jueves, 27 de noviembre de 2014

45 becas de formación y especialización para el periodo 2015-2016. Instituto Cervantes

1. Objeto. El objeto de la presente resolución es establecer las bases reguladoras para la concesión y convocatoria de cuarenta y cinco (45) becas de formación y especialización para el periodo 2015-2016, en régimen de concurrencia competitiva, y conforme a los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación, para titulados universitarios.
Estas becas tendrán entre otras la finalidad de: formar especialistas en la promoción de la enseñanza, el estudio, el uso de la lengua y de la cultura española e hispanoamericana en el exterior, la adquisición de conocimientos prácticos en sistemas de información, de gestión, de difusión y gestión cultural y la ampliación de la enseñanza, el uso y conocimiento del español.
2. Características de las becas. 1. Las becas que se convocan, se desarrollarán dentro de un programa de formación práctica, en el ámbito de la competencia del Instituto Cervantes que se recogen en el Anejo I.
2. Las becas se desarrollarán en las sedes del Instituto Cervantes de Madrid y/o de Alcalá de Henares (Madrid).
5. Cada una de las becas convocadas supone la formación integral en una materia específica, que implica la realización de estudios y trabajos de formación práctica. Al final del programa de formación, el Instituto Cervantes, a través de la Dirección de Recursos Humanos, proporcionará al interesado, previo informe del director de área mencionado en el artículo 11, un certificado acreditativo de la especialización y formación práctica adquirida a los efectos de su curriculum vitae.
3. Requisitos de los beneficiarios. 1. Podrán ser beneficiarios de las becas previstas en la presente resolución aquellas personas físicas con plena capacidad de obrar, que reúnan las siguientes condiciones:
a) Ser español, o nacional de algún Estado Miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo o, de terceros países, residente legal en España.
b) Dominio del idioma español. Para el caso de candidatos que no tengan la nacionalidad española o de países de habla hispana, deberán poseer el Diploma de Español como Lengua Extranjera (DELE), nivel mínimo C1
c) Estar en posesión o en condiciones de obtener, el último día del plazo de presentación de las becas, el título universitario de graduado, licenciado, ingeniero superior, doctor, o titulaciones equivalentes en las materias y especialidades relacionadas con las becas que se convocan en el momento de la concesión de la beca. Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar homologados o reconocidos y producir plenos efectos jurídicos en la fecha de presentación de la solicitud.
d) Estar en posesión de los títulos académicos y conocimientos que para cada beca se especifican en el Anejo I, así como cumplir los requisitos específicos que se indican en dicho anejo.
e) Haber terminado los estudios conducentes a la obtención del título requerido, en los cinco cursos académicos anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria.
f) No haber disfrutado anteriormente de otra beca de estas características en el Instituto Cervantes, de duración superior a un año.
g) Poseer capacidad funcional para el desempeño de la beca.
h) No estar incursos en alguna de las prohibiciones a que se refiere el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. En el caso de que, durante el periodo de vigencia de la beca concedida, su titular dejase de cumplir alguno de los requisitos señalados, estará obligado a ponerlo en conocimiento del Instituto Cervantes en el plazo de siete días naturales desde que se produzca el hecho causante, causando baja automática en la percepción de la beca.
4. Duración y dotación de las becas.
1. Las becas comenzarán desde la incorporación de los becarios tras la notificación de la resolución de concesión de las mismas, con una duración de 12 (doce) meses naturales, pudiendo ser prorrogadas por otros 12 (doce) meses más, previo informe favorable de la dirección de área, y siempre que exista disponibilidad presupuestaria en el correspondiente ejercicio.
2. La cuantía de estas becas por beneficiario será de 800 (ochocientos) euros mensuales, que se abonarán por meses vencidos, a la que se aplicarán los descuentos y las retenciones legales vigentes, incluidas las cotizaciones a la seguridad social que correspondan.   ...
5. Solicitudes y plazo de presentación. 1. Las solicitudes de las becas se dirigirán a la Dirección de Recursos Humanos del Instituto Cervantes, pudiéndose presentar en el Registro General del dicho organismo (Calle Alcalá, 49; con entrada por calle Barquillo, 4, 28014 Madrid), o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
Las solicitudes se presentarán en el modelo del anexo IIen el plazo máximo de quince días hábiles contados desde el día siguiente al de publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado»{del 28 de noviembre al 17 de diciembre de 2014, a.i.}, acompañadas de la documentación a que se refiere el artículo 5.3. Se presentará una solicitud individualizada por cada una de las becas a las que se presente el candidato.
Se recomienda remitir fax (91-436-77-21) o correo electrónico ( seleccion.sede@cervantes.es ), cuando la documentación no sea entregada en mano en el Registro general del Instituto Cervantes, indicando la fecha de remisión de la solicitud.
2. Asimismo, se admitirá la presentación vía electrónica de las solicitudes, conforme a lo previsto en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.
ANEJO I
Becas convocadas
Vicesecretaría Técnica
01–02–03 Tres becas para el departamento de Contabilidad y Tesorería.
04-05 Dos becas para el departamento de Contratación y Gestión Patrimonial.
06 Una beca para la oficina presupuestaria.
07 Una beca para el Departamento de Informática (Sistemas y Comunicaciones):
08 Una beca para el Departamento de Informática (Aplicaciones):
09-10 Dos becas para el Archivo:
Área Académica:
11 Una Beca para Hispanismo.
12 Una beca para el departamento de Certificación y Acreditación.
13-14 Dos becas para el departamento de Formación de Profesores.
15 Una beca para el departamento de Ordenación y Proyectos Académicos (Unidad de Apoyo a la Gestión de Centros).
16 Una beca para el departamento de Ordenación y Proyectos Académicos / Certificación y Acreditación.
Área de Recursos Humanos.
17 Una beca para el Departamento de Gestión de Personal.
18 Una beca para el Departamento de Relaciones Colectivas.
19 Una beca para el Departamento de selección e inspección.
Área de Cultura:
20 Una beca de documentación y gestión de materiales culturales.
21-22-23 Tres becas de gestión cultural multidisciplinar.
24 Una beca de aplicaciones informáticas y administración.
25 Una beca de Biblioteca y Documentación.
Gabinete de Dirección:
26 Una beca de relaciones institucionales y gestión de actividades.
27 Una beca de relaciones institucionales y gestión de espacios.
28 Una beca de asuntos institucionales y externos.
Área de Comunicación y Promoción:
29-30 Dos becas de Gestión Comercial y Marketing.
31 Una beca para Comercio Electrónico y Márketing de productos y servicios en línea.
32 Una beca de desarrollo de control económico:
33 Una beca de patrocinio.
34 Una beca para edición web y audiencias de Internet.
35 Una beca para producción audiovisual.
36 Una beca para contenidos Web.
37-38 Dos becas para diseño gráfico.
39 Una beca para edición y tecnologías Web.
40-41 Dos becas para archivo y documentación digital.
42 Una beca para para Proyectos Terminológicos.
Asesoría jurídica.
43-44 Dos becas para el Departamento de Convenios y Relaciones Internacionales.
Secretaría General.

45 Una beca para la Secretaría General.

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