Mostrando entradas con la etiqueta trombón. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta trombón. Mostrar todas las entradas

lunes, 28 de agosto de 2017

Bolsa de Trabajo de Profesores de Música, en las especialidades de: Piano y Lenguaje Musical, Armonía, Guitarra, Violín, Clarinete, Saxofón, Flauta, Trombón, Trompa, Trompeta, Oboe y Violonchelo. Ayuntamiento de Pilar de la Horadada. (Baix Segura-Alacant)

“BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA FORMACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE PROFESORES DEL CONSERVATORIO EN EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PILAR DE LA HORADADA
BASE PRIMERA. Objeto de la Convocatoria. Constituye el objeto de las presentes bases La selección del personal sujeto a relación laboral que haya de contratarse con carácter temporal y no permanente, para cubrir puestos vacantes en la oferta de empleo público de la Corporación, hasta que se proceda a la cobertura de las mismas por los procesos legalmente establecidos al efecto, para la sustitución de personal dependiente de este Ayuntamiento, que se encuentre en la situación de licencia, accidente laboral, enfermedad profesional y/o común, o vacaciones; y asimismo la cobertura de puestos de trabajo de carácter no permanente por acumulación de tareas o para la realización de obras o servicios determinados.
 La creación de la Bolsa de Trabajo 2016/2017, en régimen laboral con carácter temporal, de Profesores para el Conservatorio de Música, mediante concurso de méritos, en las especialidades de:
 PIANO Y LENGUAJE MUSICAL
 ARMONIA (análisis y fundamentos de composición)
 GUITARRA
 VIOLIN
 CLARINETE
 SAXOFON
 FLAUTA
 TROMBON
 TROMPA
 TROMPETA
 OBOE
 VIOLONCHELO

Cada nombramiento o contrato se efectuará con relación a un sólo puesto de trabajo y para las categorías laborales y especialidades establecidas en la actual clasificación profesional del vigente Convenio Colectivo.
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso de méritos y entrevista, con las valoraciones y puntuaciones que se especifican en el baremo que establece la Base Sexta de la presente convocatoria.
La Bolsa de Trabajo tendrá vigencia durante el periodo de tiempo que transcurre el curso escolar 2017/2018 (de septiembre de 2017 a junio de 2018), sin perjuicio de lo establecido en la Base Séptima de las presentes Bases. 
BASE TERCERA.- Requisitos que Deben Reunir los Aspirantes para Tomar Parte en el Proceso Selectivo . 1. Para formar parte en la selección, será necesario que los aspirantes reúnan en el momento en el que finalice el plazo de presentación de las solicitudes, los siguientes requisitos:
a)
Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio o cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
e) Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes: Título de grado medio de plan 66, Título de Grado Superior Plan 66 o Superior LOGSE de la Especialidad requerida.
 El cumplimiento de todos los requisitos exigidos se entenderá referido al día en que concluya el plazo de presentación de instancias.
 Las personas con minusvalía serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, sin que se establezcan exclusiones por limitaciones psíquicas o físicas sino en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes. Para estas personas, cuando previamente lo hayan solicitado en la instancia, el Tribunal adaptará en lo posible el tiempo y medios de realización de los ejercicios de forma que gocen de igualdad de oportunidades, previa acreditación de estar en posesión de certificado de minusvalía donde como mínimo se reconozca un 33%.
BASE CUARTA.- Instancias, Documentación y Plazos.  Quienes deseen tomar parte de las pruebas selectivas objeto de la presente convocatoria, deberán presentar instancia dirigida al Sr. Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Pilar de la Horadada, se presentarán en el registro general del Ayuntamiento, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4  de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, durante el plazo de veinte días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia [Alacant Nº 164 de 28/08/2017 ]. {del 29 de agosto al 25 de septiembre de 2017, a.i.}
 Las Bases de la Convocatoria y Anexos a las mismas se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante (B.O.P.), en el Tablón de Anuncios de la Corporación y en la página Web del Ayuntamiento. www.pilardelahoradada.org
 A la instancia se acompañará una fotocopia compulsada del DNI, fotocopia compulsada del título académico acreditativo del requisito del apartado e) de la tercera de estas bases, así como manifestación de reunir todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias. Estas condiciones se deberán mantener a lo largo de todo el proceso selectivo durante el que, en cualquier momento, podrán ser requeridos los aspirantes para efectuar las comprobaciones oportunas.

