viernes, 27 de junio de 2014

borsa de treball d'Administratius i de Treballadors/ores Socials. Ajuntament de Montgat (Barcelona)

L’Ajuntament de Montgat, convoca concurs-oposició lliure per a la creació d’una borsa de treball d’administratius, que permeti una contractació temporal i immediata en cas de produir-se qualsevol eventualitat que així ho requereixi.
Les bases que regiran el mateix són les que es publiquen conjuntament amb aquest anunci i han estat aprovades per Resolució de l’Alcaldia de data 17 de juny de 2014.
El termini de presentació d’instàncies és de vint dies naturals, comptats a partir de l’endemà al de la publicació de la convocatòria al DOGC.{del 27 de juny al 16 de juliol de 2014, a.i.}
Requisits: c) Estar en possessió del títol de batxillerat superior, cicle de grau superior o equivalent i estar en condicions de tenir l’acreditació corresponent en la data en què finalitzi el termini de presentació de sol.licituds per prendre part en les proves selectives. Els/les aspirants estrangers/estrangeres han d'estar en possessió d'algun dels títols reconeguts a Espanya de conformitat amb el que estableix la normativa vigent en aquesta matèria.

L’Ajuntament de Montgat, convoca concurs-oposició lliure per a la creació d’una borsa de treball de Treballadors/es Socials, que permeti una contractació temporal i immediata en cas de produir-se qualsevol eventualitat que així ho requereixi.
Les bases que regiran el mateix són les que es publiquen conjuntament amb aquest anunci i han estat aprovades per Resolució de l’Alcaldia de data 17 de juny de 2014.
El termini de presentació d’instàncies és de vint dies naturals, comptats a partir de l’endemà al de la publicació de la convocatoria al DOGC.{del 27 de juny al 16 de juliol de 2014, a.i.}
Requisitsc) Estar en possessió de la titulació de Diplomatura en treball Social o Grau de Treball Social i nivell C de Català de la junta permanent o equivalent i estar en condicions de tenir l’acreditació corresponent en la data en què finalitzi el termini de presentació de sol.licituds per pendre part en les proves selectives. Els/les aspirants estrangers/estrangeres han d'estar en possessió d'algun dels títols reconeguts a Espanya de conformitat amb el que estableix la normativa vigent en aquesta matèria
-------------- disposició comuna -------------------
3a.- Sol.licituds.-
1. Les sol.licituds per prendre part en el procés selectiu, juntament amb els documents acreditatius dels mèrits, s’han de presentar al Registre General de l’Ajuntament, dins el termini improrrogable de 20 dies naturals, a comptar des del següent al de la publicació d’aquesta convocatòria al BOP DOGC{del 27 de juny al 16 de juliol de 2014, a.i.} i Tauler d’edictes de l’Ajuntament i a la pàgina Web municipal, en el model normalitzat que us serà facilitat gratuïtament a les oficines de l’OAC municipal, al departament de promoció econòmica i a la pàgina web www.montgat.cat adreçada al president de la corporació, de conformitat amb el que disposa l'article 38 de la Llei de règim jurídic de les administracions públiques i del procediment administratiu comú (des d'ara LRJAPiPAC), sense perjudici dels altres mitjans previstos a la norma.
2. Amb la formalització i presentació de la sol.licitud, els/les aspirants donen el seu consentiment al tractament de les dades de caràcter personal que són necessàries per prendre part en la convocatòria i per a la resta de la tramitació del procés selectiu, d’acord amb la normativa vigent.
3. Els/les aspirants han de manifestar en aquesta sol.licitud que reuneixen tots i cadascun dels requisits exigits a la base segona.
4. Els drets d’exàmen es fixen en la quantitat de 15,60 € (ordenança fiscal núm. 16 Taxa per expedició de documents administratiusarticle 6, epígraf 3 punt b), i han de ser satisfets prèviament pels aspirants, que han d’adjuntar el corresponent resguard acreditatiu del pagament en el moment de la presentació de la sol.licitud. La manca de pagament de la taxa o la no acreditació del seu abonament determinarà l’exclusió de l’aspirant.
Tal i com disposa l’article 5.- Beneficis fiscals.- punt 2 de l’ordenança fiscal esmentada anteriorment “Als participants en els concursos i oposicions per a places de plantilla que acreditin trobar-se en situació d’atur se’ls aplicarà una bonificació del 75% sobre la quota.”
5. Per ser admès/sa a les proves selectives, els/les aspirants han d’adjuntar a la sol.licitud:
a) Fotocòpia compulsada del DNI.
b) Currículum vitae.
c) Fotocòpia compulsada del títol acadèmic exigit.
d) Fotocòpia compulsada de la demanda de feina actualitzada.
e) Resguard acreditatiu del pagament de la taxa corresponent per drets d’exàmen.
f) Fotocòpia de la documentació acreditativa dels mèrits i/o requisits específics que s’al·leguin per a la fase de concurs.
6.- Si alguna de les sol.licituds té algun defecte esmenable, aquesta circumstància es comunicarà a la persona interessada a fí que en un termini de deu dies l’esmeni, de conformitat amb l’article 71 de la LRJPAC.
La documentació que s’adjunti haurà d’estar numerada segons l’ordre en que es relacioni a la instància que l’acompanya.

