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lunes, 8 de junio de 2015

premios "Miguel Hernández", edición 2015. (dirigidos a reconocer y divulgar la labor realizada por aquellas instituciones públicas, entidades privadas sin ánimo de lucro y centros públicos de educación de personas adultas)

Objeto y ámbito de aplicación. Convocar los premios «Miguel Hernández» correspondientes al año 2015, dirigidos a reconocer y divulgar la labor realizada por aquellas instituciones públicas, entidades privadas sin ánimo de lucro y centros públicos de educación de personas adultas de todo el Estado que se distingan por ofrecer una educación y formación permanente innovadora de calidad a las personas adultas, su aportación eficaz en las diferentes formas de alfabetización, favorecer el acceso a la educación y la formación de los grupos socialmente desfavorecidos y en situación de vulnerabilidad, contribuir al desarrollo de las competencias básicas, desarrollar acciones cuyo objetivo sea mejorar el nivel educativo y la formación de este colectivo para facilitar el desarrollo personal, social y profesional en la actual sociedad del conocimiento y favorecer la formación de las personas mayores. Asimismo se reconocerán las acciones que contribuyan al incremento de la participación y permanencia en formación permanente, fomenten los sistemas de segunda oportunidad y mecanismos de apoyo a la incorporación de hábitos de aprendizaje permanente en la vida adulta y favorezcan la generalización del acceso a la información, asesoramiento y orientación a las personas adultas.
Destinatarios. Podrán concurrir a estos premios instituciones públicas o entidades privadas sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, de todo el Estado y centros públicos de educación de personas adultas que se hayan destacado por las actuaciones anteriormente mencionadas.
Plazo de presentación, solicitud de participación, subsanaciones, notificaciones, procedimiento y documentación. 1. Quienes, reuniendo las condiciones exigidas, deseen participar en esta convocatoria deberán formular su solicitud mediante el formulario de inscripción que será accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte:
https://sede.educacion.gob.es , sección «Trámites y Servicios».    ...
3 ....  b) En caso de no poseer DNI electrónico y, una vez cumplimentada la solicitud telemática y adjuntada toda la documentación preceptiva en formato PDF, se obtendrá un impreso oficial de la solicitud en soporte papel que, una vez firmado por el solicitante, se deberá presentar preferentemente en el registro auxiliar n.º 1 del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte situado en el Paseo del Prado, n.º 28, o a través de cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, siendo imprescindible que en la solicitud aparezca la fecha de recepción en el organismo público correspondiente. El impreso oficial que se presentará en el registro presencial incluye un número que identifica la solicitud y un resumen digital que garantiza la integridad de la misma. En caso de modificación del impreso oficial, manual o electrónicamente, la solicitud será automáticamente excluida.
4. El plazo de solicitudes, que se iniciará a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado»,finalizará el 21 de septiembre de 2015.

viernes, 14 de junio de 2013

premios «Miguel Hernández», edición 2013. *(educación de personas adultas)

1.- Objeto y ámbito de aplicación. Convocar los premios «Miguel Hernández» correspondientes al año 2013, dirigidos a reconocer y divulgar la labor realizada por aquellas instituciones públicas, entidades privadas sin ánimo de lucro y centros públicos de educación de personas adultas de todo el Estado, que se distingan por: su aportación eficaz en la alfabetización de personas adultas, favorecer el acceso a la educación de los grupos socialmente desfavorecidos, contribuir al desarrollo de las competencias básicas, desarrollar acciones formativas cuyo objetivo sea mejorar el nivel educativo de este colectivo para facilitar el desarrollo personal, social y profesional en la actual sociedad del conocimiento y favorecer la formación de las personas mayores.
Esta convocatoria se realiza en régimen de concurrencia competitiva.
2. Dotación económica. Los referidos premios estarán dotados económicamente con arreglo a la siguiente distribución: un primer premio de 38.000 euros, un segundo premio de 25.000 euros y un tercer premio de 16.520 euros. Los galardonados recibirán igualmente distinción acreditativa.   ...
3. Destinatarios. Podrán concurrir a estos premios instituciones públicas o entidades privadas sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, de todo el Estado y centros públicos de educación de personas adultas, que se hayan destacado por las actuaciones anteriormente mencionadas.
4. Tramitación y plazos. Para participar en la presente convocatoria se dirigirán las candidaturas a la Dirección General de Formación Profesional (Subdirección General de Aprendizaje a lo Largo de la Vida) y se presentarán en el Registro Auxiliar del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, Paseo del Prado 28, planta baja, 28014 Madrid, pudiendo utilizarse para ello cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Las solicitudes para participar en la presente convocatoria se formalizarán en el modelo de instancia que se incluye como Anexo I. El modelo de solicitud también estará disponible en la página web de este Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, http://www.mecd.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/catalogo-servicios/premios/premios-centros-educativos/premios-miguel-hernandez.html
El plazo de presentación de candidaturas será de treinta días naturales, a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado. {del 15 de junio al 15* de julio de 2013, a.i.}*el 14 de julio es domingo e inhábil