martes, 28 de junio de 2016

bolsa de trabajo para profesores de la Escuela de Música y Danza “Javier Santacreu” del Ayuntamiento de Benissa en las especialidades de Profesor de: Trompeta; Trombón, Tuba y Bombardino; Oboe; Clarinete; Saxofón; Flauta Travesera; Guitarra; Violín; Dulzaina. Profesor de Piano y Lenguaje Musical; Percusión; Ballet/Danza; y Monitor de Danzas Tradicionales

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Benissa (Alicante), en su sesión del día 10 de mayo de 2016, aprobó las bases específicas que han de regir la convocatoria de las pruebas selectivas para la constitución de una bolsa de trabajo para profesores de la Escuela de Música y Danza “Javier Santacreu” del Ayuntamiento de Benissa en las especialidades de:
A) Profesor de Trompeta.  B) Profesor de Trombón, Tuba y Bombardino.  C) Profesor de Oboe. D) Profesor de Clarinete. E) Profesor de Saxofón. F) Profesor de Flauta Travesera. G) Profesor de Guitarra. H) Profesor de Violín. I) Profesor de Dulzaina. J) Profesor de Piano y Lenguaje Musical. K) Profesor de Percusión. L) Profesor de Ballet/Danza. M) Monitor de Danzas Tradicionales
Esta convocatoria se regirá por las bases específicas, que estarán a disposición de los interesados en el Tablón de anuncios de la propia Corporación- Recursos Humanos, y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Benissa. https://benissa.sedelectronica.es
El plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en las pruebas selectivas será de veinte días, contados a partir de día siguiente de esta publicación en este BOP de Alicante. {del 29 de junio al *18 o 21**  de julio de 2016, a.i.}  (*si son días naturales, y ** si son días hábiles)

viernes, 27 de septiembre de 2013

Bolsa de Empleo de Profesor/a de: Trompeta, Trombón, Trompa, Clarinete, Saxofón, Flauta, Guitarra, Violín, Violonchelo, Violín-Viola, Piano, Percusión, Lenguaje Musical, Composición; Danza Clásica y Española

AYUNTAMIENTO SAN VICENTE DEL RASPEIG.   Boletín Nº 185 del 27/09/2013 (pdf)
-BASES ESPECÍFICAS PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE EMPLEO PARA LA PROVISIÓN TEMPORAL DE PUESTOS DE PROFESORES Y NOMBRAMIENTO COMISIÓN VALORACIÓN - [butlletí oficial de la província - alacant, 27 setembre 2013 - n.º 185 -Pàgina 81]
BASES ESPECÍFICAS que regulan la convocatoria para la constitución de una bolsa de EMPLEO para la provisión temporal de puestos de trabajo DE PROFESORES DE LOS CONSERVATORIOS DE MÚSICA (DIFERENTES ESPECIALIDADES) Y DANZA (CLÁSICA Y ESPAÑOLA) Y NOMBRAMIENTO DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN
Por acuerdo de Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento de fecha 02 de agosto de 2013, se ha dispuesto lo siguiente:
PRIMERO: Convocar procedimiento para la constitución de una bolsa de empleo para la provisión temporal de puestos de trabajo de profesores de música y danza en los Conservatorios Profesional Municipal de Música Vicente Lillo Cánovas y Elemental Municipal de Danza, de conformidad con las siguientes bases específicas:
BASE PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. El objeto de la presente convocatoria es la constitución de una bolsa de empleo con el fin de cubrir de manera temporal puestos de trabajo de Profesor/a de Música y/o Danza en las diferentes especiales que se imparten en los Conservatorios Profesional Municipal de Música Vicente Lillo Cánovas y Elemental Municipal de Danza.
Las especialidades para las que se genera la presente bolsa son:
· Profesor/a de Trompeta
· Profesor/a de Trombón
· Profesor/a de Trompa
· Profesor/a de Clarinete
· Profesor/a de Saxofón
· Profesor/a de Flauta
· Profesor/a de Guitarra
· Profesor/a de Violín
· Profesor/a de Violonchelo
· Profesor/a de Violín-Viola
· Profesor/a de Piano
· Profesor/a de Percusión
· Profesor/a de Lenguaje Musical
· Profesor/a de Composición
· Profesor/a de Danza (Clásica y Española)

