, de 21 de noviembre, se adjuntará declaración conjunta firmada por los representantes de ambas entidades, con poder bastante al efecto, indicando la cuota de mercado expresada en miles de euros, que se acumula a la de la entidad solicitante, y la existencia del acuerdo previo requerido por el mencionado precepto normativo.

3. Datos relativos a las emisiones realizadas durante los 5 años inmediatamente anteriores a la fecha de entrada en vigor del Real Decreto-ley 7/2008 de valores que puedan ser objeto de la presente garantía (se detallará para cada tipo de valor por separado).
3.1 Tipo de valor:
3.2 Código ISIN:
3.3 Importe emitido:
3.4 Plazo:
3.5 Tipo de interés resultante en el momento de la emisión:

4. Otros datos que puedan ser relevantes, a juicio del solicitante, a los efectos de esta solicitud:
Lugar, fecha y firma,
El representante de la entidad solicitante

Dirección General del Tesoro y Política Financiera.
Avales Real Decreto-ley 7/2008.
Subdirección General de Cobros y Pagos del Estado.
Paseo del Prado, 4. 28014 Madrid.