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viernes, 18 de octubre de 2019

1 puesto de Intervención -interinidad-. Ayuntamiento de Calasparra (Murcia)

Resultado de imagen de calasparra murcia mapaAyuntamiento de Calasparra. Convocatoria y bases que han de regir las pruebas selectivas para el acceso a un puesto de Intervención y generación de bolsa de empleo.
El Ayuntamiento de Calasparra, mediante Decreto de Alcaldía, resolvió la aprobación de la convocatoria así como las bases que han de regir las pruebas selectivas para el acceso a un puesto de Intervención y generación de bolsa de empleo, siendo el literal del acuerdo el siguiente: 
1.º-. Aprobar las bases que han de regir las pruebas selectivas para el acceso como funcionario interino a un puesto de Intervención, categoría de entrada, en la plantilla de personal del ayuntamiento de Calasparra. 
2.º-. Convocar las pruebas selectivas mediante concurso-oposición libre para la cobertura en régimen de interinidad de la plaza indicada en el punto 1.º, así como para la generación de una bolsa de empleo. 
3.º-. Publicar la convocatoria y el texto íntegro de las bases reguladoras de las pruebas selectivas mediante anuncio en el tablón de edictos del ayuntamiento, y en su sede electrónica, así como un extracto de la misma en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Computándose el plazo de presentación de solicitudes a partir de la fecha de publicación en el B.O.R.M. 
Las bases íntegras que rigen el procedimiento de selección y la resolución de aprobación de la convocatoria de encuentran publicadas íntegramente en el tablón de edictos del ayuntamiento, así como en su sede electrónica, sita en la siguiente dirección URL: 
Las instancias solicitando tomar parte en el procedimiento selectivo, cuyo modelo se encuentra en las bases como anejo, se dirigirán a la Alcaldía del ayuntamiento de Calasparra, y se presentarán en el Registro General del ayuntamiento de Calasparra, o a través de cualquiera de los lugares y formas previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, durante el plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el B.O.R.M. {del 19 de octubre al 18 de noviembre de 2019, a.i.}
Los aspirantes deberán presentar junto con la instancia, los documentos justificativos que acrediten los méritos alegados, así como copia del D.N.I o cualquier otra documentación que acredite la identidad del aspirante. Se acreditarán mediante fotocopias, no siendo necesario aportar originales. Los méritos y circunstancias que aleguen los aspirantes habrán de entenderse referidos al día en que finalice el plazo de presentación de instancias. 
Los sucesivos anuncios relativos a dicha convocatoria se publicarán únicamente en el tablón de edictos y en la sede electrónica municipal. 
Lo que se publica para general conocimiento.

jueves, 22 de noviembre de 2018

1 puesto de Intervención ( subescala Intervención-Tesorería) del Ayuntamiento de Cehegín (Murcia)

Resultado de imagen de alguazas localizacionBases y convocatoria del proceso de selección para cubrir interinamente el puesto de Interventor por concurso-oposición.
Mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 5 de noviembre de 2018 se han aprobado las bases y la convocatoria de las pruebas selectivas para cubrir, de forma interina, y mediante el sistema de concurso-oposición, el puesto de Intervención del Ayuntamiento de Cehegín. 
Las bases son las siguientes: “Bases del proceso de selección para cubrir interinamente el puesto de Interventor por concurso-oposición 
Primera.- Naturaleza y características de la convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria la provisión del puesto de Intervención del Ayuntamiento de Cehegín reservado a funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional, perteneciente a la subescala Intervención-Tesorería, mediante el sistema de concurso-oposición para el nombramiento interino por la Dirección General competente en materia de Administración Local de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de acuerdo con el artículo 53 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. 
El nombramiento tendrá eficacia hasta tanto el puesto sea cubierto por cualquier fórmula que tenga preferencia según el Real Decreto mencionado y lo regulado en el RD 1732/1994, de 29 de julio. 
Las Bases se publicarán en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia”, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Cehegín y en la página Web municipal www.cehegin.es
Las sucesivas publicaciones se efectuarán en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Cehegín y/o en la página Web municipal www.cehegin.es; excepto la convocatoria que da pie a la presentación de instancias que se publicará en el Boletín Oficial del Estado. 
Segunda.- Condiciones y requisitos de aspirantes. 1-. Para ser admitido/a en las pruebas selectivas, los/las aspirantes deberán cumplir los requisitos siguientes: 
a) Tener la nacionalidad española o la de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos previstos en el artículo 57 de Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y demás legislación que regule esta materia. 
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, el día en que finalice el plazo de presentación de instancias. 
c) Estar en posesión de algunos de los títulos que se establecen en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público para el acceso al subgrupo A1
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Los/las aspirantes que tengan la condición de disminuidos/as físicos/as habrán de presentar certificado del órgano competente del Ministerio de Asuntos Sociales o de la respectiva Comunidad Autónoma que acredite esta condición y la capacidad de ejercer las tareas propias de la plaza objeto de esta convocatoria. Además los/las aspirantes al aportar la documentación exigida en esta base de la convocatoria, deberán presentar declaración jurada de que no padecen ningún tipo de enfermedad o defecto físico que impida el normal desempeño de sus funciones. 
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleo o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. 
2.- La titulación se acreditará mediante la expedición de los títulos oficiales correspondientes por la autoridad académica competente. Esta misma autoridad podrá declarar también la equivalencia de títulos. 
3. Todos los requisitos deberán cumplirse en el momento en que se presenten las solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo. 
4. De conformidad con lo establecido en el artículo 35 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, serán admitidas en igualdad de condiciones con los otros aspirantes, las personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el artículo 4 del mencionado texto legal. A tal efecto, los/las aspirantes con alguna discapacidad harán constar en su solicitud su condición y grado de minusvalía. 
Tercera.- Instancias v documentación a presentar. Los/las aspirantes presentarán instancia ajustada al modelo que se contiene en el Anexo II de las presentas Bases, dirigida al Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento. Las instancias habrán de presentarse en el Registro General del Ayuntamiento, o cualquiera de las formas que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días naturales, contados desde el siguiente al que aparezca publicado el anuncio de convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. 
La solicitud deberá ir acompañada por: 
- Fotocopia del Documento Nacional de identidad o en su caso del Pasaporte. 
- Declaración jurada de que no padecer ningún tipo de enfermedad o defecto físico que impida el normal desempeño de sus funciones. 
- Documentación acreditativa de la fase de concurso.
 Solo se admitirá la documentación original o debidamente compulsada.

