viernes, 3 de mayo de 2019

se amplía el plazo de presentación de solitudes a la convocatoria 1/2019 del Programa de extensión de la banda ancha de nueva generación

Resultado de imagen de Programa de extensión de la banda ancha de nueva generación-  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y EMPRESA  Extracto de la Resolución de 26 de abril de 2019 de  la Secretaría de Estado para el Avance Digital, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria 1/2019 del Programa de extensión de la banda ancha de nueva generación.
  • PDF (BOE-B-2019-18944 - 1 pág. - 166 KB)
  • Otros formatos 

  • BDNS(Identif.): 449831
    De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto Resolución de la Secretaría de Estado para el Avance Digital, por la que se amplía el plazo de presentación de solitudes a la convocatoria 1/2019 del Programa de extensión de la banda ancha de nueva generación cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/index):
    Único.- El Secretario de Estado para el Avance Digital, ha resuelto, con fecha 26 de abril de 2019, ampliar el plazo para la presentación de las solicitudes a la convocatoria 1/2019 del Programa de extensión de la banda ancha de nueva generación, aprobada mediante Resolución de la Secretaría de Estado para el Avance Digital de 11 de abril de 2019, hasta el día 27 de mayo de 2019.

    1 plaza (A1) Escala Técnica (Itinerario profesional administración especial estadística, en la Unidad Técnica de Calidad), y 3 plazas (A2) Escala Técnico Medio (Itinerario profesional de administración especial asistencia social y sociología, en el Vicerrectorado de Estudiantes y Empleo), de la Universidad de Alicante

    Resolución de 15 de abril de 2019, de la Universidad de Alicante, referente a la convocatoria para proveer plaza de la Escala técnica (subgrupo A1).

  • PDF (BOE-A-2019-6591 - 1 pág. - 210 KB)
  • Otros formatos 

  • En el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» número 8.523, de fecha 5 de abril de 2019, se publican íntegramente la convocatoria y sus bases para la provisión de la siguiente plaza:
    Régimen jurídico: Funcionarial. Carácter: De carrera. Escala: técnica (grupo A, subgrupo A1) (Referencia A03/19). Itinerario profesional administración especial estadística, en la Unidad Técnica de Calidad de la Universidad de Alicante. Número de plazas convocadas: 1. Sistema Selectivo: Concurso-Oposición. Turno: Acceso Libre.
    El plazo para la presentación de solicitudes finaliza a los veinte días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de este extracto en el «Boletín Oficial del Estado». {del 4 al 31 de mayo de 2019, a.i.}
    Los sucesivos anuncios relativos a esta convocatoria se publicarán en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» y/o en la dirección de la página web del Servicio de Selección y Formación siguiente: http://ssyf.ua.es/es/seleccionpas/oposiciones/actual/oposiciones.html.


    Resolución de 15 de abril de 2019, de la Universidad de Alicante, referente a la convocatoria para proveer plazas de la Escala Técnico Medio (Subgrupo A2).

  • PDF (BOE-A-2019-6592 - 1 pág. - 148 KB)
  • Otros formatos 

  • En el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» número 8523, de fecha 5 de abril de 2019, se publican íntegramente la convocatoria y sus bases para la provisión de la siguiente plaza:
    Régimen jurídico: Funcionarial. Carácter: De carrera. Escala: Técnico medio (grupo A, subgrupo A2) (Referencia B01/19). Itinerario profesional de administración especial asistencia social y sociología, en el Vicerrectorado de Estudiantes y Empleo de la Universidad de Alicante. Número de plazas convocadas: 3. Sistema Selectivo: Concurso-Oposición. Turno: Acceso Libre.
    El plazo para la presentación de solicitudes finaliza a los veinte días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de este extracto en el «Boletín Oficial del Estado». {del 4 al 31 de mayo de 2019, a.i.}
    Los sucesivos anuncios relativos a esta convocatoria se publicarán en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» y/o en la dirección de la página web del Servicio de Selección y Formación siguiente: http://ssyf.ua.es/es/seleccionpas/oposiciones/actual/oposiciones.html.

