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sábado, 14 de octubre de 2017

2 Becas de Formación en Gestión de Tesorería de las Administraciones Locales, pra 2018. Diputació d'Alacant.

BDNS(Identif.):365030
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index"):
Primero. Beneficiarios: La beca se adjudicará mediante concurso entre los diversos aspirantes a la misma, que reúnan los siguientes requisitos y los acrediten documentalmente:
a)
Ser español y residir en territorio de la provincia de Alicante.
b) Haber finalizado la licenciatura o grado en Ciencias Económicas y Empresariales, Licenciado en Ciencias Políticas y Económicas (sección economía), en Ciencias Políticas, Económicas y Comerciales (sección económicas y comerciales), en Ciencias Económicas y Comerciales, en Ciencias Económicas y Empresariales, en Economía, en Administración y Dirección de Empresas, en Ciencias Actuariales y Financieras y en Investigación y Técnicas de Mercado, sin que haya transcurrido en ningún caso más de 3 años desde la finalización de la licenciatura o grado.
Segundo. Finalidad:
La formación en la gestión de tesorería de las entidades locales.
Tercero. Bases reguladoras: Bases por la que se habrá de regir la convocatoria para la concesión de dos becas de formación en Gestión de Tesorería de las Entidades Locales para 2018. 
Cuarto. Importe:
El gasto mensual total que supone a la Corporación, cada beca, será de 800,00€ importe bruto que incluye el total de los gastos de Seguridad Social que se derivan de la aplicación del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, así como la retención de IRPF que corresponda.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Las solicitudes serán dirigidas a la Diputación Provincial de Alicante, y se presentarán en el Registro General en la C/Tucumán, 8 – 03005 Alicante, en plazo hábil, de lunes a viernes, desde las 9 a las 14 horas. Además podrán presentarse por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
a) El modelo de solicitud podrá descargarse de la página web de la Diputación Provincial de Alicante o recogerse en la Diputación Provincial de Alicante, en el Departamento de Tesorería o en el Registro General.
b) El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia [Alacant Nº 196 de 13/10/2017]. Si el último día fuera inhábil, se entenderá que el plazo expira el primer día hábil siguiente. {del 14 de octubre al 6 de noviembre de 2017, a.i.}
c) Las solicitudes deberán acompañarse de la siguiente documentación:
c.1) Certificación académica personal o documento sustitutivo que acredite haber alcanzado la titulación correspondiente, con las calificaciones obtenidas, nota media obtenida, convocatoria y curso.
c.2) Formación complementaria que tenga relación directa con los cometidos y tareas que se desempeñan en el Departamento de Tesorería.
c.3) Otras titulaciones.
c.4) Curriculum Vitae.
c.5) Certificado de empadronamiento.
c.6) Fotocopia del D.N.I. y número de teléfono.
c.7) Toda la documentación que juzgue pertinente adjuntar como mérito personal. En caso de trabajos realizados o publicados se deberá adjuntar una copia de ellos.
d) Toda la documentación deberá presentarse en documentos originales o en fotocopias debidamente compulsadas. La documentación que no cumpla estos requisitos no será tenida en cuenta a la hora de baremar el expediente personal del solicitante.
Sexto. Otros datos:  El número de becas a conceder será de dos, y su duración será de seis meses prorrogable por otros seis. Las becas comprenderán el período del 1 de enero hasta el 30 de junio, pudiendo ser prorrogado por otro período máximo de seis meses más desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre previa solicitud del beneficiario .
En el caso de que el proceso de selección impidiese el inicio en las fechas indicadas, el primer periodo de seis meses se reducirá en el tiempo que se retrase el inicio de la beca.

