miércoles, 6 de mayo de 2015

pruebas para la obtención de los certificados de aptitud de auditores de seguridad viaria de la Red de Carreteras del Estado.

Primera. Convocatoria. Se convoca a los aspirantes que deseen presentarse a las pruebas de aptitud de auditores de seguridad viaria conforme a lo dispuesto en la Orden FOM/1649/2012, de 19 de julio, por la que se regula el procedimiento de acreditación y certificación de aptitud de auditores de seguridad viaria de la Red de Carreteras del Estado.
Los aspirantes para la obtención del certificado de aptitud podrán optar entre examinarse en alguna de las dos siguientes especialidades o en ambas:
a) Auditor de seguridad viaria en las fases de anteproyecto y proyecto.
b) Auditor de seguridad viaria en las fases previa a la puesta en servicio e inicial en servicio.
Segunda. Requisitos. Los aspirantes deberán acreditar los siguientes requisitos para ser admitidos:
1. Tener una titulación universitaria oficial que otorgue competencias para la redacción de proyectos de carreteras y formación específica en materia de seguridad viaria y análisis de accidentes o, alternativamente, tener cinco años de experiencia específica relevante en ingeniería de diseño de carreteras, ingeniería de la seguridad viaria y análisis de accidentes.
2. Haber realizado con aprovechamiento dentro de los dos años naturales previos a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» el programa de formación inicial de auditores de seguridad viaria de la Red de Carreteras del Estado establecido por la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento en la especialidad o especialidades en las que el aspirante pretenda examinarse.
Tercera. Presentación de solicitudes y admisión a las pruebas de aptitud. Los aspirantes deberán presentar una solicitud de admisión a las pruebas de aptitud conforme al anexo 1 de esta convocatoria, especificando la especialidad o especialidades en que desean obtener la certificación, junto con copia del resguardo de ingreso mediante autoliquidación de la tasa a la que se refiere la base cuarta, validado mecánicamente por la entidad financiera colaboradora, o comprobante bancario de haberla satisfecho en el caso de solicitudes presentadas en el extranjero.
Asimismo deberá adjuntarse a la solicitud la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos indicados en la base segunda de esta convocatoria. A este último respecto se aceptarán, bien fotocopias autentificadas de los títulos y certificados correspondientes, o bien fotocopias de los mismos sin autenticar junto con la declaración jurada del anexo 2.
Las solicitudes deberán presentarse directamente en el Registro General del Ministerio de Fomento o en los lugares indicados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y finalizará el 8 de mayo de 2015.
Una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes se publicará una relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos a través de la página web del Ministerio de Fomento:
Los aspirantes excluidos, así como los que no figuren o figuren con algún dato erróneo en la relación de admitidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la exposición de tal resolución en la página web del Ministerio de Fomento, para subsanar el defecto observado.
Una vez finalizado el plazo para subsanar defectos, se publicará la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos en la página web del Ministerio de Fomento.

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