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miércoles, 27 de noviembre de 2013

Taller de Empleo “Xàbia Impulsa”: Operador Sistemas Distribución Aguas. 1 Director (Ingeniero Técnico), 1 Monitor (Oficial 1ª Fontanero); y 10 alumnos/trabajadores en Formación DualAjuntament de Xàbia.

Ajuntament de Xàbia. Taller de Empleo.
BASES QUE HAN DE REGIR EL PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA COBERTURA TEMPORAL DE LAS PLAZAS DE PERSONAL DIRECTIVO, DOCENTE Y DE APOYO DE TALLERES DE EMPLEO  Bases selección personal
Orden 16/2013 de 29 de mayo, de la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo, por la que se regula y convoca el programa de Talleres de Empleo para el ejercicio 2013, como iniciativa de formación dual en el marco del Plan de Empleo conjunto de las Administraciones Públicas Valencianas. (DOCV: 31/05/2013)
PRIMERA. OBJETO DE LAS BASES. El objeto de las presentes bases es la regulación del proceso de selección, mediante convocatoria libre, para la contratación temporal del personal directivo, docente y de apoyo que ha de desarrollar el proyecto especificado en el ANEXO I, donde figuran relacionados los correspondientes puestos de trabajo.
El proyecto, cuya entidad promotora es la especificada en el ANEXO I, está cofinanciado por la Generalitat, el Ministerio de Empleo y Seguridad Social y, en su caso, por el Fondo Social Europeo.
TERCERA. CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES. Para tomar parte en el proceso de selección, será necesario que los aspirantes reúnan las condiciones siguientes:
a)
Tener cumplidos 18 años, y no haber alcanzado la edad de 65.
b) Pertenecer a cualquiera de los Estados firmantes del Tratado de la Unión Europea y del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, con conocimientos suficientes de la lengua castellana.
c) Los personas extranjeras que no pertenezcan a alguno de los Estados firmantes del Tratado de la Unión Europea, deberán tener permiso de trabajo con una duración mínima superior a la del proyecto a realizar, la titulación exigida para el puesto al que optan homologada por el Estado español, así como conocimientos suficientes de la lengua castellana.
d) Estar en posesión de los requisitos mínimos exigidos por el puesto de trabajo que se solicita, de acuerdo con lo indicado en el ANEXO I, en la fecha en que se inicia el plazo de presentación de solicitudes.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier administración pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, ni incurso en causa de incapacidad.
f) No desempeñar por sí, o mediante sustitución, un segundo puesto de trabajo, cargo o actividad en el sector público (Ley 53/1984, de 26 de diciembre).
QUINTA. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. El modelo de solicitud para tomar parte en este proceso selectivo es el que contiene el ANEXO II y estará disponible en la página web www.servef.es. Las solicitudes deberán dirigirse a la Comisión Mixta de Selección de Participantes del Proyecto.
Dichas solicitudes deberán presentarse, en horas de oficina, en el Registro de Entrada de la entidad promotora. También podrán presentarse en cualquiera de las formas previstas en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, (Ley 30/92, de 26 de noviembre, modificada por ley 4/99, de 13 de enero, BOE nº 12 de 14-1-99), en cuyo caso la persona interesada deberá comunicarlo a la Comisión Mixta, adjuntando copia de toda la documentación presentada, al fax indicado en el Anexo I. Si no se recibe dicha comunicación dentro del plazo de presentación de solicitudes, no podrá ser admitido en el proceso selectivo.
El plazo de presentación de solicitudes, será de 5 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de estas bases en el tablón de anuncios de la entidad promotora. {del 26 de noviembre al 2 diciembre de 2013, a.i.}
Toda solicitud debe ir acompañada del correspondiente “Curriculum Vitae” actualizado (en el formato reflejado en el ANEXO III), en el que deberán constar, a través de certificados originales y/o fotocopias compulsadas, los títulos académicos poseídos, la acreditación de la experiencia profesional (deberá acreditarse con los contratos y el informe de vida laboral), méritos y demás circunstancias personales, con el fin de proceder a su estudio y valoración de méritos, conforme a la respectiva baremación que consta en el ANEXO IV a las presentes bases.
No se valorarán aquellos requisitos o méritos que no estén debidamente acreditados.
En el caso de optar a varios puestos de trabajo se deberá presentar una solicitud por proyecto y un “Curriculum Vitae” para cada uno de los puestos.
