Mostrando entradas con la etiqueta trompa. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta trompa. Mostrar todas las entradas

viernes, 16 de agosto de 2019

1 plaza de músico-instrumentista ( trompa con la categoría de solista), de la Orquesta Sinfónica de Tenerife

En el «Boletín Oficial de Provincia de Santa Cruz de Tenerife» número 89, de 24 de julio de 2019, se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para proveer:
Una plaza de músico-instrumentista de la plantilla de personal laboral fijo de la Orquesta Sinfónica de Tenerife (una plaza de trompa con la categoría de solista), a cubrir por el sistema de oposición, en turno libre.
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado». {del 17 de agosto al 5 de septiembre de 2019, a.i.}
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en los tablones de anuncios del Organismo Autónomo. sinfonicadetenerife.es

jueves, 8 de marzo de 2018

Bolsas de trabajo de Profesor/a: Violín, Viola, Violoncello, Contrabajo, Guitarra, Piano, Percusión, Trompa, Trompeta, Trombón de varas, Tuba, Clarinete, Saxofón, Oboe, Flauta y Fagot., Danza Española y Danza Clásica. Conservatorio Municipal de Música y Danza de Villena

Por acuerdo de la Junta Rectora del Patronato del Conservatorio Profesional y Banda Municipal de Música, celebrada el día 19 de Diciembre de 2017, en sesión celebrada con carácter ordinaria, se aprueban las bases especificas reguladoras de la Convocatoria para la Creación y Constitución de Bolsas de Trabajo, cuya finalidad es la prestación de servicios en diversas plazas del Conservatorio Profesional de Música y Danza.
Con el fin de regular la contratación temporal de las necesidades que se puedan generar en diversas plazas del Conservatorio Profesional de Música y Danza del M.I. Ayuntamiento de Villena, se hace preciso disponer de bolsas de trabajo provisional, que aseguren tanto la transparencia y operatividad de los nombramientos como los principios de igualdad, capacidad y mérito en el acceso, de conformidad con las siguientes bases específicas:
1.- OBJETO DE LA BOLSA DE TRABAJO TEMPORAL.
1.1.
El objeto de la presente convocatoria es la constitución de bolsas de trabajo para la  selección y provisión temporal de profesorado de diferentes especialidades. La naturaleza de los trabajadores/as contratados/as será de personal laboral, estando sujeto en cuanto a retribuciones al convenio colectivo del conservatorio.  Las bolsas serán de las siguientes especialidades: 
Apartado Instrumentos: Violín, Viola, Violoncello, Contrabajo, Guitarra, Piano, Percusión, Trompa, Trompeta, Trombón de varas, Tuba, Clarinete, Saxofón, Oboe, Flauta y Fagot.
Apartado Danza: Danza Española y Danza Clásica.
1.2. Las funciones a realizar serán, entre otras, la formación del alumnado en la especialidad de música o danza para la que se le requiera, dentro de la docencia en el Conservatorio Municipal de Música y Danza, perteneciente al Patronato del Conservatorio y Banda Municipal de Música de Villena.
1.3 Se podrán proveer, con carácter provisional, vacantes, puestos temporalmente vacantes con derecho a reserva a favor de su titular y sustituciones por cualquiera de las causas previstas legal o reglamentariamente.
3.- REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES.
 Para ser admitidos/as al proceso de selección para formar parte de la bolsa, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a)
Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado público o la de cualquiera de los estados miembros de la Comunidad Europea en los términos que establece la Ley 17/1993 de 23 de Diciembre. En aquellos casos de extranjeros cuya nacionalidad no esté comprendida entre los estados miembros de la Unión Europea, les será de aplicación lo establecido en la Ley 4/2000.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Estar en posesión del Título Superior de Música o Danza, en la especialidad que se le requiera, o Título Superior de Música o Danza, especialidad Pedagogía de dicha materia, Título de Profesor/a Superior de la especialidad del plan, regulado conforme al Decreto 2618/1966 de 10 de septiembre, o equivalentes de planes anteriores o Título de Profesor/a de la especialidad, del plan regulado conforme al Decreto 2618/1966 de 10 de septiembre, o equivalentes de planes anteriores.
e) No haber sido separado del servicio por expediente disciplinario o inhabilitado en los términos establecidos en el artículo 56.1.d) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado público.
4.- PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA, SOLICITUDES Y DERECHOS DE EXAMEN.
4.1.PUBLICIDAD:
Las bases específicas de la presente convocatoria se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y en la página web municipal, www.villena.es (sección de empleo público).
4.2. SOLICITUDES: Los/las interesados/as tendrán a su disposición el modelo normalizado de solicitud en el Registro General y en la página web municipal www.villena.es.
4.3. PRESENTACIÓN: Las instancias se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento o a través de cualquier medio previsto en la normativa reguladora del procedimiento administrativo.
4.4. PLAZO: El plazo de presentación de instancias será de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el B.O.P. de la Provincia de Alicante. [Nº 48 de 08/03/2018] {del 9 de marzo al 3* de abril de 2018, a.i.}

lunes, 28 de agosto de 2017

Bolsa de Trabajo de Profesores de Música, en las especialidades de: Piano y Lenguaje Musical, Armonía, Guitarra, Violín, Clarinete, Saxofón, Flauta, Trombón, Trompa, Trompeta, Oboe y Violonchelo. Ayuntamiento de Pilar de la Horadada. (Baix Segura-Alacant)

“BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA FORMACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE PROFESORES DEL CONSERVATORIO EN EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PILAR DE LA HORADADA
BASE PRIMERA. Objeto de la Convocatoria. Constituye el objeto de las presentes bases La selección del personal sujeto a relación laboral que haya de contratarse con carácter temporal y no permanente, para cubrir puestos vacantes en la oferta de empleo público de la Corporación, hasta que se proceda a la cobertura de las mismas por los procesos legalmente establecidos al efecto, para la sustitución de personal dependiente de este Ayuntamiento, que se encuentre en la situación de licencia, accidente laboral, enfermedad profesional y/o común, o vacaciones; y asimismo la cobertura de puestos de trabajo de carácter no permanente por acumulación de tareas o para la realización de obras o servicios determinados.
 La creación de la Bolsa de Trabajo 2016/2017, en régimen laboral con carácter temporal, de Profesores para el Conservatorio de Música, mediante concurso de méritos, en las especialidades de:
 PIANO Y LENGUAJE MUSICAL
 ARMONIA (análisis y fundamentos de composición)
 GUITARRA
 VIOLIN
 CLARINETE
 SAXOFON
 FLAUTA
 TROMBON
 TROMPA
 TROMPETA
 OBOE
 VIOLONCHELO

Cada nombramiento o contrato se efectuará con relación a un sólo puesto de trabajo y para las categorías laborales y especialidades establecidas en la actual clasificación profesional del vigente Convenio Colectivo.
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso de méritos y entrevista, con las valoraciones y puntuaciones que se especifican en el baremo que establece la Base Sexta de la presente convocatoria.
La Bolsa de Trabajo tendrá vigencia durante el periodo de tiempo que transcurre el curso escolar 2017/2018 (de septiembre de 2017 a junio de 2018), sin perjuicio de lo establecido en la Base Séptima de las presentes Bases. 
BASE TERCERA.- Requisitos que Deben Reunir los Aspirantes para Tomar Parte en el Proceso Selectivo . 1. Para formar parte en la selección, será necesario que los aspirantes reúnan en el momento en el que finalice el plazo de presentación de las solicitudes, los siguientes requisitos:
a)
Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio o cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
e) Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes: Título de grado medio de plan 66, Título de Grado Superior Plan 66 o Superior LOGSE de la Especialidad requerida.
 El cumplimiento de todos los requisitos exigidos se entenderá referido al día en que concluya el plazo de presentación de instancias.
 Las personas con minusvalía serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, sin que se establezcan exclusiones por limitaciones psíquicas o físicas sino en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes. Para estas personas, cuando previamente lo hayan solicitado en la instancia, el Tribunal adaptará en lo posible el tiempo y medios de realización de los ejercicios de forma que gocen de igualdad de oportunidades, previa acreditación de estar en posesión de certificado de minusvalía donde como mínimo se reconozca un 33%.
BASE CUARTA.- Instancias, Documentación y Plazos.  Quienes deseen tomar parte de las pruebas selectivas objeto de la presente convocatoria, deberán presentar instancia dirigida al Sr. Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Pilar de la Horadada, se presentarán en el registro general del Ayuntamiento, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4  de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, durante el plazo de veinte días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia [Alacant Nº 164 de 28/08/2017 ]. {del 29 de agosto al 25 de septiembre de 2017, a.i.}
 Las Bases de la Convocatoria y Anexos a las mismas se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante (B.O.P.), en el Tablón de Anuncios de la Corporación y en la página Web del Ayuntamiento. www.pilardelahoradada.org
 A la instancia se acompañará una fotocopia compulsada del DNI, fotocopia compulsada del título académico acreditativo del requisito del apartado e) de la tercera de estas bases, así como manifestación de reunir todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias. Estas condiciones se deberán mantener a lo largo de todo el proceso selectivo durante el que, en cualquier momento, podrán ser requeridos los aspirantes para efectuar las comprobaciones oportunas.

domingo, 16 de octubre de 2016

8 plazas de la categoría de Profesor Tutti (especialidades: Contrabajo, Corno Inglés/Oboe, Clarinete, Trompa, Trompeta, Tuba y Percusión) de la Orquesta Nacional de España