lunes, 11 de junio de 2018

Los puestos de Intervención y Tesorería en el Excmo. Ayuntamiento de Fortuna. (Murcia)

Resultado de imagen de fortuna murcia mapaConvocatoria de concurso-oposición para cubrir interinamente los puestos de Intervención y Tesorería en el Excmo. Ayuntamiento de Fortuna.
Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 24 de mayo de 2018, se ha aprobado la convocatoria y bases del concurso-oposición para cubrir interinamente los puestos de Intervención y Tesorería. Las instancias habrán de presentarse en el plazo de veinte días naturales, contados desde el siguiente al que aparezca publicado el presente anuncio en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia”,{del 12 de junio al 2* de julio de 2018, a.i.} en la forma y con la documentación que indica la base octava de las bases que se reproducen íntegramente a continuación. 
Los sucesivos anuncios relacionados con la presente convocatoria, se publicarán únicamente en el Tablón de Anuncios de la Corporación y en la página www.aytofortuna.es.
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Bases por las que se rige la convocatoria de concurso-oposición para cubrir interinamente los puestos de Intervención y Tesorería en el Excmo. Ayuntamiento de Fortuna 
Primera.- Naturaleza y características de la convocatoria Es objeto de la presente convocatoria la provisión de los puestos de Intervención y de Tesorería, mediante concurso-oposición, de la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, Subescala de IntervenciónTesorería, para su nombramiento interino por la Dirección General competente en materia de Administración Local de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 53 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, siempre que dichos puestos se encuentren vacantes, o no estén desempeñados por sus titulares, por un período superior a un mes. 
Segunda.- Sistema de selección El sistema selectivo será el de concurso-oposición.
Séptima.- Condiciones y requisitos de aspirantes Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: 
1) Nacionalidad: Tener la nacionalidad española conforme a lo establecido en el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre el acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores. 
2) Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones que se deriven del puesto a desempeñar. 
3) Edad: Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad máxima de jubilación forzosa. 
4) Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los organismos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
5) Titulación: Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes: Licenciado en Derecho, Licenciado en Ciencias Políticas y de la Administración, Licenciado en Sociología, Licenciado en Administración y Dirección de Empresas, Licenciado en Economía, Licenciado en Ciencias Actuariales y Financieras o el título de Grado correspondiente. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. 
Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario. 
1. La titulación se acreditará mediante la expedición de los títulos oficiales correspondientes por la autoridad académica competente. Esta misma autoridad podrá declarar también la equivalencia de títulos. 
2. Todos los requisitos deberán cumplirse en el último día de plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo. 
3. De conformidad con lo establecido en el artículo 38.3 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social del Minusválido, serán admitidas en igualdad de condiciones con los otros aspirantes, las personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 1 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad. A tal efecto, los aspirantes con alguna discapacidad harán constar en su solicitud su condición y grado de minusvalía. 
Octava.- Instancias y documentación a presentar Los aspirantes presentarán instancia según el modelo que se adjunta como anexo, junto con fotocopia del DNI, dirigida al Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento. Las instancias habrán de presentarse en el Registro General del Ayuntamiento, o por cualquiera de las formas que determina el Art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días naturales, contados desde el siguiente al que aparezca publicado el anuncio de las bases y convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. {del 12 de junio al 2* de julio de 2018, a.i.}
La solicitud deberá ir acompañada por: 
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o en su caso del Pasaporte. 
- Documentos acreditativos de los méritos y circunstancias aportadas. 
Solo se admitirá la documentación original o debidamente compulsada. No se admitirá documentación alguna con posterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. 
En el presente proceso selectivo se establecerá, para las personas con minusvalía que lo soliciten, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para la realización de las diferentes pruebas. En su caso, los interesados habrán de formular la correspondiente petición en la solicitud de participación.

jueves, 26 de abril de 2018

139 plazas, a los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante las formas de ingreso directo y promoción, para la incorporación como militar de carrera a los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas.

