jueves, 2 de julio de 2015

2 becas de formación práctica para titulados universitarios en materia de economía y comercialización pesquera.

1. Objeto, finalidad de las becas. El objeto de la presente orden es convocar, en régimen de concurrencia competitiva, dos becas de formación y perfeccionamiento técnico-profesional en el ámbito de las competencias que ejerce la Subdirección General de Economía Pesquera, de la Dirección General de Ordenación Pesquera, para titulados universitarios en el área de organización del mercado de productos de la pesca y cultivos marinos. 
La finalidad de las becas es la que se recoge en el artículo 2 de la Orden AAA/54/2015, de 16 de enero, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 23, del 27.
2. Financiación. ... La cuantía total máxima estimada se establece en 12.018,90 euros para el ejercicio 2015 y en 16.626,46 euros para el ejercicio 2016. Lo que hace un total de 28.645,36 euros. 
La cuantía íntegra destinada a cada beca es de 13.404 euros anuales, pagadera en doce mensualidades, a razón de 1.117,00 euros mensuales, a la que se le aplicarán los descuentos y retenciones que procedan de acuerdo con las disposiciones vigentes.
3. Requisitos de los candidatos y forma de acreditarlos. 1. Podrán ser beneficiarios de las becas previstas en la presente orden aquellas personas físicas con plena capacidad de obrar que reúnan las siguientes condiciones: 
a) Ser español o ciudadano de algún Estado miembro de la Unión Europea o de terceros países, residente en España. 
b) Dominio del idioma español. Sólo requerirá de prueba documental en los casos en que se trate de candidatos no españoles y que residan en España por un periodo inferior a dos años. 
c) Estar en posesión del título de licenciado o grado en Administración y Dirección de Empresas, Economía y Finanzas, Estudios Internacionales de Economía y Empresa, Economía, Administración de Empresas, Ciencias Empresariales, Ciencias Económicas y Empresariales, Derecho, o Gestión y Administración Pública; obtenido en los cuatro años anteriores a la publicación de la convocatoria, o en condiciones de obtenerlo antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes. Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar homologados o reconocidos y producir plenos efectos jurídicos en la fecha de presentación de la solicitud.
d) No haber cumplido veintiocho años el día de publicación de la convocatoria. 
e) Conocimiento de inglés. Se valorarán otros idiomas. 
f) Conocimiento informático nivel avanzado de paquete office. 
g) No estar incurso en alguna de las prohibiciones a que se refiere el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 
2. El cumplimiento de los requisitos lo acreditarán aportando con la solicitud los siguientes documentos: 
a) Fotocopia compulsada del título oficial de licenciado universitario o grado, salvo autorización al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para llevar a cabo la comprobación de títulos académicos mediante el servicio de consulta de datos de titulaciones. 
b) Fotocopia compulsada de la certificación de las calificaciones obtenidas durante la carrera universitaria y en la que conste la fecha en que se obtuvieron. 
c) Currículum vítae del solicitante, según modelo que figura en el Anexo II de la presente Orden de convocatoria, adjuntando fotocopia compulsada de los documentos acreditativos de los méritos alegados.
5. Presentación de solicitudes. Las solicitudes deberán dirigirse a la Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. 
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación de la presente convocatoria, según establece el artículo 6 de la Orden AAA/54/2015, de 16 de enero, de bases reguladoras.{del 3 al 20 de julio de 2015, a.i.}

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