lunes, 27 de febrero de 2017

1 Beca de Formación en Gestión de Tesorería de las EE.LL. para 2017, en la Tesorería de la Diputación de Alicante.

BDNS(Identif.):333428 
De conformidad con lo previsto en los artículos 17. 3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ): 
Primero. Beneficiarios: La beca se adjudicará mediante concurso entre los diversos aspirantes a la misma, que reúnan los siguientes requisitos y los acrediten documentalmente: 
a) Ser español y residir en territorio de la provin cia de Alicante.  
b) Haber finalizado la licenciatura o grado en Cien cias Económicas y Empresariales, Licenciado en Ciencias Políticas y Económicas (sección economía), en Ciencias Políticas, Económicas y Comerciales (sección económicas y comerciales), en Ciencias Económicas y Comerciales, en Ciencias Económicas y Empresariales, en Economía, en Administración y Dirección de Empresas, en Cienc ias Actuariales y Financieras y en Investigación y Técnicas de Mercado, sin que hay a transcurrido en ningún caso más de 3 años desde la finalización de la licenciatura o grado. 
Segundo. Finalidad: La formación en la gestión de tesorería de las entidades locales.
Tercero. Bases reguladoras: Bases por la que se habrá de regir la convocatoria para la concesión de una beca de formación en Gestión de Tesorería de las Entidades Locales para 2017. 
Cuarto. Importe: El gasto mensual total que supone a la Corporación de la beca, será de 800,00 €, importe bruto que incluye el total de los gastos de Seguridad Social que se derivan de la aplicación del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, así como la retención de IRPF que corresponda.
 Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Las solicitudes serán dirigidas a la Diputación Provincial de Alicante, y se presentarán en el Registro General en la C/Tucumán, 8 – 03005 Alicante, en plazo hábil, de lunes a viernes, desde las 9 a las 14 horas.
Además podrán presentarse por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2 015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
a) El modelo de solicitud podrá descargarse de la página web de la Diputación Provincial de Alicante o recogerse en la Diputación Provincial de Alicante, en el Departamento de Tesorería o en el Registro General.  
b) El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia [Nº 40 de 27/02/2017]. Si el último día fuera inhábil, se entenderá que el plazo expira el primer día hábil siguiente. {del 28 de febrero al 20 de marzo de 2017, a.i. }
c) Las solicitudes deberán acompañarse de la siguiente documentación:
c.1) Certificación académica personal o documento sustitutivo que acredite haber alcanzado la titulación correspondiente, con las calificaciones obtenidas, nota media obtenida, convocatoria y curso. 
c.2) Formación complementaria que tenga relación directa con los cometidos y tareas que se desempeñan en el Departamento de Tesorería.
c.3) Otras titulaciones.
c.4) Curriculum Vitae.
c.5) Certificado de empadronamiento.  
c.6) Fotocopia del D.N.I. y número de teléfono.  
c.7) Toda la documentación que juzgue pertinente ad juntar como mérito personal. En caso de trabajos realizados o publicados se deberá adjuntar una copia de ellos. 
 d) Toda la documentación deberá presentarse en docu mentos originales o en fotocopias debidamente compulsadas. La documentación que no cumpla estos requisitos no será tenida en cuenta a la hora de ba remar el expediente personal del solicitante. Sexto. Otros datos: El número de becas a conceder será de una, y su duración será de seis meses prorrogable por tres meses más. La beca comprenderá el período de 1 de abril hasta el 30 de septiembre, pudiendo ser prorrogado por ot ro período de tres meses, del 1 de octubre al 31 de diciembre del año en curso. En el caso de que el proceso de selecci ón impidiese el inicio en las fechas indicadas, el primer periodo de seis meses se reduc irá en el tiempo que se retrase el inicio de la beca

martes, 6 de septiembre de 2016

1 Beca de Formación en Gestión de Tesorería de las Entidades Locales para el Departamento de Tesorería. Diputacio d'Alacant.


