miércoles, 13 de mayo de 2015

1 Especialista en Psicología Clínica, Instituto Alicantino de la Familia, Organismo Autónomo de la Excma. Diputación Provincial de Alicante.

....  UN ESPECIALISTA EN PSICOLOGÍA CLÍNICA, en régimen de contratación laboral temporal, con arreglo a las siguientes:
BASES PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de esta convocatoria la contratación laboral temporal, conforme a las modalidades previstas en el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, de un ESPECIALISTA EN PSICOLOGÍA CLÍNICA, para que preste sus servicios en el Instituto Alicantino de la Familia, Organismo Autónomo de la Excma. Diputación Provincial de Alicante. 
La presente contratación tiene su fundamento y justificación en la declaración de sectores prioritarios, en virtud del art. 21 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado, al señalarse ésta como una de áreas consideradas prioritarias por afectar a servicios públicos esenciales. 
Las retribuciones se adecuarán a lo previsto en el Estatuto de los Trabajadores y en el vigente convenio Colectivo. 
Todos los aspirantes que aprueben el ejercicio teórico-práctico, entrarán a formar parte de una bolsa de empleo, cuya vigencia máxima será de dos años.
Los cometidos del puesto consistirán en ejecutar y gestionar los servicios asistenciales propios de su ámbito de actuación como psicólogo clínico, concretamente los que resulten necesarios para la práctica de terapias individuales, grupales y familiares, y en particular los dirigidos a evaluar, diagnosticar y tratar las disfunciones familiares. 
SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. I.- Para poder participar en estas pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: 
a) Tener la nacionalidad española. También podrán acceder como personal laboral temporal, en igualdad de condiciones que los españoles, a los empleos públicos: 
a.1) Los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o nacionales de aquellos Estados, a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. 
a.2) El cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Todos estos aspirantes deberán acompañar a su solicitud la documentación que acredite las condiciones que se alegan. 
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. El Instituto Alicantino de la Familia se reserva el derecho a someter a los aspirantes a cuantas pruebas considere pertinentes para evaluar el cumplimiento de este requisito. 
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público. 
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. 
e) Estar en posesión del título de Especialista en Psicología Clínica, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. 
TERCERA.- SOLICITUDES. I.- Quienes deseen tomar parte en este procedimiento, lo solicitarán en instancia dirigida a la Ilma. Sra. Presidenta del Instituto Alicantino de la Familia, en la que deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones o requisitos exigidos en la Base Segunda, adjuntando a la instancia fotocopia del Documento Nacional de Identidad, y curriculum vitae. El modelo de instancia se facilitará en las dependencias del Instituto, y a través de la página web del mismo (www.iafalicante.es).
III.- El plazo de presentación de instancias será de diez días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el B.O.P. {del 13 al 22 de mayo de 2015, a.i.}
Las instancias y documentación oportunas se presentarán en horas hábiles, de lunes a viernes, en el Registro General del Instituto Alicantino de la Familia, sito en la calle Ramón de Campoamor número 25, de Sant Joan d’Alacant (Alicante), 

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