Se podrán proveer, con carácter provisional, vacantes definitivas, puestos temporalmente vacantes con derecho a reserva a favor de su titular y sustituciones por cualquiera de las causas previstas legal o reglamentariamente. El tiempo de prestación de servicios mediante contrato de trabajo no generará derecho al puesto definitivo.
BASE SEGUNDA.- CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES. En lo no previsto en las presentes bases, seran de aplicación las normas vigentes en materia de función pública así como las Bases Generales de Selección de profesores de música como personal laboral fijo en el Conservatorio Profesional Municipal de Música Vicente Lillo Cánovas de San Vicente del Raspeig (Alicante), aprobadas por Consejo Rector en sesión celebrada el 16 de junio de 2008, y publicadas en BOP de Alicante nº 125, de 2 de julio de 2008 y las Bases Generales de Selección de Personal del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig, aprobadas por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 1 de febrero de 2008 y en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana nº 5721, de 11 de marzo de 2008, en lo que resulte aplicable.
A la presente convocatoria y bases les será de aplicación, en cuanto a su funcionamiento, las normas que regulan las Bolsas de Trabajo de este Ayuntamiento que se encuentren en vigor en el momento de la firma del contrato, en su caso.
BASE TERCERA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a)
Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Estar en posesión del título que se señala a continuación:
· Profesor de Música diferentes especialidades: Estar en posesión del Título Superior de Música en la especialidad u otros títulos equivalentes que habiliten para la docencia. A estos efectos se considera titulación equivalente el título de Profesor/a en la especialidad expedido al amparo del Decreto 2618/66, de 10 de septiembre.
· Profesor de Danza (Clásica y Española): Estar en posesión del Título Superior de Danza, u otros títulos equivalentes que habiliten para la docencia de conformidad con lo previsto en el RD 899/2010.

e) No haber sido separado del servicio por expediente disciplinario o inhabilitado en los términos estableclidos en el artículo 56.1.d) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
Los requisitos exigidos deberán reunirse por los aspirantes en la fecha en que expire el plazo de 15 días naturales que se señala en la siguiente base CUARTA para la presentación de documentación.
BASE CUARTA.- PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA Y BASES. Las presentes bases específicas se publicarán en el B.O.P. de Alicante, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig y en la web municipal.
Los restantes anuncios relativos a la presente convocatoria se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la web municipal (www.raspeig.org)
BASE QUINTA.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. Las instancias solicitando tomar parte en el proceso se dirigirán a la Alcaldía-Presidencia, presentándose en el Registro General, durante el plazo de 15 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOP. [Boletín Nº 185 del 27/09/2013 (pdf) ] {del 28 de septiembre al 14* de octubre de 2013, a.i.}
Las instancias podrán presentarse igualmente en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
A la instancia se acompañará:
· Fotocopia compulsada del DNI.
· Fotocopia compulsada de la documentación acreditativa de la titulación exigida en la base TERCERA, en función de la especialidad escogida.
· Relación de méritos alegados, mediante la presentación de su currículum de formación y experiencia profesional así como de los documentos debidamente compulsados que justifiquen los méritos que alegan.
Los solicitantes manifestarán en la instancia que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en la base tercera, referidas a la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

miércoles, 21 de septiembre de 2011

Bolsa de Trabajo: Profesor de Música: Violín, Trompeta, Trompa, Trombón, y Percusión. Ayuntamiento de Orihuela (Baix Segura-Alacant)