1 plaça de Secretaria en règim d’interinatge, de l’Ajuntament de Constantí. (Tarragona)

Ajuntament de Constantí  ANUNCI sobre publicació de la convocatòria i de les bases reguladores per a la provisió, en règim d’interinatge, de la plaça de secretaria de l’Ajuntament de Constantí.
En el Butlletí Oficial de la Província de Tarragona núm. 133, de 10 de juny de 2014, (correcció d’errada material BOPT núm. 139 de 17 de juny de 2014), s’han publicat íntegrament la convocatòria i les bases reguladores per a la provisió, en règim d’interinatge, de la plaça de Secretaria de l’Ajuntament de Constantí, reservada a Funcionaris amb Habilitació de Caràcter Nacional, Subescala de Secretaria, categoria d’Entrada, grup A, subgrup A1, aprovada per la Junta de Govern Local del dia 20 de maig.
Les sol·licituds s'adreçaran al president de la corporació i es podran presentar al registre general de l'ens, en qualsevol de les formes que determina l'article 38.4 de la Llei 30/1992, de 26 de novembre, de règim jurídic de les administracions públiques i del procediment administratiu comú, durant el termini de 20 dies naturals, comptats des del dia següent al de la publicació de l’extracte de la convocatòria al DOGC.{del 27 de juny al 16 de juliol de 2014, a.i.}

jueves, 26 de junio de 2014

concurso público de méritos, para la constitución de bolsas de empleo para la contratación de personal docente de sustitución. Universidad de Murcia.

Resolución del Rector de la Universidad de Murcia (R-461/2014) de fecha 20 de junio de 2014, por la que se convoca concurso público de méritos, para la constitución de bolsas de empleo para la contratación de personal docente de sustitución. (8 pagina/s - 325,66KB)
3.- Presentación de solicitudes. 3.1.- Los interesados que deseen participar en los concursos lo harán utilizando el modelo de solicitud y de curriculum de concursos de bolsas de empleo para contratación de personal docente de sustitución, que se podrá encontrar en el Registro General de la Universidad de Murcia, en la dirección electrónica http://www.um.es/pdi/impresos/ o directamente en las direcciones:
El modelo de solicitud en:
El modelo de curriculum en:
3.2.- Las solicitudes se dirigirán al Sr. Rector de la Universidad de Murcia y se presentarán en el Registro General, C/. Santo Cristo, 1, 30001 Murcia, o por cualquiera de las formas establecidas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.  ...
3.3.- El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, a partir del siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.{del 27 de junio al 8 de julio de 2014, a.i.}
Anexo I
Puestos que se convocan
Departamento: Actividad física y deporte
Bolsa de empleo número: 20-BE/B187/2014
Área de Conocimiento: Didáctica de la Expresión Corporal - San Javier
Titulación: Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Graduado
Puntuación mínima para figurar en la bolsa de empleo: 20 puntos
Bolsa de empleo número: 21-BE/245/2014
Área de Conocimiento: Educación Física y Deportiva
Titulación: Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Graduado
Puntuación mínima para figurar en la bolsa de empleo: 20 puntos

borses de treball de tècnic de gestió informàtica (grup A2) i de tècnic auxiliar de biblioteca (grup C1) Ajuntament de Villanueva de Castellón (Ribera Alta-València)