Primero. Convocar los siguientes procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, y aprobar las bases comunes y específicas que los regulan:
1. Procesos de selección para la incorporación como militar de carrera a la Escala de Oficiales del Cuerpo Jurídico Militar mediante las formas de:
– Ingreso directo (Código de proceso 2018061),
...
2. Procesos de selección para la incorporación como militar de carrera a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Intervención mediante las formas de:
– Ingreso directo (Código de proceso 2018071),
...
3. Procesos de selección para la incorporación como militar de carrera a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina, mediante las formas de:
– Ingreso directo (Código de proceso 2018081) y
...
4. Procesos de selección para la incorporación como militar de carrera a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Farmacia, mediante las formas de:
– Ingreso directo(Código de proceso 2018111),
...
5. Procesos de selección para la incorporación como militar de carrera a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Veterinaria, mediante las formas de:
– Ingreso directo (Código de proceso 2018121),
...
6. Proceso de selección para la incorporación como militar de carrera a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Odontología, mediante la forma de:
– Ingreso directo (Código de proceso 2018131).
7. Procesos de selección para la incorporación como militar de carrera a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Psicología, mediante las forma de:
– Ingreso directo (Código de proceso 2018141),
...
8. Procesos de selección para la incorporación como militar de carrera a la Escala de Oficiales Enfermeros del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Enfermería, mediante las formas de:
– Ingreso directo (Código de proceso 2018151),
...
9. Procesos de selección para la incorporación como militar de carrera a la Escala de Oficiales del Cuerpo de Músicas Militares, mediante las formas de:
– Ingreso directo (Código de proceso 2018161),
...
10. Procesos de selección para la incorporación como militar de carrera a la Escala de Suboficiales del Cuerpo de Músicas Militares, mediante las formas de:
– Ingreso directo (Código de proceso 2018171) y
...
Resultado de imagen de Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas.Segundo. Ofertar 139 plazas, distribuidas según los respectivos anexos referidos a cada cuerpo.
 ANEXOS
I. Cuerpo Jurídico Militar.
II. Cuerpo Militar de Intervención.
III. Cuerpo Militar de Sanidad.
IV. Cuerpo de Músicas Militares.
Bases comunes
Primera. Sistema de selección. El sistema de selección a emplear en los distintos procesos que se convocan será el de concurso-oposición.
Los procesos de selección comenzarán con la publicación de la presente convocatoria y concluirán en la fecha de presentación en los centros docentes militares de formación de los aspirantes propuestos como alumnos por el Órgano de Selección.
Segunda. Requisitos de los aspirantes. 1. Para ser admitidos en cada uno de los procesos de selección, los aspirantes deberán reunir el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes o en la fecha que expresamente se determine en cada anexo, y mantener hasta el momento de la incorporación al centro docente militar de formación, los siguientes requisitos:
1.1 Requisitos generales.
a) Poseer la nacionalidad española.
b) No cumplir ni haber cumplido en el año 2018 las siguientes edades máximas:
– Ingreso directo: 31 años, con las excepciones siguientes:
• Cuerpo Jurídico Militar y Cuerpo Militar de Intervención: sin límite de edad máxima.
• Cuerpo de Músicas Militares:
o Escala de Oficiales, especialidad fundamental Dirección: 33 años.
o Escala de Suboficiales: 27 años.
• Cuerpo Militar de Sanidad, Escala de Oficiales, especialidad fundamental Medicina: 33 años; en el caso de que se requiera estar en posesión de un título de médico especialista: 37 años.
...
c) No estar privado de los derechos civiles.
d) Carecer de antecedentes penales.
e) No hallarse procesado, imputado, investigado o encausado en algún procedimiento judicial por delito doloso.
f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales, o de los órganos estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de las funciones públicas.
g) Estar en posesión o en condiciones de poseer el nivel de estudios o la titulación para el acceso a la escala y cuerpo, según el anexo correspondiente. A estos efectos, se entiende que se está en condiciones de poseer el título exigido cuando se haya superado el correspondiente plan de estudios que permita acceder a dicha titulación y se acredite de manera fehaciente haber cumplido los trámites legales para su expedición (pago de tasas de expedición del título).
h) No haber causado baja de un centro docente militar de formación por los motivos establecidos en el artículo 71.2.c) y d) de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.
i) No haberse resuelto su compromiso de vinculación profesional con las Fuerzas Armadas como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales o de condiciones psicofísicas.
j) No podrán participar en los procesos de selección para cursar enseñanzas del mismo nivel y características, aquellos que hayan causado baja en un centro docente militar de formación por el motivo establecido en el artículo 71.2.b) de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.
k) En el caso de haber dado positivo en detección de sustancias psicotrópicas o drogas, en la analítica que en el seno de un proceso de selección anterior le hubiera sido practicada, deberá haber transcurrido un periodo de un año, contado a partir de la fecha de exclusión.
l) Los solicitantes militares profesionales no deben haber dado positivo en las pruebas de detección de sustancias psicotrópicas o drogas que se le hubieran realizado dentro del período de un año inmediatamente anterior a la fecha límite de presentación de solicitudes.
m) No tener anotadas, con carácter firme en vía administrativa, en su historial militar individual, sanciones disciplinarias por faltas graves o muy graves.
1.2 Requisitos específicos.
1.2.1 Procesos de selección para ingreso directo: Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, Autoridades, virtudes militares, que supongan desdoro para el uniforme, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de las Fuerzas Armadas en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso. Tampoco son permitidos los tatuajes, argollas, espigas e inserciones, automutilaciones o similares que pudieran ser visibles vistiendo los diferentes tipos de uniformes de las Fuerzas Armadas, en sus distintas modalidades, a excepción de los especiales y de educación física, cuya denominación, composición y utilización se recoge en la Orden DEF/1756/2016, de 28 de octubre, por la que se aprueban las normas de uniformidad de las Fuerzas Armadas, todo ello de conformidad con el artículo 15.5 del Reglamento, en la redacción dada al mismo por el Real Decreto 378/2014, de 30 de mayo.
Tercera. Plazo de presentación de la solicitud de admisión al proceso de selección. El plazo de presentación de solicitudes será de diez (10) días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado» [núm. 101, de 26 de abril de 2018].{del 27 de abril al 7* de mayo de 2018, a.i.}
Cuarta. Aportación de documentación. 1. Los aspirantes que deseen participar en los procesos de selección de esta Resolución deberán aportar la siguiente documentación en los plazos indicados:
1.1 Presentación dentro del plazo establecido en la base común tercera:
1.1.1 Solicitud de admisión a los procesos de selección por la forma de ingreso directo o promoción para la incorporación como militar de carrera a las distintas escalas de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas: Para ser admitido a los procesos de selección, el aspirante deberá cumplimentar la solicitud de admisión al proceso de selección en el que desee participar, directamente sobre la página web https://sede.defensa.gob.es/acceda (Procedimientos, Procesos Selectivos), siguiendo las instrucciones reflejadas en el apéndice 1.
Excepcionalmente y sólo cuando por una incidencia técnica debidamente acreditada sea imposible el acceso a la página web, se podrá cumplimentar la solicitud a máquina o a mano en mayúsculas, que podrá ser retirada en las oficinas delegadas o áreas de reclutamiento dependientes de las Subdelegaciones de Defensa. De esta circunstancia se informará oportunamente a través de la dirección electrónica: http://reclutamiento.defensa.gob.es/proceso-acceso/.

jueves, 2 de noviembre de 2017

1 plaza de Técnico de Gestión de Administración Especial [Tècnic/a Mitjà/na Administració Especial, Tècnic/a Gestió adscrita al Servei d’Hisenda - Intervenció.], del Ayuntamiento de Vilafranca del Penedès (Barcelona)