1. Normas generales. 1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 8 plazas de la categoría de Profesor Tutti de la Orquesta Nacional de España, fuera de Convenio, por el sistema general de oposición.
1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con los ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
1.3 La descripción de las plazas se detalla en el anexo II de esta convocatoria.
1.4 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el siguiente calendario:
La fechas de las pruebas de la oposición se harán públicas con el listado provisional de admitidos y excluidos. En el supuesto de modificación de las mismas, se anunciará con una antelación mínima de diez días.
El primer ejercicio de la fase de oposición se celebrará en el plazo máximo de cuatro meses, contados a partir de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», debiendo finalizar la misma, con carácter general, en el plazo máximo de un año desde la publicación de la convocatoria en el BOE.
1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, hasta como máximo el número de plazas convocadas, serán contratados con carácter fijo.
2. Requisitos de los candidatos. 2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes requisitos de participación:
2.1.1 Nacionalidad:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea.
c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar su descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
e) Los extranjeros que, no estando incluidos en los párrafos anteriores, se encuentren con residencia legal en España.
Estarán exentos de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad los incluidos en el apartado a) así como los extranjeros residentes en España incluidos en el apartado b), siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. El resto de los candidatos deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.
2.1.2 Compatibilidad funcional: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.1.3 Capacidad legal: tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores.
2.1.4 Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
2.1.5 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título que se señala en el anexo II.
2.1.6 Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por resolución judicial firme.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
3. Solicitudes. 3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790.
3.2 Una vez cumplimentada, la solicitud tendrá que ser presentada en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de Estado».{del 16 de octubre al 4 de noviembre de 2016, a.i.}
3.3 La presentación se realizará de modo presencial o telemática. La cumplimentación de los datos se podrá realizar únicamente desde el servicio de inscripción en pruebas selectivas (IPS), al que se podrá acceder en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/ips.
3.3.1 Los interesados podrán presentar su solicitud por vía electrónica haciendo uso del servicio de Inscripción en Procesos Selectivos del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips), ...
ANEXO II
Relación de plazas convocadas
Unidad: Orquesta y Coro Nacionales de España.
Categoría: Profesor Tutti de la Orquesta Nacional de España.
Grupo profesional:
Convenio aplicable: Fuera de convenio.
Instrumento
Núm. de plazas
Titulación
Programa/código de plaza
Contrabajo
2
Título Superior de Música (especialidad Contrabajo)
N.º 1 del anexo I.
Corno Inglés/Oboe
1
Título Superior de Música (especialidad Oboe)
N.º 2 del anexo I.
Clarinete
1
Título Superior de Música (especialidad Clarinete)
N.º 3 del anexo I.
Trompa
1
Título Superior de Música (especialidad Trompa)
N.º 4 del anexo I.
Trompeta
1
Título Superior de Música (especialidad Trompeta)
N.º 5 del anexo I.
Tuba
1
Título Superior de Música (especialidad Tuba)
N.º 6 del anexo I.
Percusión
1
Título Superior de Música (especialidad Percusión)
N.º 7 del anexo I.

sábado, 13 de febrero de 2016

Bolsa de Trabajo de la categoría de Profesor de Trompa del Ayuntamiento de Molina de Segura. . (Murcia)

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Molina de Segura de fecha 2 de febrero de 2016, se ha aprobado la convocatoria de proceso selectivo para la constitución, mediante concurso-oposición libre, de una Bolsa de Trabajo de la categoría de Profesor de Trompa del Ayuntamiento de Molina de Segura.
Los requisitos necesarios para tomar parte en la convocatoria vienen recogidos en las Bases de la mismas, las cuales se encuentran expuestas en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Molina de Segura, sito en Parque de la Compañía, s/n, y en el portal web municipal (www.molinadesegura.es). Todos los requisitos habrán de poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
Las instancias solicitando tomar parte en la Convocatoria, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en base tercera, se dirigirán al Ilmo. señor Alcalde Presidente de la Corporación, y se presentarán en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento o en la forma prevista en el art. 38.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo, durante el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia». {del 14 al 25 de febrero de 2016, a.i.}

lunes, 16 de noviembre de 2015

borsa de treball de professors superiors de música per a la banda municipal. Institut de Cultura de Barcelona

