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sábado, 10 de agosto de 2013

concurso “Relatos de Mujeres 2013”. Excmo. Ayuntamiento de Castellón de la Plana.

Excmo. Ayuntamiento de Castellón de la Plana, bases y la convocatoria del concurso “Relatos de Mujeres 2013”.
“CONVOCATORIA DEL CONCURSO: “RELATOS DE MUJERES 2013”
La Concejalía de Promoción de la Igualdad, convoca el concurso “Relatos de Mujeres 2013”, con arreglo a las siguientes BASES:
TEMA DEL CONCURSO: Podrán participar todas aquellas mujeres que elaboren un relato, en el cual sea protagonista o participe en el mismo una mujer o grupo de mujeres.
REQUISITOS: Los trabajos se presentarán por duplicado, en castellano o valenciano. Deberán ser originales e inéditos. Páginas numeradas, con una extensión mínima de 10 folios y máxima de 40, por una sola cara. Preferentemente escritos en letra de imprenta
Times New Roman tamaño 12, en tamaño Din-A4, mecanografiados a doble espacio. Deberán presentarse sin firma y sin seudónimo, otorgando un título al trabajo.
- Los trabajos se presentarán en sobre cerrado, en el que figurará únicamente la siguiente anotación: “CONCURSO RELATOS DE MUJERES 2013”. Sin firma y sin remitente en el sobre.
- Dentro de este sobre, se incluirá otro con los datos personales de la autora (nombre, apellidos, DNI, dirección, teléfono, etc., y todos aquellos datos que posibiliten su localización en caso de resultar ganadora).
PRESENTACIÓN: La presentación de los trabajos se realizará en el Servicio de Igualdad de Oportunidades del Excmo. Ayuntamiento de Castellón de la Plana, Paseo Ribalta 21 entresuelo A, y se podrá utilizar cualquiera de los medios de presentación y envío establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
PLAZO: El plazo de presentación de los trabajos comenzará el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el BOP [BOP-Castelló, nº. 96 - 10 de agosto de 2013], y finalizará el 30 de noviembre de 2013.
PREMIO: Se valorará tanto el desarrollo literario como el contenido y la utilización no sexista del lenguaje, estableciendo una dotación económica de dos premios: de 2.000,00 € para el primero y 1.000,00 € para el segundo. El otorgamiento de estos premios estará condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente.

sábado, 9 de marzo de 2013

subvenciones destinadas a la promoción de las mujeres del medio rural: «Ayudas a mujeres para tecnología de la información y comunicación»

Objeto. El objeto de la presente orden es convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones para el ejercicio 2013, destinadas a la promoción de las mujeres del medio rural, previstas en la Orden APA/1899/2006, de 6 de junio.
Beneficiarios y requisitos para solicitar la subvención. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las entidades previstas en el artículo 2 de las bases reguladoras de estas subvenciones, que desarrollen actividades incluidas en el artículo 3 de dichas bases y que cumplan los criterios de valoración previstos en su artículo 5 y que se exponen en el apartado quinto de esta orden. 
Solicitud de la subvención y plazo de presentación. 1. Las solicitudes se dirigirán al Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, de acuerdo con el modelo establecido en el anexo I, y se presentarán en el Registro General del Departamento o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. Las solicitudes se presentarán en el plazo de quince días, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en el «Boletín Oficial del Estado», {del 10 al 25* de marzo de 2013,a.i.} ...
Financiación de las ayudas. Esta convocatoria sigue la norma de tramitación anticipada establecida en las reglas 42 y 43 de la instrucción de operatoria contable.
La financiación de las ayudas previstas en la presente orden para el año 2013 se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 23.18.414B.485.00 «Ayudas a mujeres para tecnología de la información y comunicación», de los Presupuestos Generales del Estado, por un importe máximo total de 200.000,00 euros.

lunes, 7 de mayo de 2012

subvenciones destinadas a la promoción de las mujeres del medio rural.