Extracto del Acuerdo de 3 de febrero de 2016 de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Alicante por la que se convoca la segunda beca de Formación en Gestión de Tesoería de las Entidades Locales para el Departamento de Tesorería, según Convenio de Colaboración de la Excma. Diputación de Alicante y el Ilustre Colegio Oficial de Economistas de Alicante.
BDNS(Identif.):301143
Extracto del Acuerdo de 3 de febrero de 2016 de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Alicante por la que se convoca la segunda beca de Formación en Gestión de Tesorería de las Entidades Locales para el Departamento de Tesorería, según Convenio de Colaboración de la Excma. Diputación de Alicante y el Ilustre Colegio Oficial de Economistas de Alicante.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios: La beca objeto del presente Convenio se adjudicará mediante concurso entre los diversos aspirantes a la misma, que reúnan los siguientes requisitos y los acrediten documentalmente:
a) Ser español y residir en territorio de la provincia de Alicante.
b) Haber finalizado la licenciatura o grado en Ciencias Económicas y Empresariales o en cualquiera de las titulaciones indicadas en el artículo 9º del Estatuto Particular del Colegio de Economistas de Alicante como máximo, dentro de los tres cursos académicos inmediatamente anteriores al de la Convocatoria de la Beca.           
Segundo. Finalidad: Es objeto de este Convenio, la colaboración de la Excma. Diputación Provincial con el Colegio de Economistas para fomentar un programa común para la promoción y apoyo a los jóvenes licenciados y graduados en Ciencias Económicas y Empresariales o en cualquiera de las titulaciones indicadas en el artículo 9º del Estatuto Particular del Colegio de Economistas de Alicante, a fin de que tales titulados universitarios completen y perfeccionen su formación teórica mediante la realización de prácticas profesionales en las tareas de Gestión de Tesorería de las Entidades Locales.
Tercero. Bases reguladoras: Convenio de Colaboración de la Excma. Diputación de Alicante y el Ilustre Colegio Oficial de Economistas de Alicante, publicado en la Sede Electrónica de la Excma.  Diputación Provincial de Alicante (http://sede.diputacionalicante.es/becas-deformacion-en-gestion-de-tesoreria-de-las-entidades-locales ), y Bases Específicas incluidas en la convocatoria
Cuarto. Importe:  Se concederá una beca, su duración será de seis meses, prorrogables por otros seis meses.
El gasto mensual total que supone a la Corporación, será de 800,00 € que incluye la Seguridad Social a cargo de la Diputación de Alicante, derivado de la aplicación del Real Decreto 1493/2011 de 24 de octubre.
El beneficiario percibirá directamente por meses vencidos el importe mensual anterior, descontada la Seguridad Social a cargo de la Corporación.
Además, serán de aplicación los descuentos correspondientes al IRPF y a la Seguridad Social a cargo del becario.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Las solicitudes serán dirigidas a la Diputación Provincial de Alicante, y se presentarán en el Registro General en la C/Tucumán, 8 - 03005 Alicante, en plazo hábil, de lunes a viernes, desde las 9 a las 14 horas. El modelo de solicitud podrá recogerse tanto en la Diputación Provincial de Alicante, en el Departamento de Tesorería o en el Registro General, así como en la propia sede del Colegio.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Si el último día fuera inhábil, se entenderá que el plazo expira el primer día hábil siguiente.{del 2 al 19 de septiembre de 2016, a.i.}

sábado, 13 de febrero de 2016

1 Beca de Formación en Gestión de Tesorería de las Entidades Locales para el Departamento de Tesorería de la Excma. Diputación Provincial de Alicante