Anunci de l'Ajuntament de Villanueva de Castellón sobre bases i obertura de termini per a la constitució de dos borses de treball de tècnic de gestió informàtica i de tècnic auxiliar de biblioteca.ANUNCI
Per Resolució d'Alcaldia de 17 de juny de 2014 s'aproven les bases reguladores de dos borses de treball per a fer substitucions o altres necessitats temporals als llocs de treball de 
tècnic de gestió informàtica (grup A2) i de tècnic auxiliar de biblioteca (grup C1) que es troben íntegres a la pàgina web municipal www.villanuevadecastellon.es  i s'obri el termini per deu dies hàbils a partir d'esta publicació al Butlletí Oficial de la Província per a participar en la convocatòria.{del 27 de juny al 7* de juliol de 2014, a.i.}

1 plaza de Técnico/a de Tesorería escala de Administración General (Grupo A, Subgrupo A2) y constitución de bolsa de trabajo. Ayuntamiento de Carlet

EDICTO
Por Resolución nº 1423 de la Concejal delegada de fecha 17 de junio de 2014, se aprueban las bases que han de regir el proceso selectivo para la selección de un funcionario/a interino/a para cubrir una plaza de Técnico/a de Tesorería escala de Administración General (Grupo A, Subgrupo A2) y constitución de bolsa de trabajo.
Las solicitudes para tomar parte en la convocatoria se presentarán durante el plazo de 10 días naturales, contados a partir de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Si el último día fuese sábado, domingo o festivo, se entenderá prorrogado al siguiente día hábil.{del 27 de junio al 7 de julio de 2014, a.i.}

www.carlet.es/   Carrer de l'Assumpció de Nostra Senyora, 1, 46240 Carlet, València - 962 53 02 00

1 plaza de Trabajador Social, (A2), del Ayuntamiento de Segovia

En el «Boletín Oficial de la Provincia» número 67 y en el «Boletín Oficial de la Junta de Castilla y León» número 105, ambos de fecha 4 de junio de 2014, se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para proveer una plaza de Trabajador Social, perteneciente a la escala de Administración Especial, subescala de Técnicos Medios, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial del Estado».{del 27 de junio al 16 de julio de 2014, a.i.}
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en el «Boletín Oficial de la Provincia» y en la sede electrónica de la Corporación.
www.segovia.es   Plaza Mayor, 1, 40001 Segovia - 921 41 98 00

9 plazas de la categoría de Profesor Tutti (especialidades: Violín, Viola, Violonchelo, Contrabajo y Trompa) de la Orquesta Nacional de España

Bases de convocatoria
1. Normas generales. 1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 9 plazas de la categoría de Profesor Tutti de la Orquesta Nacional de España, fuera de Convenio, por el sistema general de oposición.
1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con los ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
1.3 La descripción de las plazas se detalla en el anexo II de esta convocatoria.
1.4 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el siguiente calendario:
La fechas de las pruebas de la oposición se harán públicas con el listado provisional de admitidos y excluidos. En el supuesto de modificación de las mismas, se anunciará con una antelación mínima de 10 días.
1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, hasta como máximo el número de plazas convocadas, serán contratados con carácter fijo.
2. Requisitos de los candidatos. 2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes requisitos de participación:
2.1.1 Nacionalidad:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea.
c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar su descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
e) Los extranjeros que, no estando incluidos en los párrafos anteriores, se encuentren con residencia legal en España.
Estarán exentos de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad los incluidos en el apartado a) así como los extranjeros residentes en España incluidos en el apartado b), siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. El resto de los candidatos deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.
2.1.2 Compatibilidad funcional: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.1.3 Capacidad legal: tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores.
2.1.4 Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
2.1.5 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título que se señala en el anexo II.
2.1.6 Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por resolución judicial firme.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
3. Solicitudes. 3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que se facilitará gratuitamente en el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en Internet en la página web www.060.es  (Trabajo-Modelo 790).
3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General de la Secretaría de Estado de Cultura, sito en Plaza del Rey, 1, 28004-Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado»{del 27 de junio al 16 de julio de 2014,a.i.}y se dirigirán a la Subsecretaria del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
3.3 A la solicitud se acompañará: Currículum vitae.
Estarán exentos de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad los incluidos en el apartado 2.1.1. a) así como los extranjeros residentes en España incluidos en el apartado 2.1.1.b), siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. El resto de los candidatos deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.
Los aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de minusvalía.
La Orquesta y Coro Nacionales de España pondrá a disposición de los aspirantes un pianista de acompañamiento exclusivamente para el día de celebración de la prueba. Aquellos opositores que deseen disponer de sus servicios deberán adjuntar a la solicitud el anexo V de la presente convocatoria, debidamente cumplimentado y firmado.
3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
ANEXO II
Relación de plazas convocadas
Unidad: Orquesta y Coro Nacionales de España.
Categoría: Profesor tutti de la Orquesta Nacional de España.
Grupo profesional:
Convenio aplicable: fuera de convenio.