En el «Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona», de fecha 9 de octubre de 2017, y en el «Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya» n.º 7469, de fecha 6 de octubre de 2017, se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para proveer:
Una plaza de Técnico de Gestión de Administración Especial, de la plantilla de personal funcionario, a cubrir por el sistema de concurso-oposición, en turno libre.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial del Estado». {del 3 al 22 de noviembre de 2017, a.i.}
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan, de conformidad con las bases, se publicarán en el tablón de edictos del Ayuntamiento y la web municipal. www.vilafranca.cat
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BASES DEL CONCURS-OPOSICIÓ PER A LA SELECCIÓ D’UN TÈCNIC/A GESTIÓ D’ADMINISTRACIÓ ESPECIAL ADSCRITA AL SERVEI D’INTERVENCIÓ
1. Objecte de la convocatòria: Aquestes bases tenen per objecte la regulació del procediment per a la selecció d’un/a Tècnic/a Gestió d’Administració Especial
adscrita a Intervenció:
Plantilla de personal funcionari.
Denominació : Tècnic/a Mitjà/na Administració Especial, Tècnic/a Gestió adscrita al
Servei d’Hisenda - Intervenció.
Escala: Administració Especial, subescala Tècnica, classe Tècnic/a Gestió.
Grup: A, subgrup A2. Complement de Destinació 20.
Adscripció orgànica: Servei d’Hisenda
Tipologia de jornada: Jornada ordinària.
Nombre de places: 1.
Sistema de selecció: Concurs oposició.
Les retribucions a percebre seran les que corresponguin en el moment de cobrir la necessitat, segons la plaça i la categoria professional i les retribucions vigents a l'Ajuntament.
2. Requisits de participació. Els i les aspirants hauran de reunir, amb referència a la data de finalització del termini de presentació d’instàncies, els requisits següents:
a) Tenir nacionalitat espanyola o de qualsevol dels altres Estats membres de la Unió Europea o d’Estats als quals, en virtut de Tractats internacionals subscrits per la Unió Europea i ratificats per Espanya, els sigui aplicable la lliure circulació de treballadors en els termes que aquesta es troba definida en el Tractat Constitutiu de la Comunitat Europea. També podran accedir, qualsevol que sigui la seva nacionalitat, els cònjuges dels espanyols i dels nacionals d’altres Estats membres de la Unió Europea, sempre que no estiguin separats de dret, així com els seus descendents o els del cònjuge sempre que no estiguin separats de dret i siguin menors de 21 anys o majors, dependents.
b) Tenir 16 anys i no haver complert 65 en la data que finalitzi el termini de presentació de sol·licituds.
c) Posseir la capacitat funcional pel desenvolupament de les tasques.
d) No haver estat separat mitjançant expedient disciplinari del servei de qualsevol de les administracions públiques o dels òrgans constitucionals o estatutaris de les comunitats autònomes, ni trobar-se en inhabilitació absoluta o especial per a ocupacions o càrrecs públics per resolució judicial, per accedir al cos o escala de funcionari, o per exercir funcions similars a les que desenvolupaven en el cas del personal laboral, del qual hagi estat separat o inhabilitat. En el cas de ser nacional d’un altre Estat, no ha de trobar-se inhabilitat o en situació equivalent ni haver estat sotmès a sanció disciplinària o equivalent que impedeixi en el seu Estat, en els mateixos termes per accedir a l’ocupació pública.
e) Estar en possessió d’algun dels següents títols: Graduat universitari en Administració i Direcció d’Empreses, Graduat universitari en Economia, Graduat universitari en Comptabilitat i Finances o Graduat en Ciències Empresarials o equivalent que habiliti per l’accés a llocs de treball del subgrup A2. Si es tracta d'un títol obtingut a l'estranger, cal disposar, si escau, de l'homologació corresponent del Ministeri d'Educació, Cultura i Esport.
f) Estar en possessió del certificat de nivell C de català de la Secretaria de Política Lingüística o equivalent.

martes, 23 de mayo de 2017

1 plaza de Técnico de Administración General, adscrito a Intervención, del Consell Comarcal del Segrià (Lleida)

Resolución de 28 de abril de 2017, del Consell Comarcal del Segrià (Lleida), referente a la convocatoria para proveer una plaza.
En el «Boletín Oficial de la Provincia de Lleida» número 79, de 25 de abril de 2017, se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para proveer:
Una plaza de Técnico adscrito a Intervención, perteneciente a la escala de Administración General, subescala Técnica, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado» {del 24 de mayo al 12 de junio de 2017, a.i.} y/o «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya».
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en la forma prevista en las propias bases. www.segria.cat

jueves, 20 de abril de 2017

1 puesto de Interventor/a (A1) -interinidad- . Ayuntamiento de Alhama de Murcia. (Murcia)

Convocatoria mediante concurso-oposición para cubrir interinamente el puesto de Intervención aprobada por Junta de Gobierno de este Ayuntamiento, en sesión de 22 de marzo 2017. La convocatoria se regirá por las siguientes Bases: 
Primera.- Naturaleza y características de la convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria la provisión del puesto de Intervención de este Ayuntamiento reservado a funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional, perteneciente a la subescala Intervención-Tesorería, mediante el sistema de concurso-oposición para el nombramiento interino por la Dirección General competente en materia de Administración Local de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de acuerdo con el artículo 48 del Decreto 58/2012, de 27 de abril, por el que se regula el régimen jurídico de los citados funcionarios. 
El nombramiento tendrá eficacia hasta tanto el puesto sea cubierto por cualquier fórmula que tenga preferencia según el Decreto mencionado y lo regulado en el RD 1732/1994, de 29 de julio. Las Bases se publicarán en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia”, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Alhama de Murcia y en la página Web municipal www.alhamademurcia.es
Las sucesivas publicaciones se efectuarán en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Alhama de Murcia y/o en la página Web municipal www.alhamademurcia.es; excepto la convocatoria que da pie a la presentación de instancias que se publicará en el Boletín Oficial del Estado. 
Segunda.- Condiciones y requisitos de aspirantes. 1-. Para ser admitido/a en las pruebas selectivas, los/las aspirantes deberán cumplir los requisitos siguientes: 
a) Tener la nacionalidad española o la de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos previstos en el artículo 57 de Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y demás legislación que regule esta materia. 
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, el día en que finalice el plazo de presentación de instancias. 
c) Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos: Licenciatura en Derecho, Licenciatura en Administración y Dirección de Empresas, Licenciatura en Economía, Licenciatura en Ciencias Actuariales y Financieras y Licenciatura en Ciencias Políticas y de la Administración y Sociología o grados equivalentes. 
 d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Los/las aspirantes que tengan la condición de disminuidos/as físicos/as habrán de presentar certificado del órgano competente del Ministerio de Asuntos Sociales o de la respectiva Comunidad Autónoma que acredite esta condición y la capacidad de ejercer las tareas propias de la plaza objeto de esta convocatoria. Además los/las aspirantes al aportar la documentación exigida en esta base de la convocatoria, deberán presentar declaración jurada de que no padecen ningún tipo de enfermedad o defecto físico que impida el normal desempeño de sus funciones. 
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleo o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. 
f) Justificante acreditativo del ingreso, dentro del plazo de presentación de instancias, de los derechos de examen fijados en la cantidad de 20 euros en la cuenta de Banco Sabadell: ES19-0081-1162-3000-0102-0905. 2. La titulación se acreditará mediante la expedición de los títulos oficiales correspondientes por la autoridad académica competente. Esta misma autoridad podrá declarar también la equivalencia de títulos. 
3. Todos los requisitos deberán cumplirse en el momento en que se presenten las solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo.  
4. De conformidad con lo establecido en el artículo 35 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, serán admitidas en igualdad de condiciones con los otros aspirantes, las personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el artículo 4 del mencionado texto legal. A tal efecto, los/las aspirantes con alguna discapacidad harán constar en su solicitud su condición y grado de minusvalía.  
Tercera.- Instancias y documentación a presentar. Los/las aspirantes presentarán instancia ajustada al modelo que se contiene en el Anexo II de las presentas Bases, dirigida al Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento. 
Las instancias habrán de presentarse en el Registro General del Ayuntamiento, o cualquiera de las formas que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días naturales, contados desde el siguiente al que aparezca publicado el anuncio de convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. 
La solicitud deberá ir acompañada por: 
- Fotocopia del Documento Nacional de identidad o en su caso del Pasaporte. 
- Declaración jurada de que no padecer ningún tipo de enfermedad o defecto físico que impida el normal desempeño de sus funciones. 
- Documentación acreditativa de la fase de concurso. 
- Justificante acreditativo del ingreso de los derechos de examen fijados en la cantidad de 20 euros en la Cuenta de Banco Sabadell: ES19-0081-1162-3000-0102-0905. Solo se admitirá la documentación original o debidamente compulsada. 
No se admitirá documentación alguna con posterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, salvo que se solicite por el Tribunal para la acreditación del algún extremo. 
En el presente proceso selectivo se establecerá, para las personas con minusvalía que lo soliciten, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para la realización de las diferentes pruebas. En su caso, los/las interesados/as habrán de formular la correspondiente petición en la solicitud de participación.

