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sábado, 21 de septiembre de 2019

subvenciones por daños en infraestructuras municipales y red viaria, previstas en el apartado cuarto del acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de noviembre de 2018, por el que se declaran las provincias de Málaga, Sevilla, Cádiz, Valencia, Castellón, Tarragona, Teruel y Comunidad Autónoma de Illes Balears, zonas afectadas gravemente por una emergencia de protección civil.

BDNS(Identif.):473495
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Serán beneficiarias las diputaciones provinciales y los consejos insulares, incluidos en el ámbito de aplicación establecido en la disposición primera apartado segundo de la Resolución de 10 de septiembre de 2019 de la Secretaría de Estado de Política Territorial por la que se convocan subvenciones, sin perjuicio del carácter de interesados de las entidades afectadas.
Segundo. Objeto:
Financiar hasta el 50 por ciento del coste de la ejecución de las obras de reparación o restitución de: infraestructuras, equipamientos e instalaciones y servicios de titularidad municipal, incluidos en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de la red viaria de las diputaciones provinciales y consejos insulares, siempre que sean consecuencia de los acontecimientos que dieron lugar a la declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil.
Tercero. Solicitudes y plazo:
Díez días hábiles desde el siguiente a la publicación de este extracto en el BOE. {del 22 de septiembre al 4 de octubre de 2019, a.i.}
Podrán presentar solicitudes las entidades beneficiarias en los términos que indica el artículo 6.4 a) de la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, así como aquellas otras entidades locales incluidas en el ámbito territorial de la declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil, por acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de noviembre de 2018.
Cuarto. Bases Reguladoras:
Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, publicada en el BOE de 12 de febrero de 2015.
Quinto. Cuantía:
El importe máximo de las subvenciones es de 27.018.737,77 euros.

domingo, 27 de mayo de 2012

bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones estatales para facilitar el acceso a la financiación con objeto de paliar los daños producidos en el sector agrario por la sequía y otras causas extraordinarias.

1. Objeto. Mediante esta orden se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de subvenciones estatales destinadas a:
a) Facilitar que los titulares de los préstamos concedidos al amparo del Real Decreto 613/2001, de 8 de junio, para la mejora y modernización de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias y del Real Decreto 204/1996, de 9 de febrero, por el que se dictan normas relativas a la modernización de las explotaciones agrarias, acuerden con las entidades financieras una carencia de hasta dos años de duración en la amortización de los citados préstamos. El coste financiero de la carencia podrá ser sufragado por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, en los términos previstos en el capítulo I.
b) Sufragar el coste de los avales concedidos por SAECA, necesarios para la obtención de préstamos de entidades financieras en las condiciones y términos regulados en el capítulo II.
c) Facilitar que, en los términos regulados en el capítulo III y de manera voluntaria, los prestatarios de créditos financieros concedidos al amparo de la Orden ARM/572/2010, de 10 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas a los titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas para facilitar el acceso a la financiación, acuerden con las entidades financieras prolongar en un año, que será de carencia, el periodo de amortización de los préstamos suscritos, a cuyo efecto la subvención tendrá por objeto sufragar el incremento del coste de los avales concedidos por SAECA derivados de dicha operación.
CAPÍTULO I - Subvenciones para la financiación de la carencia especial para los titulares de los préstamos suscritos al amparo del Real Decreto 613/2001, de 8 de junio, y del Real Decreto 204/1996, de 9 de febrero.
9.1. La presentación de la solicitud de ayuda deberá tener lugar en el momento de presentación de la solicitud del aval ante SAECA, a cuyo efecto la suscripción del aval llevará incorporada en una casilla la solicitud de concesión de la ayuda dirigida al Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
CAPÍTULO II - Subvenciones en forma de bonificación de costes de los avales a nuevos préstamos.
9.5. El periodo de presentación de solicitudes de las ayudas correspondientes a este capítulo, finalizará en un plazo de tres meses contados a partir de la entrada en vigor de esta orden.{del 26 de mayo al 25 de agosto de 2012, a.i.}
CAPÍTULO III -  Subvenciones por ampliación del periodo de amortización de los préstamos suscritos al amparo de la Orden ARM/572/2010, de 10 de marzo
13.1. La presentación de la solicitud de subvención deberá tener lugar en el momento de presentación de la solicitud del aval ante SAECA, a cuyo efecto la suscripción del aval ante SAECA llevará incorporada en una casilla la solicitud de concesión de la ayuda dirigida al Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

domingo, 28 de marzo de 2010

Seguros agrarios combinados: pixat cítricos, explotación cítricos, multicultivo cítricos, daños tabaco.

Seguros agrarios combinados
Orden ARM/763/2010, de 16 de marzo, por la que se definen las producciones asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de pixat en cítricos, comprendido en el Plan 2010 de Seguros Agrarios Combinados.
PDF (BOE-A-2010-5079 - 5 págs. - 221 KB)
Otros formatos
Orden ARM/764/2010, de 16 de marzo, por la que se definen las producciones y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de explotación de cítricos, comprendido en el Plan 2010 de Seguros Agrarios Combinados.
PDF (BOE-A-2010-5080 - 13 págs. - 353 KB)
Otros formatos
Orden ARM/765/2010, de 16 de marzo, por la que se definen las producciones y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios de la póliza multicultivo de cítricos, comprendido en el Plan 2010 de Seguros Agrarios Combinados.
PDF (BOE-A-2010-5081 - 15 págs. - 415 KB)
Otros formatos
Orden ARM/766/2010, de 16 de marzo, por la que se definen las producciones y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro combinado y de daños excepcionales en tabaco, comprendido en el Plan 2010 de Seguros Agrarios Combinados.
PDF (BOE-A-2010-5082 - 5 págs. - 204 KB)
Otros formatos