ANEXO I - Relación de puestos de trabajo del Taller de Empleo
ENTIDAD PROMOTORA: AYUNTAMIENTO DE JAVEA
Nº Expediente: FOTAE/2013/24/03
DENOMINACIÓN DEL PROYECTO: “XABIA IMPULSA
PUESTO DE TRABAJO CONTRATO (DURACIÓN Y JORNADA) REQUISITOS MÍNIMOS EXIGIDOS
DIRECTOR 
Duración: 1 año
Jornada: 40 horas/semana
Ingeniero Técnico con CAP/300 horas de formación metodológica y al menos 2 años completos de experiencia profesional en dirección de personal
MONITOR DE OPERADOR DE SISTEMAS DE DISTRIBUCION DE AGUA
Duración: 1 año
Jornada: 33 horas/semana
Graduado escolar y Oficial de 1ª
Acreditar al menos 1 año de experiencia docente
..................................................................................
BASES QUE HAN DE REGIR PARA LA SELECCIÓN DEL ALUMNADO PARTICIPANTE EN TALLERES DE EMPLEO
Orden 16/2013 de 29 de mayo, de la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo, por la que se regula y convoca el programa de Talleres de Empleo para el ejercicio 2013, como iniciativa de formación dual en el marco del Plan de Empleo conjunto de las Administraciones Públicas Valencianas. (DOCV: 31/05/2013)
PRIMERA. OBJETO. El objeto de las presentes bases es la regulación del proceso de selección del alumnado que ha de cubrir las plazas de las distintas especialidades formativas del proyecto indicado en el ANEXO I, con el fin de que las personas aspirantes que accedan a las plazas indicadas posean las condiciones precisas para desempeñar con eficacia las diversas funciones específicas que conlleva el desempeño de las mismas.
El proyecto, cuya entidad promotora es la especificada en el ANEXO I, está cofinanciado por la Generalitat, el Ministerio de Empleo y Seguridad Social y, en su caso, el Fondo Social Europeo.
SEGUNDA. CARACTERÍSTICAS DE LAS PLAZAS. Las plazas se corresponden con las de los alumnos-trabajadores que han de participar en el desarrollo del proyecto.
Este proyecto está estructurado de manera que todo el periodo de desarrollo del Taller estará destinado a la formación en alternancia con el trabajo y la práctica profesional a través de la formalización de un contrato para la formación y el aprendizaje. Las retribuciones que percibirán los alumnos-trabajadores son las señaladas en el proyecto aprobado, conforme a la normativa aplicable, sin que puedan participar en la distribución de fondos, ni percibir retribuciones distintas a las establecidas.
TERCERA. CONDICIONES DE LAS PERSONAS ASPIRANTES. Para tomar parte en el proceso de selección, será necesario que los aspirantes reúnan, en el momento de la selección, las siguientes condiciones:
1)
Pertenecer a cualquiera de los Estados firmantes del Tratado de la Unión Europea y del Acuerdo sobre el Espacio Económico y Social, con conocimientos suficientes de la lengua castellana.
2) Estar inscrito en un Centro Servef de Empleo como demandante no ocupado durante más de un año.
3) Cumplir los requisitos exigidos a los destinatarios por la Orden 16/2013:
a)
ser mayor de 45 años y tener cargas familiares, o bienb) tener 25 años o más, en situación de riesgo de exclusión social acreditada por los Servicios Sociales de las Administraciones Públicas.
4) Cumplir los requisitos establecidos en la normativa de aplicación para formalizar un contrato para la formación y el aprendizaje.
5) En caso de ser extranjero no perteneciente a ninguno de los Estados firmantes del Tratado de la Unión Europea, se deberán tener conocimientos de la lengua castellana y permiso de trabajo para la ocupación correspondiente con una duración mínima superior a la del proyecto.
6) En su caso, acreditar la formación específica previa que exija la especialidad a la que se opta
Asimismo, las condiciones relacionadas, deberán mantenerse en la fecha de la incorporación al proyecto.
CUARTA. TRAMITACIÓN DE OFERTA DE SERVICIOS FORMATIVOS. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Orden 16/2013 de 29 de mayo, de la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo, por la que se regula y convoca el programa de Talleres de Empleo para el ejercicio 2013, como iniciativa de formación dual en el marco del Plan de Empleo conjunto de las Administraciones Públicas Valencianas, la selección de los alumnos-trabajadores será precedida, en todo caso, de la tramitación de oferta de servicios formativos por el correspondiente Centro Servef de Empleo.
Tras la presentación de la solicitud de la oferta de servicios formativos, por parte de la Entidad Promotora (M.I. Ajuntament de Xàbia/Jávea), el Centro Servef de Empleo remitirá un mínimo de 4 personas candidatas por puesto ofertado.
ANEXO I
Plazas de alumnas/alumnos