viernes, 10 de febrero de 2017

1 puesto de Intervención -interinamente-, del Ilmo. Ayuntamiento de Alcantarilla (Murcia

Convocatoria de concurso-oposición para cubrir interinamente el puesto de Intervención del Ilmo. Ayuntamiento de Alcantarilla, mediante nombramiento de la Dirección General competente en materia de Administración Local de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alcantarilla de fecha 8 de noviembre de 2016, se han aprobado las Bases que regularán la convocatoria para la contratación de un funcionario interino para cubrir el puesto de Intervención.
En las instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas, los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en la Base Séptima de las Bases que regulan la convocatoria.
Las instancias se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Alcantarilla, y se presentarán en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento durante el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente extracto de las bases en el BORM {del 11 de febrero al 2 de marzo de 2017.a.i.} También podrán presentarse en la forma prevista en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, remitiendo el mismo día de la presentación copia de la solicitud al Ayuntamiento de Alcantarilla al e-mail (rrhh@ayto-alcantarilla.es)
A la instancia se acompañará curriculum vitae, fotocopia del NIF, fotocopia compulsada de los requisitos exigidos y de los méritos alegados (titulación, experiencia profesional y formación complementaria), así como el justificante de pago de la tasa de 12,50 euros, bonificación o exención de esta. La carta de pago de la tasa se podrá retirar en la Oficina de Recaudación del Ayuntamiento de Alcantarilla, situada en la C/ San Sebastián, n.º 3, o también podrá solicitarse mediante correo electrónico a la dirección recaudacion@ayto-alcantarilla.es.
Los méritos y circunstancias que aleguen los aspirantes habrán de entenderse referidos al día en que finalice el plazo de presentación de instancias.
Las Bases de la citada convocatoria y sucesivos trámites se expondrán en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la web:

sábado, 21 de junio de 2014

puestos de Tesorería e Intervención del Excmo. Ayuntamiento de Jumilla (BORM 19 de mayo 2014), por oposición, interinamente.

Convocatoria para proveer, por oposición, interinamente los puestos de Tesorería e Intervención del Excmo. Ayuntamiento de Jumilla (BORM 19 de mayo 2014). 
Vista la comunicación del Boletín Oficial del Estado de innecesariedad de publicación en el mismo de la convocatoria del asunto, se hace público que el plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio.{del 22 de junio al  11 de julio de 2014, a.i.}
Las Bases íntegras están publicadas en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en la página Web www.jumilla.org.

viernes, 7 de marzo de 2014

1 Técnico Medio de Intervención, (A2). Consejo Comarcal de la Comarca de Cinco Villas (Zaragoza / Aragón)

En el «Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza» número 39, de 18 de febrero de 2014, se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para proveer: una plaza de funcionario Técnico Medio de Intervención, perteneciente a la escala de Administración General, subescala Técnica y clase Media, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 8 al 27 de marzo de 2014,a.i.}
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en el «Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza» y en el tablón de edictos de la Comarca.  www.comarcacincovillas.com

viernes, 8 de noviembre de 2013

1 Beca de Formación en control interno de la gestión económico-financiera de las entidades locales, con destino al Departamento de Intervención, según Convenio de colaboración entre la Excma. Diputación Provincial de Alicante y el Colegio Oficial de Economistas de Alicante

DIPUTACIÓN PROVINCIAL ALICANTE. -BASES DE LA CONVOCATORIA BECA INTERVENCIÓN Boletín Nº 213 del 08/11/2013 (pdf)   pàgina 27]
Se procede a la Convocatoria de una Beca de Formación
en control interno de la gestión económico-financiera de las entidades locales,
con destino al Departamento de Intervención, según Convenio de colaboración entre la Excma. Diputación Provincial de Alicante y el Colegio Oficial de Economistas de Alicante
, suscrito el 2 de mayo de 2012 y cuyo clausulado fue objeto de Addenda el 28 de diciembre de 2012 y la del 5 de noviembre de 2013.
BASES DE LA CONVOCATORIA
1ª.- El número de becas a conceder será de una, su duración será de seis (6) meses prorrogable por otros seis (6) meses.
El gasto mensual total que supone a la Corporación será de 800,00 € e incluye la Seguridad Social a cargo de la Diputación de Alicante, derivado de la aplicación del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre.
El beneficiario percibirá directamente por meses vencidos el importe mensual anterior, descontada la Seguridad Social a cargo de la Corporación.
Además, serán de aplicación los descuentos correspondientes al I.R.P.F. y Seguridad Social a cargo del becario.
2ª.- El becario realizará las tareas específicas de la beca en las dependencias del Departamento de Intervención de la Diputación de Alicante, sitas en la calle Tucumán nº 8 de Alicante.
3ª.- La beca objeto del presente Convenio se adjudicará mediante concurso entre los diversos aspirantes a la misma, que reúnan los siguientes requisitos y los acrediten documentalmente:
a) Ser español y residir en territorio de la provincia de Alicante.
b) Haber finalizado la licenciatura o grado en Ciencias Económicas y Empresariales o en cualquiera de las titulaciones indicadas en el artículo 9º del Estatuto Particular del Colegio de Economistas de Alicante como máximo, dentro de los tres cursos académicos inmediatamente anteriores al de la Convocatoria de la Beca.
c) Estar colegiado o formalizar la inscripción como tal antes de finalizar el plazo para presentar la solicitud de la Beca.
4ª.- Las solicitudes serán dirigidas al Colegio Oficial de Economistas de Alicante, y se presentarán, en plazo hábil, en la sede del mismo, de lunes a viernes, desde las 9 a las 15 horas. Tales solicitudes podrán recogerse en la propia sede del Colegio.
a) El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. [butlletí oficial de la província - alacant, 8 novembre 2013 - n.º 213] {del 9 al 26  de noviembre de 2013, a.i.} Si el último día fuera inhábil, se entenderá que el plazo expira el primer día hábil siguiente. No obstante, se dará noticia de cada convocatoria, con expresión de la apertura del plazo y de su término, mediante anuncios que se insertarán en los tablones del Colegio y de las Universidades de la provincia de Alicante y de la Diputación Provincial.
b) Las solicitudes deberán acompañarse de la siguiente
documentación:

