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lunes, 11 de junio de 2018

Los puestos de Intervención y Tesorería en el Excmo. Ayuntamiento de Fortuna. (Murcia)

Resultado de imagen de fortuna murcia mapaConvocatoria de concurso-oposición para cubrir interinamente los puestos de Intervención y Tesorería en el Excmo. Ayuntamiento de Fortuna.
Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 24 de mayo de 2018, se ha aprobado la convocatoria y bases del concurso-oposición para cubrir interinamente los puestos de Intervención y Tesorería. Las instancias habrán de presentarse en el plazo de veinte días naturales, contados desde el siguiente al que aparezca publicado el presente anuncio en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia”,{del 12 de junio al 2* de julio de 2018, a.i.} en la forma y con la documentación que indica la base octava de las bases que se reproducen íntegramente a continuación. 
Los sucesivos anuncios relacionados con la presente convocatoria, se publicarán únicamente en el Tablón de Anuncios de la Corporación y en la página www.aytofortuna.es.
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Bases por las que se rige la convocatoria de concurso-oposición para cubrir interinamente los puestos de Intervención y Tesorería en el Excmo. Ayuntamiento de Fortuna 
Primera.- Naturaleza y características de la convocatoria Es objeto de la presente convocatoria la provisión de los puestos de Intervención y de Tesorería, mediante concurso-oposición, de la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, Subescala de IntervenciónTesorería, para su nombramiento interino por la Dirección General competente en materia de Administración Local de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 53 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, siempre que dichos puestos se encuentren vacantes, o no estén desempeñados por sus titulares, por un período superior a un mes. 
Segunda.- Sistema de selección El sistema selectivo será el de concurso-oposición.
Séptima.- Condiciones y requisitos de aspirantes Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: 
1) Nacionalidad: Tener la nacionalidad española conforme a lo establecido en el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre el acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores. 
2) Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones que se deriven del puesto a desempeñar. 
3) Edad: Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad máxima de jubilación forzosa. 
4) Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los organismos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
5) Titulación: Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes: Licenciado en Derecho, Licenciado en Ciencias Políticas y de la Administración, Licenciado en Sociología, Licenciado en Administración y Dirección de Empresas, Licenciado en Economía, Licenciado en Ciencias Actuariales y Financieras o el título de Grado correspondiente. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. 
Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario. 
1. La titulación se acreditará mediante la expedición de los títulos oficiales correspondientes por la autoridad académica competente. Esta misma autoridad podrá declarar también la equivalencia de títulos. 
2. Todos los requisitos deberán cumplirse en el último día de plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo. 
3. De conformidad con lo establecido en el artículo 38.3 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social del Minusválido, serán admitidas en igualdad de condiciones con los otros aspirantes, las personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 1 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad. A tal efecto, los aspirantes con alguna discapacidad harán constar en su solicitud su condición y grado de minusvalía. 
Octava.- Instancias y documentación a presentar Los aspirantes presentarán instancia según el modelo que se adjunta como anexo, junto con fotocopia del DNI, dirigida al Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento. Las instancias habrán de presentarse en el Registro General del Ayuntamiento, o por cualquiera de las formas que determina el Art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días naturales, contados desde el siguiente al que aparezca publicado el anuncio de las bases y convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. {del 12 de junio al 2* de julio de 2018, a.i.}
La solicitud deberá ir acompañada por: 
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o en su caso del Pasaporte. 
- Documentos acreditativos de los méritos y circunstancias aportadas. 
Solo se admitirá la documentación original o debidamente compulsada. No se admitirá documentación alguna con posterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. 
En el presente proceso selectivo se establecerá, para las personas con minusvalía que lo soliciten, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para la realización de las diferentes pruebas. En su caso, los interesados habrán de formular la correspondiente petición en la solicitud de participación.

viernes, 10 de febrero de 2017

1 puesto de Tesorería -interinamente- del Ilmo. Ayuntamiento de Alcantarilla,(Murcia)