Objeto. El objeto de la presente orden es convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones para el ejercicio 2012, destinadas a la promoción de las mujeres del medio rural, previstas en la Orden APA/1899/2006, de 6 de junio.
Beneficiarios y requisitos para solicitar la subvención. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las entidades previstas en el artículo 2 de las bases reguladoras de estas subvenciones, que desarrollen actividades incluidas en el artículo 3 de dichas bases y que cumplan los criterios de valoración previstos en su artículo 5 y que se exponen en el apartado quinto de esta resolución.
Solicitud de la subvención y plazo de presentación. 1. Las solicitudes se dirigirán al Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, de acuerdo con el modelo establecido en el anexo I, y se presentarán en el Registro General del Departamento o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. Las solicitudes se presentarán en el plazo de 15 días a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado», y deberán ir acompañadas de la documentación que se detalla en el apartado siguiente.{del 8 al 22 de mayo de 2012,a.i.}
(5º) Criterios de valoración. 1. Las solicitudes de subvención previstas en esta resolución se valorarán de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Adecuación del proyecto a las actividades, finalidades y prioridades contempladas en el artículo 3 de la Orden APA/1899/2006, de 6 de junio, que establecen las bases reguladoras y su modificación para la concesión de subvenciones destinadas a la promoción de mujeres del medio rural, hasta un máximo de 4 puntos.
b) Repercusión del proyecto en la consecución del objeto de esta resolución, hasta un máximo de 4 puntos.
c) Vinculación estatutaria de las entidades solicitantes a las organizaciones interprofesionales agrarias (OPAS), hasta un máximo de 4 puntos.
Añadir leyenda
d) Número de mujeres beneficiarias del proyecto, hasta un máximo de 4 puntos.
e) Presupuesto de los proyectos: se valorará el presupuesto presentado por la entidad para la realización del proyecto, así como la adecuación, la concreción y el ajuste entre los distintos conceptos del gasto y el coste medio por beneficiaria, en relación con las actividades propuestas, hasta un máximo de 3 puntos.
f) Dimensión social y capacidad de gestión para el desarrollo de los proyectos: se valorará la estructura general de la entidad, recursos humanos, técnicos y materiales, hasta un máximo de 3 puntos.
g) Experiencia acreditada en la organización y desarrollo de proyectos similares dirigidos a la promoción de la igualdad de oportunidades, especialmente en el ámbito rural, hasta un máximo de 2 puntos.
2. No serán consideradas, a efectos de obtención de la subvención, aquellas entidades concurrentes cuyas solicitudes y proyectos presentados no obtengan una puntuación mínima de 10 puntos.

jueves, 9 de junio de 2011

subvenciones destinadas a la realización de investigaciones relacionadas con los estudios de las mujeres y del género, para el año 2011.

Resolución de 23 de mayo de 2011, del Instituto de la Mujer, por la que se convocan subvenciones destinadas a la realización de investigaciones relacionadas con los estudios de las mujeres y del género, para el año 2011.
Objeto de la convocatoria.–La presente Resolución convoca la concesión de las subvenciones públicas destinadas a fomentar la realización de investigaciones relacionadas con la situación de las Mujeres y del Género, así como a impulsar la investigación aplicada en la materia, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para el año 2011.
Los proyectos deberán enmarcarse en las líneas de investigación propias de los seminarios, institutos, centros y aulas de estudios de las mujeres que incorporan una perspectiva de género en su tarea investigadora, de conformidad con las prioridades que se indican a continuación, y se especifican en el anexo X de la presente Resolución:
1. Crecimiento económico, empleo y desarrollo sostenible.
2. Salud y calidad de vida.
Los proyectos para los que se solicita subvención podrán tener una duración máxima de tres años, a contar desde el año siguiente al de solicitud.
Solicitantes y beneficiarias. 1. Podrán ser solicitantes y perceptoras de las subvenciones objeto de la presente convocatoria las siguientes entidades:
a) Universidades públicas, organismos públicos de investigación, reconocidos como tales por la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica.
b) Universidades privadas y otras entidades del mismo carácter privado, sin fin de lucro y con finalidad investigadora legal o estatutaria.
Presentación de solicitudes.–Las solicitudes de subvención, dirigidas a la Directora General del Instituto de la Mujer, se formalizarán en los modelos oficiales que figuran como Anexos en la presente convocatoria. Para su cumplimentación, podrán descargarse los formularios que, a tal efecto, figuran incluidos en la página web de este Instituto de la Mujer (http://www.inmujer.es/servicios y recursos/convocatorias).
sede del Instituto de la Mujer, calle Condesa de Venadito, 34, 28027 Madrid
Plazo de presentación.–El plazo de presentación será de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución, en el Boletín Oficial del Estado.{del 10 al 29 de junio de 2011, a.i.