AYUNTAMIENTO ORIHUELA.
-CONVOCATORIA CONSTITUCIÓN BASES BOLSA DE EMPLEO PROFESOR DE VIOLÍN página 19
-CONVOCATORIA CONSTITUCIÓN BASES BOLSA PROFESOR DE TROMPETA página 21
-
CONVOCATORIA CONSTITUCIÓN BASES BOLSA PROFESOR DE TROMPA página 24
-CONVOCATORIA CONSTITUCIÓN BASES PROFESOR DE TROMBÓN página 26
-CONVOCATORIA CONSTITUCIÓN BASES PROFESOR DE PERCUSIÓN página 28 [butlletí oficial de la província - alacant, 21 setembre 2011 - n.º 181]
El Ayuntamiento de Orihuela convoca pruebas selectivas para la constitución de una bolsa de empleo para el desempeño provisional de plazas de PROFESOR DE VIOLÍN, mediante nombramiento interino o contratación laboral temporal, cuyas bases aprobadas por Resolución de la Concejala Delegada de Personal de fecha 07 de septiembre de dos mil once, se transcriben íntegras a continuación:
BASES.
PRIMERA: OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de la presente convocatoria la constitución de una Bolsa de Trabajo para provisión, de puestos de Profesor de Violín, mediante contratación laboral temporal.
El Ayuntamiento de Orihuela convoca pruebas selectivas para la constitución de una bolsa de empleo para el desempeño provisional de plazas de PROFESOR DE TROMPETA, mediante nombramiento interino o contratación laboral temporal, cuyas bases aprobadas por Resolución de la Concejala Delegada de Personal de fecha 7 de septiembre de dos mil once, se transcriben íntegras a continuación:
BASES.
PRIMERA: OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de la presente convocatoria la constitución de una Bolsa de Trabajo para provisión, de puestos de Profesor de Trompeta, mediante contratación laboral temporal.
El Ayuntamiento de Orihuela convoca pruebas selectivas para la constitución de una bolsa de empleo para el desempeño provisional de plazas de PROFESOR DE TROMPA, mediante nombramiento interino o contratación laboral temporal, cuyas bases aprobadas por Resolución de la Concejala Delegada de Personal de fecha 7 de septiembre de dos mil once, se transcriben íntegras a continuación:
BASES.
PRIMERA: OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de la presente convocatoria la constitución de una Bolsa de Trabajo para provisión, de puestos de Profesor de Trompa, mediante contratación laboral temporal.
El Ayuntamiento de Orihuela convoca pruebas selectivas para la constitución de una bolsa de empleo para el desempeño provisional de plazas de PROFESOR DE TROMBÓN, mediante nombramiento interino o contratación laboral temporal, cuyas bases aprobadas por Resolución de la Concejala Delegada de Personal de fecha 7 de septiembre de dos mil once, se transcriben íntegras a continuación:
BASES.
PRIMERA: OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de la presente convocatoria la constitución de una Bolsa de Trabajo para provisión, de puestos de Profesor de Trombón, mediante contratación laboral temporal.
El Ayuntamiento de Orihuela convoca pruebas selectivas para la constitución de una bolsa de empleo para el desempeño provisional de plazas de PROFESOR DE PERCUSIÓN, mediante nombramiento interino o contratación laboral temporal, cuyas bases aprobadas por Resolución de la Concejala Delegada de Personal de fecha siete de septiembre de dos mil once, se transcriben íntegras a continuación:
BASES. PRIMERA: OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de la presente convocatoria la constitución de una Bolsa de Trabajo para provisión, de puestos de Profesor de Percusión, mediante contratación laboral temporal.
- - - - - DISPOSICIONES COMUNES:
SEGUNDA: REQUISITO DE LOS ASPIRANTES. Para ser admitidos a las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, los requisitos siguientes:
2.1 Condiciones Generales:
- Tener nacionalidad española o;
- Nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea
- Cónyuge de españoles cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho.
- Cónyuge de un nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho.
- Descendientes de los anteriores cónyuges, o de uno de ellos, menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes, cuando los cónyuges no estén separados dederecho.
- Personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales y ratificados por España en los que sea de aplicación de libre circulación de trabajadores (Países que conforman el Espacio Económico Europeo, Noruega, Islandia y Lienchtenstein, y la Confederación Suiza).
Todo ello en los términos previstos en el artículo 57 de la Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Tener cumplidos en la fecha de la convocatoria los 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión de Título Superior de música o equivalente, en todo caso la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración educativa competente en cada caso, título de profesor expedido al amparo del Decreto 2.618/1966 en la especialidad correspondiente a la plaza a que se opte. Para aquellas personas que procedan de la U.E. o extranjeros, deberán de disponer la homologación del título por el Ministerio de Educación.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Los aspirantes afectados por limitaciones físicas, psíquicas y sensoriales serán admitidos en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, siempre que tales limitaciones no sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes, y no sea necesaria la adaptación funcional del puesto de trabajo. Dichos aspirantes tendrán que alegar de forma expresa, al tiempo de presentar la correspondiente solicitud, que tipo de discapacidad padecen, que deberá ser acreditado mediante certificación oficial vinculante en el que conste que está en condiciones de cumplir las tareas fundamentales de los puestos de trabajo a lo que aspiran. La certificación habrá de presentada junto con la solicitud de participación. De no ser posible la presentación de dicha certificación dentro del plazo de solicitudes, se deberá aportar la certificación dentro del plazo de subsanación de defectos a que ser refiere al base cuarta.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las CC.AA., ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario o para ejercer funciones similares a las que desempeñaba en el caso de personal laboral en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado, el acceso a la función pública.
f) No hallarse afectado por incapacidad o incompatibilidad alguna, con arreglo a los establecido en los artículos 136.2 y 145 del Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de abril y ley 53/84 de 26 de diciembre, de incompatibilidades.
Todos y cada uno de los requisitos deberán reunirse por los aspirantes con referencia a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo.
TERCERA: SOLICITUDES. 3.1 Presentación de Instancias: Las instancias se presentarán en el plazo de 10 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante {del 22 de Septiembre al 1 de Octubre de 2011, a.i.}, en el Registro General, o en la forma que determina el artº. 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. www.orihuela.es