Instrumento
Núm. de plazas
Titulación
Programa/código de plaza
Violín.
2
Título Superior de Música (especialidad violín).
N.º 1 del anexo I.
Viola.
2
Título Superior de Música (especialidad viola).
N.º 2 del anexo I.
Violonchelo.
2
Título Superior de Música (especialidad violonchelo).
N.º 3 del anexo I.
Contrabajo.
1
Título Superior de Música (especialidad contrabajo).
N.º 4 del anexo I.
Trompa.
2
Título Superior de Música (especialidad trompa grave).
N.º 5 del anexo I.

«Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente (PIVE-6)»

1. Objeto y ámbito de aplicación. 1. Constituye el objeto de este real decreto la regulación del procedimiento para la concesión directa de subvenciones para el «Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente (PIVE-6)» consistente en potenciar una disminución del consumo energético nacional mediante la incentivación de la modernización del parque de vehículos turismo (M1) y comerciales (N1) con modelos de alta eficiencia energética, con menor consumo de combustibles y emisiones de CO2, todo ello en el marco del Plan de Ahorro y Eficiencia Energética 2011-2020.
La finalidad de dichas subvenciones es facilitar y fomentar la retirada de la circulación de unos 175.000 vehículos con más de diez años de antigüedad para la categoría M1 y con más de siete años para la categoría N1.
2. A tal fin, las subvenciones a que se refiere este real decreto se concederán por la adquisición de vehículos nuevos de las categorías M1 y N1, que vaya acompañada de la baja definitiva en el Registro de Vehículos la Dirección General de Tráfico de otro vehículo, siempre que uno y otro reúnan los requisitos que en este real decreto se detallan.
4. Vehículos subvencionables. 1. Las subvenciones se destinarán a la adquisición de vehículos nuevos de la categoría M1 (vehículos de motor con al menos cuatro ruedas diseñados y fabricados para el transporte de pasajeros, que tengan, además del asiento del conductor, ocho plazas como máximo) o de la categoría N1 (vehículos cuya masa máxima no supere las 3,5 toneladas, diseñados y fabricados para el transporte de mercancías), matriculados en España, y que cumplan los siguientes requisitos:
a) Turismos de la categoría M1:
1.º Convencionales, híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida (propulsados total o parcialmente mediante motores de combustión interna de gasolina o gasóleo y eléctricos), que a la fecha de activación de la reserva de presupuesto se encuentren clasificados como clase A o B en la «Base de datos del IDAE de consumo de carburantes y emisiones de CO2 en coches nuevos» publicada en la página web de IDAE, conforme a lo dispuesto por el Real Decreto 837/2002, de 2 de agosto, por el que se regula la información relativa al consumo de combustible y a las emisiones de CO2 de los turismos nuevos que se pongan a la venta o se ofrezcan en arrendamiento en territorio español.
2.º Eléctricos puros.
3.º Propulsados por motores de combustión interna que puedan utilizar combustibles fósiles alternativos (autogás –GLP– y Gas Natural) que figuren en la referida «Base de datos del IDAE de consumo de carburantes y emisiones de CO2 en coches nuevos», y además, acrediten contar con emisiones de CO2 homologadas no superiores a 160 g/km (gramos por kilómetro).
b) Comerciales ligeros de la categoría N1:
1.º Convencionales, híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida propulsados total o parcialmente por medio de motores de combustión interna de gasolina, gasóleo, GLP y Gas Natural que, además, acrediten contar con emisiones de CO2 homologadas no superiores a 160 g/km (gramos por kilómetro).
2.º Eléctricos puros.
c) Los vehículos turismos (M1) y comerciales (N1) con emisiones de COiguales o inferiores a 120 g/km y que a la fecha de activación de la reserva de presupuesto se encuentren clasificados como clase A, B, C o D, en la «Base de datos del IDAE de consumo de carburantes y emisiones de CO2 en coches nuevos».
d) Sólo en los casos de que el solicitante sea una persona física, integrante de familia numerosa (vehículo dotado con más de cinco plazas), o discapacitado con movilidad reducida y vehículo adaptado o que se adapte para su conducción, siempre que la adaptación conste en la ficha técnica del vehículo adquirido, que adquieran un vehículo de la categoría turismos (M1) de gasolina o diésel que a la fecha de activación de la reserva de presupuesto se encuentren clasificados como clase A, B y C, en la «Base de datos del IDAE de consumo de carburantes y emisiones de CO2 en coches nuevos», citada en este mismo punto en el párrafo a). En el caso de que los anteriores beneficiarios adquieran un vehículo M1 o N1 propulsados a gas natural y GLP, se admitirán aquellos que no superen el límite de 180 gr CO2/km.