viernes, 27 de agosto de 2010

subvenciones destinadas a la realización de investigaciones relacionadas con los estudios de las mujeres y del género, para el año 2010.

MINISTERIO DE IGUALDAD
Subvenciones
Resolución de 4 de agosto de 2010, del Instituto de la Mujer, por la que se convocan subvenciones destinadas a la realización de investigaciones relacionadas con los estudios de las mujeres y del género, para el año 2010.
PDF (BOE-A-2010-13486 - 43 págs. - 661 KB)
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Objeto de la Convocatoria.–La presente Resolución convoca la concesión de las subvenciones públicas destinadas a fomentar la realización de investigaciones relacionadas con la situación de las Mujeres y del Género, así como a impulsar la investigación aplicada en la materia, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, para el año 2010.
Los proyectos deberán enmarcarse en las líneas de investigación propias de los seminarios, institutos, centros y aulas de estudios de las mujeres que incorporan una perspectiva de género en su tarea investigadora, de conformidad con las prioridades que se indican a continuación, y se especifican en el anexo IX de la presente Resolución:
1. Participación Económica.
2. Desarrollo Sostenible.
3. Corresponsabilidad.

4. Deporte.

5. Innovación y Conocimiento.

6. Atención a la Diversidad e Inclusión Social.

Los proyectos para los que se solicita subvención podrán tener una duración máxima de tres años, a contar desde el año siguiente al de solicitud.
Solicitantes y beneficiarias.- Podrán ser solicitantes y perceptoras de las subvenciones objeto de la presente convocatoria las siguientes entidades:
a) Universidades públicas, organismos públicos de investigación, reconocidos como tales por la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Investigación Científica y Técnica.
b) Universidades privadas y otras entidades del mismo carácter privado, sin fin de lucro y con finalidad investigadora legal o estatutaria.
Presentación de solicitudes.–Las solicitudes de subvención, dirigidas a la Directora General del Instituto de la Mujer, se formalizarán en los modelos oficiales que figuran como Anexos en la presente convocatoria. Para su cumplimentación, podrán descargarse los formularios que, a tal efecto, figuran incluidos en la página web de este Instituto de la Mujer (www.migualdad.es/mujer/concursos/subvenciones/investigacion).
Instituto de la Mujer, calle Condesa de Venadito, 34, 28027 Madrid
Plazo de presentación.–El plazo de presentación será de treinta días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución, en el «Boletín Oficial del Estado».{del 28 de Agosto al 27 de Septiembre de 2010,a.i.}

lunes, 21 de junio de 2010

programa d'estades de temps lliure per a dones soles o acompanyades dels seus fills exclusivament a càrrec seu, en situació de vulnerabilitat i/o risc