Les persones que desitgin participar a l’esmentada convocatòria hauran de presentar instància en les Oficines d’Atenció a la Ciutadania (OAC) de l’Ajuntament de Barcelona o en el Registre de l’Institut de Cultura de Barcelona o en la forma prevista en l’article 38.4 de la Llei 30/1992, de 26 de novembre, en el termini de vint dies naturals a comptar de l’endemà de la publicació del present anunci.
Les bases d’aquesta convocatòria, així com els successius anuncis, s’exposaran al Tauler d’Anuncis del Palau de la Virreina (La Rambla, 99) i a la web de l’Ajuntament de Barcelona (www.bcn.cat).
Les bases de la convocatòria són les que s’adjunten a continuación.
OFERTA 254/2015
CONVOCATÒRIA PÚBLICA PER LA CONSTITUCIÓ DE LA BORSA DE TREBALL DE PROFESSORS SUPERIORS DE MÚSICA, PER LA BANDA MUNICIPAL DE L’INSTITUT DE CULTURA DE BARCELONA
L’objecte d’aquesta convocatòria és la constitució d’una borsa de treball, amb la categoria de Professor Superior de Música, per a la contractació en règim temporal, segons les necessitats de l’organització de la Banda Municipal.
Aquesta borsa estarà constituïda per diferents branques, responent als diferents instruments musicals que composen la Banda Municipal de Barcelona
Pel que fa referència a la perspectiva de gènere, aquestes bases contemplen allò que disposa l’Ajuntament de Barcelona en el Pla d’Igualtat d’Oportunitats pel període 2012-2015 en quant a la promoció d’una presència equilibrada de dones i homes en els diferents col·lectius professionals municipals.
REQUISITS ESPECÍFICS PER PARTICIPAR-HI. Tots els requisits s’han de complir el darrer dia del termini de presentació de sol·licituds, i són els següents:
- Haver complert 16 anys i no superar l’edat establerta per a la jubilació forçosa.
- Tenir la titulació de Grau Superior de Música, o de Professor Superior, en l’especialitat corresponent a l’instrument al qual s’opta, d’acord amb les bases d’aquesta convocatòria. Si es tracta d’un títol obtingut a l’estranger, cal disposar de la corresponent homologació del Ministeri d’Educació i Ciència.
- Tenir la nacionalitat espanyola o la d’altres estats membres de la Unió Europea o la dels estats als quals, en virtut de tractats internacionals subscrits per la Unió Europea i ratificats per Espanya, sigui aplicable la lliure circulació de treballadors.
També podran ser admesos el cònjuge, els descendents del cònjuge, tant dels ciutadans espanyols com dels nacionals dels altres estats membres de la Unió Europea, o dels estats als quals, en virtut de tractats internacionals, subscrits per la Unió Europea i ratificats per Espanya, sigui aplicable la lliure circulació de treballadors, independents de la seva nacionalitat, sempre que els cònjuges no estiguin separats de dret i, pel que fa als descendents, siguin menors de 21 anys o més grans d’aqueta edat però que visquin a càrrec dels seus progenitors. D’acord amb el que estableixen els articles 2 i 4 dels Reial decret 766/1992 de 26 de juny sobre l’entrada i permanència a Espanya de nacionals d’estats membres de la Unió Europea i d’altres estat que han estat part de l’Acord sobre l’espai econòmic europeu, signada a Porto el 2 de maig de 1992, i ratificat per Espanya el 26 de novembre de 1993, modificat posteriorment pel Reial Decret 737/1995 de 5 de maig.
Igualment podran ser admesos els estrangers que no siguin nacionals dels Estats membres de la Unió Europea, amb residència legal a l’Estat Espanyol, d’acord amb allò previst a l’article 57.4 de l’Estatut Bàsic de l’Empleat Públic. (E.B.E.P.)
En qualsevol cas, els aspirants que no tinguin la nacionalitat espanyola han d’acreditar documentalment la seva nacionalitat.
A més, aquells aspirants que accedeixin a la convocatòria pel fet de ser cònjuge, descendents o descendents del cònjuge, tant dels ciutadans espanyols com dels nacionals dels altres estats membres de la Unió Europea, o d’estats als quals sigui aplicable la lliure circulació de treballadors, en virtut de tractats internacionals subscrits per la Unió Europea i ratificats per Espanya, hauran d’acreditar el vincle del parentiu amb el nacional en virtut del qual es presenten i, en el cas de descendents majors de 21 anys, el fet de viure al seu càrrec. Igualment aquests aspirants hauran de presentar declaració jurada o promesa feta pel nacional, en la qual manifesti fefaentment que no està separat de dret del seu cònjuge.
- No estar inhabilitat per sentència ferma per a l’exercici de les funcions públiques, ni haver estat separat per resolució disciplinària ferma del servei de cap administració pública.
Si es tracta de persones amb nacionalitat estrangera, en tots els casos hauran d’acreditar mitjançant declaració jurada o promesa que no es troben sotmesos a sanció disciplinària o a condemna penal que els impedeixi l’accés a la funció pública en el seu Estat.
- Acreditar d’estar en possessió del certificat de coneixements mitjans de llengua catalana (certificat B) o superior de la Direcció General de Política Lingüística del Departament de Cultura o equivalent.
Tots els requisits s’han de complir el darrer dia del termini de presentació de sol·licituds i mantenir-se durant el temps que duri la relació laboral amb l’Institut de Cultura de Barcelona o mentre es formi part de la borsa de treball.
CONDICIONS DE TREBALL
- Jornada: les hores requerides per contractació d’ assaig i/o concert.
- Sou: segons preu per assaig i/o concert
 - Grup: A1 (A)
- Tipus de contracte: Contracte per circumstàncies de la producció
- Ubicació del lloc de treball: Banda Municipal de Barcelona
INSTRUMENTS QUE CONSTITUIRAN LA BORSA DE TREBALL:
Bombardí
Clarinet Baix
Clarinet (Sib i la)
Contrabaix
Fagot
Fagot/ Contrafagot
Flauta
Flautí / Flauta (dos instruments)
Percussió
Requint
Tenora
Timbals
Trompa
Tuba