e) Asimismo, será requisito necesario que el precio de adquisición de los vehículos objeto de apoyo, en el momento de solicitar las subvenciones, no supere los 25.000 euros, antes de IVA o IGIC, exceptuando el caso recogido en el apartado anterior y para el caso de que el solicitante sea una persona con discapacidad que acredite su movilidad reducida y que adquiera un vehículo adaptado o que se adapte para su conducción, siempre que la adaptación conste en la ficha técnica del vehículo adquirido, donde el precio de adquisición de los vehículos objeto de apoyo, en el momento de solicitar las subvenciones establecidas en estas bases, no deberá superar los 30.000 euros, antes de IVA o IGIC.
Este requisito no resultará de aplicación a las subvenciones destinadas a la adquisición de vehículos eléctricos puros, híbridos enchufables y de autonomía extendida.
4. Los vehículos de categoría M1, convencionales, híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida (propulsados total o parcialmente mediante motores de combustión interna de gasolina o gasóleo y eléctricos), susceptibles de ser apoyados en el marco del presente programa deberán figurar en la base de datos del IDAE de consumo de carburantes y emisiones de CO2 en coches nuevos a la venta en España que, a tal efecto y mientras esté en vigor el programa, se mantendrá actualizada y publicada en la página web de IDAE (www.idae.es ), conforme a lo dispuesto por el Real Decreto 837/2002, de 2 de agosto, por el que se regula la información relativa al consumo de combustible y a las emisiones de CO2 de los turismos nuevos que se pongan a la venta o se ofrezcan en arrendamiento en territorio español. La información contenida en esta base de datos no podrá ser utilizada para otro fin distinto que al objeto de solicitar las ayudas correspondientes al presente programa, sin perjuicio de las infracciones y sanciones establecidas por el mencionado real decreto en cuanto al incumplimiento de cualquiera de sus preceptos.
5. Los fabricantes e importadores de vehículos que figuren en la base de datos del IDAE de consumo de carburantes y emisiones de CO2 en coches nuevos, se responsabilizarán de la veracidad de la información aportada a IDAE para que sus vehículos figuren en dicha base de datos, comprometiéndose a facilitar al IDAE las pruebas y documentación que éste pudiera requerir para su verificación.
7. La ayuda se limitará a la adquisición de un único vehículo por beneficiario.
8. En todo caso, tanto la matriculación del vehículo subvencionable, como la expedición del certificado acreditativo de la baja definitiva en elRegistro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico del vehículo a achatarrar, no deberá haberse producido con anterioridad a la fecha en que surta efectos el programa, de acuerdo con lo recogido en el artículo 7 de este real decreto.
6. Beneficiarios. 1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en este programa:
a) Las personas físicas. En el caso de los profesionales autónomos habrán de estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
b) Las microempresas, entendiendo por tales aquellas empresas que ocupan a menos de 10 personas y cuyo importe neto de la cifra anual de negocios o total de las partidas del activo no supera los 2 millones de euros, computándose los límites de acuerdo con el anexo I del Reglamento (CE) n.º 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías).
c) Las pequeñas y medianas empresas (PYMES) definidas de acuerdo con lo establecido en el mencionado anexo I del Reglamento (CE) n.º 800/2008 de la Comisión y que cumplan los siguientes requisitos:
1.º Que empleen a menos de 250 personas.
2.º Que su importe neto de la cifra anual de negocios no exceda de 50 millones de euros, o el total de las partidas del activo no exceda de 43 millones de euros.
Los criterios señalados en los puntos anteriores para las microempresas y PYMES, que deberán cumplir los potenciales beneficiarios, deberán ser los correspondientes al último ejercicio contable cerrado antes de la fecha de solicitud de subvención. Si a la fecha de publicación de la presente convocatoria, alguna empresa no dispusiera de ejercicio contable cerrado, la concesión de la subvención quedará condicionada a que, en la primera fecha de cierre contable, se cumplieran los citados límites.
7. Plazos. El programa surtirá efectos a partir del día siguiente al de la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado»{desde el 27 de junio de 2014} del real decreto y finalizará doce meses después de dicha fecha, o, si ocurriera antes, cuando se agote el presupuesto disponible establecido en el artículo 3.
El sistema telemático de gestión de ayudas que permite la presentación de las solicitudes de ayudas, se activará en la fecha y hora convenientemente notificada por el IDAE a los concesionarios adheridos al Programa PIVE-6, a través de la página web del mismo, alojada en la web del IDAE www.idae.es  Estas operaciones serán validadas siempre y cuando se activen sus reservas de presupuesto y se realicen las correspondientes solicitudes de ayuda por el punto de venta adherido al programa, conforme a los términos y condiciones establecidos por el presente real decreto.

