martes, 7 de abril de 2015

135 plazas de profesores en Secciones bilingües de español en centros educativos de Bulgaria, China, Eslovaquia, Hungría, Polonia, República Checa, Rumanía, Rusia y Turquía para el curso 2015-2016.

1. Plazas. 1.1 Se convoca, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y de la Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril (BOE de 12 de mayo), un máximo de 135 plazas de profesores para impartir lengua y cultura españolas, y otras áreas en español, en las secciones bilingües de español de Bulgaria, China, Eslovaquia, Hungría, Polonia, República Checa, Rumanía, Rusia y Turquía, según la distribución establecida en el anexo I de esta convocatoria. El número de plazas podrá sufrir variaciones en función de la planificación del curso escolar que realicen los respectivos centros educativos. Los profesores actualmente destinados en las plazas convocadas por Resolución de 19 de marzo de 2014 (BOE del 31) que quieran renovar su participación en el Programa, en el mismo centro de destino, deberán solicitarla de acuerdo con los requisitos establecidos en el apartado 2. 
1.2 Los candidatos seleccionados serán contratados como profesores en las Secciones bilingües por las autoridades educativas de los respectivos países e impartirán las enseñanzas correspondientes a la plaza adjudicada durante un curso académico completo, que comenzará el 1 de septiembre de 2015 y concluirá el 31 de agosto de 2016.
2. Requisitos. 2.1 Los candidatos de nueva incorporación deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Tener nacionalidad española. 
b) No padecer enfermedad que imposibilite el ejercicio de la docencia. 
c) Poseer la titulación requerida en la descripción de las plazas que se relacionan en el anexo I con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. 
d) Estar en posesión del Certificado de Aptitud Pedagógica o del título de Máster que habilita para el ejercicio de la función docente, o equivalente, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. 
e) Estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. 
f) No haber sido seleccionado como profesor de alguna de las secciones bilingües de los países mencionados, y ocupado la plaza adjudicada, en seis o más convocatorias, consecutivas o no. 
2.2 Los candidatos que estén ocupando una plaza de profesor en este programa en el curso 2014-2015 podrán solicitar la renovación de dicha plaza únicamente en la misma Sección bilingüe donde ejercen. Para la renovación de la plaza se deberán cumplir, además de los requisitos descritos en los apartados a), b) c) e) y f) del párrafo anterior, los siguientes requisitos adicionales: Contar con la conformidad del centro de destino. Contar con el informe favorable del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. No obstante, en el caso de supresión de una sección bilingüe, y siempre que las autoridades del país lo permitan, el profesor que no haya agotado los seis años del programa podrá solicitar la renovación de la plaza en otra sección bilingüe del país. 
3. Méritos. Se tendrán en cuenta, preferentemente: 
La experiencia docente, en enseñanza reglada, en España y en el exterior, en los niveles y áreas a los que se refieren las plazas convocadas. 
La participación en actividades de formación del profesorado. 
La participación en actividades de formación del profesorado relativas a la enseñanza del español como lengua extranjera. 
Igualmente, serán tenidos en cuenta los siguientes: 
El conocimiento de idiomas. 
La participación en programas o proyectos relacionados con el ámbito educativo (Programa de Profesores Visitantes en Estados Unidos y Canadá, Programa de Auxiliares de Conversación en centros educativos, Lectorados, Programas de intercambio, etc.). 
El expediente académico. 
Otros títulos académicos, diferentes al alegado para concurrir. 
La motivación y conocimiento del programa de secciones bilingües. 
Sólo se tendrán en cuenta aquellos méritos alegados, y debidamente justificados, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. 
4. Solicitudes. 4.1 Forma y plazo de presentación de solicitudes. 4.1.1 De acuerdo con lo establecido en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, los candidatos inscribirán sus solicitudes en la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a través de la aplicación Profex, accesible desde http://www.mecd.gob.es/educacion-mecd/areaseducacion/actividad-internacional.html
4.1.2 Con antelación a la inscripción de la solicitud, los solicitantes deberán haberse registrado y cumplimentado su currículum en dicha aplicación, adjuntando a dicho currículum la documentación acreditativa de requisitos y méritos, de acuerdo con lo previsto en el apartado 5. 
4.1.3 Para elegir destino, los solicitantes podrán indicar en su solicitud tantos países como deseen, por orden de preferencia, siempre que cumplan los requisitos de titulación de los mismos, según la relación que se especifica en el anexo I de esta convocatoria. 
4.1.4 Los solicitantes que dispongan de certificado reconocido de firma electrónica, según lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, podrán inscribir y registrar su solicitud a través de la aplicación Profex, sin necesidad de aportarla en formato papel. 
4.1.5 Los solicitantes que no dispongan de certificado de firma electrónica deberán inscribir su solicitud a través de la aplicación Profex, imprimir y firmar el documento de solicitud que genera Profex en formato PDF, y presentarlo en el Registro General del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, calle Los Madrazo, 17, 28071 Madrid; en el Registro Auxiliar del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, paseo del Prado, 28, 28071 Madrid; en los registros de las Consejerías de Educación de las Comunidades Autónomas; en las representaciones Diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero o en cualquiera de las dependencias previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los solicitantes que opten por presentar su solicitud en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto, para que pueda ser fechada y sellada antes de ser certificada, a fin de acreditar la presentación dentro del plazo. 
4.2 El plazo para cumplimentar y presentar la solicitud será de 15 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado.{del 8 al 22 de abril de 2015, a.i.} De conformidad con la Ley 11/2007, de 22 de junio, el registro electrónico se regirá, a efectos de cómputo de este plazo, por la fecha y hora oficial de la sede electrónica de acceso.

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