Convocatoria de concurso-oposición para cubrir interinamente el puesto de Tesorería del Ilmo. Ayuntamiento de Alcantarilla, mediante nombramiento de la Dirección General competente en materia de Administración Local de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alcantarilla de fecha 8 de noviembre de 2016, se han aprobado las Bases que regularán la convocatoria para la contratación de un funcionario interino para cubrir el puesto de Tesorería.
En las instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas, los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en la Base Séptima de las Bases que regulan la convocatoria. Las instancias se dirigirán al Sr Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Alcantarilla, y se presentarán en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento durante el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente extracto de las bases en el B.O.R.M. {del 11 de febrero al 2 de marzo de 2017. a.i.} También podrán presentarse en la forma prevista en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, remitiendo el mismo día de la presentación copia de la solicitud al Ayuntamiento de Alcantarilla al e-mail (rrhh@ayto-alcantarilla.es).
A la instancia se acompañará curriculum vitae, fotocopia del NIF, fotocopia compulsada de los requisitos exigidos y de los méritos alegados (titulación, experiencia profesional y formación complementaria), así como el justificante de pago de la tasa de 12,50 euros, bonificación o exención de esta. La carta de pago de la tasa se podrá retirar en la Oficina de Recaudación del Ayuntamiento de Alcantarilla, situada en la C/ San Sebastián, n.º 3, o también podrá solicitarse mediante correo electrónico a la dirección recaudacion@ayto-alcantarilla.es.
Los méritos y circunstancias que aleguen los aspirantes habrán de entenderse referidos al día en que finalice el plazo de presentación de instancias.
Las Bases de la citada convocatoria y sucesivos trámites se expondrán en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la web: http://www.alcantarilla.es/hacienda/empleo-publico/

miércoles, 18 de febrero de 2015

1 Beca de Formación en Gestión de Tesorería de las Entidades Locales, con destino al Departamento de Tesorería de la Diputación Provincial de Alicante.

Diputació d' Alacant. CONVOCATORIA BECA TESORERÍA
Convocatoria de una Beca de Formación en Gestión de Tesorería de las Entidades Locales, con destino al Departamento de Tesorería,según Convenio de colaboración entre la Excma. Diputación Provincial de Alicante y el Colegio Oficial de Economistas de Alicante, suscrito el 5 de febrero de 2015.
BASES DE LA CONVOCATORIA
1ª.- La convocatoria y la concesión de las beca estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los respectivos presupuestos de la Diputación Provincial de Alicante.
2ª.- El número de becas a conceder será de una, su duración será de seis meses, prorrogables por otros seis meses.
El gasto mensual total que supone a la Corporación será de 800,00 € que incluye la Seguridad Social a cargo de la Diputación de Alicante, derivado de la aplicación del Real Decreto 1493/2011 de 24 de octubre.
El beneficiario percibirá directamente por meses vencidos el importe mensual anterior, descontada la Seguridad Social a cargo de la Corporación.
Además, serán de aplicación los descuentos correspondientes al IRPF y a la Seguridad Social a cargo del becario.
El becario podrá disfrutar de un día laboral de descanso por cada mes dedicado, al objeto de poder realizar asuntos personales. Dicho disfrute podrá ser acumulado o fraccionado a petición de la persona interesada y siempre con el consentimiento del tutor asignado.
Así mismo, el becario podrá usar las instalaciones y los servicios según las respectivas normas reguladoras.
3ª.- El becario realizará las tareas específicas de la beca en las dependencias del Departamento de Tesorería de la Diputación de Alicante, sitas en la calle Tucumán nº 8 de Alicante.
4ª.- La beca objeto del presente Convenio se adjudicará mediante concurso entre los diversos aspirantes a la misma, que reúnan los siguientes requisitos y los acrediten documentalmente:
a) Ser español y residir en territorio de la provincia de Alicante.
b) Haber finalizado la licenciatura o grado en Ciencias Económicas y Empresariales o en cualquiera de las titulaciones indicadas en el artículo 9º del Estatuto Particular del Colegio de Economistas de Alicante como máximo, dentro de los tres cursos académicos inmediatamente anteriores al de la Convocatoria de la Beca.
5ª.- Las solicitudes serán dirigidas a la Diputación Provincial de Alicante, y se presentarán en el Registro General en la C/Tucumán, 8 – 03005 Alicante, en plazo hábil, de lunes a viernes, desde las 9 a las 14 horas. El modelo de solicitud podrá  recogerse tanto en la Diputación Provincial de Alicante, en el Departamento de Tesorería o en el Registro General, así como en la propia sede del Colegio.
a) El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. {del 19 de febrero al 7 de marzo de 2015, a.i.} Si el último día fuera inhábil, se entenderá que el plazo expira el primer día hábil siguiente. No obstante, se dará noticia de cada convocatoria, con expresión de la apertura del plazo y de su término, mediante anuncios que se insertarán en los tablones del Colegio, de las Universidades de la provincia de Alicante y de la Diputación Provincial.

