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sábado, 21 de febrero de 2015

apoyo financiero a la inversión industrial en el marco de la política pública de fomento de la competitividad industrial en el año 2015.

Primero. Objeto y ámbito de aplicación. Se convoca, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de apoyo financiero, correspondiente al año 2015, para la ejecución de inversiones destinadas a la mejora y/o modificación de líneas de producción previamente existentes, previstas en el artículo 3.1.d) de la Orden IET/619/2014, de 11 de abril, por la que se establecen las bases para la concesión de apoyo financiero a la inversión industrial en el marco de la política pública de reindustrialización y fomento de la competitividad industrial, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 96, de 21 de abril de 2014, y modificada por la Orden IET/10/2015, de 12 de enero, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 14, de 16 de enero de 2015, que se produzcan en el ámbito de la industria manufacturera, con la siguiente clasificación:
1. Industria manufacturera en general.
2. Fabricación de vehículos propulsados con energías alternativas, sus equipos y componentes y fabricación de productos vinculados a su infraestructura de utilización.
3. Industria aeroespacial.
A estos efectos, se entenderán inversiones en el ámbito de la industria manufacturera, las que tienen como objetivo desempeñar las actividades definidas en la Sección C-Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), establecida por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril («BOE» núm. 102, de 28 de abril de 2007), con la exclusión del código CNAE 2009: 30.11, con autorización para construir buques de casco metálico de más de 100GT.
Dentro de este ámbito general, se distingue la producción de vehículos propulsados con energías alternativas, sus equipos y componentes y la fabricación de productos vinculados a su infraestructura de utilización, entendiendo por tales aquellos propulsados mediante gases licuados del petróleo, gas natural, biocombustibles, electricidad o hidrógeno.
Se entenderán inversiones en el ámbito de la industria aeroespacial, las que tienen como objetivo desempeñar las actividades definidas en el código 30.3 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009).
Segundo. Beneficiarios. Podrán tener la condición de beneficiario las sociedades válidamente constituidas que cumplan las condiciones establecidas en el artículo 4 de la Orden IET/619/2014, de 11 de abril.
Tercero. Tipos de actuaciones financiables. 1. Podrán ser objeto de apoyo financiero las inversiones industriales para la mejora y/o modificación de líneas de producción previamente existentes.
A los efectos de la clasificación de las actuaciones en esta tipología se entenderá por mejora y/o modificación de una línea de producción existente, la definición y adquisición de un equipo o conjunto de equipos destinados a sustituir elementos anteriormente instalados en la línea o a complementar ésta con el objetivo de mejorar sus características o de modificar las características de la producción. Dichas modificaciones pueden suponer variación de la capacidad de producción, dentro de la misma línea, pero no podrán constituir líneas de producción nuevas e independientes de las anteriores.
2. Las inversiones industriales, para ser consideradas financiables, deberán ser viables técnicamente según el estado o situación actual de la tecnología a escala industrial.
Quinto. Plazo de realización de las actuaciones. Las actuaciones financiadas deberán ejecutarse desde el 1 de enero de 2015, hasta un plazo máximo de dieciocho meses contados desde la fecha de resolución de la concesión
Sexto. Presupuesto mínimo de inversiones financiables. El presupuesto financiable mínimo de las inversiones será de 75.000 euros.
Duodécimo. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación comenzará el día 1 de abril y finalizará el día 1 de junio de 2015.
Decimotercero. Formalización y presentación de solicitudes. La formalización y presentación de las solicitudes se realizará según lo establecido en el artículo 18 de la Orden IET/619/2014, de 11 de abril:
1. La solicitud de financiación deberá constar de la siguiente documentación:
a) Formulario de solicitud de financiación y cuestionario electrónico: Fichero firmado electrónicamente cumplimentado necesariamente con los medios electrónicos disponibles en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo (https://sede.minetur.gob.es).

b) ...

viernes, 7 de junio de 2013

se amplía el plazo de presentación de solicitudes a las convocatorias de concesión de apoyo financiero a la inversión industrial en el marco de la política pública de reindustrialización y de fomento de la competitividad industrial en el año 2013.