1 puesto del Cuerpo Facultativo Superior, Escala Sanitaria (Médicos), en interinidad, responsable Programas de Salud. Servicio Territorial de Sanidad y Bienestar Social de Salamanca

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 y siguientes de la Orden de 7 de julio de 1988, de la entonces Consejería de Cultura y Bienestar Social, existiendo una vacante adscrita a funcionarios sanitarios en el Servicio Territorial de Sanidad y Bienestar Social de Salamanca, y resultando acreditada la necesidad de su cobertura, se anuncia convocatoria para cubrir dicho puesto mediante el nombramiento de personal interino, de acuerdo con las siguientes bases:
Primera.– Se convoca la plaza que se indica, para cubrir mediante nombramiento de personal interino con las características y requisitos específicos que se señalan en el Anexo I de esta convocatoria. 
Segunda.– Los aspirantes para cubrir dicha plaza que, en todo caso deberán reunir los requisitos que se señalan en la base primera, deberán dirigir sus instancias, según modelo adjunto, al Ilmo. Sr. Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León en Salamanca, en el término de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León»{del 25 de junio al 5 de julio de 2014, a.i.}, y acreditando documentalmente los méritos que en la misma se aleguen, debidamente compulsados y cotejados cuando se trate de fotocopias. Las instancias se presentarán en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Junta de Castilla y León, o en los lugares a que hace referencia el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Tercera.– Los aspirantes deberán reunir, además de los requisitos citados, los siguientes generales:
• Ser español sin perjuicio de lo establecido en la legislación de aplicación sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea.
•  Tener cumplidos los 16 años de edad en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias o, en su caso, cumplir los requisitos de edad establecidos legalmente para ingreso en la Administración Pública.
• No estar separado mediante expediente disciplinario de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
• Poseer una capacidad necesaria para el desempeño de las correspondientes funciones.
Cuarta.– El procedimiento de selección se llevará a cabo conforme al siguiente baremo, en el que se valorarán los siguientes méritos, de acuerdo con los criterios que establezca la Comisión de Selección dentro de los siguientes márgenes:
– Por servicios prestados en las Administraciones Públicas con funciones similares a las del puesto objeto de la convocatoria, 0,10 puntos por mes completo de servicios, con un máximo de cuatro puntos.
– Por experiencia en el sector privado con funciones similares a las del puesto objeto de la convocatoria, 0,05 puntos por mes completo de servicios, con un máximo de un punto.
– Por cursos de formación relacionados con las funciones a desempeñar, hasta un máximo de un punto.
Séptima.– Dicha Comisión seleccionará para el puesto convocado un candidato titular y, al menos, dos suplentes, y elevará propuesta al Secretario General, que procederá a su nombramiento. Si se produjera la renuncia del candidato nombrado durante el año siguiente al de la publicación de la resolución de la convocatoria, se procederá, si así lo aconsejan las necesidades del servicio, al nombramiento del candidato suplente.
Octava.– En el acto de la toma de posesión el candidato nombrado deberá aportar la documentación siguiente:
• Fotocopia del D.N.I.
• Fotocopia compulsada de la titulación requerida.
• Certificado Médico Oficial de que no padece enfermedad o defecto físico o psíquico que le impida el desempeño de las correspondientes funciones.
• Declaración de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública y de no encontrarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones correspondientes.
• Declaración u opción a que alude el artículo 31 del Decreto 227/1997, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Incompatibilidades del Personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
El aspirante que no presente dicha documentación completa, se le considerará renunciante a la plaza, procediéndose, si así lo aconsejan las necesidades del Servicio, al llamamiento del suplente.
ANEXO I
Consejería: Sanidad
Centro Directivo: Secretaría General
Servicio: Servicio Territorial de Sanidad y Bienestar Social de Salamanca
Sección: De Promoción y Protección de la Salud
Puesto: Técnico Facultativo
Código puesto: 21574
Subgrupo A1 - C.D. nivel 23 - C.E. 00
Gobierno de Castilla y León: Consejería de SanidadPaseo de Zorrilla, 1
47007 Valladolid

