lunes, 11 de mayo de 2015

1 beca de formación en biblioteconomía y documentación relacionada con los fondos bibliográficos del Tribunal Constitucional.

Objeto y condiciones. 1. La beca tiene por objeto la formación teórico-práctica en tareas relacionadas con el estudio y tratamiento bibliográfico de las monografías y las publicaciones periódicas de la biblioteca del Tribunal Constitucional. Los estudios y trabajos realizados quedarán en propiedad del Tribunal.
2. Se convoca una beca, que tendrá una duración de doce meses. La beca podrá ser prorrogada, si fuera conveniente para el programa de formación y previa aceptación del interesado, por un máximo de doce meses, con arreglo a las disponibilidades presupuestarias. Quienes anteriormente hayan disfrutado de una beca en el Tribunal Constitucional con el mismo objeto de la presente convocatoria no podrán solicitarla nuevamente, salvo que por razones no imputables a ellos solo hubieran podido disfrutar de dicha beca por plazo inferior a seis meses.
3. La persona beneficiaria de la beca contará con el asesoramiento, orientación y dirección del Letrado Jefe del Servicio de Biblioteca y Documentación del Tribunal, quien definirá las tareas a realizar conforme con el correspondiente plan de formación.
4. El disfrute de esta beca no supondrá vinculación laboral o funcionarial alguna entre el becario y el Tribunal Constitucional.
Dotación de la beca. La dotación de la beca será de 1.100 euros brutos mensuales. El importe de la beca se abonará al término de cada mes. El Tribunal Constitucional asegurará la cobertura para el becario por el tiempo de duración de la beca, en los términos previstos por la legislación vigente en materia de Seguridad Social.
Requisitos de los beneficiarios. 1. Para optar a esta beca se deberán reunir las condiciones siguientes:
a) Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos: Licenciado o Graduado en Biblioteconomía y Documentación o un título de otro país que acredite una formación equivalente.
b) Haber finalizado los estudios para la obtención del título universitario con posterioridad al 1 de enero de 2010.
c) No padecer enfermedad ni defecto físico que impidan la realización efectiva de las prácticas ni haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado o de cualquier entidad de carácter público.
2. Serán méritos preferentes a valorar:
a) Tener un buen expediente académico.
b) Formación específica en materia de biblioteconomía y documentación, adicional a la requerida para la obtención del grado; así como, en su caso, formación en materias jurídicas.
c) Experiencia en tareas bibliotecarias y documentales, desarrollada en instituciones o entidades mediante relación contractual o de colaboración. Se exceptúan a estos efectos las prácticas curriculares conducentes a la obtención de un título académico oficial.
d) Conocimientos de informática: Aplicaciones de sistemas de bases de datos relacionales y documentales. Aplicaciones ofimáticas. Digitalización y tratamiento de imágenes.
e) Idiomas alemán, inglés o francés.
Requisitos de las solicitudes. 1. Las solicitudes se ajustarán al modelo que se publica como anexo 1 al presente acuerdo que estará disponible en la dirección web www.tribunalconstitucional.es  y deberán dirigirse al Presidente del Tribunal Constitucional. Dichas solicitudes podrán presentarse en el Registro General del Tribunal Constitucional, calle Domenico Scarlatti, 6, 28003 Madrid, ...
Plazo de presentación. 1. El plazo de presentación de las instancias será de un mes a partir del día siguiente a la publicación de este acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado».{del 12 de mayo al 11 de junio de 2015, a.i.}

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