SOL·LICITUD DE PARTICIPACIÓ. 1.- Pels qui desitgin participar en aquesta convocatòria, és requisit imprescindible l’acreditació de la formació requerida i presentar la següent documentació:
- Instància i currículum degudament documentant, al Registre de l’ Institut de Cultura de Barcelona, Rambla, 99 4ª planta, de dilluns a divendres de 09:00 a 14:00h i dijous tarda també de 15:30 a 17:30h, i l’horari d’estiu (des del dia 24 de juny al 24 de setembre): de dilluns a divendres de 09:00 a 14:00h, tardes tancat, o en les Oficines d’Atenció a la Ciutadania (OAC) de l’Ajuntament de Barcelona.
La documentació s’ha de presentar dins l’improrrogable termini de vint dies naturals a comptar de l’endemà de la publicació de la convocatòria al Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.{} La instància també podrà ser presentada en la forma que determina l’art. 38 de la Llei 30/1992, de 26 de novembre. A més de les dades personals, caldrà facilitar un correu electrònic vigent essent responsabilitat del candidat d’informar en cas de canvi, mitjançant instància, a la Comissió de selecció. A la instància caldrà fer constar de forma clara l’instrument/s al/s qual/s s’opta.
Tota la documentació que es presenti en llengua estrangera haurà d’anar acompanyada de la corresponent traducció jurada.
La convocatòria de les proves es realitzarà per instruments i l’ ordre de convocatòria el marcarà la urgència de contractació que tingui la Banda Municipal en cada moment.
La data en què es realitzaran les proves de selecció, així com de les obres a interpretar, seran anunciades a través del web: www.bcn.cat i el taulell d’anuncis del Palau de la Virreina.

viernes, 21 de agosto de 2015

bolsa de trabajo de Profesor/a de Trompa, en el Conservatorio municipal de Música de Xàbia.

“BASES PARA LA FORMACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DIRIGIDA A LA CONTRATACIÓN LABORAL TEMPORAL DE PROFESORES DE TROMPA CON DESTINO AL CONSERVATORIO MUNICIPAL DE MÚSICA.
1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIAEl objeto de la presente convocatoria es la constitución de una bolsa de trabajo de Profesores de Trompa, para cubrir temporalmente plazas no cubiertas por cualquier causa.
Con los aspirantes que sean llamados por la bolsa de trabajo, se procederá a realizar la pertinente contratación laboral temporal.
La jornada laboral asignada a esta plaza es de 15 horas semanales.
Las funciones a realizar serán: Impartir clases de trompa y asignaturas complementarias en el Conservatorio municipal de Música.
Los aspirantes deberán adaptarse al horario ya establecido para esta asignatura, 2 días a la semana, según programación del Conservatorio. El servicio comprende además, preparación de clases, conjunto, reuniones de claustro, tutoría y participación en conciertos y actividades que se programen.
El sistema de selección de los aspirantes será el de concurso de méritos.
2.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Para ser admitido en el proceso selectivo será necesario reunir los siguientes requisitos:
a. Ser español o nacional de uno de los restantes estados miembros de la Unión Europea o de aquellos estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos previstos en la Ley estatal que regula esta materia.
b. Tener cumplidos 16 años y no haber alcanzado la edad máxima de jubilación forzosa.
c. No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
d. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier administración pública, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
e. Estar en posesión del Título Superior de Trompa o Grado Medio Plan 66.
3.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. Las solicitudes para tomar parte en las pruebas selectivas se presentarán, dentro del plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de un extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. {del 22 de agosto al 10 de septiembre de 2015, a.i.}
Todos los anuncios de trámites posteriores se publicarán en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y página Web del Ayuntamiento. www.ajxabia.com [Plaza de la Iglesia nº 4 . 03730 Xàbia/Jávea - Tfnº: 965790500]
Junto a las instancias, los aspirantes presentarán fotocopia compulsada del DNI, de la titulación exigida, así como relación de méritos alegados y fotocopia de la documentación acreditativa de los mismos, en original o copia compulsada.
Finalizado el plazo de presentación de instancias, por la Alcaldía-Presidencia se dictará resolución, declarando aprobada con carácter provisional la lista de admitidos y excluidos e indicando en su caso la causa de exclusión. En dicha resolución que deberá publicarse en el tablón de anuncios del Ayuntamiento se concederá un plazo de cinco días hábiles para la presentación de subsanaciones. Una vez examinadas las que se hubieran presentado, se publicará la relación definitiva de admitidos en dicho tablón de anuncios. También se determinará y publicará el lugar y fecha de constitución del Tribunal.
De no presentarse ninguna reclamación se considerará definitiva la inicialmente publicada. [ http://www.ajxabia.com/ver/1169/empleo-publico.html/  ]

miércoles, 6 de mayo de 2015

10 plazas de la categoría de Profesor Tutti de la Orquesta Nacional de España. (especialidades: Violín, Viola, Violonchelo, Flauta/Flautín, Trompa y Percusión)