Tel. 98 3413 600
Fax 98 3413 661
Web:  http://www.jcyl.es/scsiau/Satellite/up/es/Institucional/Page/PlantillaDirectorio/1188637390871/_/_/1142233481711?asm=jcyl

miércoles, 25 de junio de 2014

bases per a la contractació laboral temporal de Professorat de Religió en centres docents públics dependents del Departament d'Ensenyament de Catalunya.

Aprovar les bases per a la contractació laboral temporal de professorat de religió en centres docents públics dependents del Departament d’Ensenyament, que figuren als annexos.
Annex 1
Bases
-1 Contractació del professorat.
1.1 La contractació temporal del professorat de religió s’efectua per substitució d’aquell que tingui reconeguda la reserva de lloc de treball, o per cobrir llocs de treball vacants mentre no siguin proveïts reglamentàriament amb les persones que n’hagin obtingut la titularitat mitjançant el procediment establert a l’efecte.
1.2 Cada curs acadèmic el professorat de religió que compleixi els requisits establerts a la base 4.3 s’ha d’ordenar, per a la seva contractació, segons la prelació següent:
- Professorat amb serveis prestats com a professor de religió.
- Persones admeses en convocatòries d’accés que no han estat encara contractades.
...
4.4 Els aspirants han de presentar una sol·licitud de participació segons el model normalitzat que es pot obtenir a la pàgina web del Departament d’Ensenyament http://www.gencat.cat/ensenyament, a Oposicions i concursos/Professorat, al registre dels Serveis Territorials del Departament d’Ensenyament i del Consorci d’Educació de Barcelona.
...
Annex 2
Barem
...

Especialista Médico: Cirugía Oral y Maxilofacial Pediátrica; Endocrinología; Cardiología; y Endocrinología y Nutrición. Servicio Aragonés de Salud.


DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA 
- RESOLUCIÓN de 30 de mayo de 2014, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, con carácter temporal, de un puesto de Jefe de Sección de Cirugía Oral y Maxilofacial Pediátrica en el Hospital Universitario «Miguel Servet», de Zaragoza.. 

DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA 
- RESOLUCIÓN de 30 de mayo de 2014, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, con carácter temporal, de un puesto de Jefe de Sección de Endocrinología en el Área de Nutrición en el Hospital Universitario «Miguel Servet», de Zaragoza.. 

DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA 
- RESOLUCIÓN de 30 de mayo de 2014, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, con carácter temporal, de un puesto de Jefe de Servicio de Cardiología en el Hospital «Nuestra Señora de Gracia», de Zaragoza.. 

DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA 
- RESOLUCIÓN de 30 de mayo de 2014, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, con carácter temporal, de un puesto de Jefe de Servicio de Endocrinología y Nutrición en el Hospital Universitario «Miguel Servet», de Zaragoza.. 

2 beques (Dret) per a la realització de pràctiques professionals en la Direcció General de Recursos Humans de la Sanitat.