    5 plazas de Bombero Conductor Especialista,(C1), Bases. Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

    Anuncio de convocatoria para la selección y provisión en propiedad por oposición de cinco plazas de Bombero-Conductor Especialista del Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. El Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad Autónoma de Murcia, por acuerdo de la Comisión Permanente de fecha 11 de abril de 2019, ha aprobado la convocatoria para la selección y provisión como funcionarios de carrera, por el sistema de oposición, de 5 plazas de Bombero Conductor Especialista, de conformidad con las siguientes:
    Bases
    Primera.- Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria la selección para la provisión en propiedad, a través del sistema de oposición, de cinco plazas de bombero-conductor especialista, vacantes en la plantilla de personal funcionario del Consorcio, incluidas en la oferta de empleo público 2018, dotadas con las retribuciones correspondientes al Grupo C, subgrupo C1, y con las funciones detalladas en la relación de puestos de trabajo de este Consorcio, con la clasificación y denominación siguiente:
    Grupo: C, Subgrupo C1
    Escala: Administración Especial
    Subescala: Servicios Especiales
    Categoría: bombero-conductor especialista.
    Asimismo, al número total de plazas convocadas podrán adicionarse las vacantes que se produzcan hasta que concluya el proceso selectivo, previa inclusión de las mismas en la correspondiente Oferta de Empleo Público.
    Segunda.- Publicación de la convocatoria. La convocatoria y sus bases se publicarán íntegramente en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia” y un extracto de la primera en el “Boletín Oficial del Estado”.
    El resto de las publicaciones a que haga referencia la legislación vigente se entenderán referidas exclusivamente al “Boletín Oficial de la Región de Murcia” y al Tablón de anuncios y página web del Consorcio.
    Tercera.- Participación en la convocatoria.
    A.- Requisitos de los aspirantes. Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
    1. Nacionalidad: Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, regulador del acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.
    2. Edad: Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad máxima de jubilación forzosa.
    3. Titulación: Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias: Bachiller, Técnico o equivalente, según lo previsto en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, para el ingreso en los cuerpos o escalas clasificados en el subgrupo C1.
    4. Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones que se deriven del puesto por desempeñar. A tal efecto, quien supere el proceso selectivo será sometido a reconocimiento médico por los servicios de vigilancia de la salud contratados por el Consorcio, antes de su nombramiento.
    5. Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por Resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario.
    6. Estar en posesión del permiso de conducción de las clases C+E.
    Los requisitos establecidos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.
    Las personas con minusvalía física o psíquica serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, y siempre que acrediten la capacidad suficiente para el desempeño de las funciones propias del puesto, debiendo acreditar dicha condición mediante la oportuna certificación expedida por el Instituto Murciano de Acción Social.
    B.- Solicitudes.
    1. Las solicitudes para tomar parte en este proceso selectivo, cuyo modelo se facilitará en el Registro del Consorcio, serán dirigidas al Excmo. Sr. Presidente del Consorcio, y se presentarán en el Registro General del Consorcio dentro del plazo de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

    5 plazas de Agente de la Policía Local (C1), del Ayuntamiento de Carlet (Valencia)

    Resolución de 17 de abril de 2019, del Ayuntamiento de Carlet (Valencia), referente a la convocatoria para proveer varias plazas.
  • PDF (BOE-A-2019-6553 - 1 pág. - 210 KB)
  • Otros formatos 

  • En el «Boletín Oficial de la Provincia de Valencia» número 59, de 26 de marzo de 2019, se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para proveer:
    Cinco plazas de Agente de la Policía Local, pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales y clase Policía local y sus auxiliares, mediante el sistema de concurso oposición, en turno libre.
    Se ha publicado, asimismo, un extracto de la convocatoria en el «Diario Oficial de la Comunidad Valenciana», número 8529, de fecha 15 de abril de 2019.
    El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado». {del 3 al 30 de mayo de 2019, a.i.}
    Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en la forma prevista en las propias bases.  www.carlet.es