Bases de convocatoria
1. Normas generales. 1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 10 plazas de la categoría de Profesor Tutti de la Orquesta Nacional de España, fuera de Convenio, por el sistema general de oposición.
1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con los ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
1.3 La descripción de las plazas se detalla en el anexo II de esta convocatoria.
1.4 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el siguiente calendario:
La fechas de las pruebas de la oposición se harán públicas con el listado provisional de admitidos y excluidos. En el supuesto de modificación de las mismas, se anunciará con una antelación mínima de 10 días.
1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, hasta como máximo el número de plazas convocadas, serán contratados con carácter fijo.
2. Requisitos de los candidatos. 2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes requisitos de participación:
2.1.1 Nacionalidad:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea.
c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar su descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
e) Los extranjeros que, no estando incluidos en los párrafos anteriores, se encuentren con residencia legal en España.
Estarán exentos de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad los incluidos en el apartado a) así como los extranjeros residentes en España incluidos en el apartado b), siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. El resto de los candidatos deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.
2.1.2 Compatibilidad funcional: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas
2.1.3 Capacidad legal: tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores.
2.1.4 Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa
2.1.5 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título que se señala en el anexo II.
2.1.6 Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por resolución judicial firme.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
3. Solicitudes. 3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que se facilitará gratuitamente en el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en Internet en la página web https://administracion.gob.es (formulario 790).
3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General de la Secretaría de Estado de Cultura, sito en Plaza del Rey, 1 28004-Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado»{del 7 al 26 de mayo de 2015, a.i.} y se dirigirán a la Subsecretaria del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

martes, 13 de enero de 2015

1 Director Asistente, y Audiciones de Selección para cubrir las vacantes de la JOGV . Jove Orquestra de la Generalitat Valenciana (JOGV)

PRUEBAS DE ADMISIÓN PARA DIRECTOR ASISTENTE 

DE LA JOVEN ORQUESTA DE LA GENERALITAT 

VALENCIANA (JOGV) – AÑO 2015 –

La JOVE ORQUESTRA DE LA GENERALITAT (J.O.G.V.), dependiente 

de la Subdirección General de Música de CulturArts Generalitat, 

realiza la presente  convocatoria de Audiciones de Selección para 

ocupar la plaza de Director Asistente de la JOGV.


 Descargar la instancia editable (abrir con acrobat reader)

AUDICIONES DE SELECCIÓN PARA LA JOVEN ORQUESTA 

DE LA GENERALITAT VALENCIANA (JOGV) – AÑO 2015 –

La JOVE ORQUESTRA DE LA GENERALITAT (J.O.G.V.), dependiente 

de la Subdirección General de Música de CulturArts Generalitat, realiza la 

presente convocatoria de Audiciones de Selección para cubrir las vacantes

de la JOGV en las siguientes especialidades instrumentales:

InstrumentoNº de plazas
Flauta3
Fagot3
Trompa4
Violín13
Viola8
Violonchelo9
Contrabajo4
Percusión6
Arpa
2




























 Descargar la instancia (abrir con acrobat reader)

El plazo de inscripción finaliza el 9 de febrero de 2015

viernes, 12 de diciembre de 2014

bolsa de trabajo de Profesor/a de música, especialidad Trompa. Centre Municipal de les Arts Rafel Martí de Viciana. Ayuntamiento de Burriana

Ayuntamiento de Burriana: Centre Municipal de les Arts Rafel Martí de Viciana
1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. La presente convocatoria tiene por objeto la selección de personal, mediante el sistema de oposición, para constituir una bolsa de trabajo de profesor/a de música, especialidad trompa.
Características:
1.1. Denominación: Profesor/a de música, especialidad Trompa
- Titulación exigida: Título profesional de música, especialidad Trompa
- Jornada: 177 horas anuales, 4 horas semanales en cómputo anual. Las horas de docencia se podrán concentrar en un curso (15 de septiembre-30 de junio a razón de 4,66 horas semanales).
- Régimen jurídico: personal laboral (artículo 10.1.a) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público).
2. CONDICIONES GENERALES DE LOS ASPIRANTES. Los aspirantes deberán reunir, además de las condiciones previstas en el artículo 56 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público:
2.1. Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
2.2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.3. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por Ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
2.4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
2.5. Estar en posesión del título profesional de música en la especialidad correspondiente para la plaza de profesor/a de música, especialidad trompa o cumplidas las condiciones para obtenerlos antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
2.6. Las condiciones para ser admitido a las pruebas, deberán reunirse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma de posesión.
2.7. Solicitudes. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar la solicitud que figura como modelo en el Anexo 1 y que les será facilitada en la Secretaría del Centre Municipal de les Arts Rafel Martí de Viciana (c/ Sant Pere Pasqual s/n) y en la dirección de internet http://www.cmeviciana.es.
3. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. 3.1 Las solicitudes serán dirigidas a la Presidencia del Organismo Autónomo Local Centre Municipal de les Arts Rafel Martí de Viciana (Pl. Mayor, núm. 1. CP 12530- Burriana).
3.2. El plazo para la presentación de solicitudes será de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.{del 12 al 17 de diciembre de 2014, a.i.}
Las solicitudes se presentarán por los interesados en el Registro general de Entrada de Documentos del Ayuntamiento de Burriana o en el Registro general de Entrada de Documentos del OAL Centre Municipal de les Arts Rafel Martí de Viciana.
También se podrán presentar las solicitudes en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3.3. El aspirante, en la cumplimentación de su solicitud, deberá observar las instrucciones siguientes:
3.3.1. Se acompañará a la solicitud fotocopia del DNI.