b.1) Certificación académica personal o documento sustitutivo que acredite haber alcanzado la titulación correspondiente, con las calificaciones obtenidas, nota media obtenida, convocatoria y curso.
b.2) Curriculum.
b.3) Certificado de empadronamiento.
b.4) Toda la documentación que juzgue pertinente adjuntar como mérito personal. En caso de trabajos realizados o publicados se deberá adjuntar una copia de ellos.
b.5) Fotocopia del D.N.I. y número de teléfono.
c) Toda la documentación deberá presentarse en documentos originales o en fotocopias debidamente compulsadas.
La documentación que no cumpla estos requisitos no será tenida en cuenta a la hora de baremar el expediente personal del solicitante.
d) Si la solicitud no reúne los requisitos previstos en esta Base, se requerirá al interesado para que, en el plazo de 2 días hábiles, complete dicha documentación exigida. En caso de no ser así se considerará que desiste de su petición y ésta será archivada.

jueves, 26 de abril de 2012

Banco de España-Frob: Banco de Valencia, S.A. y Banco CAM, S.A. ... nombramiento de administradores provisionales de dichas entidades financieras.

BANCO DE ESPAÑA. Entidades de crédito 

Resolución de 12 de abril de 2012, del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria, por la que se publica el acuerdo de su Comisión Rectora de la misma fecha en relación con Banco de Valencia, SA.  PDF (BOE-A-2012-5574 - 1 pág. - 132 KB)   Otros formatos

En relación con el acuerdo adoptado el 21 de noviembre de 2011 por la Comisión Ejecutiva del Banco de España acordando la sustitución provisional del órgano de administración de Banco de Valencia, S.A. y la designación del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria como administrador provisional de dicha entidad, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 7 del Real Decreto-ley 9/2009, de 26 de junio, sobre reestructuración bancaria y reforzamiento de los recursos propios de las entidades de crédito, y en el título III de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre disciplina e intervención de las entidades de crédito, en su reunión de 12 de abril de 2012 la Comisión Rectora del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria ha acordado, en virtud de lo dispuesto en el párrafo a) del apartado 2 del artículo 7 del Real Decreto-ley 9/2009 antes mencionado, designar a don José Antonio Iturriaga Miñón como una de las personas que desempeñe, en nombre y representación del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria, las funciones que corresponden a éste en su condición de administrador provisional de Banco de Valencia, S.A., de modo que, como consecuencia de esta designación, sean:
Don José Manuel Oliver Martínez,
Don Fernando Viladomat Carreras,
Doña Margarita Reyes Medina y
Don José Antonio Iturriaga Miñón
las personas que desempeñen, en nombre y representación del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria, las funciones que corresponden a éste en su condición de administrador provisional de Banco de Valencia, S.A., apoderándoles expresamente para que, actuando cada una de dichas personas mancomunadamente con cualquiera de las otras tres, puedan ejercitar todas y cada una de las facultades que corresponden al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria en su condición de administrador provisional de Banco de Valencia, S.A., ostentando al efecto todas y cada una de las facultades que la normativa vigente en cada momento reconoce al órgano de administración de Banco de Valencia, S.A., pudiendo, entre otras:
dirigir, controlar y ejecutar la actividad diaria de Banco de Valencia, S.A.,
nombrar el equipo de dirección que crean oportuno para cumplir sus funciones y
conceder y revocar poderes.

Resolución de 12 de abril de 2012, del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria, por la que se publica el acuerdo de su Comisión Rectora de la misma fecha en relación con Banco CAM, SA.  
En relación con el acuerdo adoptado el 22 de julio de 2011 por la Comisión Ejecutiva del Banco de España acordando la sustitución provisional del órgano de administración de Banco CAM, S.A. y la designación del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria como administrador provisional de dicha entidad, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 7 del Real Decreto-ley 9/2009, de 26 de junio, sobre reestructuración bancaria y reforzamiento de los recursos propios de las entidades de crédito, y en el título III de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre disciplina e intervención de las entidades de crédito, en su reunión de 12 de abril de 2012 la Comisión Rectora del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria ha acordado, en virtud de lo dispuesto en el párrafo a) del apartado 2 del artículo 7 del Real Decreto-ley 9/2009 antes mencionado, cesar a don José Antonio Iturriaga Miñón como una de las personas que, en nombre y representación del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria, desempeñaba hasta la fecha las funciones que corresponden a éste en su condición de administrador provisional de Banco CAM, S.A., de modo que, como consecuencia de este cese, sean:
Don Tomás González Peña y
Don Benicio Herranz Hermosa
las personas que desempeñen, en nombre y representación del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria, las funciones que corresponden a éste en su condición de administrador provisional de Banco CAM, S.A., apoderándoles expresamente para que, actuando mancomunadamente, puedan ejercitar todas y cada una de las facultades que corresponden al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria en su condición de administrador provisional de Banco CAM, S.A., ostentando al efecto todas y cada una de las facultades que la normativa vigente en cada momento reconoce al órgano de administración de Banco CAM, S.A., pudiendo, entre otras:
dirigir, controlar y ejecutar la actividad diaria de Banco CAM, S.A.,
nombrar el equipo de dirección que crean oportuno para cumplir sus funciones y conceder y revocar poderes.