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios: La beca objeto del presente Convenio se adjudicará mediante concurso entre los diversos aspirantes a la misma, que reúnan los siguientes requisitos y los acrediten documentalmente:
a) Ser español y residir en territorio de la provincia de Alicante.
b) Haber finalizado la licenciatura o grado en Ciencias Económicas y Empresariales o en cualquiera de las titulaciones indicadas en el artículo 9º del Estatuto Particular del Colegio de Economistas de Alicante como máximo, dentro de los tres cursos académicos inmediatamente anteriores al de la Convocatoria de la Beca.
Segundo. Finalidad: Es objeto de este Convenio, la colaboración de la Excma. Diputación Provincial con el Colegio de Economistas para fomentar un programa común para la promoción y apoyo a los jóvenes licenciados y graduados en Ciencias Económicas y Empresariales o en cualquiera de las titulaciones indicadas en el artículo 9º del Estatuto Particular del Colegio de Economistas de Alicante, a fin de que tales titulados universitarios completen y perfeccionen su formación teórica mediante la realización de prácticas profesionales en las tareas de Gestión de Tesorería de las Entidades Locales.
Tercero. Bases reguladoras: Convenio de Colaboración de la Excma. Diputación de Alicante y el Ilustre Colegio Oficial de Economistas de Alicante, publicado en la Sede Electrónica de la Excma. Diputación Provincial de Alicante (http://sede.diputacionalicante.es/becas-de-formacion-en-gestion-de-tesoreria-de-lasentidades-locales ), y Bases Específicas incluidas en la convocatoria. Cuarto. Importe: Se concederá una beca, su duración será de seis meses, prorrogables por otros seis meses. El gasto mensual total que supone a la Corporación, será de 800,00 € que incluye la Seguridad Social a cargo de la Diputación de Alicante, derivado de la aplicación del Real Decreto 1493/2011 de 24 de octubre. El beneficiario percibirá directamente por meses vencidos el importe mensual anterior, descontada la Seguridad Social a cargo de la Corporación. Además, serán de aplicación los descuentos correspondientes al IRPF y a la Seguridad Social a cargo del becario.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Las solicitudes serán dirigidas a la Diputación Provincial de Alicante, y se presentarán en el Registro General en la C/Tucumán, 8 - 03005 Alicante, en plazo hábil, de lunes a viernes, desde las 9 a las 14 horas. El modelo de solicitud podrá recogerse tanto en la Diputación Provincial de Alicante, en el Departamento de Tesorería o en el Registro General, así como en la propia sede del Colegio. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Si el último día fuera inhábil, se entenderá que el plazo expira el primer día hábil siguiente.{del 13 al 27 de febrero de 2016, a.i.} No obstante, se dará noticia de cada convocatoria, con expresión de la apertura del plazo y de su término, mediante anuncios que se insertarán en los tablones del Colegio, de las Universidades de la provincia de Alicante y de la Diputación Provincial.

jueves, 3 de septiembre de 2015

1 Beca de Formación en Gestión de Tesorería de las Entidades Locales, con destino al Departamento de Tesorería de la Excma. Diputación Provincial de Alicante

Diputació d' AlacantCONVOCATORIA BECA TESORERÍA. Convocatoria de una Beca de Formación en Gestión de Tesorería de las Entidades Locales, que fue aprobada por Junta de Gobierno de fecha 5 de febrero de 2015, con destino al Departamento de Tesorería, según Convenio de colaboración entre la Excma. Diputación Provincial de Alicante y el Colegio Oficial de Economistas de Alicante, suscrito el 5 de febrero de 2015. 
1ª.- La convocatoria y la concesión de las beca estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los respectivos presupuestos de la Diputación Provincial de Alicante. 
2ª.- El número de becas a conceder será de una, su duración será de seis meses, prorrogables por otros seis meses. 
El gasto mensual total que supone a la Corporación será de 800,00 € que incluye la Seguridad Social a cargo de la Diputación de Alicante, derivado de la aplicación del Real Decreto 1493/2011 de 24 de octubre. 
El beneficiario percibirá directamente por meses vencidos el importe mensual anterior, descontada la Seguridad Social a cargo de la Corporación. 
Además, serán de aplicación los descuentos correspondientes al IRPF y a la Seguridad Social a cargo del becario. 
El becario podrá disfrutar de un día laboral de descanso por cada mes dedicado, al objeto de poder realizar asuntos personales.
 Dicho disfrute podrá ser acumulado o fraccionado a petición de la persona interesada y siempre con el consentimiento del tutor asignado. 
Así mismo, el becario podrá usar las instalaciones y los servicios según las respectivas normas reguladoras. 
3ª.- El becario realizará las tareas específicas de la beca en las dependencias del Departamento de Tesorería de la Diputación de Alicante, sitas en la calle Tucumán nº 8 de Alicante. 
4ª.- La beca objeto del presente Convenio se adjudicará mediante concurso entre los diversos aspirantes a la misma, que reúnan los siguientes requisitos y los acrediten documentalmente: 
a) Ser español y residir en territorio de la provincia de Alicante. 
b) Haber finalizado la licenciatura o grado en Ciencias Económicas y Empresariales o en cualquiera de las titulaciones indicadas en el artículo 9º del Estatuto Particular del Colegio de Economistas de Alicante como máximo, dentro de los tres cursos académicos inmediatamente anteriores al de la Convocatoria de la Beca.
5ª.- Las solicitudes serán dirigidas a la Diputación Provincial de Alicante, y se presentarán en el Registro General en la C/Tucumán, 8 – 03005 Alicante, en plazo hábil, de lunes a viernes, desde las 9 a las 14 horas. El modelo de solicitud podrá recogerse tanto en la Diputación Provincial de Alicante, en el Departamento de Tesorería o en el Registro General, así como en la propia sede del Colegio. 
a) El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.{del 3 al 19 de setembre de 2015, a.i.} Si el último día fuera inhábil, se entenderá que el plazo expira el primer día hábil siguiente. No obstante, se dará noticia de cada convocatoria, con expresión de la apertura del plazo y de su término, mediante anuncios que se insertarán en los tablones del Colegio, de las Universidades de la provincia de Alicante y de la Diputación Provincial. ...