    1 agente de empleo de desarrollo local. (A1). Ayuntamiento de Alfarrasí

    Edicto del Ayuntamiento de Alfarrasí sobre corrección de bases de selección de personal del proceso selectivo de agente de empleo de desarrollo local.
    EDICTO
    Por Resolución de Alcaldía nº 104/2019, de fecha 18 de abril, se ha estimado el recurso de reposición interpuesto por el Decano-Presidente del Ilustre Colegio Nacional de Doctores y Licenciados en Ciencias Políticas y Sociología, contra la Resolución de Alcaldía nº 065/2019, de fecha 12 de marzo, que aprueba las bases y la convocatoria del proceso selectivo de agente de empleo de desarrollo local.
    Se procede a modificar las bases en los términos que a continuación se citan.
    Donde dice:
    3. Condiciones que deben reunir los aspirantes:d) Estar en posesión del Título de Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales, Grado en Economía, ADE o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.
    Debe decir:
    d) Estar en posesión del Título de Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales, Grado en Economía, ADE o equivalente, Licenciatura o Grado en Derecho, Licenciatura o Grado en Ciencias Políticas y de la Administración, Licenciatura o Grado en Sociología, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.
    Asimismo, se apertura un nuevo plazo de 20 días hábiles desde la publicación del anuncio de la modificación de las bases en el Boletín Oficial del Estado, siendo la fecha de este anuncio la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de instancias.

    miércoles, 1 de mayo de 2019

    Bolsa de trabajo: Auxiliar Administrativo/a, y Asesor/a Jurídico/a, Ayuntamiento de Callosa de Segura.

    Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en su sesión ordinaria de 7 de febrero de 2019 y en la sesión extraordinaria de fecha 22 de marzo de 2019, se aprobaron las BASES ESPECÍFICAS PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A DE SERVICIOS SOCIALES EN EL AYUNTAMIENTO DE CALLOSA DE SEGURA.  
    Las bases de la convocatoria estarán a disposición de los interesados en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Callosa de Segura, sito en Plaza de España, 1 y en la página web municipal: www.callosadesegura.es → sede electrónica → tablón de anuncios.  
    El plazo de presentación de instancias para participar es de 10 días hábiles contados desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia [Nº 82 de 30/04/2019]. {del 1 al 15 de mayo de 2019, a.i.}
    *****************
    Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en su sesión ordinaria de 7 de febrero de 2019 y en la sesión extraordinaria de fecha 22 de marzo de 2019, se aprobaron las BASES ESPECÍFICAS PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE ASESOR/A JURÍDICO/A DE SERVICIOS SOCIALES EN EL AYUNTAMIENTO DE CALLOSA DE SEGURA.  
    Las bases de la convocatoria estarán a disposición de los interesados en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Callosa de Segura, sito en Plaza de España, 1 y en la página web municipal: www.callosadesegura.es → sede electrónica → tablón de anuncios.  
    El plazo de presentación de instancias para participar es de 10 días hábiles contados desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. 
     

    Premios INJUVE de Periodismo y Comunicación. ( bases reguladoras)

    Resultado de imagen de Premios INJUVE de Periodismo y Comunicación- MINISTERIO DE SANIDAD, CONSUMO Y BIENESTAR SOCIAL. Premios
    Orden SCB/498/2019, de 23 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios INJUVE de Periodismo y Comunicación.
  • PDF (BOE-A-2019-6540 - 7 págs. - 255 KB)
  • Otros formatos 