Conselleria de Benestar Social
ORDRE 14/2010, de 9 de juny, de la Conselleria de Benestar Social, per la qual es regula la convocatòria i les bases que hauran de regir l'adjudicació de places de participació en el programa d'estades de temps lliure per a dones soles o acompanyades dels seus fills exclusivament a càrrec seu, en situació de vulnerabilitat i/o risc d'exclusió social, residents a la Comunitat Valenciana. [2010/6931] (pdf 462KB)
La presente orden establece la convocatoria, así como las bases reguladoras, destinadas a la concesión de plazas para participar en el programa de estancias de tiempo libre para mujeres solas o acompañadas de sus hijas/os exclusivamente a su cargo, en situación de vulnerabilidad y/o riesgo de exclusión social, residentes en la Comunitat Valenciana, para el año 2010.
La presente orden forma parte del Programa de Prioridades Sociales para las personas y las familias 2008-2011, aprobado por el Consell.
ANEXO I
BASES
Objeto.- 1. Las presentes bases regirán el proceso de selección, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de las ayudas destinadas a la participación en el programa de estancias de tiempo libre para mujeres solas o acompañadas de sus hijas/os exclusivamente a su cargo, en situación de vulnerabilidad y/o riesgo de exclusión social, residentes en la Comunitat Valenciana, para el año 2010.
2. La ayuda comprende el alojamiento en régimen de pensión completa y habitación por unidad familiar durante diez días y nueve noches, incluyendo los traslados de ida y vuelta desde el punto de salida establecido, actividades complementarias, así como el acompañamiento de un equipo de profesionales y monitores/as durante la estancia.
3. El período de duración de la estancia será de 10 días, preferiblemente a realizar entre los días 1 de junio a 8 de septiembre y siempre antes del 12 de septiembre de 2010.
Beneficiarias.- 1. Podrán ser solicitantes y beneficiarias, las mujeres que cumplan los siguientes requisitos:
a) Ser residente en la Comunitat Valenciana. En el caso ser residentes no comunitarias, además, disponer de permiso de residencia.
b) Ser mujeres solas o con hijas/os exclusivamente a su cargo en situaciones de vulnerabilidad y/o riesgo de exclusión social tales como:
– Mujeres residentes en Centros de Servicios Sociales Especializados Mujer.
– Mujeres que acrediten ser o haber sido víctimas de violencia de género.
– Mujeres que acrediten carencia de estabilidad social.
– Mujeres que acrediten ser desempleadas de larga duración.

c) Que la renta del conjunto de la unidad familiar, dividida por el número de miembros que la compongan, no supere el salario mínimo interprofesional.
d) No padecer enfermedad que requiera aislamiento y/o que impida la normal convivencia.
2. También podrán ser beneficiarias y/o beneficiarios las hijas/os de las mujeres seleccionadas, hasta 14 años de edad, pudiéndose ampliar la edad en supuestos excepcionales y debidamente justificados previa valoración positiva de la comisión constituida para la selección.
En cualquier caso deberán cumplir necesariamente los requisitos a) y d) establecidos en el apartado anterior
Solicitud, y plazo.- 1. Solicitudes. La solicitud se formalizará en el modelo de instancia que figura como anexo II a la presente orden.
2. Plazo de presentación.- Las solicitudes se presentarán en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana. {del 19 de Junio al 6 de Julio de 2010, a.i.}

miércoles, 9 de diciembre de 2009

XI Premio Literario de Narrativa para Mujeres. Conselleria de Benestar Social.