jueves, 20 de febrero de 2014

1 Beca de Formación en Gestión de Tesorería de las Entidades Locales, con destino al Departamento de Tesorería de la Diputación de Alicante.

DIPUTACIÓN PROVINCIAL ALICANTE. -CONVOCATORIA BECA TESORERÍA [butlletí oficial de la província - alacant, 20 febrer 2014 - n.º 35 - pàgina 46]
Se procede a la Convocatoria de una Beca de Formación en Gestión de Tesorería de las Entidades Locales, con destino al Departamento de Tesorería, según Convenio de colaboración entre la Excma. Diputación Provincial de Alicante y el Colegio Oficial de Economistas de Alicante, suscrito el 6 de septiembre de 2012 y modificado con fecha 7 de febrero de 2013. 
BASES DE LA CONVOCATORIA Boletín Nº 35 del 20/02/2014 (pdf)
1ª.- El número de becas a conceder será de una, su duración será de seis meses, prorrogables por otros seis meses. El gasto mensual total será de 800,00 euros e incluye la Seguridad Social a cargo de la Diputación de Alicante, derivado de la aplicación del Real Decreto 1493/2011 de 24 de octubre. El beneficiario percibirá directamente por meses venci- dos el importe mensual anterior, descontada la Seguridad Social a cargo de la Corporación Además, serán de aplicación los descuentos corres- pondientes al IRPF y a la Seguridad Social a cargo del becario. El becario podrá disfrutar de un día laboral de descanso por cada mes dedicado, al objeto de poder realizar asuntos personales. Dicho disfrute podrá ser acumulado o fraccionado a petición de la persona interesada y siempre con el consentimiento del tutor asignado. Así mismo, el becario podrá usar las instalaciones y los servicios según las respectivas normas reguladoras. 
2ª.- El becario realizará las tareas específicas de la beca en las dependencias del Departamento de Tesorería de la Diputación de Alicante, sitas en la calle Tucumán nº 8 de Alicante. 
3ª.- La beca objeto del presente Convenio se adjudicará mediante concurso entre los diversos aspirantes a la misma, que reúnan los siguientes requisitos y los acrediten documentalmente: 
a) Ser español y residir en territorio de la provincia de Alicante. 
b) Haber finalizado la licenciatura o grado en Ciencias Económicas y Empresariales o en cualquiera de las titulaciones indicadas en el artículo 9º del Estatuto Particular del Colegio de Economistas de Alicante como máximo, dentro de los tres cursos académicos inmediatamente anteriores al de la Convocatoria de la Beca. 
c) Estar colegiado o formalizar la inscripción como tal antes de finalizar el plazo para presentar la solicitud de la Beca. 
4ª.- Las solicitudes serán dirigidas al Colegio Oficial de Economistas de Alicante, y se presentarán, en plazo hábil, en la sede del mismo, de lunes a viernes, desde las 9 a las 15 horas. Tales solicitudes podrán recogerse en la propia sede del Colegio. 
a) El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Si el último día fuera inhábil, se entenderá que el plazo expira el primer día hábil siguiente.{del 21 de febrero al 10 de marzo de 2014, a.i.} No obstante, se dará noticia de cada convocatoria, con expresión de la apertura del plazo y de su término, mediante anuncios que se insertarán en los tablones del Colegio, de las Universidades de la provincia de Alicante y de la Diputación Provincial. 
b) Las solicitudes deberán acompañarse de la siguiente documentación: 
b.1) Certificación académica personal o documento sustitutivo que acredite haber alcanzado la titulación corres- pondiente, con las calificaciones obtenidas, nota media, convocatoria y curso. 
b.2) Curriculum. 
b.3) Certificado de empadronamiento. 
b.4) Toda la documentación que juzgue pertinente adjuntar como mérito personal. En caso de trabajos realizados o publicados se deberá adjuntar una copia de ellos. 
b.5) Fotocopia del D.N.I. y número de teléfono. 
c) Toda la documentación deberá presentarse en documentos originales o en fotocopias debidamente compulsadas. La documentación que no cumpla estos requisitos no será tenida en cuenta a la hora de baremar el expediente personal del solicitante.