martes, 13 de septiembre de 2011

3 plazas de profesor de la Orquesta Nacional de España.(Viola, Trompeta y Trombón).

Orden CUL/2415/2011, de 27 de julio, por la que se convocan pruebas selectivas para cubrir plazas de personal laboral fijo de la Administración General del Estado, con la categoría de profesor de la Orquesta Nacional de España.
... convocar proceso selectivo para ingreso como personal laboral fijo de la Administración General del Estado, en el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM) del Ministerio de Cultura, con sujeción a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 3 plazas de la categoría de Profesor de la Orquesta Nacional de España, fuera de Convenio, por el sistema general de oposición.
1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con los ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.
1.3 La descripción de las plazas se detalla en el Anexo II de esta convocatoria.
1.4 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el siguiente calendario:
La fechas de las pruebas de la oposición se harán públicas con el listado provisional de admitidos y excluidos. En el supuesto de modificación de las mismas, se anunciará con una antelación mínima de 10 días. La duración máxima del proceso selectivo será de 6 meses, contados a partir de la fecha de realización de la primera prueba de la oposición.
1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, hasta como máximo el número de plazas convocadas, serán contratados con carácter fijo.
2. Requisitos de los candidatos. 2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes requisitos de participación:
2.1.1 Nacionalidad:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea.
c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar su descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
e) Los extranjeros que, no estando incluidos en los párrafos anteriores, se encuentren con residencia legal en España.
Estarán exentos de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad los incluidos en el apartado a) así como los extranjeros residentes en España incluidos en el apartado b), siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. El resto de los candidatos deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.
2.1.2 Compatibilidad funcional: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.1.3 Capacidad legal: tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores.
2.1.4 Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
2.1.5 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título que se señala en el Anexo II.
2.1.6 Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por resolución judicial firme.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
3. Solicitudes. 3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que se facilitará gratuitamente en el Ministerio de Cultura, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública, en la Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en Internet en la página web www.060.es (Trabajo-Modelo 790).
3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Instituto Nacional de las Artes Escenicas y la Musica, Ministerio de Cultura, sito en Plaza del Rey, 1 28004-Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y se dirigirán a la Subsecretaria del Ministerio de Cultura.{del 14 de Septiembre al 6 de Octubre de 2011, a.i.}
ANEXO II - Descripción de plazas convocadas
Unidad: Orquesta Nacional de España.
Categoría: Profesor de la Orquesta Nacional de España.
Grupo profesional: 1.
Convenio aplicable: Fuera de convenio.
Instrumento - Núm. de plazas - Titulación - Programa/Código de plaza
Viola . - 1 - Titulado Superior de Música . - N.º 1 del Anexo I.
Trompeta . - 1 - Titulado Superior de Música . - N.º 2 del Anexo I.
Trombón .
- 1 - Titulado Superior de Música . - N.º 3 del Anexo I.