Conselleria de Benestar Social. ORDRE de 24 de novembre de 2009, de la Conselleria de Benestar Social, per la qual es convoca l’XI Premi Literari de Narrativa per a Dones. [2009/13725]
ORDEN de 24 de noviembre de 2009, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se convoca el XI Premio Literario de Narrativa para Mujeres. [2009/13725]
Artículo 1.- Es objeto de la presente orden la convocatoria del XI Premio Literario de Narrativa para Mujeres y la aprobación de las bases por las que se regirá la convocatoria que figuran como anexo I.
Artículo 2.- El plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana y finalizará el 26 de febrero de 2010.
Los premios contarán con una dotación máxima de 3.550 euros, con arreglo a la siguiente distribución: Un primer premio de 2.350 euros y 2 accésits de 600 euros, de los cuales uno necesariamente habrá de destinarse a una obra de una autora perteneciente a una asociación de mujeres.
ANEXO I - Bases
Objeto.- Constituye el objeto de la presente orden, la convocatoria del XI Premio Literario de Narrativa para Mujeres y la aprobación de las normas reguladoras que regirán la convocatoria, que figuran como anexo I.
Participantes.- Podrá participar en este concurso cualquier mujer mayor de edad y residente en la Comunitat Valenciana, pudiendo presentar hasta 2 obras en valenciano o castellano, indistintamente. Las obras deberán ser rigurosamente originales e inéditas en toda su extensión.
Lugar y plazo de presentación.- 1. publicación de esta orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, finalizando el 26 de febrero de 2010.
2. Los trabajos y la documentación que los acompaña se presentarán en cualquiera de las sedes de la Dirección General de la Mujer y por la Igualdad de Alicante (c/ Oscar Esplá, núm. 33-35, 03006), Castellón (c/ Ensenyament, núm. 10, 12001), y Valencia (c/ Náquera, núm. 9, 46003)

martes, 17 de noviembre de 2009

ayudas para 2010 del Programa de Mujeres de la Orden TAS/874/2007, de 28 de marzo.

MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN. Resolución de 10 de noviembre de 2009, de la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior, por la que se convocan ayudas para 2010 del Programa de Mujeres de la Orden TAS/874/2007, de 28 de marzo.
Convocatoria.-
Mediante la presente Resolución, la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior convoca para 2009 las ayudas correspondientes al Programa de Mujeres de la Orden TAS/874/2007, de 28 de marzo.
Esta convocatoria se realiza al amparo del artículo 56 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que permite la tramitación anticipada de la convocatoria de subvenciones.
Tipos de ayudas.- El Programa de Mujeres comprende dos tipos de ayudas:
a) Ayudas para promover la igualdad efectiva de las españolas del exterior y la prevención de situaciones de violencia de género.
b) Ayudas para promover la inserción laboral y la promoción profesional de las mujeres españolas en el exterior, mediante programas de formación para el empleo.
solicitudes.- 1.
Las solicitudes, ajustadas a los modelos que se publican como anexo I, en el caso de las ayudas para promoción de la igualdad, y II, en caso de las ayudas para inserción laboral, en la presente Resolución, podrán presentarse en cualquiera de los registros u oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y, en todo caso:
a) En el exterior, en las Consejerías de Trabajo e Inmigración, en las Secciones de Trabajo e Inmigración de las Oficinas Consulares, así como en los Consulados o Secciones Consulares de las Embajadas correspondientes al domicilio del solicitante de la ayuda.
b) En España, en las Áreas o Dependencias Provinciales de Trabajo e Inmigración de las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno correspondientes al domicilio del solicitante o, en su caso, en las Direcciones Insulares, y en la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior.
2. La documentación a que se refiere el presente apartado, salvo que la misma haya sufrido modificaciones, no será exigible cuando ya se encuentre en poder de la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior o de las Consejerías de Trabajo e Inmigración, lo que se hará constar en la solicitud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 23.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente Resolución.[del 18 de Noviembre al 17 de Diciembre, a.i.]

lunes, 1 de junio de 2009

concesión de plazas para participar en el programa de estancias de tiempo libre para mujeres y sus hijas/os, exclusivamente a su cargo, y mujeres con