miércoles, 23 de junio de 2010

1 Técnico Superior ( A1 ) Área de Intervención. BASES. Ajuntament d' Oriola / Orihuela (Baix Segura)

AYUNTAMIENTO DE ORIHUELA (Baix Segura)
El Excmo. Ayuntamiento de Orihuela convoca Oposición libre para la provisión en propiedad de 1 plaza de técnico superior, vacante en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento, cuyas bases aprobadas por Resolución del Concejal-Delegado de Recursos Humanos de fecha 9/06/10, se transcriben íntegras a continuación:
Primera: objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, mediante el sistema de oposición libre, de una plaza de Técnico Superior de Administración Especial, vacante en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento e incluida en la oferta de empleo público del ejercicio de 2.009, encuadrada en el grupo A, subgrupo A1, de la escala de administración especial, subescala servicios especiales; clase, plaza de cometidos especiales, que desarrollará sus funciones en el área de Intervención de este Ayuntamiento.
La plaza convocada está dotada con el sueldo correspondiente al grupo A, subgrupo A1, dos pagas extraordinarias, trienios, y demás retribuciones complementarias que correspondan con arreglo a la legislación vigente y acuerdos municipales.
Estas Bases específicas, se regirán en lo no establecido en las mismas por las Bases Generales aprobadas por Decreto de alcaldía de fecha 26/05/08 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante número 108 de 06/06/08.
Segunda: requisitos de los aspirantes. Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los interesados deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1 Condiciones Generales:
a) Tener nacionalidad española o;
- Nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea
- Cónyuge de españoles cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho.
- Cónyuge de un nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho.
- Descendientes de los anteriores cónyuges, o de uno de ellos, menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes, cuando los cónyuges no estén separados de derecho.
- Personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales y ratificados por España en los que sea de aplicación de libre circulación de trabajadores (Países que conforman el Espacio Económico Europeo, Noruega, Islandia y Lienchtenstein, y la Confederación Suiza)
Todo ello en los términos previstos en el artículo 57 de la Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Tener cumplidos en la fecha de la convocatoria los 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión de los títulos de Licenciado en Derecho y Licenciado en Administración y Dirección de Empresas o equivalentes. En todo caso la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración educativa competente en cada caso
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Los aspirantes afectados por limitaciones físicas, psíquicas y sensoriales serán admitidos en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, siempre que tales limitaciones no sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes, y no sea necesaria la adaptación funcional del puesto de trabajo. Dichos aspirantes tendrán que alegar de forma expresa, al tiempo de presentar la correspondiente solicitud, que tipo de discapacidad padecen, que deberá ser acreditado mediante certificación oficial vinculante en el que conste que está en condiciones de cumplir las tareas fundamentales de los puestos de trabajo a lo que aspiran. La certificación habrá de ser presentada junto con la solicitud de participación. De no ser posible la presentación de dicha certificación dentro del plazo de solicitudes, se deberá aportar la certificación dentro del plazo de subsanación de defectos a que ser refiere al base cuarta.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las CC.AA., ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario o para ejercer funciones similares a las que desempeñaba en el caso de personal laboral en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado, el acceso a la función pública.
f) No hallarse afectado por incapacidad o incompatibilidad alguna, con arreglo a los establecido en los artículos 136.2 y 145 del Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de abril y ley 53/84 de 26 de diciembre, de incompatibilidades.
Todos y cada uno de los requisitos deberán reunirse por los aspirantes con referencia a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo.
Tercera: solicitudes. Quienes deseen tomar parte en las pruebas, deberán solicitarlo mediante instancia dirigida a la presidenta de la Corporación, en la que deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones o requisitos exigidos en la base segunda, referidos a la fecha en que termina el plazo de presentación de instancias.
Los interesados deberán abonar la cantidad de 24,04 euros, en concepto de derechos de examen. Los aspirantes con minusvalías deberán hacerlo constar en la solicitud de participación en la convocatoria, debiendo acreditarla posteriormente, si obtuviera plaza mediante la oportuna certificación del órgano administrativo competente. Estarán exentos de pago de la tasa, las personas con discapacidad igual o superior al 33 % debiendo acreditar este extremo, igualmente, mediante documento justificativo que se acompañará a la solicitud, debidamente compulsado.
Dichas tasas se harán efectivas directamente o mediante transferencia, en la cuenta del Ayuntamiento de Caja Murcia y cuyo código de identificación es 2043.0421.15.2080000071, especificando en el documento de ingreso a que prueba selectiva corresponde.
El impago de los derechos de examen, o el hecho de no aportar el justificante del ingreso, o no especificar a qué prueba selectiva corresponde, dará lugar a la exclusión del aspirante, en la resolución por la que se apruebe la relación de aspirantes admitidos y excluidos.
Los citados derechos de examen sólo serán devueltos a quienes no sean admitidos al procedimiento selectivo, por falta de alguno de los requisitos exigidos para tomar parte en el mismo.
Se presentarán dentro del plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro General del Ayuntamiento o en la forma que determine el artículo 38 de la Ley 30/1.992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

lunes, 15 de marzo de 2010

1 Beca de Formación en control interno de la gestión económico-financiera de las entidades locales, con destino al Departamento de Intervención.

Excma. Diputación Provincial de Alicante y el Colegio Oficial de Economistas de Alicante
ANUNCIO
Se procede a la Convocatoria de una Beca de Formación en control interno de la gestión económico-financiera de las entidades locales, con destino al Departamento de Intervención, según Convenio de colaboración entre la Excma. Diputación Provincial de Alicante y el Colegio Oficial de Economistas de Alicante, suscrito el 4 de febrero de 2008.
Bases de la convocatoria.
1ª.-
El número de becas a conceder será de una, su duración será de seis meses prorrogable por otros seis meses y la dotación económica de 900,00 € mensuales.
2ª.- El becario realizará las tareas específicas de la beca en las dependencias del Departamento de Intervención de la Diputación de Alicante, sitas en la calle Tucumán nº 8 de Alicante.
3ª.- La beca objeto del presente Convenio se adjudicará mediante concurso entre los diversos aspirantes a la misma, que reúnan los siguientes requisitos y los acrediten documentalmente:
a) Ser español y residir en territorio de la provincia de Alicante.
b) Haber finalizado la licenciatura en Ciencias Económicas y Empresariales o en cualquiera de las titulaciones indicadas en el artículo 9º del Estatuto Particular del Colegio de Economistas de Alicante como máximo, dentro de los tres cursos académicos inmediatamente anteriores al de la Convocatoria de la Beca.
c)
Estar colegiado o formalizar la inscripción como tal antes de finalizar el plazo para presentar la solicitud de la Beca.
4ª.- Las solicitudes serán dirigidas al Colegio Oficial de Economistas de Alicante, y se presentarán, en plazo hábil, en la sede del mismo, sita en Alicante, en la Calle San Isidro, número 5, de lunes a viernes, desde las 9.00 a las 15.00 horas. Tales solicitudes podrán recogerse en la propia sede del Colegio.
a) El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. [del 16 de MARZO al 6 de ABRIL de 2010, a.i.] Si el último día fuera inhábil, se entenderá que el plazo expira el primer día hábil siguiente.