viernes, 10 de junio de 2011

4 Profesores de Música: 2 de Piano, 1 de Violín, 1 de Trombón. Cabildo Insular de La Palma (Santa Cruz de Tenerife)

Resolución de 31 de mayo de 2011, del Cabildo Insular de La Palma (Santa Cruz de Tenerife), referente a la convocatoria para proveer varias plazas.
En el «Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife» número 79, de 19 de mayo de 2011, y número 85, de 27 de mayo de 2011, se han publicado íntegramente las bases específicas que han de regir la convocatoria para proveer:
2 plazas de Profesor de Piano, de la plantilla de personal laboral fijo, a cubrir por el sistema de concurso-oposición, en turno libre.
1 plaza de Profesor de Violín, de la plantilla de personal laboral fijo, a cubrir por el sistema de concurso-oposición, en turno libre.
1 plaza de Profesor de Trombón, de la plantilla de personal laboral fijo, a cubrir por el sistema de concurso-oposición, en turno libre. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial del Estado».{del 11 al 30 de junio de 2011, a.i.}
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en el «Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife», tablón de anuncios y potestativamente en la página web de la Corporación. www.cabildodelapalma.es

miércoles, 21 de julio de 2010

Bolsa de Trabajo Profesor de Música, especialidades: Flauta Travesera, Lenguaje Musical, Piano, Percusión, Viola, Violonchelo, Trompa, Trombón. Mutxam

AYUNTAMIENTO DE MUTXAMEL
EDICTO
El Ayuntamiento de Mutxamel convoca pruebas de selección para la constitución de bolsas de trabajo de las siguientes especialidades de Profesor del Conservatorio Municipal de Música:
- Flauta Travesera.
- Lenguaje Musical.
- Piano.
- Percusión.
- Viola.
- Violonchelo.
- Trompa.