sábado, 21 de junio de 2014

puestos de Tesorería e Intervención del Excmo. Ayuntamiento de Jumilla (BORM 19 de mayo 2014), por oposición, interinamente.

Convocatoria para proveer, por oposición, interinamente los puestos de Tesorería e Intervención del Excmo. Ayuntamiento de Jumilla (BORM 19 de mayo 2014). 
Vista la comunicación del Boletín Oficial del Estado de innecesariedad de publicación en el mismo de la convocatoria del asunto, se hace público que el plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio.{del 22 de junio al  11 de julio de 2014, a.i.}
Las Bases íntegras están publicadas en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en la página Web www.jumilla.org.

lunes, 16 de septiembre de 2013

1 Beca de Formación en Gestión de Tesorería de las Entidades Locales, con destino al Departamento de Tesorería, según Convenio de colaboración entre la Excma. Diputación Provincial de Alicante y el Colegio Oficial de Economistas de Alicante.

DIPUTACIÓN PROVINCIAL ALICANTE.
-CONVOCATORIA BECA DE FORMACIÓN EN GESTIÓN DE TESORERÍA DE LAS ENTIDADES LOCALES [ Boletín Nº 176 del 16/09/2013 (pdf)   pàgina 39]
Convocatoria de una Beca de Formación en Gestión de Tesorería de las Entidades Locales, con destino al Departamento de Tesorería, según Convenio de colaboración entre la Excma. Diputación Provincial de Alicante y el Colegio Oficial de Economistas de Alicante, suscrito el 6 de septiembre de 2012 y modificado con fecha 7 de febrero de 2013.
BASES DE LA CONVOCATORIA
1ª.- El número de becas a conceder será de una, su duración será de seis meses, prorrogables por otros seis meses. El gasto mensual total será de 800,00 euros e incluye la Seguridad Social a cargo de la Diputación de Alicante, derivado de la aplicación del Real Decreto 1493/2011 de 24 de octubre.
El beneficiario percibirá directamente por meses vencidos el importe mensual anterior, descontada la Seguridad Social a cargo de la Corporación
Además, serán de aplicación los descuentos correspondientes al IRPF y a la Seguridad Social a cargo del becario.
El becario podrá disfrutar de un día laboral de descanso por cada mes dedicado, al objeto de poder realizar asuntos personales. Dicho disfrute podrá ser acumulado o fraccionado a petición de la persona interesada y siempre con el consentimiento del tutor asignado.
Así mismo, el becario podrá usar las instalaciones y los servicios según las respectivas normas reguladoras.
2ª.- El becario realizará las tareas específicas de la beca en las dependencias del Departamento de Tesorería de la Diputación de Alicante, sitas en la calle Tucumán nº 8 de Alicante.
3ª.- La beca objeto del presente Convenio se adjudicará mediante concurso entre los diversos aspirantes a la misma, que reúnan los siguientes requisitos y los acrediten documentalmente:
a)
Ser español y residir en territorio de la provincia de Alicante.
b) Haber finalizado la licenciatura o grado en Ciencias Económicas y Empresariales o en cualquiera de las titulaciones indicadas en el artículo 9º del Estatuto Particular del Colegio de Economistas de Alicante como máximo, dentro de los tres cursos académicos inmediatamente anteriores al de la Convocatoria de la Beca.
c) Estar colegiado o formalizar la inscripción como tal antes de finalizar el plazo para presentar la solicitud de la Beca.
4ª.- Las solicitudes serán dirigidas al Colegio Oficial de Economistas de Alicante, y se presentarán, en plazo hábil, en la sede del mismo, de lunes a viernes, desde las 9 a las 15 horas. Tales solicitudes podrán recogerse en la propia sede del Colegio.
a) El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. [Boletín Nº 176 del 16/09/2013 (pdf) ] Si el último día fuera inhábil, se entenderá que el plazo expira el primer día hábil siguiente. {del 17 de septiembre al 3 de octubre de 2013, a.i.} No obstante, se dará noticia de cada convocatoria, con expresión de la apertura del plazo y de su término, mediante anuncios que se insertarán en los tablones del Colegio, de las Universidades de la provincia de Alicante y de la Diputación Provincial.
b) Las solicitudes deberán acompañarse de la siguiente documentación: ...