miércoles, 29 de mayo de 2013

ajudes econòmiques per a les corporacions locals i entitats privades sense ànim de lucre que desenrotllen l’educació de persones adultes a la Comunitat Valenciana durant l’exercici 2013. # ayudas económicas para las corporaciones locales y entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollan la educación de personas adultas en la Comunitat Valenciana durante el ejercicio 2013.

Conselleria d’Educació, Cultura i Esport.
ORDE 46/2013, de 23 de maig, de la Conselleria d’Educació, Cultura i Esport, per la qual convoca ajudes econòmiques per a les corporacions locals i entitats privades sense ànim de lucre que desenrotllen l’educació de persones adultes a la Comunitat Valenciana durant l’exercici 2013. [2013/5547]  (pdf 193KB) 
ORDEN 46/2013, de 23 de mayo, de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, por la que convoca ayudas económicas para las corporaciones locales y entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollan la educación de personas adultas en la Comunitat Valenciana durante el ejercicio 2013. [2013/5547]  (pdf 193KB)
Primero. La Consellería de Educación, Cultura y Deporte, dentro de los límites presupuestarios que se aprueben para esta finalidad, concederá ayudas dirigidas a las corporaciones locales y a las entidades privadas sin ánimo de lucro titulares de centros docentes autorizados para impartir educación básica de personas adultas.
Las ayudas irán también dirigidas a las corporaciones locales que colaboren con la Administración educativa aportando personal o recursos económicos a los centros docentes de educación de personas adultas de titularidad de la Generalitat.
Asimismo, las ayudas podrán ir también dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro que dispongan de autorización como entidades vinculadas al Centro Específico de Educación a Distancia.
Segundo. 1. Las ayudas a que hace referencia el artículo anterior contribuirán a la financiación parcial de los gastos de personal docente contratado y también de otros gastos corrientes de las entidades antes señaladas para el sostenimiento de sus actividades de educación de personas adultas en el ejercicio 2013.
2. ... un crédito máximo a la citada finalidad de 1.598.000,00 euros.
ANEXO I
Bases de la convocatoria 

Objeto de la subvención. Las ayudas económicas irán destinadas a la financiación parcial de:
1.
Gastos de personal docente contratado por la corporación local o entidad privada para la impartición de las actividades formativas señaladas a continuación, incluidas en los programas formativos del artículo 5.2 de la Ley 1/1995, de 20 de enero, de la Generalitat, de Formación de las Personas Adultas, la regulación de los cuales es competencia de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, y que figuran en los anexos I y III del Decreto 220/1999, de 23 de noviembre, del Gobierno Valenciano (DOGV 3638, 02.12.1999) y en la corrección de errores (DOGV 3691, 18.02.2000):
Grupo 1, que incluirá:
– Educación básica de personas adultas, ciclo I y primer nivel del ciclo II (programa formativo A).
– Cursos de preparación de las pruebas libres para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria (programa formativo B).
– Preparación de las pruebas libres para la obtención del título de Técnico de Formación Profesional Específica (programa formativo B).
– Preparación de las pruebas libres para el acceso de los diferentes grados de la Formación Profesional específica (programa formativo B).
– Preparación de las pruebas libres para la obtención del título de Bachiller (programa formativo B).
– Preparación de las pruebas de acceso a la Universidad, para personas mayores de 25 años (programa formativo D).
– Cursos para inmigrantes orientados al conocimiento de las lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana (programa formativo E.1). 
Grupo 2, que incluirá:
– Cursos de promoción de los conocimientos del valenciano correspondientes a los niveles de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià (programa formativo C).
– Cursos de capacitación técnica en lenguajes específicos preparatorios para la obtención de los certificados oficiales de la Junta Qualificadora de Coneixements del Valencià (programa formativo C).

