Diputació d'Alacant. EXTRACTO DEL ACUERDO DE 27 DE SEPTIEMBRE DE 2017 DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALICANTE POR LA QUE SE CONVOCAN ANTICIPADAMENTE DOS BECAS DE FORMACIÓN EN GESTIÓN DE TESORERÍA DE LAS EE LL PARA 2018 EN LA TESORERÍA DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALICANTE.
BDNS(Identif.):365030
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index"):
Primero. Beneficiarios: La beca se adjudicará mediante concurso entre los diversos aspirantes a la misma, que reúnan los siguientes requisitos y los acrediten documentalmente:
a) Ser español y residir en territorio de la provincia de Alicante.
b) Haber finalizado la licenciatura o grado en Ciencias Económicas y Empresariales, Licenciado en Ciencias Políticas y Económicas (sección economía), en Ciencias Políticas, Económicas y Comerciales (sección económicas y comerciales), en Ciencias Económicas y Comerciales, en Ciencias Económicas y Empresariales, en Economía, en Administración y Dirección de Empresas, en Ciencias Actuariales y Financieras y en Investigación y Técnicas de Mercado, sin que haya transcurrido en ningún caso más de 3 años desde la finalización de la licenciatura o grado.
Segundo. Finalidad: La formación en la gestión de tesorería de las entidades locales.
Tercero. Bases reguladoras: Bases por la que se habrá de regir la convocatoria para la concesión de dos becas de formación en Gestión de Tesorería de las Entidades Locales para 2018.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index"):
Primero. Beneficiarios: La beca se adjudicará mediante concurso entre los diversos aspirantes a la misma, que reúnan los siguientes requisitos y los acrediten documentalmente:
a) Ser español y residir en territorio de la provincia de Alicante.
b) Haber finalizado la licenciatura o grado en Ciencias Económicas y Empresariales, Licenciado en Ciencias Políticas y Económicas (sección economía), en Ciencias Políticas, Económicas y Comerciales (sección económicas y comerciales), en Ciencias Económicas y Comerciales, en Ciencias Económicas y Empresariales, en Economía, en Administración y Dirección de Empresas, en Ciencias Actuariales y Financieras y en Investigación y Técnicas de Mercado, sin que haya transcurrido en ningún caso más de 3 años desde la finalización de la licenciatura o grado.
Segundo. Finalidad: La formación en la gestión de tesorería de las entidades locales.
Tercero. Bases reguladoras: Bases por la que se habrá de regir la convocatoria para la concesión de dos becas de formación en Gestión de Tesorería de las Entidades Locales para 2018.
Cuarto. Importe:
El gasto mensual total que supone a la Corporación, cada beca, será de 800,00€ importe bruto que incluye el total de los gastos de Seguridad Social que se derivan de la aplicación del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, así como la retención de IRPF que corresponda.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Las solicitudes serán dirigidas a la Diputación Provincial de Alicante, y se presentarán en el Registro General en la C/Tucumán, 8 – 03005 Alicante, en plazo hábil, de lunes a viernes, desde las 9 a las 14 horas. Además podrán presentarse por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
a) El modelo de solicitud podrá descargarse de la página web de la Diputación Provincial de Alicante o recogerse en la Diputación Provincial de Alicante, en el Departamento de Tesorería o en el Registro General.
b) El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia [Alacant Nº 196 de 13/10/2017]. Si el último día fuera inhábil, se entenderá que el plazo expira el primer día hábil siguiente. {del 14 de octubre al 6 de noviembre de 2017, a.i.}
c) Las solicitudes deberán acompañarse de la siguiente documentación:
c.1) Certificación académica personal o documento sustitutivo que acredite haber alcanzado la titulación correspondiente, con las calificaciones obtenidas, nota media obtenida, convocatoria y curso.
c.2) Formación complementaria que tenga relación directa con los cometidos y tareas que se desempeñan en el Departamento de Tesorería.
c.3) Otras titulaciones.
c.4) Curriculum Vitae.
c.5) Certificado de empadronamiento.
c.6) Fotocopia del D.N.I. y número de teléfono.
c.7) Toda la documentación que juzgue pertinente adjuntar como mérito personal. En caso de trabajos realizados o publicados se deberá adjuntar una copia de ellos.
d) Toda la documentación deberá presentarse en documentos originales o en fotocopias debidamente compulsadas. La documentación que no cumpla estos requisitos no será tenida en cuenta a la hora de baremar el expediente personal del solicitante.
El gasto mensual total que supone a la Corporación, cada beca, será de 800,00€ importe bruto que incluye el total de los gastos de Seguridad Social que se derivan de la aplicación del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, así como la retención de IRPF que corresponda.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Las solicitudes serán dirigidas a la Diputación Provincial de Alicante, y se presentarán en el Registro General en la C/Tucumán, 8 – 03005 Alicante, en plazo hábil, de lunes a viernes, desde las 9 a las 14 horas. Además podrán presentarse por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
a) El modelo de solicitud podrá descargarse de la página web de la Diputación Provincial de Alicante o recogerse en la Diputación Provincial de Alicante, en el Departamento de Tesorería o en el Registro General.
b) El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia [Alacant Nº 196 de 13/10/2017]. Si el último día fuera inhábil, se entenderá que el plazo expira el primer día hábil siguiente. {del 14 de octubre al 6 de noviembre de 2017, a.i.}
c) Las solicitudes deberán acompañarse de la siguiente documentación:
c.1) Certificación académica personal o documento sustitutivo que acredite haber alcanzado la titulación correspondiente, con las calificaciones obtenidas, nota media obtenida, convocatoria y curso.
c.2) Formación complementaria que tenga relación directa con los cometidos y tareas que se desempeñan en el Departamento de Tesorería.
c.3) Otras titulaciones.
c.4) Curriculum Vitae.
c.5) Certificado de empadronamiento.
c.6) Fotocopia del D.N.I. y número de teléfono.
c.7) Toda la documentación que juzgue pertinente adjuntar como mérito personal. En caso de trabajos realizados o publicados se deberá adjuntar una copia de ellos.
d) Toda la documentación deberá presentarse en documentos originales o en fotocopias debidamente compulsadas. La documentación que no cumpla estos requisitos no será tenida en cuenta a la hora de baremar el expediente personal del solicitante.
Sexto. Otros datos: El número de becas a conceder será de dos, y su duración será de seis meses prorrogable por otros seis. Las becas comprenderán el período del 1 de enero hasta el 30 de junio, pudiendo ser prorrogado por otro período máximo de seis meses más desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre previa solicitud del beneficiario .
En el caso de que el proceso de selección impidiese el inicio en las fechas indicadas, el primer periodo de seis meses se reducirá en el tiempo que se retrase el inicio de la beca.
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