viernes, 25 de noviembre de 2011

1 Agente Tributario de Tesorería. (C2) . Bases. Ajuntament de Crevillent. (Baix Vinalopó-Alacant)

AYUNTAMIENTO CREVILLENT. -CONVOCATORIA BASES OPOSICIÓN LIBRE AGENTE TRIBUTARIO (de Tesorería) página 15
Bases Específicas que han de regir el proceso selectivo para la provisión, mediante oposición libre, de una plaza de Auxiliar Técnico de Servicios Especiales y su correspondiente puesto de trabajo de Agente Tributario de Tesorería que se encuentran vacantes en sus respectivos documentos administrativos de Plantilla y RIPT vigentes del personal de este Ayuntamiento, en los términos que seguidamente se indican:
BASES ESPECÍFICAS
BASE 1ª.- PLAZA Y PUESTO DE TRABAJO OBJETO DE CONVOCATORIA.- Con respeto máximo de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad y de conformidad con lo dispuesto en los arts. 91 y 100 de la Ley 7/1985, de 2 de abril; art. 170 del T.R.R.L. (R.D.L. 781/1986, de 18 de abril), relativo a funcionarios de ADMINISTRACIÓN ESPECIAL. Se Publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante nº 246, de 27 de diciembre de 2010 y en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana nº 6438, de 14 de enero de 2011, la Oferta de Empleo Público correspondiente a la pasada anualidad, donde figuran, entre otras, 1 plaza de Auxiliar Técnico de Servicios Especiales, clasificada en la plantilla como perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase de Cometidos Especiales y categoría de Auxiliar Técnica, asimismo, su correspondiente puesto de trabajo, identificado con el nº de orden 183 de la RIPT (Ejer. 2010) y con la denominación de Agente Tributario de Tesorería, ambos vacantes en los vigentes y respectivos documentos administrativos de Plantilla y RIPT del personal de este Ayuntamiento, dotados con los emolumentos correspondientes al grupo C2, Complemento de Destino nivel 12 y Complementos Específicos cifrado en 393,48 €. Y todo ello, sin perjuicio de posterior cambio de adscripción a otro puesto.
En el Pleno de fecha 26-10/2010, se creó la plaza y puesto de trabajo, determinando la clasificación funcionarial de la plaza y la catalogación de los complementos retributivos del puesto, pero sin concretar sus funciones. En el Pleno de fecha 28 de abril de 2011, se aprobó la relación de cometidos de dicha plaza.
BASE 2ª: REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.- A.- Requisitos Generales:
a) Tener la nacionalidad española o la de los Estados Miembros de la Unión Europea o que la tengan los cónyuges. Se extenderá la posibilidad de acceso a las personas incluídas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales. Todo ello en los términos establecidos en el Art. 57 de la Ley 7/2007.
En el caso de acceso a la plaza de un ciudadano de los mencionados en el párrafo anterior que no posea la nacionalidad española y previo a la propuesta para su nombramiento como funcionario o para su contratación se realizará un ejercicio de conocimiento de castellano y, sin la superación del mismo, no podrá proponerse.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempañaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
B.- Requisitos Adicionales específicos: Para ser admitidos a la realización de pruebas selectivas, los aspirantes deberán estar en posesión del título de graduado en ESO o equivalente.
El medio de acreditación, el momento en que deberán cumplirse y el resto de circunstancias de los requisitos, se regirán por las Bases Generales.
BASE 3ª: PRESENTACIÓN DE REQUISITOS. DERECHOS DE EXAMEN.- Se regirá por la Base 4ª de las Generales vigentes, en lo que respecta a solicitudes, resguardos, justificantes y documentación a presentar por los aspirantes. En lo relativo al órgano a quien se dirigen las solicitudes, plazo, lugar, y pago, se aplicará lo establecido en dicha Base General, en sus apartados 4.2., 4.3., 4.4., y 4.6. El importe de los derechos de examen asciende a 19,60 €, de acuerdo con el artº 5 apartado 8 de la tarifa, de la Tasa por Expedición de documentos Administrativos.
BASE 9ª: SUPLETORIEDAD DE LAS BASES GENERALES.- En todo lo que no está previsto en estas bases específicas, se estará a lo que disponen las bases generales aprobadas por Dto,. 492, de 02-05/01, publicadas en el BOP. nº 116, de 23-05/01, y posteriormente anunciadas en el DOGV. nº 4037, de 06-07/01.
Bases Generales: 4.3. Plazo. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación del extracto de cada convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