1.-Ampliación del plazo de solicitud.
1.
El plazo de presentación de solicitudes previsto en el apartado decimotercero de la Orden IET/753/2013, de 26 de abril, por la que se convoca la concesión de apoyo financiero a la inversión industrial en la industria de automoción en el marco de la política pública de fomento de la competitividad industrial en el año 2013 («BOE» número 108, de 6 de mayo de 2013), queda prorrogado hasta el día 15 de julio de 2013, inclusive.
2. El plazo de presentación de solicitudes previsto en el apartado decimotercero de la Orden IET/754/2013, de 26 de abril, por la que se convoca la concesión de apoyo financiero a la inversión industrial en la industria manufacturera en el marco de la política pública de fomento de la competitividad industrial en el año 2013 («BOE» número 108, de 6 de mayo de 2013), queda prorrogado hasta el día 15 de julio de 2013, inclusive.
3. El plazo de presentación de solicitudes previsto en el apartado duodécimo de la Orden IET/755/2013, de 26 de abril, por la que se convoca la concesión de apoyo financiero a la inversión industrial en el marco de la política pública de reindustrialización en la comarca de la Bahía de Cádiz en el año 2013 («BOE» número 108, de 6 de mayo de 2013), queda prorrogado hasta el día 15 de julio de 2013, inclusive.
4. El plazo de presentación de solicitudes previsto en el apartado duodécimo de la Orden IET/756/2013, de 26 de abril, por la que se convoca la concesión de apoyo financiero a la inversión industrial en el marco de la política pública de reindustrialización en la Comunidad Autónoma de Canarias en el año 2013 («BOE» número 108, de 6 de mayo de 2013), queda prorrogado hasta el día 15 de julio de 2013, inclusive. 
5. El plazo de presentación de solicitudes previsto en el apartado duodécimo de la Orden IET/757/2013, de 26 de abril, por la que se convoca la concesión de apoyo financiero a la inversión industrial en el marco de la política pública de reindustrialización en la isla de El Hierro en el año 2013 («BOE» número 108, de 6 de mayo de 2013), queda prorrogado hasta el día 15 de julio de 2013, inclusive.
6. El plazo de presentación de solicitudes previsto en el apartado duodécimo de la Orden IET/758/2013, de 26 de abril, por la que se convoca la concesión de apoyo financiero a la inversión industrial en el marco de la política pública de reindustrialización en las comarcas de Ferrol, Eume y Ortegal en el año 2013 («BOE» número 108, de 6 de mayo de 2013), queda prorrogado hasta el día 15 de julio de 2013, inclusive.
7. El plazo de presentación de solicitudes previsto en el apartado decimotercero de la Orden IET/759/2013, de 26 de abril, por la que se convoca la concesión de apoyo financiero a la inversión industrial en la industria aeroespacial en el marco de la política pública de fomento de la competitividad industrial en el año 2013 («BOE» número 108, de 6 de mayo de 2013), queda prorrogado hasta el día 15 de julio de 2013, inclusive.
8. El plazo de presentación de solicitudes previsto en el apartado duodécimo de la Orden IET/765/2013, de 26 de abril, por la que se convoca la concesión de apoyo financiero a la inversión industrial en el marco de la política pública de reindustrialización en el año 2013 («BOE» número 109, de 7 de mayo de 2013), queda prorrogado hasta el día 15 de julio de 2013, inclusive.
9. El plazo de presentación de solicitudes previsto en el apartado duodécimo de la Orden IET/766/2013, de 26 de abril, por la que se convoca la concesión de apoyo financiero a la inversión industrial en el marco de la política pública de reindustrialización en la comarca de Lorca en el año 2013 («BOE» número 109, de 7 de mayo de 2013), queda prorrogado hasta el día 15 de julio de 2013, inclusive.
10. El plazo de presentación de solicitudes previsto en el apartado duodécimo de la Orden IET/767/2013, de 26 de abril, por la que se convoca la concesión de apoyo financiero a la inversión industrial en el marco de la política pública de reindustrialización en la margen izquierda del Nervión en el año 2013 («BOE» número 109, de 7 de mayo de 2013), queda prorrogado hasta el día 15 de julio de 2013, inclusive.
11. El plazo de presentación de solicitudes previsto en el apartado duodécimo de la Orden IET/768/2013, de 26 de abril, por la que se convoca la concesión de apoyo financiero a la inversión industrial en el marco de la política pública de reindustrialización en las provincias de Teruel, Soria y Jaén en el año 2013 («BOE» número 109, de 7 de mayo de 2013), queda prorrogado hasta el día 15 de julio de 2013, inclusive.
12. El plazo de presentación de solicitudes previsto en el apartado duodécimo de la Orden IET/769/2013, de 26 de abril, por la que se convoca la concesión de apoyo financiero a la inversión industrial en el marco de la política pública de reindustrialización en las zonas afectadas por procesos de deslocalización de los sectores textil y de la confección, calzado, juguete, mueble, curtido y marroquinería en el año 2013 («BOE» número 109, de 7 de mayo de 2013), queda prorrogado hasta el día 15 de julio de 2013, inclusive.
13. El plazo de presentación de solicitudes previsto en el apartado duodécimo de la Orden IET/770/2013, de 26 de abril, por la que se la convoca la concesión de apoyo financiero a la inversión industrial en el marco de la política pública de reindustrialización en la comarca de Campo de Gibraltar en el año 2013 («BOE» número 109, de 7 de mayo de 2013), queda prorrogado hasta el día 15 de julio de 2013, inclusive.
14. El plazo de presentación de solicitudes previsto en el apartado duodécimo de la Orden IET/776/2013, de 26 de abril, por la que se convoca la concesión de apoyo financiero a la inversión industrial en el marco de la política pública de reindustrialización en la Comunidad Autónoma de Extremadura en el año 2013 («BOE» número 110, de 8 de mayo de 2013), queda prorrogado hasta el día 15 de julio de 2013, inclusive.