lunes, 16 de septiembre de 2013

1 Beca de Formación en Gestión de Tesorería de las Entidades Locales, con destino al Departamento de Tesorería, según Convenio de colaboración entre la Excma. Diputación Provincial de Alicante y el Colegio Oficial de Economistas de Alicante.

DIPUTACIÓN PROVINCIAL ALICANTE.
-CONVOCATORIA BECA DE FORMACIÓN EN GESTIÓN DE TESORERÍA DE LAS ENTIDADES LOCALES [ Boletín Nº 176 del 16/09/2013 (pdf)   pàgina 39]
Convocatoria de una Beca de Formación en Gestión de Tesorería de las Entidades Locales, con destino al Departamento de Tesorería, según Convenio de colaboración entre la Excma. Diputación Provincial de Alicante y el Colegio Oficial de Economistas de Alicante, suscrito el 6 de septiembre de 2012 y modificado con fecha 7 de febrero de 2013.
BASES DE LA CONVOCATORIA
1ª.- El número de becas a conceder será de una, su duración será de seis meses, prorrogables por otros seis meses. El gasto mensual total será de 800,00 euros e incluye la Seguridad Social a cargo de la Diputación de Alicante, derivado de la aplicación del Real Decreto 1493/2011 de 24 de octubre.
El beneficiario percibirá directamente por meses vencidos el importe mensual anterior, descontada la Seguridad Social a cargo de la Corporación
Además, serán de aplicación los descuentos correspondientes al IRPF y a la Seguridad Social a cargo del becario.
El becario podrá disfrutar de un día laboral de descanso por cada mes dedicado, al objeto de poder realizar asuntos personales. Dicho disfrute podrá ser acumulado o fraccionado a petición de la persona interesada y siempre con el consentimiento del tutor asignado.
Así mismo, el becario podrá usar las instalaciones y los servicios según las respectivas normas reguladoras.
2ª.- El becario realizará las tareas específicas de la beca en las dependencias del Departamento de Tesorería de la Diputación de Alicante, sitas en la calle Tucumán nº 8 de Alicante.
3ª.- La beca objeto del presente Convenio se adjudicará mediante concurso entre los diversos aspirantes a la misma, que reúnan los siguientes requisitos y los acrediten documentalmente:
a)
Ser español y residir en territorio de la provincia de Alicante.
b) Haber finalizado la licenciatura o grado en Ciencias Económicas y Empresariales o en cualquiera de las titulaciones indicadas en el artículo 9º del Estatuto Particular del Colegio de Economistas de Alicante como máximo, dentro de los tres cursos académicos inmediatamente anteriores al de la Convocatoria de la Beca.
c) Estar colegiado o formalizar la inscripción como tal antes de finalizar el plazo para presentar la solicitud de la Beca.
4ª.- Las solicitudes serán dirigidas al Colegio Oficial de Economistas de Alicante, y se presentarán, en plazo hábil, en la sede del mismo, de lunes a viernes, desde las 9 a las 15 horas. Tales solicitudes podrán recogerse en la propia sede del Colegio.
a) El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. [Boletín Nº 176 del 16/09/2013 (pdf) ] Si el último día fuera inhábil, se entenderá que el plazo expira el primer día hábil siguiente. {del 17 de septiembre al 3 de octubre de 2013, a.i.} No obstante, se dará noticia de cada convocatoria, con expresión de la apertura del plazo y de su término, mediante anuncios que se insertarán en los tablones del Colegio, de las Universidades de la provincia de Alicante y de la Diputación Provincial.
b) Las solicitudes deberán acompañarse de la siguiente documentación: ...

