jueves, 4 de junio de 2015

subvenciones a favor de entidades locales de la provincia de Alicante (de población inferior a 20.000 habitantes) para la realización y mejora de infraestructuras hidráulicas de abastecimiento y para la redacción de planes de eficiencia hídrica

Primero.- Aprobar la Convocatoria para la concesión de subvenciones a favor de entidades locales de la provincia de Alicante para la realización y mejora de infraestructuras hidráulicas de abastecimiento y para la redacción de planes de eficiencia hídrica, con una cuantía total máxima de 1.150.000,00 euros.
“BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A FAVOR DE ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA DE ALICANTE PARA LA REALIZACIÓN Y MEJORA DE INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS DE ABASTECIMIENTO Y PARA LA REDACCIÓN DE PLANES DE EFICIENCIA HÍDRICA
Primera.- Actividades objeto de subvención. Las presentes Bases tienen por objeto regular los procedimientos, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de subvenciones para:
- Procedimiento 1: la construcción de infraestructuras hidráulicas municipales de abastecimiento, en el ejercicio de las competencias que le confieren los artículos 31 y 36 en relación con los artículos 25 y 26 todos ellos de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
- Procedimiento 2: la redacción de planes de eficiencia hídrica.
Respecto del procedimiento 1, la actividad objeto de la subvención se refiere al primer establecimiento, reforma o gran reparación de infraestructuras hidráulicas de abastecimiento de agua potable de competencia local que estén contempladas en el plan de eficiencia hídrica del municipio, que también será objeto de subvención en el caso de las entidades locales con gestión directa del Servicio de aguas cuando lo redacte lo propia Diputación.
Como al tiempo de presentación de la solicitud puede no estar redactado el citado plan, en el caso de entidades locales con gestión directa del servicio de agua potable, como orientación de inversiones en principio rentables y/o legalmente necesarias, la Diputación facilitará a estas entidades la relación de actuaciones contempladas en las propuestas de mejora de la segunda fase del “Programa de optimización de las infraestructuras hidráulicas municipales en baja” elaborado por la Institución provincial.
No obstante, una vez redactados los correspondientes planes de eficiencia hídrica, la solicitud podrá ser reformulada si de dichos planes se evidenciara la existencia de actuaciones más eficientes.
También podrán ser objeto de la convocatoria actuaciones de abastecimiento en alta especialmente urgentes debido al actual período seco.    ...
Respecto al procedimiento 2, la Diputación Provincial de Alicante asumirá la redacción y elaboración de los planes municipales de eficiencia hídrica en aquellas entidades locales con gestión directa del Servicio de aguas.
Así, en cuanto a la elaboración de los planes de eficiencia hídrica municipales, excepto que tales documentos ya estuviesen redactados, su redacción corresponderá a las entidades locales en el caso de que éstas contasen con gestión indirecta del servicio de aguas. En las restantes entidades locales, la redacción corresponderá a la Diputación Provincial y su coste será subvencionado íntegramente con cargo a la aplicación 29.1611.4625200 del Presupuesto Provincial del ejercicio 2015.   ...
Segunda.- Plazo de la convocatoria. Para el procedimiento 1 (la construcción de infraestructuras hidráulicas municipales de abastecimiento), la presente convocatoria es de carácter cerrado. El plazo para la presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de sus Bases en el Boletín Oficial de la Provincia y se extenderá hasta el 30 de noviembre de 2015.
Para el procedimiento 2 (la redacción de planes de eficiencia hídrica), la presente convocatoria tiene carácter abierto. El plazo para la presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de sus Bases en el Boletín Oficial de la Provincia y se extenderá hasta el 15 de octubre de 2015.
Por lo tanto, en el caso de entidades locales con gestión indirecta del servicio de agua potable o de entidades locales con gestión directa que excepcionalmente soliciten redactar ellas mismas los planes de eficiencia hídrica, el plazo de presentación de solicitudes finalizará el 30 de noviembre de 2015; mientras que en los demás casos (entidades locales con gestión directa para las que la Diputación Provincial de Alicante redacte los planes de eficiencia hídrica), el plazo de presentación de solicitudes finalizará el 15 de octubre de 2015.

Tercera.- Entidades beneficiarias. Los municipios, mancomunidades de municipios (artículo 3.1, apartado a) y 3.2, apartado c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril) y entidades de ámbito territorial inferior al municipio de la provincia de Alicante, de población inferior a 20.000 habitantes o, en su caso, constituidas por municipios de población inferior a 20.000 habitantes.

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