jueves, 1 de octubre de 2009

1 Beca de Formación en Gestión de Tesorería de las Entidades Locales, con destino al Departamento de Tesorería Diputación

Convocatoria de una Beca de Formación en Gestión de Tesorería de las Entidades Locales, con destino al Departamento de Tesorería, según Convenio de colaboración entre la Excma. Diputación Provincial de Alicante y el Colegio Oficial de Economistas de Alicante, suscrito el 4 de febrero de 2008.
Bases de la convocatoria.
1º.-
El número de becas a conceder será de una, su duración será de seis meses prorrogable por otros seis meses de acuerdo con las fechas indicadas en la cláusula segunda y la dotación económica de
900 euros mensuales.
2º.- El becario realizará las tareas específicas de la beca en las dependencias del Departamento de Tesorería de la Diputación de Alicante, sitas en la calle Tucumán número 8 de Alicante.
3º.- La beca objeto del presente Convenio se adjudicará mediante concurso entre los diversos aspirantes a la misma, que reúnan los siguientes requisitos y los acrediten documentalmente:

a) Ser español y residir en territorio de la provincia de Alicante.
b) Haber finalizado la licenciatura en Ciencias Económicas y Empresariales o en cualquiera de las titulaciones indicadas en el artículo 9º del Estatuto Particular del Colegio de Economistas de Alicante como máximo, dentro de los tres cursos académicos inmediatamente anteriores al de la Convocatoria de la Beca.
c) Estar colegiado o formalizar la inscripción como tal antes de finalizar el plazo para presentar la solicitud de la Beca.
4º.- Las solicitudes serán dirigidas al Colegio Oficial de Economistas de Alicante, y se presentarán, en plazo hábil, en la sede del mismo, sita en Alicante, en la calle San Isidro, número 5, de lunes a viernes, desde las 9 a las 15 horas.
Tales solicitudes podrán recogerse en la propia sede del Colegio.
1) El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. [del 2 al 21 de Octubre,a.i.]