Conselleria de Benestar Social . ORDRE de 27 de maig de 2009, de la Conselleria de Benestar Social, per la qual es regula la convocatòria i les bases que hauran de regir l’adjudicació de places de participació en el programa d’estades de temps lliure per a dones soles o amb filles/s exclusivament a càrrec seu i dones en situació de vulnerabilitat i/o risc d’exclusió social, residents en la Comunitat Valenciana, per a l’any 2009.
[2009/6203]
ORDEN de 27 de mayo de 2009, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regula la convocatoria y las bases que habrán de regir la adjudicación de plazas de participación en el programa de estancias de tiempo libre para mujeres solas o con hijas/os exclusivamente a su cargo y mujeres en situación de vulnerabilidad y/o riesgo de exclusión social, residentes en la Comunitat Valenciana, para el año 2009. [2009/6203]

La presente orden establece la convocatoria, así como las bases reguladoras destinadas a la concesión de plazas para participar en el programa de estancias de tiempo libre para mujeres y sus hijas/os, exclusivamente a su cargo, y mujeres con riesgo de exclusión social, residentes en la Comunitat Valenciana, para el año 2009.
Aprobar las bases por las que se rige esta convocatoria, incluidas como anexo I de la presente orden, y el modelo de solicitud que se acompaña como anexo II.

Objeto.- Las presentes bases regirán el proceso de selección, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de las ayudas consistentes en la adjudicación de las plazas para participar en el programa de estancias de tiempo libre para mujeres solas o con hijas/os, exclusivamente a su cargo, y mujeres en situación de vulnerabilidad y/o riesgo de exclusión social, residentes en la Comunitat Valenciana.
Beneficiarias.- 1. Podrán ser solicitantes y beneficiarias, las mujeres que cumplan
los siguientes requisitos:
1.1. Ser residente en la Comunitat Valenciana.
1.2. En el caso ser residentes no comunitarias, disponer de permiso de residencia.
1.3. Ser mujeres solas o con hijas/os exclusivamente a su cargo y encontrarse en situaciones de vulnerabilidad y/o riesgo de exclusión social, tales como:
a) Mujeres residentes en Centros de Servicios Sociales Especializados Mujer dependientes de la Conselleria de Bienestar Social, gestionados a través de la Dirección General de la Mujer y por la Igualdad.
b) Mujeres que acrediten ser o haber sido víctimas de violencia de género.
c) Mujeres que acrediten carencia de estabilidad social.
d) Mujeres que acrediten ser desempleadas de larga duración.
1.4. Que la renta del conjunto de la unidad familiar dividida por el número de miembros que la compongan, no supere el salario mínimo interprofesional.
1.5. No padecer enfermedad que requiera aislamiento y/o que impida la normal convivencia.
2. También podrán ser beneficiarias y/o beneficiarios las hijas/os de las mujeres seleccionadas, que sean menores de catorce años, pudiéndose ampliar la edad en supuestos excepcionales y debidamente justificados. 3. En todo caso se exigen los siguientes requisitos tanto para las beneficiarias, como para sus hijas/os:
a) Ser residente en la Comunitat Valenciana.
b) No padecer enfermedad que requiera aislamiento y/o que impida la normal convivencia.
Contenido de la convocatoria.- 1. La convocatoria consistirá en adjudicar plazas, entre las mujeres beneficiarias y sus hijas/os que les acompañen, en establecimientos hoteleros que previamente hayan sido objeto de contratación por parte de la Conselleria de Bienestar Social.
2. El programa incluye la contratación de las plazas, las/os monitoras/ es especializadas/os, así como los servicios que las estancias comprenden: el transporte, el alojamiento, la pensión completa, el seguro de viajes y las actividades complementarias.
3. El período de duración de la estancia será de diez días, preferiblemente a realizar entre los meses de julio y septiembre y siempre antes del 30 de noviembre de 2009.
Solicitud, plazo y lugar de presentación: 1. Solicitudes: La solicitud se formalizará en el modelo de instancia que figura como anexo II a la presente orden.
2. Plazo presentación: Las solicitudes se presentarán en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.[del 2 al 17 de juny, a.i.]