viernes, 26 de febrero de 2010

1 tècnic mitjà d'intervenció. (A2). Bases. Mancomunitat de la Valldigna.

Anunci de la Mancomunitat de la Valldigna sobre aprovació de les bases específiques per a la provisió, per mitjà d'oposició lliure, d'una plaça de tècnic mitjà d'intervenció de la plantilla de funcionaris de carrera.
ANUNCI
Base primera. Objecte de la convocatòria.- 1.1 És objecte de la convocatòria la provisió en propietat d'una plaça de tècnic mitjà d'intervenció, vacant en la plantilla de funcionaris de carrera d'esta Mancomunitat, enquadrada en l'Escala d'Administració General, Subgrup A 2, de conformitat amb el que estableix la disposició transitòria tercera, apartat 2 de la Llei 7/2007, de 12 d'abril, de l'estatut de l'empleat Públic.
Les seues funcions seran les pròpies del seu grup i categoria i en concret es responsabilitzarà del funcionament correcte del lloc de treball, les funcions del qual són les relacionades amb foment local, promoció turística i intervenció; redactar informes, propostes, acords, memòries, estadístiques, etc; s'encarregarà d'iniciar actuacions i del seguiment dels expedients vinculats amb temes de la seua competència; formular propostes de resolució de recursos en l'àmbit de la seua responsabilitat; coordinar el treball del personal que li siga assignat, i aquelles altres funcions semblants que li siguen encomanades.
1.2 El sistema selectiu serà el d'oposició.
Base segona. Normativa d'aplicació.-
En tot allò no expressament previst en les presents bases s'aplicarà el que disposa la Llei 7/2007, de 12 d'abril, de l'Estatut Bàsic de l'Empleat Públic (EBEP, d'ara en avant); la Llei 7/1985, de 2 d'abril, Reguladora de les Bases de Règim local; el Reial Decret Legislatiu 781/1986, de 18 d'abril, el Reial Decret 896/1991, de 7 de juny, sobre Regles Bàsiques i Programes Mínims del procediment de selecció dels funcionaris d'Administració Local; el Decret 33/1999, de 9 de març, del Consell de la Generalitat Valenciana, amb les modificacions introduïdes per Resolució de 17 de juliol de 2000, Decret 218/2003 de 24 d'octubre de 2003, Decret 87/2004 de 28 de maig de 2004 i el Decret 68/2005 de 8 d'abril de 2005, i supletòriament pel Reial Decret 364/1995, de 10 de març, pel que s'aprova el Reglament General d'Ingrés del Personal al servici de l'Administració General de l'Estat i de Provisió de Llocs de Treball i Promoció Professional dels Funcionaris Civils de l'Administració general de l'Estat.
Base tercera. Requisits que han de reunir els aspirants.- Per a prendre part en les proves selectives d'esta convocatòria serà necessari:
A. Tindre la nacionalitat espanyola, sense perjuí del que estableix l'article 57 de la Llei 7/2007, de 12 d'abril, de l'Estatut de l'Empleat Públic.
B. Tindre complits 18 anys d'edat.
C. Estar en possessió, almenys, del títol d'enginyer tècnic, diplomat universitari, arquitecte tècnic, formació professional de tercer grau o equivalent o si és el cas els tres primers cursos complets de qualsevol llicenciatura universitària, en la data en què acabe el termini de presentació d'instàncies.
D. No patir malaltia o defecte físic que impedisca l'exercici de les corresponents funcions.
E. No trobar-se inhabilitat o inhabilitada penalment per a l'exercici de les funcions públiques.
F. No haver sigut separat o separada per mitjà d'expedient disciplinari de qualsevol Administració o ocupació pública.
Base quarta. Igualtat de condicions.- D'acord amb el que estableix la Llei 13/1982, de 7 d'abril, d'Integració Social de Minusvàlid, en les presents proves seran admeses les persones minusvàlides en igualtat de condicions que els altres aspirants.
Els aspirants minusvàlids hauran de presentar certificació de la Conselleria competent en matèria de Treball i Afers Socials, o òrgan competent de altres comunitats autònomes o de l'Administració de l'Estat, que acredite tal condició, així com la seua capacitat per a exercir les tasques corresponents a les places objecte de la present convocatòria.
El tribunal establirà, per a les persones amb minusvalideses que així ho sol·liciten, les adaptacions possibles de temps i mitjans per a la realització de les proves. A este efecte els interessats hauran de presentar la petició corresponent en la sol·licitud de participació en la convocatòria, juntament amb el certificat a què es refereix l'apartat anterior. En este cas, les proves no s'iniciaran fins que per l'Administració competent s'haja informat respecte a les adaptacions necessàries en funció de la natura i grau de discapacitat.
Base cinquena. Instàncies i admissió d'aspirants.- 5.1 En les instàncies sol·licitant prendre part en la present oposició, que hauran d'estar degudament omplides, manifestaran els aspirants que reuneixen totes i cada una de les condicions i requisits exigits en la base tercera, i si és el cas, base quarta, referides a la data de terminació del termini de presentació d'instàncies, seran dirigides a la Presidència de la Mancomunitat de la Valldigna, i podran utilitzar la instància model que es facilitarà en la Secretaria de la Mancomunitat de la Valldigna, ubicada en la Plaça País Valencià, núm. 10, presentant-se en el Registre General d'Entrada d'esta o en la forma que determina l'article 38.4 de la Llei 30/92, de Règim Jurídic de les Administracions Públiques i del Procediment Administratiu Comú, durant un termini de 20 dies naturals, a partir de l'endemà de la publicació de l'extracte d'esta convocatòria en el Boletín Oficial del Estado.