  • 1. Objeto. 1. Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la concesión de los Premios INJUVE de Periodismo y Comunicación (en adelante, Premios) cuya finalidad es reconocer y recompensar los trabajos de periodismo y comunicación social que mejor hayan contribuido al fomento, defensa y difusión de valores cívicos, sociales y de igualdad.
    2. Los Premios tendrán las siguientes modalidades de:
    a) Periodismo impreso.
    b) Fotoperiodismo.
    c) Periodismo audiovisual, que comprenderá los trabajos realizados tanto en radio como en televisión.
    d) Periodismo digital, que comprenderá los trabajos realizados en página web, blog, red social, edición digital, u otros de carácter similar.
    2. Requisitos de los beneficiarios. 1. Podrán ser beneficiarios de los Premios, las personas físicas, que reúnan los siguientes requisitos:
    a) Ser mayor de edad y menor de treinta y cinco años en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
    b) Ostentar la nacionalidad española o tener acreditada la residencia legal en España.
    c) No estar inhabilitadas o incursas en prohibición para la obtención de ayudas o subvenciones públicas, lo que deberá acreditarse de acuerdo con lo previsto en los artículos 13.2 y 13.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, respectivamente.
    d) Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, debiendo acreditarse este requisito en la forma establecida en los artículos 22 y siguientes del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
    2. Las respectivas convocatorias podrán establecer otros requisitos específicos en función de los respectivos objetivos de los Premios.
    5. Solicitudes y plazo de presentación. 1. Las solicitudes irán dirigidas a la Dirección General del INJUVE y se formalizarán en los modelos que se establezcan en cada convocatoria, debiendo presentarse junto con la documentación requerida en la oficina de asistencia en materia de registros del INJUVE, calle José Ortega y Gasset, 71, 28006, Madrid o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Las personas interesadas solo podrán presentar solicitud para una única categoría. El envío de más de una solicitud por persona para diferentes categorías de Premio será considerado causa de exclusión de dichas solicitudes.
    2. El plazo de presentación de las solicitudes finalizará transcurridos veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del extracto de la convocatoria.
    Excepcionalmente, y en atención a las peculiaridades de cada convocatoria, se podrá establecer un plazo mayor o menor de presentación de solicitudes que no excederá, en ningún caso, de cuarenta días hábiles.

    se establece, para la campaña 2018, el límite máximo presupuestario del régimen simplificado para pequeños agricultores.

    MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN Ayudas
    Orden APA/496/2019, de 26 de abril, por la que se establece, para la campaña 2018, el límite máximo presupuestario del régimen simplificado para pequeños agricultores.
  • PDF (BOE-A-2019-6535 - 3 págs. - 241 KB)
  • Otros formatos 

  • Artículo único. Límite máximo presupuestario para la campaña 2018 del régimen simplificado para pequeños agricultores.
    Se establece, con el contenido que figura en el anexo, la parte de los límites máximos presupuestarios para la campaña 2018 de cada una de las líneas de ayuda recogidos en el anexo II del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural, que se ha incorporado al régimen simplificado para los pequeños agricultores.
    ANEXO
    Límites máximos presupuestarios del régimen de pequeños agricultores para la campaña 2018

    Línea de ayuda
    Límite presupuestario
    –
    Euros
    Régimen de pago básico. 63.408.921
    Pago para prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente. 32.785.539
    Pago suplemento para los jóvenes agricultores. 9.078
    Ayuda asociada voluntaria. Terneros cebados en la misma explotación de nacimiento: España peninsular. 74.725
    Terneros cebados procedentes de otra explotación: España peninsular. 5.853
    Vaca nodriza: España peninsular. 1.382.215
    Vaca nodriza: Región insular. 590
    Ovino: España peninsular. 55.564
    Ovino: Región insular. 30.892
    Caprino: España peninsular. 7.784
    Caprino: Región insular + zonas de montaña. 9.373
    Vacuno de leche: España peninsular. 39.122
    Vacuno de leche: Región insular + zonas de montaña. 13.528
    Remolacha azucarera zona de producción de siembra primaveral. 605
    Arroz. 64.682
    Tomate para industria. 1.797
    Frutos de cáscara y algarrobas: España peninsular. 1.164.032
    Frutos de cáscara y algarrobas: Región insular. 132.158
    Cultivos proteicos: proteaginosas y leguminosas. 76.097
    Cultivos proteicos: oleaginosas. 139.170
    Legumbres. 2.632
    Pago específico al cultivo del algodón. 6.433

    Se establecen habilitaciones anejas a las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo y se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas.

    - MINISTERIO DE FOMENTO. Embarcaciones de recreo. Titulaciones
    Real Decreto 238/2019, de 5 de abril, por el que se establecen habilitaciones anejas a las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo y se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas.

  • PDF (BOE-A-2019-6481 - 15 págs. - 341 KB)
  • Otros formatos 

  • Artículo primero. Modificación del Real Decreto 259/2002, de 8 de marzo, por el que se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas.
    ...
    Artículo segundo. Modificación del Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante.
    ...
    Artículo tercero. Modificación del Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo.
    ...
    Disposición final única. Entrada en vigor. El presente real decreto entrará en vigor el 1 de julio de 2019.