- Trombón.
El plazo de presentación de instancias será de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante. {del 22 al 30 de Julio de 2010, a.i.}
Los sucesivos anuncios se publicarán, únicamente, en el Tablón de Anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Mutxamel (http://http://www.mutxamel.org/).
Las Bases que regirán las pruebas de esta convocatoria son las que figuran a continuación:
BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR LAS PRUEBAS DE SELECCIÓN PARA LA CONSTITUCIÓN DE BOLSAS DE TRABAJO DE PROFESORES DE CONSERVATORIO DE MÚSICA DE GRADO PROFESIONAL.
Base primera: objeto y funciones. 1.- El objeto de la convocatoria consiste en crear diversas bolsas de trabajo de Profesores del Conservatorio Municipal de Música, para poner en marcha el primer curso de las enseñanzas musicales de grado profesional, una vez la Conselleria de Educación otorgue la correspondiente autorización.
Igualmente, se utilizarán estas bolsas de trabajo para hacer frente a las necesidades temporales de personal que puedan surgir por ausencias, incapacidades temporales o necesidades urgentes.
2.- Se mantendrán en vigor las bolsas de trabajo en tanto existan aspirantes en la lista correspondiente, o no sea sustituida por otra nueva, en cuyo caso las presentes quedarán anuladas automáticamente.
3.- La contratación a realizar con las personas que demande el Servicio Público se adaptará a las disposiciones legales vigentes en la fecha de la firma del correspondiente contrato de trabajo.
4.- Las retribuciones básicas del puesto de trabajo de Profesor de Música son, por equiparación con el personal funcionario, las señaladas para el Grupo A, Subgrupo A1, con los complementos estipulados en el Catálogo / Relación de Puestos de Trabajo actualmente vigente.
Base segunda. Requisitos. 1.- Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas
los aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes:
a) Tener la nacionalidad española o la de uno de los Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras, en los términos previstos en la Ley estatal que regula esta materia.
b) Tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del título de profesor de música de la especialidad a la que se aspira y que se relacionan en el punto 3 de esta Base.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
2.- Los requisitos exigidos deberán reunirse por las personas interesadas en la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias.
3. Titulaciones válidas para cada una de las especialidades que se indican:
a) Especialidad flauta travesera.
- Título Superior de Música: Flauta Travesera
- Título Superior de Música: Pedagogía de la Flauta Travesera
- Títulos equivalentes a los anteriores a efectos de impartición de las enseñanzas de música en los grados elemental y medio en centros públicos y privados, de conformidad con las determinaciones del Real Decreto 1542/1994, de 8 de julio.
b) Especialidad de lenguaje musical.
- Título Superior de Música: Pedagogía del Lenguaje y la Educación musical.
- Títulos equivalentes a los anteriores a efectos de impartición de las enseñanzas de música en los grados elemental y medio en centros públicos y privados, de conformidad con las determinaciones del Real Decreto 1542/1994, de 8 de julio.
c) Especialidad de piano.
- Título Superior de Música: Piano - Título Superior de Música: Pedagogía del Piano
- Títulos equivalentes a los anteriores a efectos de impartición de las enseñanzas de música en los grados elemental y medio en centros públicos y privados, de conformidad con las determinaciones del Real Decreto 1542/1994, de 8 de julio.
d) Especialidad de percusión.
- Título Superior de Música: percusión - Título Superior de Música: Pedagogía de la Percusión
- Títulos equivalentes a los anteriores a efectos de impartición de las enseñanzas de música en los grados elemental y medio en centros públicos y privados, de conformidad con las determinaciones del Real Decreto 1542/1994, de 8 de julio.
e) Especialidad viola.
- Título Superior de Música: Viola - Título Superior de Música: Pedagogía de la Viola
- Títulos equivalentes a los anteriores a efectos de impartición de las enseñanzas de música en los grados elemental y medio en centros públicos y privados, de conformidad con las determinaciones del Real Decreto 1542/1994, de 8 de julio.
f) Especialidad violonchelo.
- Título Superior de Música: Violonchelo - Título Superior de Música: Pedagogía del Violonchelo
- Títulos equivalentes a los anteriores a efectos de impartición de las enseñanzas de música en los grados elemental y medio en centros públicos y privados, de conformidad con las determinaciones del Real Decreto 1542/1994, de 8 de julio.
g) Especialidad de trompa.
- Título Superior de Música: Trompa - Título Superior de Música: Pedagogía de la Trompa
- Títulos equivalentes a los anteriores a efectos de impartición de las enseñanzas de música en los grados elemental y medio en centros públicos y privados, de conformidad con las determinaciones del Real Decreto 1542/1994, de 8 de julio.
h) Especialidad de trombón.
- Título Superior de Música: Trombón - Título Superior de Música: Pedagogía del Trombón
- Títulos equivalentes a los anteriores a efectos de impartición de las enseñanzas de música en los grados elemental y medio en centros públicos y privados, de conformidad con las determinaciones del Real Decreto 1542/1994, de 8 de julio.