Ayuntamiento de Jávea/Xàbia. APERTURA PLAZO PRESENTACIÓN INSTANCIAS PARA MERCADILLO JUEVES 2016. Mediante Acuerdo “Punto 24.3.- Mercadillo Jueves 2016” adoptado por la
Junta de Gobierno Local en sesión JGL2015/24 ordinaria, de fecha 27 de julio de
2015, se fija como número máximo de autorizaciones para el ejercicio de la venta no
sedentaria, en el denominado “Mercadillo semanal de los jueves”, teniendo en cuenta
los equipamientos existentes en este municipio, 148 puestos
desmontables, acordes
al entorno cuyo emplazamiento será la Plaza de la Constitución, la Placeta del
Convent y reserva de espacio susceptible de ser utilizado en la Plaça de l’Església,
Plaça Celestino Pons y Carrer Sor María Gallard; teniendo la autorización carácter
anual, por el período comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2016,
otorgando a los interesados el plazo comprendido entre el 15 de agosto al 15 de
septiembre de 2015, para la presentación de solicitudes.
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miércoles, 12 de agosto de 2015
martes, 22 de julio de 2014
Apertura plazo de Solicitudes 148 puestos desmontables para el “Mercadillo semanal de los jueves”, Ajuntament de Xàbia / Jávea.
Ajuntament de Xàbia / Jávea. APERTURA PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES MERCADILLO JUEVES 2015
martes, 20 de agosto de 2013
Mercadillo de los Jueves 2014: Apertura de plazo Presentación de Solicitudes de autorizaciones para el ejercicio de la venta no sedentaria - 148 puestos desmontables -. M. I. Ayuntamiento de Xàbia (Alicante)
AYUNTAMIENTO JÁVEA. -APERTURA PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES MERCADILLO JUEVES 2013 [butlletí oficial de la província - alacant, 20 agost 2013 - n.º 157, página 23]
ANUNCIO Boletín Nº 157 del 20/08/2013 (pdf)
Dª. Taire Vera Paredes, Secretaria Accidental del M. I. Ayuntamiento de Xàbia (Alicante), hace saber que.
Mediante Resolución de la Alcaldía 2013/1031, de fecha el 12 de agosto de 2013, se fija como número máximo de autorizaciones para el ejercicio de la venta no sedentaria, en el denominado «Mercadillo semanal de los jueves», teniendo en cuenta los equipamientos existentes en este municipio, 148 puestos desmontables, acordes al entorno cuyo emplazamiento será la Plaza de la Constitución, la Placeta del Convent y reserva de espacio susceptible de ser utilizado en la Plaça de l’Església, Plaça Celestino Pons y Carrer Sor María Gallard; teniendo la autorización carácter anual, por el período comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2014, otorgando a los interesados el plazo comprendido entre el 15 de agosto al 15 de septiembre de 2013, para la presentación de solicitudes. www.ajxabia.com
Dª. Taire Vera Paredes, Secretaria Accidental del M. I. Ayuntamiento de Xàbia (Alicante), hace saber que.
Mediante Resolución de la Alcaldía 2013/1031, de fecha el 12 de agosto de 2013, se fija como número máximo de autorizaciones para el ejercicio de la venta no sedentaria, en el denominado «Mercadillo semanal de los jueves», teniendo en cuenta los equipamientos existentes en este municipio, 148 puestos desmontables, acordes al entorno cuyo emplazamiento será la Plaza de la Constitución, la Placeta del Convent y reserva de espacio susceptible de ser utilizado en la Plaça de l’Església, Plaça Celestino Pons y Carrer Sor María Gallard; teniendo la autorización carácter anual, por el período comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2014, otorgando a los interesados el plazo comprendido entre el 15 de agosto al 15 de septiembre de 2013, para la presentación de solicitudes. www.ajxabia.com
miércoles, 14 de marzo de 2012
Plazo de presentación de Solicitudes para la adjudicación de Puestos de Venta de Artesanía de la Playa del Arenal de Jávea / Xàbia
ANUNCIO [pàgina 36, butlletí oficial de la província - alacant, 13 març 2012 - n.º 51]
Se hace público extracto Resolución Alcaldía nº 298/ 2012, por la que se informa del periodo y plazo en que los interesados en la adjudicación puestos de venta artesanía de la Playa del Arenal podrán presentar sus solicitudes, de acuerdo con la Ordenanza Mercadillo Artesanal.
Se hace público extracto Resolución Alcaldía nº 298/ 2012, por la que se informa del periodo y plazo en que los interesados en la adjudicación puestos de venta artesanía de la Playa del Arenal podrán presentar sus solicitudes, de acuerdo con la Ordenanza Mercadillo Artesanal.
jueves, 4 de agosto de 2011
«Mercadillo semanal de los jueves»,(139 puestos máximo). Apertura del Plazo de presentación de Instancias Autorizaciones. Ajuntament de Xàbia / Jávea.