2. Otros gastos corrientes ocasionados a la corporación local o entidad privada para el sostenimiento de las actividades de educación de personas adultas.
3. En el caso de las entidades privadas sin ánimo de lucro que tengan la consideración de entidades vinculadas al Centro Específico de Educación a Distancia, las ayudas económicas irán destinadas a la financiación parcial de los gastos de personal docente contratado por dichas entidades para la impartición de las actividades formativas del grupo 1.
Solicitantes y requisitos. 1. Podrán solicitar estas ayudas las entidades señaladas a continuación:
a)
Corporaciones locales que sean titulares de centros docentes de educación básica de personas adultas, debidamente autorizados.
b) Corporaciones locales que cuenten en su municipio con un centro público de educación de personas adultas de titularidad de la Generalitat y aporten a este personal, o recursos económicos.
c) Entidades privadas sin ánimo de lucro que tengan la consideración de entidades vinculadas al Centro Específico de Educación a Distancia, ...
d) Entidades privadas sin ánimo de lucro titulares de centros docentes de educación de personas adultas.
2. Podrán recibir subvención por la presente convocatoria las corporaciones locales o entidades privadas señaladas en el apartado anterior que cumplan los requisitos siguientes:
...
Formalización. 1. Las solicitudes las debe formalizar el titular de la corporación local o entidad privada atendiendo al modelo que acompaña, como anexo II de la presente convocatoria, y deben ir dirigidas a la dirección territorial de Educación, Cultura y Deporte correspondiente. Estos modelos de solicitud están a disposición de los interesados en la página web http://www.cece.gva.es/subvencions.
2. Las instancias, junto con los anexos y la documentación, se podrán presentar en las direcciones territoriales de Educación, Cultura y Deporte correspondientes o a través de cualesquiera de los medios establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En el caso de envío por correo certificado, la solicitud y documentación anexas deben presentarse en sobre abierto para que en la cabecera de la solicitud se haga constar el nombre de la oficina y la fecha, lugar, hora y minuto de su admisión, según lo dispuesto en el artículo 31 del reglamento por el cual se regula la prestación de los servicios postales, aprobado por Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre (BOE 31.12.1999).
3. El plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana. El incumplimiento de este plazo determinará la exclusión de la convocatoria. {del 30 de mayo al 21 de junio de 2013, a.i.}

martes, 18 de septiembre de 2012

Premios «Miguel Hernández», edición 2012.(educación de personas adultas)

1. Objeto y ámbito de aplicación. Convocar los premios «Miguel Hernández» correspondientes al año 2012, dirigidos a reconocer y divulgar la labor realizada por aquellas instituciones públicas, entidades privadas sin ánimo de lucro y centros públicos de educación de personas adultas de todo el Estado, que se hayan distinguido por su aportación eficaz a la alfabetización de personas adultas o por favorecer el acceso a la educación de los grupos socialmente desfavorecidos, que hayan destacado por el desarrollo de acciones formativas cuyo objetivo sea mejorar el nivel educativo de las personas adultas para facilitar el desarrollo personal y profesional en la actual sociedad del conocimiento o que hayan favorecido, a través de la formación, el envejecimiento activo, asegurando a las personas mayores la oportunidad de nuevos aprendizajes y de contribuir a la solidaridad intergeneracional.
Esta convocatoria se realiza en régimen de concurrencia competitiva.
2. Dotación económica. Los referidos premios estarán dotados económicamente con arreglo a la siguiente distribución: un primer premio de 38.000 euros, un segundo premio de 25.000 euros y un tercer premio de 16.520 euros. Los galardonados recibirán igualmente una distinción acreditativa.
Si la calidad de los trabajos presentados así lo requiere, el jurado podrá conceder menciones especiales de reconocimiento sin dotación económica.
3. Destinatarios. Podrán concurrir a estos premios las instituciones públicas o entidades privadas sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, y los centros públicos de educación de personas adultas de todo el Estado, que se hayan destacado por las actuaciones anteriormente mencionadas.
4. Tramitación y plazos. Para participar en la presente convocatoria se dirigirán las candidaturas a la Dirección General de Formación Profesional (Subdirección General de Aprendizaje a lo largo de la vida) y se presentarán en el Registro Auxiliar del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, paseo del Prado, 28, planta baja, 28014 Madrid, pudiendo utilizar para ello cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Las solicitudes para participar en la presente convocatoria se formalizarán en el modelo de instancia que se incluye como anexo I y que podrá será generado por vía telemática en la página web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, http://www.educacion.es/horizontales/servicios/becas-ayudas-subvenciones/premios/premios-centros-educativos/premios-miguel-hernandez.html.
El plazo de presentación de candidaturas será de treinta días naturales, a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 19 de septiembre al 18 de octubre de 2012,a.i.}