viernes, 23 de septiembre de 2011

1 Beca de Formación en Gestión de Tesorería de las Entidades Locales, con destino al Departamento de Tesorería. Diputación Provincial de Alicante.

Excma. Diputación Provincial de Alicante. -BASES CONVOCATORIA DE UNA BECA DE FORMACIÓN EN GESTIÓN DE TESORERIA DE LAS ENTIDADES LOCALES página 19
EnlaceConvocatoria de una Beca de Formación en Gestión de Tesorería de las Entidades Locales, con destino al Departamento de Tesorería, según Convenio de colaboración entre la Excma. Diputación Provincial de Alicante y el Colegio Oficial de Economistas de Alicante, suscrito el 4 de febrero de 2008
BASES DE LA CONVOCATORIA
1º.- El número de becas a conceder será de una, su duración será de seis meses prorrogable por otros seis meses de acuerdo con las fechas indicadas en la cláusula segunda y la dotación económica de 900 euros mensuales.
2º.- El becario realizará las tareas específicas de la beca en las dependencias del Departamento de Tesorería de la Diputación de Alicante, sitas en la calle Tucumán nº 8 de Alicante.
3º.- La beca objeto del presente Convenio se adjudicará mediante concurso entre los diversos aspirantes a la misma, que reúnan los siguientes requisitos y los acrediten documentalmente:
a) Ser español y residir en territorio de la provincia de Alicante.
b) Haber finalizado la licenciatura en Ciencias Económicas y Empresariales o en cualquiera de las titulaciones indicadas en el artículo 9º del Estatuto Particular del Colegio de Economistas de Alicante como máximo, dentro de los tres cursos académicos inmediatamente anteriores al de la Convocatoria de la Beca.
c) Estar colegiado o formalizar la inscripción como tal antes de finalizar el plazo para presentar la solicitud de la Beca.
4º.- Las solicitudes serán dirigidas al Colegio Oficial de Economistas de Alicante, y se presentarán, en plazo hábil, en la sede del mismo, sita en Alicante, en la Avda. de Denia, 47 (Palacio de Congresos, Colegio de Médicos de Alicante), de lunes a viernes desde las 9 a las 15 horas,. Tales solicitudes podrán recogerse en la propia sede del Colegio.
1) El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Si el último día fuera inhábil, se entenderá que el plazo expira el primer día hábil siguiente.{del 24 de Septiembre al 11 de Octubre de 2011, a.i.} No obstante, se dará noticia de cada convocatoria, con expresión de la apertura del plazo y de su término, mediante anuncios que se insertarán en los tablones del Colegio, de la Universidad de Alicante, de la Universidad Miguel Hernández y de la Diputación Provincial y, también, al menos, en uno de los diarios locales de mayor difusión de la provincia.