ENTIDAD PROMOTORA: AYUNTAMIENTO DE JAVEA
Nº EXPEDIENTE: FOTAE/ 2013/24/03
DURACIÓN: 12 MESES
DENOMINACIÓN DEL PROYECTO: TALLER DE EMPLEO “XABIA IMPULSA”
ESPECIALIDAD FORMATIVA
OPERADOR SISTEMAS DISTRIBUCION AGUAS 
Nº DE PLAZAS: 10

viernes, 31 de mayo de 2013

Programa de Tallers d’Ocupació per a l’exercici 2013, com a iniciativa de formació dual en el marc del Pla d’Ocupació Conjunt de les Administracions Públiques Valencianes. # programa de Talleres de Empleo para el ejercicio 2013, como iniciativa de formación dual en el marco del Plan de Empleo conjunto de las Administraciones Públicas Valencianas.

Conselleria d’Economia, Indústria, Turisme i Ocupació.
ORDE 16/2013 de 29 de maig, de la Conselleria d’Economia, Indústria, Turisme i Ocupació, per la qual es regula i convoca el Programa de Tallers d’Ocupació per a l’exercici 2013, com a iniciativa de formació dual en el marc del Pla d’Ocupació Conjunt de les Administracions Públiques Valencianes. [2013/5672]  (pdf 618KB) 
ORDEN 16/2013 de 29 de mayo, de la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo, por la que se regula y convoca el programa de Talleres de Empleo para el ejercicio 2013, como iniciativa de formación dual en el marco del Plan de Empleo conjunto de las Administraciones Públicas Valencianas. [2013/5672]  (pdf 618KB)
Artículo 1. Objeto de la orden. El objeto de la presente orden es regular y convocar subvenciones para el ejercicio 2013 en el Programa de Talleres de Empleo (en adelante TE)./Programa de Tallers d’Ocupació (d’ara en avant TO).
El Programa de TE se configura como un programa mixto de empleo y formación que tiene por objeto mejorar la ocupabilidad de los/las desempleados/as incluidos/as en los colectivos a los que va dirigido, mediante la realización de obras o servicios de interés general y social que posibiliten a los/las alumnos/as trabajadores/as la realización de un trabajo efectivo mediante el contrato para la formación y el aprendizaje, que junto con la formación profesional ocupacional recibida, procure su cualificación profesional y favorezca su inserción laboral.

Artículo 2. Cuantía de la subvención TE
Artículo 3. Entidades y organismos promotores beneficiarios de las subvenciones. Podrán promover
los proyectos de TE y ser beneficiarios/as de las subvenciones reguladas mediante la presente orden las entidades locales, sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de promoción de empleo, dependientes o asimilados a las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales.
Las entidades y organismos promotores deberán reunir todos los requisitos legalmente establecidos, y los especificados en la presente orden, para realizar la actividad deberán acreditar su competencia para la ejecución de las correspondientes obras o servicios y disponer de la capacidad técnica y de gestión suficientes.

Artículo 4. Obligaciones de las entidades y organismos promotores, control y publicidad
Artículo 5. Destinatarios/as. Serán destinatarios/as de este programa los siguientes colectivos considerados prioritarios:
1. Desempleados/as de larga duración que sean mayores de 45 años y tengan cargas familiares.
2. Desempleados/as de larga duración, con 25 años o más, en situación o riesgo de exclusión social acreditada por los Servicios Sociales de las Administraciones Públicas.

Artículo 6. Duración y contenido del programa. 1. Los talleres de empleo tendrán una duración de un año. El alumnado será contratado por las entidades y organismos promotoras/es utilizando exclusivamente el contrato para la formación y el aprendizaje ... , y tendrá por objeto la cualificación profesional de los/las trabajadores/as en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa con actividad formativa. La duración de los contratos de trabajo suscritos con los/las alumnos/as trabajadores/as no podrá exceder a la fecha de finalización del proyecto.
Artículo 7. Lugar y plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes se presentarán en impreso normalizado, junto con la documentación específica, en las direcciones territoriales competentes en la materia de formación profesional para el empleo, sin perjuicio de poder presentarla en los demás lugares previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, incluida en su caso la tramitación telemática.
El plazo de presentación será de 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana. {del 1 de junio al 1* de julio de 2013, a.i.}

Artículo 8. Documentación que debe acompañar a la solicitud
Artículo 9. Valoración de las solicitudes
Artículo 10. Resolución
Artículo 11. Comisión mixta de selección de participantes
Artículo 12. Selección de personal directivo, docente y de apoyo
Artículo 13. Selección de alumnos/as trabajadores/as
Artículo 14. Inicio de los talleres
Artículo 15. Control, asistencia y supervisión
Artículo 16. Calidad de la docencia
Artículo 17. Finalización y memoria
Artículo 18. Certificación de la formación
Artículo 19. Costes elegibles
Artículo 20. Anticipo, pago y justificación de la subvención
Artículo 21. Rendimientos financieros
Artículo 22. Causas de minoración y de reintegro de subvenciones
Artículo 23. Procedimiento sancionador
DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera. A fin de atender a la financiación de las subvenciones previstas en la presente orden se destinarán 18.200.000 euros ... , con la siguiente distribución territorial:
Alicante 7.116.200 euros.
Castellón 2.093.000 euros.
Valencia 8.990.800 euros.
Estas subvenciones son susceptibles de ser cofinanciadas hasta el 80 % por el Fondo Social Europeo.
Segunda. 
Tercera. 
Cuarta. 
Quinta
DISPOSICIONES FINALES: Primera. Segunda
Anexo I