jueves, 24 de marzo de 2011

se incluyen en el Inventario Español de Zonas Húmedas 48 humedales de la Comunitat Valenciana.

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO

Espacios naturales .
Resolución de 9 de marzo de 2011, de la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal, por la que se incluyen en el Inventario Español de Zonas Húmedas 48 humedales de la Comunitat Valenciana.
PDF (BOE-A-2011-5372 - 49 págs. - 46721 KB)
Otros formatos
El Real Decreto 435/2004, de 12 de marzo, por el que se regula el Inventario nacional de zonas húmedas (artículo 9.3 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad), establece en su artículo 4 que la inclusión de una zona húmeda en el inventario se llevará a cabo mediante Resolución motivada de esta Dirección General, a propuesta del órgano competente de la Comunidad Autónoma, previa notificación al correspondiente organismo de cuenca para su informe.
En el artículo 4 de dicho Real Decreto también se establece que las resoluciones de inclusión serán publicadas en el «Boletín Oficial del Estado», con expresión del nombre, código, superficie, localización geográfica y Comunidad Autónoma.
Por todo lo anterior, a propuesta de la Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Generalitat Valenciana y tras informes favorables de los correspondientes organismos de cuencas y de costas, se dispone la inclusión en el Inventario Español de Zonas Húmedas de los siguientes 48 humedales de la Comunitat Valenciana cuyos nombres, códigos, superficies y localizaciones geográficas se incluyen como anexo a la presente Resolución.

lunes, 7 de marzo de 2011

Premios Miguel Hernández, edición 2011.

Resolución de 28 de febrero de 2011, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan los Premios Miguel Hernández, edición 2011.
Primero.–Convocar los Premios Nacionales Miguel Hernández correspondientes al año 2011, dirigidos a reconocer y divulgar la labor realizada por aquellas instituciones públicas, entidades privadas sin ánimo de lucro y centros públicos de educación de personas adultas de todo el Estado, que se hayan distinguido por su aportación eficaz a la alfabetización de personas adultas o por favorecer el acceso a la educación de los grupos socialmente desfavorecidos, que hayan destacado por el desarrollo de acciones formativas cuyo objetivo sea mejorar el nivel educativo de las personas adultas para facilitar el desarrollo personal y profesional en la actual sociedad del conocimiento o que hayan favorecido, a través de la formación, el envejecimiento activo, asegurando a las personas mayores la oportunidad de nuevos aprendizajes y de contribuir a la solidaridad intergeneracional.
Segundo.–Podrán concurrir a estos premios las instituciones públicas o entidades privadas sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, y los centros públicos de educación de personas adultas de todo el Estado, que se hayan destacado por las actuaciones mencionadas en el párrafo anterior.
Tercero.–Para participar en la presente convocatoria se dirigirán las candidaturas a la Dirección General de Formación Profesional (Subdirección General de Aprendizaje a lo largo de la vida) y las presentarán en el Registro Auxiliar del Ministerio de Educación, Paseo del Prado 28, planta baja, 28014 Madrid, pudiendo utilizar para ello cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo Las solicitudes para participar en la presente convocatoria se formalizarán en el modelo de instancia que se incluye como anexo I, que será generado por vía telemática en la página web del Ministerio de Educación, http://www.educacion.es/
El plazo de presentación de candidaturas será de treinta días naturales, a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 8 de marzo al 6 de abril de 2011,a.i.}

domingo, 25 de abril de 2010

subvenciones a entidades privadas sin fines de lucro, ( en 2010): congresos y jornadas de difusión de actividades diriigidas a la EPA en el marco del

MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Subvenciones
Resolución de 5 de abril de 2010, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan subvenciones a entidades privadas sin fines de lucro para la realización, durante el año 2010, de congresos y jornadas de difusión de actividades dirigidas a la educación de personas adultas en el marco del aprendizaje a lo largo de la vida.
PDF (BOE-A-2010-6538 - 18 págs. - 432 KB)
Otros formatos
Objeto y ámbito de aplicación.- 1. La presente Resolución tiene por objeto establecer la convocatoria de subvenciones dirigidas a entidades privadas sin fines de lucro, para la realización de congresos y jornadas de difusión de actividades de educación de personas adultas, en régimen de concurrencia competitiva, en el marco del aprendizaje a lo largo de la vida.
2. Las actividades objeto de la subvención deberán realizarse a lo largo del año 2010 y haber finalizado antes del 30 de noviembre de 2010.
Beneficiarios.- 1. En esta convocatoria podrán participar aquellas entidades privadas sin fines de lucro, legalmente constituidas, cuyo ámbito de actuación sea estatal.
2. Podrán acceder a la condición de beneficiario de estas subvenciones las entidades privadas sin fines de lucro, que no incurran en alguna de las circunstancias contenidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
3. Para ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades privadas sin fines de lucro, deberán realizar congresos y jornadas dirigidas a los siguientes colectivos, relacionados por el siguiente orden de prioridad:
a) Personas adultas en edad laboral con bajos niveles de formación y necesidad de inserción o promoción profesional.
b) Personas adultas que pertenezcan a algún colectivo en riesgo de exclusión social.
c) Personas mayores que deseen participar en actividades que promuevan el envejecimiento activo.
d) Personas adultas que deseen ampliar o completar sus necesidades de formación.

Cuantía y financiación.-1. La financiación de las subvenciones previstas en la presente Resolución se efectuará, por un importe máximo de 189.960,00 euros
2. La cuantía se determinará en función de los proyectos presentados y de los criterios de valoración establecidos. El importe máximo de subvención por proyecto presentado será de 15.000 euros.
Solicitudes, requisitos y plazo de presentación.- 4.1 Solicitudes: Las solicitudes para participar en la presente convocatoria se formalizarán en el modelo de instancia que se incluye como Anexo I, que será generado por vía telemática en la página web del Ministerio de Educación,
http://www.educacion.es/horizontales/servicios/becas-ayudas-subvenciones/centros-docentes-entidades/entidades/entidades-personas-adultas.html , y se entregarán junto a la documentación requerida, en el Registro Auxiliar del Ministerio de Educación, P.º del Prado, 28, 6.ª pta., 28014 Madrid, e irán dirigidas a la Dirección General de Formación Profesional (Subdirección General de Aprendizaje a lo largo de la vida).
4.3 Requisitos: Para concurrir a esta convocatoria, las entidades privadas sin fines de lucro deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Que las actividades propuestas vayan dirigidas a personas adultas y tengan como objetivo elevar el nivel de formación básica o cualificación profesional de la población
adulta, fomentando, a la vez, la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, la participación democrática, la solidaridad y tolerancia, así como la educación para la salud y el respeto hacia el medio ambiente.
b) Que se realicen dentro del periodo comprendido entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2010.
c) Disponer de espacios equipados adecuadamente para la actividad propuesta y en condiciones de funcionamiento y seguridad que faciliten la calidad del servicio.
4.4 Plazo de presentación: El plazo de presentación de las solicitudes será de treinta días naturales desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado». [del 25 de ABRIL al 24 de MAYO de 2010, a.i.]