Mediante Acuerdo de adoptado por la Junta de Gobierno Local, celebrada el 25 de julio de 2011, se fija como número máximo de autorizaciones, para el ejercicio de la venta fuera del establecimiento comercial, el denominado «Mercadillo semanal de los jueves», teniendo en cuenta los equipamientos existentes en este municipio, 139 puestos desmontables, acordes a su entorno cuyo emplazamiento será la Plaza de la Constitución y la Placeta del Convent; teniendo la autorización carácter anual, por el período comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2012, otorgando a los interesado el plazo comprendido entre el 15 de agosto al 15 de septiembre de 2011, para la presentación de solicitudes.
wwlunes, 16 de agosto de 2010
Periodo de presentación de solicitudes de Autorización anual para Puestos del «Mercadillo semanal de los jueves». Ajuntament de Xàbia / Jávea.
ANUNCIO
M.I. Ayuntamiento de Xàbia, hace saber que:
Mediante Resolución de la Alcaldía número 1.582/2010 de 3 de agosto se fija como número máximo de autorizaciones, para el ejercicio de la venta fuera del establecimiento comercial, el denominado «Mercadillo semanal de los jueves», teniendo en cuenta los equipamientos existentes en este municipio, 139 puestos desmontables, acordes a su entorno cuyo emplazamiento será la Plaza de la Constitución, Placeta del Convent; siendo la aut
orización anual por el período comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre del 2011, otorgándose el plazo comprendido entre el 15 de agosto al 15 de septiembre de 2010, para la presentación de solicitudes, así como que se publique en el Boletín Oficial de la Provincia, periódico de ámbito local y edicto en el tablón de anuncios dicha resolución.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Lo que se hace público para general conocimiento.
lunes, 7 de junio de 2010
Ajuntament de Xàbia: Reglament del Mercat Municipal, i Ordenança reguladora de l'exercici de la Venda fora d'establiment comercial.
-ORDENANZA REGULADORA DEL EJERCICIO DE LA VENTA FUERA DE ESTABLECIMIENTO COMERCIAL página 52
En cumplimiento del que dispone la normativa indicada, y en uso de las facultades que le concede la legislación de régimen local, este Ayuntamiento procede a regular la venta ambulante no sedentaria dentro del término municipal de Xàbia.
Capítulo I. Disposiciones generales.
Artículo 1.- Ámbito de aplicación.- 1.1.- La presente ordenanza tiene por objeto la
regulación del ejercicio de la venta fuera de establecimiento comercial en su modalidad de venta no sedentaria.
1.2.- Se considera venta no sedentaria la venta ambulante y la realizada en puntos no estables por vendedores habituales u ocasionales.
1.3.- En el término municipal de Xàbia, solo se permitirá la práctica de las modalidades de venta no sedentaria recogidas en la presente ordenanza, quedando prohibida cualquier otro tipo de venta ambulante.
Artículo 2.- De la venta ambulante.- 2.1.- Se considera venta ambulante la venta no sedentaria en ubicación móvil, de manera y con medios que permitan al vendedor ofrecer su mercancía de forma itinerante, deteniéndose en diferentes lugares sucesivam
ente y por el tiempo necesario por efectuar la venta.
2.2.- Queda prohibida la venta ambulante en todo el término municipal, vigilando expresamente el cumplimiento de este artículo por la Policía Local.
Capítulo II. De la venta no sedentaria.
Artículo 3.- Modalidades de venta no sedentaria.- 3.1.- Son modalidades de venta no sedentaria sujetas al ámbito de aplicación de esta Ordenanza:
a) La realizada en mercado extraordinario fijo.
b) La realizada en mercados extraordinarios no periódicos o eventuales.
Capítulo I. Disposiciones generales.
Artículo 1.- Ámbito de aplicación.- 1.1.- La presente ordenanza tiene por objeto la
1.2.- Se considera venta no sedentaria la venta ambulante y la realizada en puntos no estables por vendedores habituales u ocasionales.
1.3.- En el término municipal de Xàbia, solo se permitirá la práctica de las modalidades de venta no sedentaria recogidas en la presente ordenanza, quedando prohibida cualquier otro tipo de venta ambulante.
Artículo 2.- De la venta ambulante.- 2.1.- Se considera venta ambulante la venta no sedentaria en ubicación móvil, de manera y con medios que permitan al vendedor ofrecer su mercancía de forma itinerante, deteniéndose en diferentes lugares sucesivam
2.2.- Queda prohibida la venta ambulante en todo el término municipal, vigilando expresamente el cumplimiento de este artículo por la Policía Local.
Capítulo II. De la venta no sedentaria.
Artículo 3.- Modalidades de venta no sedentaria.- 3.1.- Son modalidades de venta no sedentaria sujetas al ámbito de aplicación de esta Ordenanza:
a) La realizada en mercado extraordinario fijo.
b) La realizada en mercados extraordinarios no periódicos o eventuales.
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Reglamento del Mercado Municipal
Capítulo I. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 1.- Los Mercados municipales son un bien de dominio público
municipal donde se presta un servicio público de venta minorista, asegurando la libre competencia entre los vendedores y evitando el monopolio, prestado en edificios o locales de propiedad municipal gestionados como concesiones administrativas, en régimen de libre competencia y bajo la vigilancia y autoridad del Ayuntamiento.
Artículo 2.- El ámbito de aplicación de este Reglamento será el del Mercado Municipal de Abastecimientos de Xàbia.
Capítulo I. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 1.- Los Mercados municipales son un bien de dominio público
Artículo 2.- El ámbito de aplicación de este Reglamento será el del Mercado Municipal de Abastecimientos de Xàbia.
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