martes, 7 de abril de 2015

Aula Mentor: 30 ayudas a entidades locales territoriales y entidades públicas dependientes de las entidades locales territoriales para el mantenimiento de aulas de formación abierta, flexible y a distancia mediante tecnologías de la información y la comunicación a través de Aula Mentor.

1. Objeto y ámbito de aplicación. El objeto de esta convocatoria es financiar ayudas en régimen de concurrencia competitiva a entidades locales territoriales y entidades públicas dependientes de las entidades locales territoriales, para el mantenimiento, en su ámbito territorial de actuación, de un aula Mentor destinada a la formación abierta, flexible y a través de Internet para personas adultas. 
Estas ayudas están especialmente dirigidas a aquellas iniciativas que promuevan las políticas de igualdad, no discriminación y accesibilidad universal en el ámbito de la formación de personas adultas, funciones atribuidas a la Subdirección General de Aprendizaje a lo largo de la vida en el artículo 7.2 b) del Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, modificado por Real Decreto 87/2013, de 8 de febrero. Al respecto, se tendrán igualmente en consideración aquellos proyectos destinados a la población del medio rural, en especial en aquellas zonas o territorios donde más negativamente influye la despoblación y el envejecimiento de la población, donde las comunicaciones presentan más problemas y el acceso es más difícil y donde se prestan y reciben con más dificultad los diferentes servicios (educación, salud, etcétera). 
El número máximo de ayudas concedidas a cargo de esta convocatoria será de treinta. 
2. Cuantía de las ayudas Para el logro de la finalidad señalada se dispone,... de una dotación de 120.420,00 € que se distribuirán en 30 módulos de 4.014,00 € euros cada uno. 
3. Beneficiarios y requisitos 3.1 Podrán solicitar estas ayudas las entidades locales a las que se refiere el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, así como las entidades locales de ámbito territorial inferior al municipal instituidas o reconocidas por las comunidades autónomas y las entidades públicas dependientes de las entidades locales territoriales. Todas ellas deberán tener operativa un Aula Mentor. La selección será efectuada en régimen de concurrencia competitiva. 
3.2 Las entidades beneficiarias deberán contar con un local debidamente habilitado para la asistencia del alumnado, equipado con la infraestructura informática necesaria para la formación y deberán mantener al frente el correspondiente administrador de Aula Mentor. Los requerimientos de equipo y la experiencia y conocimientos del administrador de aula se especifican en el Anexo I
4. Plazo de presentación, solicitud de participación, subsanaciones, notificaciones, procedimiento y documentación 4.1 Quienes, reuniendo las condiciones exigidas (entidades locales territoriales y entidades públicas dependientes de las entidades locales territoriales), deseen acceder a esta convocatoria deberán presentar su solicitud mediante el formulario de inscripción que será accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte https://sede.educacion.gob.es, sección «Trámites y Servicios». 
4.3 El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 8 al 27 de abril de 2015, a.i.}

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