- Extracto de la Resolución 26 de septiembre de 2017 de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2017 del procedimiento de concesión de ayudas a proyectos «Explora Ciencia» y «Explora Tecnología» correspondientes al Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia, Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento, en el marco del Plan Estatal de I+D+I 2013-2016.
De conformidad con lo previsto en los artículos
17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas objeto de
esta convocatoria las siguientes personas jurídicas que estén
válidamente constituidas y tengan domicilio fiscal en España:
a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley de la Ciencia.
b) Las universidades públicas, sus institutos
universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad
demostrada en I+D, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001,
de 21 de diciembre, de Universidades, e inscritas en el registro creado
por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se
regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
c) Otros centros públicos de I+D: organismos
públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o
vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o
vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus
organismos, o participados mayoritariamente por el sector público,
cualquiera que sea su forma jurídica.
d) Entidades e instituciones sanitarias públicas y
privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema
Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.
e) Institutos de investigación sanitaria
acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 279/2016, de 24
de junio, sobre acreditación de institutos de investigación biomédica o
sanitaria, y normas complementarias.
f) Entidades públicas y privadas sin ánimo de
lucro que realicen actividad de I+D, definida en sus estatutos como
actividad principal, y generen conocimiento científico o tecnológico.
g) Centros tecnológicos de ámbito estatal y
centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén
inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto
2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros
Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de
ámbito estatal y se crea el registro de tales centros.
Los beneficiarios deberán cumplir los requisitos establecidos en los artículos 4 y 5 de la resolución de convocatoria.
Segundo. Objeto. Mediante esta convocatoria se conceden ayudas a
proyectos «Explora Ciencia» y «Explora Tecnología». Se trata de promover
la ejecución de proyectos de investigación básica o tecnológica cuyos
resultados puedan llegar a representar un avance significativo del
conocimiento, mediante el planteamiento y desarrollo de nuevos enfoques o
metodologías inalcanzables de otro modo y que, por la naturaleza de los
conocimientos generados, pudieran tener un marcado carácter
transversal.
Se pretende el fomento de propuestas de
investigación imaginativas y radicales cuya viabilidad pudiera ser
considerada baja en programas convencionales, porque chocan con ideas
establecidas en su campo, y también propuestas tecnológicas arriesgadas
que buscan una prueba de concepto y que, en ambos casos, no se
conseguirían financiar por las vías habituales, pero en las que existan
ciertos indicios que justifiquen acometer su exploración usando
metodología científica.
El plazo de ejecución de los proyectos será de 1 o
2 años, contados a partir de la fecha que se especifique en la
resolución de concesión.
Los proyectos serán ejecutados por equipos de investigación dirigidos por un investigador principal.
Tercero. Bases reguladoras. Orden ECC/1779/2013, de 30 de septiembre
publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 2 de octubre de 2013,
por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas
públicas varios subprogramas del Programa Estatal de Fomento de la
Investigación Científica y Técnica de Excelencia, en el marco del Plan
Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016,
aprobado por acuerdo del Consejo de Ministros en su reunión del 1 de
febrero de 2013, cuya vigencia ha sido prorrogada por acuerdo del
Consejo de Ministros en su reunión del 30 de diciembre de 2016.
Cuarto. Cuantía. La cuantía máxima destinada a financiar estas
ayudas será de 5.000.000 €. Las ayudas de esta actuación consistirán en
subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
Las ayudas podrán financiar total o parcialmente
el presupuesto solicitado en las propuestas presentadas. Su cuantía se
determinará en cada caso en función del coste financiable real de la
actuación, a tenor de sus objetivos, necesidades y duración, y de las
disponibilidades presupuestarias.
El presupuesto de las ayudas financiará gastos de
personal, material inventariable y fungible, gastos de viajes,
publicaciones científicas, patentes y otros gastos directamente
relacionados con el proyecto, en las condiciones detalladas en el
artículo 9 de la resolución de convocatoria.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Habrá un plazo único para la presentación de
solicitudes desde el 31 de octubre de 2017 hasta el 21 de noviembre de
2017 a las 15:00 (hora peninsular española).
Sexto. Criterios de evaluación de las solicitudes de ayuda. Se valorarán (con las puntuaciones y
ponderaciones establecidas en el artículo 19 de la resolución de
convocatoria) los siguientes méritos:
a) Calidad científico-técnica, relevancia y viabilidad de la propuesta.
b) Calidad, trayectoria y adecuación del equipo de investigación.
c) Impacto científico-técnico o internacional de la propuesta.
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