sábado, 20 de septiembre de 2014

Bases borsa de treball professorat de l’Escola Municipal de Música d’Alcanar: Cant, Guitarra, Piano, Percussió, Trompeta, Oboè, Llenguatge musical, Flauta, Trompa, Clarinet, Llenguatge musical infantil, Saxo, Gralla- Dolçaina, Trombó. Ajuntament d'Alcanar (Tarragona)

BASES QUE REGEIXEN LA CREACIÓ D’UNA BORSA DE TREBALL DEL PROFESSORAT DE MÚSICA EN LES DIVERSES ESPECIALITATS, PER A L’ESCOLA MUNICIPAL DE MÚSICA D’ALCANAR (EMMA), I LA SEVA CONVOCATÒRIA
 1. Objecte de la convocatòria i àmbit d’aplicació: L’objecte d’aquestes bases és la creació d’una borsa de treball de professors de música per a l’Escola Municipal de Música d’Alcanar (EMMA), als efectes de contractar personal laboral temporal, a temps parcial o complert, tot depenent de les necessitats de recursos humans en les diferents categories i especialitats.
Les funcions principals assignades a les categories que s’inclouen en la borsa de treball són les que es descriuen a la fitxa descriptiva de funcions del lloc de treball de la Relació de Llocs de Treball, aprovada pel Ple de l’Ajuntament en sessió de data 10/07/2009, i de la plantilla de personal, i es corresponen als següents llocs de treball de professorat per a l’Escola Municipal de Música d’Alcanar:
ESCOLA DE MÚSICA
1
Professor/a de música-Cant
1
Professor/a de música- Guitarra
1
Professor/a de música- Piano
1
Professor/a de música- Percussió
1
Professor/a de música- Trompeta
1
Professor/a de música- Oboè
1
Professor/a de música- Llenguatge musical
1
Professor/a de música- Flauta
1
Professor/a de música- Llenguatge musical
1
Professor/a de música- Trompa
1
Professor/a de música- Clarinet
1
Professor/a de música- Clarinet
1
Professor/a de música- Llenguatge musical infantil
1
Professor/a de música- Saxo
1
Professor/a de música- Flauta
1
Professor/a de música- Gralla- Dolçaina
1
Professor/a de música- Trombó