ORDE 5/2014, de 16 de juny, de la Conselleria de Sanitat, per la qual s'aproven les bases i es convoquen dos beques per a la realització de pràctiques professionals en la Direcció General de Recursos Humans de la Sanitat. [2014/5895] (pdf 476KB)
1. Objecte. 1. Convocar, en règim de concurrència competitiva, davall dels principis de publicitat, transparència, objectivitat, igualtat i no discriminació, la concessió de dos beques destinades a llicenciats en Dret o titulats en grau en Dret expedits o homologats per les autoritats espanyoles corresponents, per a la realització de pràctiques de formació complementària en la Direcció General de Recursos Humans de la Sanitat.
Esta convocatòria té per objecte donar suport a la formació complementària, millora i especialització professional dels titulats superiors en matèria de gestió, inspecció, execució, control, estudis, propostes, assessorament i altres semblants de la Direcció General de Recursos Humans de la Sanitat.
2. Bases.
Aprovar les bases per les quals es regula esta convocatòria, incloses en l’annex I d’esta orde, així com el barem de mèrits que s’hi incorpora com a annex II.
ANNEX I
Bases de la convocatòria de dos beques per a la realització de pràctiques professionals en la Direcció General de Recursos Humans de la Sanitat
Primera. Objecte i nombre de beques. Estes bases tenen per objecte la concessió de dos beques davall dels principis de publicitat, transparència, concurrència competitiva, objectivitat, igualtat i no discriminació, destinades a donar suport a la formació complementària, millora i especialització professional de llicenciats en Dret o titulats universitaris en grau de Dret, i posar en relació els coneixements adquirits amb la realitat de les funcions de la Direcció General de Recursos Humans de la Sanitat pel que fa a la gestió, l’execució, el control, els estudis, les propostes, l’assessorament i altres semblants, per mitjà de la col·laboració amb els professionals de l’Administració.
Segona. Dotació econòmica ... cada una de les beques que es concedisca en el marc d’esta convocatòria estarà dotada amb 1.000,00 € (mil euros) bruts mensuals, ...
Tercera. Duració de les beques.
1. El període de duració de la beca començarà el dia indicat en la resolució d’esta convocatòria, que en cap cas podrà ser anterior a l’1 de setembre 2014, i tindrà una duració de fins a dotze mesos, a comptar del dia indicat en esta.
2. Sense perjuí del que preveu el paràgraf anterior, la duració de la
beca podrà prorrogar-se, per mitjà d’una resolució expressa, fins a un
període màxim de dotze mesos addicionals, ...
Sexta. Unitat de realització de les pràctiques i titulacions administratives.1. Les pràctiques professionals dels becaris es faran en la Direcció General de Recursos Humans de la Sanitat.
2. La direcció tècnica dels becaris recaurà sobre el cap del Servici de Negociació Col·lectiva, Retribucions i Condicions de Treball.
Sèptima. Sol·licituds i requisits.1. No podran optar a estes beques aquelles persones que, en el moment de publicar-se la convocatòria, ja estiguen disfrutant d’una altra beca de pràctiques professionals en la Generalitat, excepte quan es tracte de sol·licitants que estiguen disfrutant d’una beca de pràctiques professionals en la Generalitat i resten menys de dos mesos perquè acabe.
2. Podran optar a l’obtenció d’una de les beques objecte d’esta convocatòria les persones que tinguen, a l’acabament del termini de presentació de sol·licituds, els requisits següents:
) Ser espanyol o nacional d’un estat membre de la Unió Europea.
Els aspirants que no posseïsquen la nacionalitat espanyola hauran d’acreditar coneixements suficients en alguna de les llengües oficials de  la Comunitat Valenciana, aspecte que es verificarà, si és el cas, durant el procés de selecció.
) No ser major de 35 anys.
) Estar en possessió de qualsevol de les titulacions exigides per a concórrer a esta convocatòria, sense que hagen transcorregut més de cinc anys des de l’acabament.
) No haver sigut beneficiari de beques de pràctiques professionals en la Generalitat per un període igual o superior a 36 mesos.
De conformitat amb el que establix la disposició transitòria segona del Decret 132/2009, de 4 de setembre, del Consell, pel qual es regula la concessió de beques, el termini mencionat començarà a computar-se a partir de l’entrada en vigor d’esta norma (9.09.2009).
) No estar incurs en les prohibicions per a obtindre la condició de beneficiari establides en l’article 13 de la Llei 38/2003, de 17 de novembre, General de Subvencions, la qual cosa s’acreditarà per mitjà de la declaració responsable inclosa en el model de sol·licitud que estarà accessible en la seu electrònica de la Generalitat ‹ www.gva.es ›.
) No patir malaltia o discapacitat que impedisca el compliment de les obligacions inherents a la concessió de la beca i el normal desenrotllament de les pràctiques professionals.
Les persones amb discapacitat en què no concórrega este impediment podran al·legar la condició de discapacitat als efectes de dirimir el possible empat que puga produir-se en els termes arreplegats en l’apartat quart de la base onze d’esta convocatòria.
Octava. Formalització de les sol·licituds i termini de presentació.1. Les persones aspirants a obtindre una beca presentaran exclusivament per via electrònica la sol·licitud i el currículum de manera completa segons els models normalitzats en el termini de 15 dies hàbils comptadors des de l’endemà de la publicació d’esta convocatòria en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.{del 25 de juny a l' 11 de juliol de 2014, a.i.}