2. Convocatòria: Els anuncis de cada convocatòria juntament amb les bases que regeixen la selecció del personal es publicaran en el Butlletí Oficial de la Província de Tarragona, en el tauler d’edictes de la Corporació i en la pàgina web municipal www.alcanar.cat
Els llistats dels aspirants es publicaran en el tauler d’edictes i en la pàgina web de la Corporació www.alcanar.cat.
3. Condicions i requisits que han de reunir els aspirants: Els/les aspirants que participin en els processos selectius que regulen aquestes bases hauran de reunir els requisits que es relacionen més endavant, i manifestar la seva voluntat de participar en el procediment selectiu mitjançant el model oficial d’instància de l’Ajuntament d’Alcanar i que es dirigirà a l’Alcalde-President de l’Ajuntament d’Alcanar, i liquidar la taxa dels drets d’examen.
Juntament amb la instància, s’ha de presentar original i fotocòpia per compulsar del document identificatiu dels mèrits al·legats i un CV, en el registre general de la Corporació, en el termini establert en aquestes bases.
Els interessats adreçaran les seves sol·licituds al president de la corporació i es podran presentar al registre general de l’ens, durant el termini de 20 dies naturals, comptadors a partir del següent al de la publicació de l’anunci de convocatòria en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, en qualsevol de les formes que determina l’article 38.4, de la Llei 30/1992, de 26 de novembre, de règim jurídic de les administracions públiques i del procediment administratiu comú.{del 20 de setembre al 9 d'octubre de 2014, a.i.}
En la sol·licitud els aspirants hauran de manifestar que reuneixen totes i cadascuna de les condicions exigides en aquestes bases, referides sempre a la data d’expiració del termini assenyalat per a la presentació de sol·licituds, sens perjudici de la seva posterior acreditació en finalitzar el procés selectiu. Això no obstant, en cas que els aspirants tinguin el nivell exigit de coneixements de català cal que ho acreditin documentalment, com a màxim, abans de l’inici de la prova de català.
Les instàncies es podran presentar en la forma determinada a l’article 38.4 de la Llei 30/1992, de 26 de novembre, en aquest supòsit l’aspirant haurà de comunicar-ho immediatament aquest fet a l’Ajuntament d’Alcanar, via fax o email ajuntament@alcanar.cat, tot adjuntant còpia del gir postal de pagament de drets d’examen.
Si es tramita la instància mitjançant alguna d’aquestes formes, s’han de pagar els drets d’examen mitjançant gir postal.
Per ser admès/esa, i en el seu cas, participar en els processos selectius d’aquesta borsa de treball, els aspirants han de reunir en el moment de presentar la sol·licitud, els següents requisits:
a) Nacionalitat: Ser ciutadà/ana espanyol/a, d'acord amb les lleis vigents, o nacionals de qualsevol altres Estats membres de la Unió Europea, tot restant exclosa, en tot cas, l’accés d’aquests últims a aquelles places o càrrecs que impliquin exercici d’autoritat.
En idèntiques condicions poden accedir a la funció pública els ciutadans dels estats els quals, en virtut de tractats internacionals subscrits per la Unió Europea i ratificats per Espanya, els sigui aplicable la lliure circulació de treballadors, en els temes en què aquesta és troba definida en els tractats de la UE. Els estrangers podran accedir als llocs de treball reservats al personal laboral en el marc de la Llei d’estrangeria i d’acord amb els principis d’igualtat, mèrit i capacitat.
b) Edat: Haver complert 16 anys i no excedir l'edat establerta com a màxima per a l'ingrés en un cos o una escala, o en el seu cas, de l’edat màxima de jubilació forçosa.
c) Titulació: Estar en possessió de la titulació suficient o estar en condicions d’obtenir-la en la data de finalització de presentació d’instàncies per prendre part de les proves selectives.
Les titulacions a posseir seran:
- Estar en possessió del títol superior de música o equivalent, o posseir l’habilitació corresponent.
En cas d’invocar un títol equivalent a l’exigit, correspon a l’aspirant acreditar-ho mitjançant certificat expedit pel Ministeri d’Educació i Ciència que ho acrediti.
d) Conèixer les dues llengües oficials a Catalunya (català i castellà):
Les persones candidates han de lliurar dins el termini de presentació de sol·licituds un dels documents següents:
a) Document que acrediti el coneixement de català dins de l'ensenyament obligatori, cosa que resulta de la certificació que s'ha cursat de manera oficial a Catalunya la matèria de llengua catalana d'ensenyament obligatori i s'ha obtingut el títol que correspon després del 1992. Aquest certificat l'expedeix qualsevol institut d'educació secundària públic en la forma que determina la Direcció General d'Ordenació i Innovació Educativa, tot això d’acord amb el Decret 161/2002, d'11 de juny, sobre l'acreditació del coneixement del català i l'aranès en els processos de selecció de personal i de provisió de llocs de treball de les administracions públiques de Catalunya, modificat pel Decret 3/2014 de 7 de gener, sobre avaluació i certificació de coneixements de català.
b) Fotocòpia confrontada de la documentació acreditativa de trobar-se en possessió del certificat de coneixements de llengua catalana, corresponent al nivell indicat de català, de la Secretaria de Política Lingüística, o equivalent.
Estan exemptes d’acreditar coneixements de llengua catalana:
a) Les persones aspirants que amb la possessió del títol exigit com a requisit específic de participació a la convocatòria acreditin, amb aquest mateix títol, que tenen el nivell de coneixements exigit o superior, tenint en compte la disposició addicional 1 i el Decret 152/2001, de 29 de maig, sobre avaluació i certificació de coneixements de català.
b) Les persones aspirants que hagin participat i obtingut plaça en processos anteriors de selecció de personal per accedir a la mateixa administració, en què hi hagués establerta una prova de català del mateix nivell o superior, o que hagin superat la prova esmentada en altres processos selectius.
Les persones candidates que no acreditin documentalment els coneixements de llengua catalana hauran de superar una prova específica de coneixements de llengua catalana de nivell amb caràcter obligatori, la qual es qualificarà d'apta o no apta.
e) Presentar fotocòpia compulsada del DNI o equivalent.
f) Presentar currículum vitae, acompanyats dels originals i fotocòpies per a compulsar els mèrits que es vulguin justificar en la fase de concurs.
g) Complir les condicions específiques per exercir les funcions que li poden ser encomanades, d'acord amb allò que es prevegi per reglament.
h) No estar inhabilitat/ada per a l'exercici de les funcions públiques ni estar separat, mitjançant expedient disciplinari, del servei de qualsevol administració pública, ni haver estat acomiadat disciplinàriament a l'àmbit del sector públic.
i) No patir cap malaltia, deficiència o limitació en la seva capacitat física, psíquica o sensorial que impedeixi o sigui incompatible amb l' exercici normal de les corresponents funcions.
j) No trobar-se afectat per causa d'incompatibilitat establerta per la Llei 53/1984, de 26 de desembre.